ORD Nº 3910.2024 Compensacion de partidas.pdf



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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°: 3.910/2.024




V I S T O:


El Dictamen de la Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO


Nº05/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°9.506, sobre:


AUTORIZAR COMPENSACIONES DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS. Incorporado


en el punto 3.3°), con tratamiento “SOBRE TABLAS” del Orden del Día


correspondiente a la Sesión Ordinaria N°10 - Reunión N°16, del día Lunes 06


de Mayo del año 2.024, y;






CONSIDERANDO:


El Proyecto de Ordenanza ingresado al Concejo Municipal


bajo el N° 9.492, presentado por el Poder Ejecutivo Municipal de la ciudad


de Charata, ingresado al Orden del Día como Punto 4.4°), correspondiente


a la Sesión Ordinaria Nº 09 – Reunión Nº 15, de fecha lunes 29 de Abril del


año 2.024, derivado a la Comisión de Hacienda y Presupuesto para ser


tratado, bajo la moción de TRATAMIENTO “PREFERENCIAL” y;


Que, debido a que el Poder Ejecutivo Municipal, debe tomar las


previsiones en las partidas presupuestarias para hacer frente a los


compromisos necesarios, y analizando las diferentes situaciones, que se van


generando en la ejecución de las mismas, es que se solicita la compensación


de las partidas detalladas en el considerando;



Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE


TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.1 APORTES A EMPRESAS Y


ORGANISMOS NACIONALES, que habiéndose presentado la necesidad de


solventar los gastos de alquiler para seguir manteniendo en funcionamiento


las Oficinas de ANSES en Charata;







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Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE


TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y


ORGANISMOS PROVINCIALES, que habiéndose comprometido con distintas


instituciones provinciales como lo son el Hospital de la Ciudad de Charata,


la U.P.I. (unidad de protección integral), con inversiones y gastos tales


como reparación de ambulancias, limpieza de equipos de aires


acondicionados, artículos de librería etc.



Que, de la Partida Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,


Sub Partida 1.3.3.26 C.E.E.C., que habiéndose visto en la necesidad de


hacer varias reparaciones en el edificio donde funciona el C.E.E.C.,


situación que dejo sin partida presupuestaria, y existiendo el compromiso


de esta gestión de apoyar a la educación;



Que, de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub


Partida 2.1.1.01 EQUIPOS DE MEDIOS DE TRANSPORTE, TRACCION Y


ELEVACION, que habiéndose autorizado la compra de un camión 0km y una


camioneta tipo doble cabina usada, teniendo planificado la compra de una


camioneta modelo 2.022 cabina simple 0km y un hidroelevador para dar


respuesta a los requerimientos de alumbrado público;




Que, de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub


Partida 2.1.1.02 EQUIPOS VARIOS, habiéndose encontrado con la necesidad


de adquirir diferentes equipos (motoguadañas, bombas, etc.) para poder


cumplimentar con los servicios que se le presta a los vecinos de Charata, y


teniendo que seguir invirtiendo en los mismos para mejorar la calidad de


servicio;



Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS, Sub


Partida 2.1.2.15 EDIFICIO MUNICIPAL, debido a las reparaciones necesarias


realizadas para mantener al edificio Municipal en óptimas condiciones


(reparación de techo, aberturas, pintura del edificio, etc.) y el tinglado


para el parque automotor para la conservación de los mismos;



Que, la Partida Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS


CORRIENTES, Sub Partida 1.3.1 APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS






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NACIONALES cuenta con un saldo a la fecha de PESOS CIENTO VEINTITRES


MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 123.000,00);



Que, la Partida Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS


CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS


PROVINCIALES, cuenta con un saldo a la fecha de PESOS DOS MILLONES


SEISCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 51/100 CENTAVOS


($ 2.614.222,51).



Que, la Partida Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub


Partida 1.3.3.26 C.E.C.C., cuenta con un saldo a la fecha de PESOS


CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 77/100


CENTAVOS ($ 418.338,77).




