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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N°: 3.954/2.024
V I S T O:
Dictamen por unanimidad de la COMISIÓN DE TIERRAS,
ORDENAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE N° 21/2.024, ingresado al
Concejo Municipal bajo el N° 9.883, sobre: ESCRITURAR a favor del Señor
Osvaldo Enrique CERRANO el inmueble identificado catastralmente como
Parc. 19 -Manz. 03 – Sección C – Circ. I° de la ciudad de Charata, y;
CONSIDERANDO:
Que, se analizó el Expediente de la Dirección de Tierras y
Catastro de la Municipalidad de Charata identificado con el Nº 4.419/1.986
foja por foja.
Que, los Ediles Integrantes de la Comisión de Tierra
Ordenamiento Urbano y medio Ambiente, constataron que en la
documentación que forma parte del mencionado expediente, ciertos
documentos contienen errores de tipo ortográficos en el apellido del Sr.
Cerrano, Osvaldo Enrique, D.N.I. N° 10.284.960;
Que, el Sr. Cerrano Osvaldo fue citado personalmente por
la Comisión de Tierra Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente, y de sus
declaraciones, como así también de su Documento Nacional de Identidad, se
corrobora que su apellido se escribe correctamente con la letra “C”.
Que, por lo expuesto, y a fin de no alterar lo que surge de
la documentación obrante en el expediente, se procede al desarrollo de
estos considerandos, realizando las aclaraciones pertinentes, dejando
constancia del apellido Cerrano tal como aparece estampado en el
instrumento que se detalla y aclarando en su caso, si consigan su firma con
“C” o con “S”.
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Que, asimismo, se deja expresamente aclarado que a pesar
de realizar el detalle en los considerandos en algunos casos con la letra “S”,
sólo a fin de ser fiel a los documentos obrantes en el expediente, lo
correcto es escribir el apellido Cerrano con la letra “C”, y así se realizará
en la parte resolutiva del presente.
Que, a foja 01, obra nota dirigida al Jefe de Tierras de la
Municipalidad de Charata, por medio de la cual el Sr. Serrano, Osvaldo
Enrique, D.N.I. N°10.284.960, solicita la compra del predio fiscal
identificado catastralmente como: Mitad S-E – Solar E – Manzana 133 – de la
Ciudad de Charata.
Que, a foja 02, obra nota dirigida al Presidente del
Concejo Municipal, por medio de la cual el Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique,
D.N.I. N°10.284.960, solicita la posibilidad de ser concesionario del predio
fiscal identificado catastralmente como: Mitad S-E – Solar E – Manzana 133 –
de la Ciudad de Charata. Se aclara que el documento consiga Cerrano con la
letra “C” y el mismo estampa su firma con la letra “C”.
Que, a foja 03, obra testimonio por medio de la cual se
certifica que el Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique es propietario de las mejoras
ubicadas en Mitad S-E – Solar E – Manzana 133 – de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 04, obra nota dirigida al Asesor Legal de la
Municipalidad de Charata, por medio de la cual se eleva Expediente de
Tierras N° 4.419/86, el cual se refiere al predio determinado como: Mitad
S-E – Solar E – Manzana 133 – de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 04 y vta., obra nota del Asesor Jurídico de la
Municipalidad de Charata, por medio de la cual se considera que se debe
adjudicar el mencionado predio al Sr. Serrano, Osvaldo Enrique, D.N.I.
N°10.284.960.
Que, a fojas 05/06, obra Resolución del Concejo Municipal
de la Ciudad de Charata N° 241/87, por medio de la cual se le concede en
venta al Sr. Serrano, Osvaldo Enrique D.N.I. N°10.284.960, el predio fiscal
identificado como: Mitad S-E – Solar E – Manzana 133 – de la Ciudad de
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Charata. Se deja constancia que el Sr. Cerrano realiza la firma de su
apellido en la documentación con la letra “C”.
Que, a foja 07, obra Contrato de Compra Venta celebrado
entre el Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique, D.N.I. N° 10.284.960 y el Sr.
