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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N°: 3.910/2.024
V I S T O:
El Dictamen de la Comisión de HACIENDA Y PRESUPUESTO
Nº05/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°9.506, sobre:
AUTORIZAR COMPENSACIONES DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS. Incorporado
en el punto 3.3°), con tratamiento “SOBRE TABLAS” del Orden del Día
correspondiente a la Sesión Ordinaria N°10 - Reunión N°16, del día Lunes 06
de Mayo del año 2.024, y;
CONSIDERANDO:
El Proyecto de Ordenanza ingresado al Concejo Municipal
bajo el N° 9.492, presentado por el Poder Ejecutivo Municipal de la ciudad
de Charata, ingresado al Orden del Día como Punto 4.4°), correspondiente
a la Sesión Ordinaria Nº 09 – Reunión Nº 15, de fecha lunes 29 de Abril del
año 2.024, derivado a la Comisión de Hacienda y Presupuesto para ser
tratado, bajo la moción de TRATAMIENTO “PREFERENCIAL” y;
Que, debido a que el Poder Ejecutivo Municipal, debe tomar las
previsiones en las partidas presupuestarias para hacer frente a los
compromisos necesarios, y analizando las diferentes situaciones, que se van
generando en la ejecución de las mismas, es que se solicita la compensación
de las partidas detalladas en el considerando;
Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE
TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.1 APORTES A EMPRESAS Y
ORGANISMOS NACIONALES, que habiéndose presentado la necesidad de
solventar los gastos de alquiler para seguir manteniendo en funcionamiento
las Oficinas de ANSES en Charata;
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Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE
TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y
ORGANISMOS PROVINCIALES, que habiéndose comprometido con distintas
instituciones provinciales como lo son el Hospital de la Ciudad de Charata,
la U.P.I. (unidad de protección integral), con inversiones y gastos tales
como reparación de ambulancias, limpieza de equipos de aires
acondicionados, artículos de librería etc.
Que, de la Partida Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,
Sub Partida 1.3.3.26 C.E.E.C., que habiéndose visto en la necesidad de
hacer varias reparaciones en el edificio donde funciona el C.E.E.C.,
situación que dejo sin partida presupuestaria, y existiendo el compromiso
de esta gestión de apoyar a la educación;
Que, de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub
Partida 2.1.1.01 EQUIPOS DE MEDIOS DE TRANSPORTE, TRACCION Y
ELEVACION, que habiéndose autorizado la compra de un camión 0km y una
camioneta tipo doble cabina usada, teniendo planificado la compra de una
camioneta modelo 2.022 cabina simple 0km y un hidroelevador para dar
respuesta a los requerimientos de alumbrado público;
Que, de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub
Partida 2.1.1.02 EQUIPOS VARIOS, habiéndose encontrado con la necesidad
de adquirir diferentes equipos (motoguadañas, bombas, etc.) para poder
cumplimentar con los servicios que se le presta a los vecinos de Charata, y
teniendo que seguir invirtiendo en los mismos para mejorar la calidad de
servicio;
Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS, Sub
Partida 2.1.2.15 EDIFICIO MUNICIPAL, debido a las reparaciones necesarias
realizadas para mantener al edificio Municipal en óptimas condiciones
(reparación de techo, aberturas, pintura del edificio, etc.) y el tinglado
para el parque automotor para la conservación de los mismos;
Que, la Partida Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS
CORRIENTES, Sub Partida 1.3.1 APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS
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NACIONALES cuenta con un saldo a la fecha de PESOS CIENTO VEINTITRES
MIL CON 00/100 CENTAVOS ($ 123.000,00);
Que, la Partida Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS
CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS
PROVINCIALES, cuenta con un saldo a la fecha de PESOS DOS MILLONES
SEISCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 51/100 CENTAVOS
($ 2.614.222,51).
Que, la Partida Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub
Partida 1.3.3.26 C.E.C.C., cuenta con un saldo a la fecha de PESOS
CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 77/100
CENTAVOS ($ 418.338,77).
Que, de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub
Partida 2.1.1.01 EQUIPOS DE MEDIOS DE TRANSPORTE, TRACCION Y
ELEVACION, cuenta con un saldo a la fecha de PESOS VEINTIDOS MILLONES
SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 00/100
CENTAVOS ($ 22.613.398,00).
