ORD Nº 3913.2024 Modificar parcialmente las Ordenanzas Nº 3872.23 y 3311.18.pdf



“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.913/2.024






Página 1 de 7




MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°: 3.913/2.024




V I S T O:


El Dictamen de la Comisión de ASUNTOS GENERALES


Nº12/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°9.505, sobre:


MODIFICAR parcialmente las Ordenanzas Nº 3.872/2.023 y 3.311/2.018, y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante nota ingresada al Concejo Municipal bajo


el N° 9.344, presentada por la Directora de Tierra y Catastro de la


Municipalidad de Charata, Dra. Ada Franco, mediante la cual solicita a este


cuerpo la modificación parcial de la Ordenanza del Concejo Municipal N°


3.872/2.023;


Que, mediante nota ingresada al Concejo Municipal bajo


el N° 9.355, presentada por el Señor: BRUNO RAMIREZ GENTILE, por la cual


solicita a este cuerpo la modificación parcial de la Ordenanza del Concejo


Municipal N° 3.311/2.018, la cual obra en el expediente Administrativo de


la Dirección de Tierras y Catastro de la Municipalidad de Charata


identificado como: RAMÍREZ GENTILE BRUNO EXEQUIEL N° 6.859/2.013, a


fojas 43/47;


Que, mediante la Ordenanza del Concejo Municipal N°


3.311/2.018, la que en su ARTÍCULO 1º) establece: “DECLARAR cumplidas


las obligaciones contractuales y reunidos los requisitos de la Ley Provincial


46-P por parte del Señor BRUNO EXEQUIEL, RAMÍREZ GENTILE, D.N.I. Nº


38.416.948 , y en consecuencia ESCRITURAR a su nombre el inmueble


identificado como: Parcela 81, Manzana 25, Sección E, Circunscripción I,


con medidas de TREINTA Y CUATRO metros de frente (34,00 mts), por


TREINTA Y SEIS metros de fondo (36,00 mts), lo que hacen a una


superficie total de MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO metros cuadrados


(1.224,00 m2), según Plano de Mensura y Subdivisión N° 4 – 3 – 14,


realizado por la Agrimensora Nacional Marisel Teresita Ferrer – M.P. N° 361,






“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.913/2.024






Página 2 de 7




aprobado por la Dirección de Catastro y Cartografía de la Provincia del


Chaco en fecha 13 de junio del año 2.014;


Que, según Plano de Mensura y Subdivisión N° 4 – 3 – 14,


realizado por la Agrimensora Nacional Marisel Teresita Ferrer – M.P. N° 361,


aprobado por la Dirección de Catastro y Cartografía de la Provincia del


Chaco en fecha 13 de junio del año 2.014, en la Ordenanza del Concejo


Municipal N° 3.311/2.018, existe un error involuntario en la nomenclatura


Catastral la que dice: “…Parcela 81, Manzana 25, Sección E,


Circunscripción I…” y debería decir: Parcela 81, Chacra 25, Sección E,


Circunscripción I;


Que, la la Ordenanza del Concejo Municipal N°


3.872/2.023, en su ARTÍCULO 1º) establece: “EXCEPTUAR de la cláusula


restrictiva establecida en el Artículo 2º) de la Ordenanza de Concejo


Municipal Nº 3.311/2.018, al Señor: BRUNO EZEQUIEL RAMÍREZ GENTILE


D.N.I. N° 38.416.948, Propietario del inmueble identificado como:


Parcela: 81, Manzana: 25, Sección: E, Circunscripción I, con medidas de


TREINTA Y CUATRO metros de frente (34,00 m), por TREINTA Y SEIS


metros de fondo (36,00 m), lo que hacen a una superficie total de MIL


DOSCIENTOS VEINTICUATRO metros cuadrados (1.224,00 m2), según Plano


de Mensura y Subdivisión N° 4 – 3 – 14, realizado por la Agrimensora


Nacional Marisel Teresita Ferrer – M.P. N° 361, aprobado por la Dirección de


Catastro y Cartografía de la Provincia del Chaco en fecha 13 de junio del


año 2.014”;


Que, la Ordenanza del Concejo Municipal N°


3.872/2.023, tanto en su artículo 1°) y 2°) tienen un error involuntario en


la nomenclatura catastral la consigna: Parcela: 81, Manzana: 25, Sección: E,


Circunscripción I, y debería consignar: Parcela: 81, Chacra: 25, Sección: E,


Circunscripción I, por lo que constatado tal error requiere ser rectificado;


