ORD Nº 3992.2025 ESCRITURAR A FAVOR DE RUPP ALFREDO OSCAR.pdf


“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 1 de 9




MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


Nº 3.992/2.025




V I S T O:


El Dictamen por unanimidad DE LA COMISIÓN DE TIERRAS,


ORDENAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE N° 33/2.025, ingresado al


Concejo Municipal bajo el N° 10.287, sobre: ESCRITURAR A FAVOR del Señor


OSCAR ALFREDO RUPP el predio identificado como Parc. 015 – Manz. 029 –


Sección B – Circuns. I de la ciudad de Charata, y;




CONSIDERANDO:


Que, del análisis del Expediente administrativo de la


Dirección de Tierras y Catastro de las Municipalidad de Charata N° 4490/1988


surge;


Que, a foja 01, obra renuncia de derechos y acciones de


fecha 22 de octubre de 1979 por parte de la Sra. Teresa Pietro sobre el predio


fiscal identificado catastralmente como: Fracción Centro Sud-Oeste del Solar


“D” de la Manzana N° 146° de la Ciudad de Charata, a favor de la Señora


Isidora del Carmen Coronel.


Que, a foja 02, obra solicitud de tierra fecha 22 de octubre


de 1979 por parte de la Señora Isidora del Carmen Coronel, D.N.I. N°


3.470.431, sobre el predio fiscal identificado catastralmente como: Fracción


Centro Sud-Oeste del Solar “D” de la Manzana N° 146° de la Ciudad de


Charata.


Que, a foja 03, obra comprobante de pago total de


Impuestos, Tasas y Servicios hasta el 31 de diciembre de 1982, de fecha 23


de agosto de 1982, por parte de la Señora Isidora del Carmen Coronel del


inmueble identificado como Pc. 146, Solar D.


Que, a foja 04, obra acta de comparecencia de la Señora


Isidora del Carmen Coronel, D.N.I. N°3.470.431, ante la Dirección de Tierras





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 2 de 9




de la Municipalidad de Charata, a afectos de renunciar a los derechos y


acciones que le pudieren corresponder sobre la Fracción C – S.O. – Solar “D”


– Manzana 146° y las mejoras existentes en el mismo a favor del Señor Fermín


Córdoba D.N.I. N°7.901.622.


Que, a foja 05, obra solicitud de tierra fiscal de fecha 23 de


agosto de 1982 por parte del Señor Fermín Córdoba, D.N.I. N°7.901.622, por


el predio fiscal identificado catastralmente como: Fracción C – S.O. – Solar


“D” – Manzana 146°.


Que, a foja 06, obra comprobante de pago total de


Impuestos, Tasas y Servicios hasta el 31 de diciembre de 1987, de fecha 29


de mayo de 1988, por parte del Señor Fermin Cordoba, sobre el predio fiscal


identificado catastralmente como: Fracción C – S.O. – Solar “D” – Manzana


146°.


Que, a foja 07, obra acta de comparecencia del Señor


Fermín Córdoba D.N.I. N°7.901.622, de fecha 29 de marzo de 1988 ante la


Dirección de Tierras de la Municipalidad de Charata, por la cual renuncia a


los derechos y acciones que le pudieren corresponder sobre el predio


identificado como la Fracción C – S.O. – Solar “D” – Manzana 146° a favor de


la Señora Margarita Andres, L.C. N°1.552.245.


Que, a foja 08, obra solicitud de tierra fiscal de fecha 29 de


marzo de 1988 por parte de la Señora Margarita Andrés, L.C. N°1.552.245,


por el predio fiscal identificado catastralmente como: Fracción C – S.O. –


Solar “D” – Manzana 146°.


Que, a foja 09, obra comprobante de pago total de


Impuestos, Tasas y Servicios hasta el 03 de agosto de 1988, de fecha 05 de


septiembre de 1988 por parte del Señor Fermín Córdoba, sobre el predio fiscal


identificado catastralmente como: Fracción C – S.O. – Solar “D” – Manzana


146°.


Que, a foja 10, obra acta de comparecencia de fecha 05 de


septiembre de 1988 de la Señora Margarita Andres, L.C. N°1.552.245, ante la


Dirección de Tierras de la Municipalidad de Charata, por la cual renuncia a


los derechos y acciones que le pudieren corresponder sobre el predio





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 3 de 9




identificado catastralmente como: Fracción C – S.O. – Solar “D” – Manzana


146° a favor del Señor Oscar Alfredo Rupp, D.N.I. N° 12.262.843.