Que, de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub
Partida 2.1.1.01 EQUIPOS VARIOS, cuenta con un saldo a la fecha de PESOS
SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON
39/100 CENTAVOS ($ 638.999,39).
Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS,
Sub Partida 2.1.2.15 EDIFICIO MUNICIPAL, cuenta con un saldo a la fecha
de PESOS UN MILLON TRESCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y
CINCO CON 44/100 CENTAVOS ($ 1.330.875,44).
Que, por todo lo expuesto resulta necesario de compensar
partidas anteriormente mencionadas con el objeto de dar cumplimiento a
los compromisos asumidos;
Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso de parte
del saldo disponible de la Sub Partida 1.4.1. Crédito Adicional;
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Que dicho método es técnicamente correcto desde el punto de
vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos presupuestarios sin
alterar el tope originario de este instrumento legal;
Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios no
existe impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones
requeridas;
Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a la
fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento
14/96 del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida
antelación la previsión de las erogaciones a realizar;
Que, en razón de lo expuesto, y atendiendo a las prerrogativas
establecidas en los artículos 61 inc. O y 76 inc. “D” y “T” de la Ley Nº 854-P
(Ex 4.233) Orgánica de Municipios; Artículo 28 inc. “A” y el Artículo 60 de la
ORDENANZA 994/98 –redacción actual- Reglamento Interno del Concejo
Municipal de la ciudad de Charata, se eleva el presente proyecto;
Que, los ediles reunidos en Comisión de Hacienda y Presupuesto,
analizaron y debatieron el proyecto, resolviendo por unanimidad emitir el
presente Dictamen y;
Que, lo ediles miembros de la Comisión de Hacienda y
presupuesto debatieron ampliamente el tema;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.3°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°10 - Reunión N°16,
del día Lunes 06 de Mayo del año 2.024, siendo APROBADO “SOBRE
TABLAS”, por signos, por unanimidad de los miembros presentes, con 8
(ocho) votos POSITIVOS. Una ausencia con aviso de la Concejal Silvia Mabel
Ojer. Corresponde al Acta 1.804.-
POR ELLO;
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON
FUERZA D E O R D E N A N Z A:
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ARTÍCULO 1°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.1
APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS NACIONALES, la suma de $
2.000.000,00 (PESOS DOS MILLONES C/00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto
inicial fue de $ 1.000.000,00 (PESOS UN MILLON C/00/100 CENTAVOS),
comprometido al 24 de abril del 2.024 la suma de $ 877.000,00 (PESOS
OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL CON 00/100 CENTAVOS), quedando un
saldo disponible de $ 123.000,00 (PESOS CIENTO VEINTITRES MIL CON
00/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación c o n la
Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $ 2.000.000,00
(PESOS DOS MILLONES C/00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un
saldo disponible de $ 463.676.939,00 (PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y
TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y
NUEVE CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $ 3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES), con un saldo
disponible de $2.123.000,00 (PESOS DOS MILLONES CIENTO VEINTITRES MIL
CON 00/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma
parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida
Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2
APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS PROVINCIALES, la suma de $
5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES C/00/100 CENTAVOS), cuyo
presupuesto inicial fue de $ 9.300.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES
TRESCIENTOS MIL CON 00/100 CENTAVOS), comprometido al 24 de abril del
2.024 la suma de $ 6.685.777,49 (PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS
OCHENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE CON 49/100
CENTAVOS), quedando un saldo disponible de $ 2.614.222,51 (PESOS DOS
MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS CON 51/100
CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación c o n la Sub
Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $ 5.000.000,00 (PESOS
CINCO MILLONES c/00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo
disponible de $ 458.676.939,00 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO
MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE
CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $ 14.300.000,00 (PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS
MIL CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $7.614.222,51
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(PESOS SIETE MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIDOS
CON 51/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma
parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.26 C.E.E.C., la
suma de $ 4.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES C/00/100), cuyo
presupuesto inicial fue de $ 2.000.000,00 (PESOS DOS MILLONES CON 00/100
CENTAVOS), comprometido al 24 de abril del 2.024 la suma de $
1.581.661,23 (PESOS UN MILLON QUINIENTOS OCHENTA Y UN MIL
SEISCIENTOS SESENTA Y UNO CON 23/100 CENTAVOS), quedando un saldo
disponible de $ 418.338,77 (PESOS CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 77/100 CENTAVOS), habiendo realizado
la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL,
un monto de $ 4.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES), quedando en la
misma un saldo disponible de $ 454.676.939,00 (PESOS CUATROCIENTOS
CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia,
quedará un presupuesto compensado de $ 6.000.000,00 (PESOS SEIS
MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $
4.418.337,77 (PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL
TRESCIENTOS TREINTA Y SIETE CON 77/100 CENTAVOS), según detalle de
planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 4°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida
Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.01 EQUIPOS DE
MEDIOS DE TRANSPORTE, TRACCION Y ELEVACION, la suma de $
100.000.000,00 (PESOS CIEN MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo
presupuesto inicial fue de $ 150.000.000,00 (PESOS CIENTO CINCUENTA
MILLONES CON 00/100 CENTAVOS) , comprometido al 24 de abril del 2.024
la suma de $ 127.386.602,00 (PESOS CIENTO VEINTISIETE MILLONES
TRESCIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SEISCIENTOS DOS CON 00/100
CENTAVOS), quedando un saldo disponible de $ 22.613.398,00 (PESOS
VEINTIDOS MILLONES SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y
OCHO CON 00/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente
compensación c o n la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de
$ 100.000.000,00 (PESOS CIEN MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando
en la misma un saldo disponible de $ 354.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS
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CINCUENTA Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia,
quedará un presupuesto compensado de $ 250.000.000,00 (PESOS
DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo
disponible de $ 122.613.398,00 (PESOS CIENTO VEINTIDOS MILLONES
SEISCIENTOS TRECE MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 00/100
CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 5°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida
Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.02 EQUIPOS VARIOS,
la suma de $ 20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100
CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $ 10.000.000,00 (PESOS DIEZ
MILLONES CON 00/100 CENTAVOS) , comprometido al 24 de abril del 2.024
la suma de $ 9.361.00,61 (PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SESENTA Y
UN MIL CON 61/100 CENTAVOS), quedando un saldo disponible de $
638.999,39 (PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS
NOVENTA Y NUEVE CON 39/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente
compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de
$ 20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES), quedando en la misma un saldo
disponible de $ 334.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y CUATRO
MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE
CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $ 30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100
CENTAVOS), con un saldo disponible de $ 20.638.999,39 (PESOS VEINTE
MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y
NUEVE CON 39/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que
forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 6°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida
Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS, Sub Partida 2.1.2.15 EDIFICIO
MUNICIPAL, la suma de $ 5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100
CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $ 30.000.000,00 (PESOS
TREINTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), comprometido al 24 de abril
del 2.024 la suma de $ 28.669.124,56 (PESOS VEINTIOCHO MILLONES
SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CIENTO VEINTICUATRO CON 56/100
CENTAVOS), quedando un saldo disponible de $ 1.330.875,44 (PESOS UN
MILLON TRESCIENTOIS TREINTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON
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44/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación c o n la
Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $ 5.000.000,00
(PESOS CINCO MILLONES), quedando en la misma un saldo disponible de $
329.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS
SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100
CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $
35.000.000,00 (PESOS TREINTA CINCO MILLONES CON 00/100 CENTAVOS),
con un saldo disponible de $ 6.330.875,44 (PESOS SEIS MILLONES
TRESCIENTOS TREINTA MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 44/100
CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 7°): DETERMINAR que habiendo realizado la compensación
correspondiente a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida 1.4.1
CREDITO ADICIONAL, con un presupuesto inicial de $ 530.676.939,00
(PESOS QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo
disponible a la fecha de $ 465.676.939,00 (PESOS CUATROCIENTOS SESENTA
Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA
Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS), realizando una compensación de $
136.000.000,00 (PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES CON 00/100
CENTAVOS), quedará un saldo disponible de $ 329.676.939,00 (PESOS
TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS), según detalle de
planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 8°): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla de
Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al Ejercicio
2.024.-
ARTICULO 9°): COMUNICAR, al Juzgado de Faltas Municipal, Secretaría de
Medio Ambiente y, Departamento de Industria y Comercio de la
ORDENANZA, a los efectos de que tome pleno conocimiento de los alcances
de la misma.-
ARTÍCULO 10°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los seis
(06) días del mes de Mayo del año Dos Mil Veinticuatro.-
Charata, 07 de Mayo del año 2.024.-
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