Que, de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub


Partida 2.1.1.01 EQUIPOS DE MEDIOS DE TRANSPORTE, TRACCION Y


ELEVACION, cuenta con un saldo a la fecha de PESOS VEINTIDOS MILLONES


SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 00/100


CENTAVOS ($ 22.613.398,00).




Que, de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub


Partida 2.1.1.01 EQUIPOS VARIOS, cuenta con un saldo a la fecha de PESOS


SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON


39/100 CENTAVOS ($ 638.999,39).



Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS,


Sub Partida 2.1.2.15 EDIFICIO MUNICIPAL, cuenta con un saldo a la fecha


de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y


CINCO CON 44/100 CENTAVOS ($ 1.330.875,44).



Que, por todo lo expuesto resulta necesario de compensar


partidas anteriormente mencionadas con el objeto de dar cumplimiento a


los compromisos asumidos;



Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso de parte


del saldo disponible de la Sub Partida 1.4.1. Crédito Adicional;







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Que dicho método es técnicamente correcto desde el punto de


vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos presupuestarios sin


alterar el tope originario de este instrumento legal;




Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios no


existe impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones


requeridas;




Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a la


fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento


14/96 del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida


antelación la previsión de las erogaciones a realizar;



Que, en razón de lo expuesto, y atendiendo a las prerrogativas


establecidas en los artículos 61 inc. O y 76 inc. “D” y “T” de la Ley Nº 854-P


(Ex 4.233) Orgánica de Municipios; Artículo 28 inc. “A” y el Artículo 60 de la


ORDENANZA 994/98 –redacción actual- Reglamento Interno del Concejo


Municipal de la ciudad de Charata, se eleva el presente proyecto;




Que, los ediles reunidos en Comisión de Hacienda y Presupuesto,


analizaron y debatieron el proyecto, resolviendo por unanimidad emitir el


presente Dictamen y;




Que, lo ediles miembros de la Comisión de Hacienda y


presupuesto debatieron ampliamente el tema;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.3°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°10 - Reunión N°16,


del día Lunes 06 de Mayo del año 2.024, siendo APROBADO “SOBRE


TABLAS”, por signos, por unanimidad de los miembros presentes, con 8


(ocho) votos POSITIVOS. Una ausencia con aviso de la Concejal Silvia Mabel


Ojer. Corresponde al Acta 1.804.-


POR ELLO;


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON


FUERZA D E O R D E N A N Z A:







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ARTÍCULO 1°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.1


APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS NACIONALES, la suma de $


2.000.000,00 (PESOS DOS MILLONES C/00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto


inicial fue de $ 1.000.000,00 (PESOS UN MILLON C/00/100 CENTAVOS),


comprometido al 24 de abril del 2.024 la suma de $ 877.000,00 (PESOS


OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CON 00/100 CENTAVOS), quedando un


saldo disponible de $ 123.000,00 (PESOS CIENTO VEINTITRES MIL CON


00/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación c o n la


Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $ 2.000.000,00


(PESOS DOS MILLONES C/00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un


saldo disponible de $ 463.676.939,00 (PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y


TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y


NUEVE CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $ 3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES), con un saldo


disponible de $2.123.000,00 (PESOS DOS MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL


CON 00/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma


parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida


Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2


APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS PROVINCIALES, la suma de $


5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES C/00/100 CENTAVOS), cuyo


presupuesto inicial fue de $ 9.300.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES


TRESCIENTOS MIL CON 00/100 CENTAVOS), comprometido al 24 de abril del


2.024 la suma de $ 6.685.777,49 (PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS


OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 49/100


CENTAVOS), quedando un saldo disponible de $ 2.614.222,51 (PESOS DOS


MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 51/100


CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación c o n la Sub


Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $ 5.000.000,00 (PESOS


CINCO MILLONES c/00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo


disponible de $ 458.676.939,00 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO


MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE


CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $ 14.300.000,00 (PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS


MIL CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $7.614.222,51






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(PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS


CON 51/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma


parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida


Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.26 C.E.E.C., la


suma de $ 4.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES C/00/100), cuyo


presupuesto inicial fue de $ 2.000.000,00 (PESOS DOS MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), comprometido al 24 de abril del 2.024 la suma de $