Que, lo ediles miembros de la Comisión de Asuntos


Generales debatieron ampliamente el tema y han resuelto emitir el


presente dictamen, y;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.2°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°10 - Reunión N°16,






“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.913/2.024






Página 3 de 7




del día Lunes 06 de Mayo del año 2.024, siendo APROBADO, por signos, por


unanimidad de los miembros presentes, con 8 (ocho) votos POSITIVOS. Una


ausencia con aviso de la Concejal Silvia Mabel Oger. Corresponde al Acta


1.804.-




POR ELLO;


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON


FUERZA D E O R D E N A N Z A:




ARTICULO 1°: MODIFICAR parcialmente la Ordenanza del Concejo


Municipal N° 3.311/2.018, la que en su ARTÍCULO 1º) quedará redactada de


la siguiente manera: ARTÍCULO 1º) DECLARAR cumplidas las obligaciones


contractuales y reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P por parte


del Señor BRUNO EXEQUIEL, RAMÍREZ GENTILE, D.N.I. Nº 38.416.948 , y


en consecuencia ESCRITURAR a su nombre el inmueble identificado como:


Parcela 81, Chacra 25, Sección E, Circunscripción I, con medidas de


TREINTA Y CUATRO metros de frente (34,00 mts), por TREINTA Y SEIS


metros de fondo (36,00 mts), lo que hacen a una superficie total de MIL


DOSCIENTOS VEINTICUATRO metros cuadrados (1.224,00 m2), según Plano


de Mensura y Subdivisión N° 4 – 3 – 14, realizado por la Agrimensora


Nacional Marisel Teresita Ferrer – M.P. N° 361, aprobado por la Dirección de


Catastro y Cartografía de la Provincia del Chaco en fecha 13 de junio del


año 2.014, que se adjunta como ANEXO I”.-


ARTICULO 2°: MODIFICAR parcialmente la Ordenanza del Concejo


Municipal N°3.872/2.023, la que en su ARTÍCULO 1º) quedará redactada de


la siguiente manera: ARTÍCULO 1º) EXCEPTUAR de la cláusula restrictiva


establecida en el Artículo 2º) de la Ordenanza de Concejo Municipal Nº


3.311/2.018, al Señor: BRUNO EZEQUIEL RAMÍREZ GENTILE D.N.I. N°


38.416.948, Propietario del inmueble identificado como: Parcela: 81,


Chacra: 25, Sección: E, Circunscripción I, con medidas de TREINTA Y


CUATRO metros de frente (34,00 m), por TREINTA Y SEIS metros de


fondo (36,00 m), lo que hacen a una superficie total de MIL DOSCIENTOS


VEINTICUATRO metros cuadrados (1.224,00 m2), según Plano de Mensura


y Subdivisión N° 4 – 3 – 14, realizado por la Agrimensora Nacional Marisel






“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.913/2.024






Página 4 de 7




Teresita Ferrer – M.P. N° 361, aprobado por la Dirección de Catastro y


Cartografía de la Provincia del Chaco en fecha 13 de junio del año 2.014”.


ARTÍCULO 3°): MODIFICAR parcialmente la Ordenanza del Concejo


Municipal N°3.872/2.023, la que en su ARTÍCULO 2º) quedará redactada de


la siguiente manera: ARTÍCULO 2º): DETERMINAR que la presente


excepción es al solo efecto de que el señor: BRUNO EZEQUIEL RAMÍREZ


GENTILE D.N.I. N° 38.416.948, pueda subdividir y donar fracción del


inmueble identificado como: Parcela: 81, Chacra: 25, Sección: E,


Circunscripción: I, a favor de: MÓNICA VIVIANA GENTILE D.N.I. N°


20.452.748, la Parcela: 115, Chacra 25, Sección: E, Circunscripción: I; y


para MATÍAS LUCIANO RAMIREZ D.N.I. N° 42.974.454 la Parcela: 116,


Chacra: 25, Sección: E, Circunscripción: I, según Croquis que se adjunta


como ANEXO II.-




ARTICULO 4°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y


cumplido archívese.-


ARTICULO 5°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los seis


(06) días del mes de Mayo del año Dos Mil Veinticuatro.-


Charata, 14 de Mayo del año 2.024.-































“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.913/2.024






Página 5 de 7
















ANEXO I








Charata, 14 de Mayo del año 2.024.-

























“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.913/2.024






Página 6 de 7


















ANEXO II




































Charata, 14 de Mayo del año 2.024.-













“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.913/2.024






Página 7 de 7