Presidente del Concejo Municipal Roberto Stafuza, por el predio fiscal
identificado como: Mitad S-E – Solar E – Manzana 133 – de la Ciudad de
Charata. Se deja constancia que el Sr. Cerrano realiza la firma de su
apellido en la documentación con la letra “C”.
Que, a foja 08, obra Planilla de Liquidación por el valor
total del predio fiscal identificado catastralmente como: Mitad S-E – Solar E
– Manzana 133 – de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 09, obra Cedula de Notificación expedida por
el auxiliar de Tierras y Catastro de la Municipalidad de Charata, dirigida al
Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique.
Que, a foja 10, obra Cedula de Notificación dirigida al Sr.
Serrano, Osvaldo Enrique, por medio de la cual se le notifica que deberá
comparecer ante la Oficina de Tierra y Catastro de la Municipalidad de
Charata.
Que, a foja 11, obra proyecto de plano de Mensura y
Subdivisión, realizado por el Agrimensor Marcelo Fabián Schibert, M.P. 405,
por medio del cual del cual se fracciona el predio identificado como: Mitad
S-E – Solar E – Manzana 133 – de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 12, obra Contrato de Compraventa, celebrado
entre el Sr. Serrano, Osvaldo Enrique, D.N.I. N° 10.284.960 y el Sr. Rach,
Rubén, D.N.I. N° 21.859.413, Intendente de la Municipalidad de Charata,
por el predio identificado como: Parcela: 06 S.E. – Manzana: 03 – Sección: C
– Circunscripción: I – de la Ciudad de Charata. Se deja constancia que el Sr.
Cerrano realiza la firma de su apellido en la documentación con la letra
“C”.
Que, a foja 13, obra Planilla de Liquidación por el valor
total del predio identificado catastralmente como: Parcela: 06 S.E. –
Manzana: 03 – Sección: C – Circunscripción: I – de la Ciudad de Charata.
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Que, a foja 14, obra Comprobante de Pago Total, por el
valor de la Tierra Fiscal identificada catastralmente como: Parcela: 06 S.E.
– Manzana: 03 – Sección: C – Circunscripción: I – de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 15, obra plano de Mensura y Subdivisión Nº4-
75-23, realizado por el Agrimensor Marcelo Fabián Schibert, M.P. 405, por
medio del cual del cual se fracciona el predio identificado como: Parcela:
19 – Manzana: 03 – Sección: C – Circunscripción: I de la Ciudad de Charata,
aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Cartografía del Chaco, en
fecha 31 de Enero del año 2.024, aprobado en fecha 31 de enero de 2.024.
Que, a foja 16, obra nota dirigida al Presidente del
Concejo Municipal, por medio de la cual se eleva Expte. De Tierras Fiscales
N°4.419/1.986, a fin que se considere la Escrituración a favor del Sr.
Serrano, Osvaldo Enrique.
Que, a foja 17, obra nota dirigida a la Asesora Legal del
Concejo Municipal, por medio de la cual se le corre vista del Expte.
N°4.419/1.986, a fin de dar cumplimiento por lo establecido en la
Resolución del Concejo Municipal N° 28/2.022.
Que, a foja 18, obra Dictamen de la Asesora Legal del
Concejo Municipal, dando cumplimiento a la Resolución del Concejo
Municipal N°28/2.022, por medio del cual considera que se deberán
cumplimentar con requisitos previos a ser escriturado.
Que, a foja 19, obra nota dirigida a Dirección de Tierra y
Catastro de la Municipalidad de Charata, por medio de la cual se solicita se
dé cumplimiento a lo solicitado por la Comisión de Tierras Ordenamiento
Urbano y Medio Ambiente.
Que, a foja 20, obra nota expedida por la Directora de
Tierra y Catastro de la Municipalidad de Charata, por medio de la cual
solicita, inspección ocular, sondeo vecinal, y medición e identificación de
las edificaciones existentes en el inmueble identificado catastralmente
como: Parcela: 19 – Manzana: 03 – Sección: C – Circunscripción: I de la
Ciudad de Charata.