1.581.661,23 (PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL


SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 23/100 CENTAVOS), quedando un saldo


disponible de $ 418.338,77 (PESOS CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL


TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 77/100 CENTAVOS), habiendo realizado


la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL,


un monto de $ 4.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES), quedando en la


misma un saldo disponible de $ 454.676.939,00 (PESOS CUATROCIENTOS


CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $ 6.000.000,00 (PESOS SEIS


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $


4.418.337,77 (PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL


TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 77/100 CENTAVOS), según detalle de


planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 4°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida


Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.01 EQUIPOS DE


MEDIOS DE TRANSPORTE, TRACCION Y ELEVACION, la suma de $


100.000.000,00 (PESOS CIEN MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo


presupuesto inicial fue de $ 150.000.000,00 (PESOS CIENTO CINCUENTA


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS) , comprometido al 24 de abril del 2.024


la suma de $ 127.386.602,00 (PESOS CIENTO VEINTISIETE MILLONES


TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DOS CON 00/100


CENTAVOS), quedando un saldo disponible de $ 22.613.398,00 (PESOS


VEINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y


OCHO CON 00/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente


compensación c o n la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de


$ 100.000.000,00 (PESOS CIEN MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando


en la misma un saldo disponible de $ 354.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS






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CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $ 250.000.000,00 (PESOS


DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible de $ 122.613.398,00 (PESOS CIENTO VEINTIDOS MILLONES


SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 00/100


CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 5°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida


Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.02 EQUIPOS VARIOS,


la suma de $ 20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $ 10.000.000,00 (PESOS DIEZ


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS) , comprometido al 24 de abril del 2.024


la suma de $ 9.361.00,61 (PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y


UN MIL CON 61/100 CENTAVOS), quedando un saldo disponible de $


638.999,39 (PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS


NOVENTA Y NUEVE CON 39/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente


compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de


$ 20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES), quedando en la misma un saldo


disponible de $ 334.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO


MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE


CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $ 30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), con un saldo disponible de $ 20.638.999,39 (PESOS VEINTE


MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y


NUEVE CON 39/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que


forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 6°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida


Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS, Sub Partida 2.1.2.15 EDIFICIO


MUNICIPAL, la suma de $ 5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $ 30.000.000,00 (PESOS


TREINTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), comprometido al 24 de abril


del 2.024 la suma de $ 28.669.124,56 (PESOS VEINTIOCHO MILLONES


SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 56/100


CENTAVOS), quedando un saldo disponible de $ 1.330.875,44 (PESOS UN


MILLON TRESCIENTOIS TREINTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON






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44/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación c o n la


Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $ 5.000.000,00


(PESOS CINCO MILLONES), quedando en la misma un saldo disponible de $


329.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS


SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100


CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $


35.000.000,00 (PESOS TREINTA CINCO MILLONES CON 00/100 CENTAVOS),


con un saldo disponible de $ 6.330.875,44 (PESOS SEIS MILLONES


TRESCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 44/100


CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 7°): DETERMINAR que habiendo realizado la compensación


correspondiente a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida 1.4.1


CREDITO ADICIONAL, con un presupuesto inicial de $ 530.676.939,00


(PESOS QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible a la fecha de $ 465.676.939,00 (PESOS CUATROCIENTOS SESENTA


Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA


Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS), realizando una compensación de $


136.000.000,00 (PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), quedará un saldo disponible de $ 329.676.939,00 (PESOS


TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS), según detalle de


planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 8°): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla de


Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al Ejercicio


2.024.-


ARTICULO 9°): COMUNICAR, al Juzgado de Faltas Municipal, Secretaría de


Medio Ambiente y, Departamento de Industria y Comercio de la


ORDENANZA, a los efectos de que tome pleno conocimiento de los alcances


de la misma.-


ARTÍCULO 10°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los seis


(06) días del mes de Mayo del año Dos Mil Veinticuatro.-




Charata, 07 de Mayo del año 2.024.-






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