
“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.
“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.
Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.982/2.025
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
Nº 3.982/2.025
V I S T O:
El Dictamen por mayoría DE LA COMISIÓN DE HACIENDA Y
PRESUPUESTO N° 37/2.025, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°
10.148, sobre: AUTORIZAR la rectificación DE LA PARTIDA PRINCIPAL 1.4 A
CLASIFICAR, Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL., y;
CONSIDERANDO:
Que, por error involuntario la información, varias partidas
presupuestarias reflejan montos diferentes al Dictamen aprobado por
Mayoría en Concejo en Comisión Nº 04/2.024, ingresado al Concejo Municipal
bajo el Nº 10.107, por lo que desde el Poder Ejecutivo se pide que se
rectifiquen dichos importes para que la sumatoria de dichas partidas
concuerden con el total aprobado en el Artículo Nº 07, de la Ordenanza de
Concejo Municipal Nº 3.969/2.024.
Que, la Ordenanza de Concejo Municipal mencionada
precedentemente, en su Artículo N° 07, refleja el monto correcto por el
cual la misma fue aprobada, PESOS DIECISÉIS MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y
SEIS MILLONES QUINIENTOS VEINTICUATRO MIL NOVECIENTOS OCHO C/80/10
($ 16.296.524.908,80).
Que, la suma de las Partidas Presupuestarias, reflejan un
monto inferior al aprobado por la Mayoría, en la Ordenanza de Concejo
Municipal Nº 3.969/2.024, PESOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y
CUATRO MILLONES DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA Y
UNO C/18/100 ($ 14.884.235.141,18).
Que, de acuerdo a lo manifestado por la Secretaria de
Hacienda y Presupuesto, al momento de cargar los importes de las Partidas
Presupuestarias al Sistema de Administración del Municipio, se detectó un
faltante de PESOS MIL CUATROCIENTOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS
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OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE C/62/100
($1.412.289.767,62).
Que, es necesario e indispensable rectificar la mencionada
diferencia entre dichos montos, a fin que se pueda llevar adelante una
administración clara y precisa de los recursos del Municipio.
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.2°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°43 – Reunión: N°54,
del día Lunes, 21 de Abril del año 2.025, siendo APROBADO, por signos, con
4 (cuatro) votos POSITIVOS, (Barcala, Guileña, Carabajal y Sphan) y 3 (tres)
votos NEGATIVOS, (Gauna, Oger y Fedorchuck), ausentes con aviso los Cjales
Farias, Analia y Lorenzin, Nestor. Corresponde al Acta 1.841.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA
CON FUERZA DE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°): AUTORIZAR la rectificación de la siguiente Partida
Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, por
la suma de $1.412.289.767,62 (PESOS MIL CUATROCIENTOS DOCE
MILLONES DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y
SIETE C/62/100) quedando la misma con un importe rectificado de $
2.118.317.014,03 (PESOS DOS MIL CIENTO DIECIOCHO MILLONES
TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CATORCE C/03/100), según detalle de
planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la rectificación de la partida en el
presupuesto de Gastos, por el monto consignado en el ANEXO I.-
ARTÍCULO 3°): COMUNÍQUESE, al Ejecutivo Municipal a sus efectos, a las
dependencias correspondientes, promúlguese, regístrese, y cumplido,
archívese.-
ARTÍCULO 4°): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, a los 21
(veintiuno) días del mes de Abril del año dos mil veinticinco.-
Charata, 29 de Abril del año 2.025.-
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ANEXO I.
Charata, 29 de Abril del año 2.025.-
Partida presupuestaria Importe Presupuesto Inicial Importe a Rectificar Importe presupuesto Rectificado
1.4.1 Crédito Adicional $706.027.246,41 $1.412.289.767,62 $ 2.118.317.014,03