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Que, a foja 21, obra Certificado de Domicilio emitido por
la Policía de la Provincia del Chaco, del Sr., Cerrano, Osvaldo Enrique, por
el cual da certifica su domicilio en Calle Urquiza N°864, de la Ciudad de
Charata.
Que, a foja 22, obra Certificado de Domicilio emitido por
la Policía de la Provincia del Chaco, de la Sra., Escobedo, Selva, por el cual
da certifica su domicilio en Calle Urquiza N°864, de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 23, obra Acta de Nacimiento del Sr. Cerrano,
Osvaldo Enrique, emitida por el Registro Civil de los Territorios Nacionales.
Que, a foja 24, obra Acta de Nacimiento de la Sra.
Escobedo, Selva, emitida por el Registro Civil de la Provincia del Chaco.
Que, a foja 25, obra Acta de Matrimonio, del Sr. Cerrano,
Osvaldo Enrique y la Sra. Escobedo, Selva, emitido por el Registro Civil de la
Provincia del Chaco.
Que, a foja 26, obra comprobante de haberes
previsionales, del Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique.
Que, a foja 27, obra comprobante de haberes
previsionales, de la Sra. Escobedo, Selva.
Que, a fojas 28/29, obra Acta de Inspección ocular,
medición e identificación de las edificaciones existentes, fotos ilustrativas
en el inmueble identificado catastralmente como: Parcela: 19 – Manzana: 03
– Sección: C – Circunscripción: I de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 30, obra nota dirigida al Registro de la
Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, por la cual se solicita
informe si el Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique, D.N.I. N° 10.284.960 y la Sra.
Escobedo, Selva. D.N.I. N° 11.290.644, son titulares de bienes inmuebles.
Que a foja 31, obra informe del Registro de la Propiedad
inmueble de la Provincia del Chaco, por medio del cual consta que el Sr.
Cerrano, Osvaldo Enrique, D.N.I. N° 10.284.960 y la Sra. Escobedo, Selva.
D.N.I. N° 11.290.644, no registran bienes inscriptos a su nombre.
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Que, a fojas 32/33, obran recibos de pago de Impuesto de
Sellos T.R.S. y pago de Sobretasa R.P.I.
Que, a foja 34, obra nota dirigida a la Presidente de la
Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente, por medio de
la cual se eleva Expte. De Tierras Fiscales N° 4.419/1.986.
Que, a foja 35, obra Copia Simple de Documento Nacional
de Identidad del Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique.
Que, a foja 36, obra Copia Simple de Documento Nacional
de Identidad de la Sra. Escobedo, Selva.
Que, a foja 37, obra Dictamen de la Asesora Legal del
Concejo Municipal de la Ciudad de Charata, por medio de la cual da
cumplimiento a la Resolución de Concejo Municipal N° 28/2.022
Que, a foja 38, obra nota dirigida a la Dirección de Tierra y
Catastro de la Municipalidad de Charata, por medio de la cual se solicita se
realice nuevamente Inspección en el predio fiscal.
Que, a fojas 39/40, obran notas dirigidas al Sr. Cerrano,
Osvaldo Enrique y la Sra. Cerrano, Laura, a fin de citarlos a la reunión de la
Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente, el día 24 de
Septiembre de 2.024.
Que, a fojas 41/43, obra Acta de Inspección ocular,
medición e identificación de las edificaciones existentes, fotos ilustrativas
en el inmueble identificado catastralmente como: Parcela: 19 – Manzana: 03
– Sección: C – Circunscripción: I de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 44, obra Cedula de Notificación dirigida a la
Sra. Cerrano, Laura, por la cual se solicita que comparezca ante la
Dirección de Tierras y Catastro de la Municipalidad de Charata.
Que, a foja 48, obra Acta de Comparecencia, firmada por
el Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique y la Sra. Cerrano, Laura, por la cual consta
que todas las mejoras realizadas en el inmueble identificado catastralmente
como: Parcela: 19 – Manzana: 03 – Sección: C – Circunscripción: I de la
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Ciudad de Charata, pertenecen y son propiedad del Sr. Cerrano, Osvaldo
Enrique.
Que, a foja 49, obra Copia Simple de Documento Nacional
de Identidad de la Sra. Cerrano, Laura Cecilia, D.N.I. N° 25.348.871.
Que, a foja 50, obra Copia Simple de Documento Nacional
de Identidad del Sr. Cerrano, Osvaldo Enrique, D.N.I. N° 10.284.960.
Que a fojas 51/52, obra nota dirigida a la Comisión de
Tierra Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente, por medio de la cual el Sr.
Cerrano Osvaldo Enrique, adjunta Recibo de Pago de Impuestos
Inmobiliarios; Tasa y Servicios correspondiente al año 2.024.
Por lo expuesto, los ediles miembros de la Comisión de
Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente, resolvieron emitir el
presente dictamen por UNANIMIDAD.
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°30 - Reunión N°36,
del día Lunes 14 de Octubre del año 2.024, siendo APROBADO, por signos,
con 9 (nueve) votos POSITIVOS, Corresponde al Acta 1.824.-
POR ELLO;
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON
FUERZA D E O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°): DECLARAR cumplidas las obligaciones contractuales y
reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley 269), por parte
del Señor: CERRANO, OSVALDO ENRIQUE, D.N.I. N°10.284.960, y en
consecuencia ESCRITURAR el predio identificado catastralmente como:
PARCELA: 19 – MANZANA: 03- SECCIÒN C – CIRCUNSCRIPCIÓN: I, de la
ciudad de Charata, con medidas de DOCE metros CINCUENTA de frente
(12,50 m.), por CINCUENTA metros de fondo (50,00 m.), lo que hace una
superficie total de SEISCIENTOS VEINTICINCO metros cuadrados (625,00
m.2), ubicado sobre calle Urquiza Nº864, de la ciudad de Charata,
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Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, Plano de Mensura y
Subdivisión 4-75-23, aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y
Cartografía del Chaco. Se adjunta a la presente como ANEXO I.
ARTÍCULO 2°): NOTIFICAR al Señor CERRANO, OSVALDO ENRIQUE, D.N.I.
N°10.284.960, sobre los términos de la Ordenanza de Concejo Municipal
N°3.527/2.020, que NO podrá enajenar el inmueble ESCRITURADO
identificado como: PARCELA: 19 – MANZANA: 03- SECCIÒN C –
CIRCUNSCRIPCIÓN: I, de la ciudad de Charata, por el término de diez (10)
años luego de formalizada la Escritura Traslativa de Dominio, salvo las
siguientes EXCEPCIONES:
a)- Exceptúese de lo dispuesto, en los supuestos donde fallecido el
propietario del inmueble, el bien deba inscribirse a nombre de sus
herederos y/o sucesores conforme el orden dispuesto por el Código Civil y
Comercial de la Nación y/o el testamento respectivo, y sea presentada la
sentencia o resolución judicial pertinente, declarada firme, dictada por el
juez del juicio sucesorio. En este supuesto, el nuevo propietario deberá
completar el término de diez (10) años.
b)- Exceptúese, también, los supuestos donde el adjudicatario demuestre,
mediante prueba documental y/o instrumental, la necesidad de que no se
incorpore dicha cláusula, lo que quedará a criterio de los concejales en
base a los fundamentos dados y la prueba ofrecida, debiendo el
adjudicatario, además, abonar un recargo equivalente al 50% del valor fiscal
de la tierra. En caso de que los inmuebles ya se encuentren escriturados,
los propietarios deberán cumplimentar los requisitos del inciso b)- de este
artículo.
ARTÍCULO 3°): ORDENAR a la Dirección de Tierras y Catastro de la
Municipalidad de Charata a que proceda a realizar los trámites que
correspondan a fin de confeccionar la correspondiente Escritura Traslativa
de Dominio según los términos de la presente Ordenanza.
ARTIICULO 4º): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal a sus efectos,
regístrese y cumplido, archívese. –
ARTÍCULO 5°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los
catorce (14) días del mes de Octubre del año Dos Mil Veinticuatro.
Charata, 22 de Octubre de 2.024.-
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ANEXO I
Charata, 22 de Octubre de 2.024.-