Que, a foja 11, obra solicitud de tierra fiscal de fecha 05 de


septiembre de 1988 por parte del Señor Oscar Alfredo Rupp, D.N.I. N°


12.262.843, por el predio fiscal identificado catastralmente como: Fracción


C – S.O. – Solar “D” – Manzana 146° - Sección “B”.


Que, a foja 12, obra, acta de inspección, realizada en fecha


13 de octubre 1988 por la Dirección de Tierra y Catastro de la Municipalidad


de Charata, en el predio fiscal identificado catastralmente como: Fracción C


– S.O. – Solar “D” – Manzana 146° - Sección “B” – Circunscripción: I.


Que, a fojas 14, obra Nota de fecha 14 de octubre de 1988


del Director Subrogante de Dirección de Tierra y Catastro de la Municipalidad


de Charata, por la cual eleva a la Comisión de Tierras Fiscales el expediente


N° 4490/88 para su opinión y posterior adjudicación.


Que a foja 15, obra Resolución del Concejo Municipal N°


267/88, de fecha 27 de octubre de 1988 por medio de la cual se le adjudica


al Señor Oscar Alfredo Rupp, D.N.I. N° 12.262.843, el predio fiscal


identificado catastralmente como: Fracción C – S.O. – Solar “D” – Manzana


146° - Sección “B” – Circunscripción: I - de la Ciudad de Charata.


Que, a foja 16, obra cédula de notificación al señor Oscar


Alfredo Rupp, el que deberá comparecer ante Dirección de Tierra y Catastro


de la Municipalidad.


Que, a foja 17, obra acta donde se notifica al señor Oscar


Alfredo Rupp D.N.I. Nº 14.960.016, que mantiene una deuda de tierra fiscal.


Que, a foja 18, obra copia de Documento Nacional de


Identidad del Señor Oscar Alfredo Rupp, D.N.I. N° 12.262.843.


Que, a foja 19, obra Certificado de domicilio del Señor Oscar


Alfredo Rupp, D.N.I. N° 12.262.843, de fecha 13 de agosto de 2023.


Que, a foja 20 y 20 vta. , obra Certificado Nacimiento del


Señor Oscar Alfredo Rupp, D.N.I. N° 12.262.843.





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 4 de 9




Que, a foja 21, obra Boleto de Compra Venta, celebrado


entre la Señora Margarita Andres L.C. N° 1.552.245 y el Señor Oscar Alfredo


Rupp, D.N.I. N° 12.262.843 de fecha 01 de septiembre de 1988.


Que, a foja 22, obra pago de Impuestos Inmobiliarios y Tasa


de Servicios correspondiente al año 1.995 por parte del Señor Oscar Alfredo


Rupp, D.N.I. N° 12.262.843.


Que, a foja 23, obra Declaración Jurada de fecha 14 de


agosto de 2023 suscripta por parte del Señor Oscar Alfredo Rupp, D.N.I. N°


12.262.843., mediante la cual declara ser propietario de las mejoras ubicadas


en Cabral N° 783 – Parcela 14 – Fracción N.E. – Manzana: 23 - Sección: B –


Circunscripción: I – de la Ciudad de Charata. Asimismo declara que su Estado


Civil es Soltero.


Que, a foja 25, obra Liquidación de fecha 29 de agosto de


2023 por el valor total del inmueble identificado catastralmente como:


Parcela 14 – Fracción N.E. – Manzana: 23 - Sección: B – Circunscripción: I – de


la Ciudad de Charata.


Que, a foja 26, obra Contrato de Compra venta de fecha 29


de agosto de 2023 celebrado por el Señor Oscar Alfredo Rupp, D.N.I. N°


12.262.843 y la Intendente de la Municipalidad de Charata, por el inmueble


identificado catastralmente como: Parcela 14 – Fracción N.E. – Manzana: 23


- Sección: B – Circunscripción: I – de la Ciudad de Charata.


Que, a foja 27, obra Recibo de pago de fecha 29 de agosto


de 2023 por un valor del 20% total del inmueble identificado catastralmente


como: Parcela 14 – Fracción N.E. – Manzana: 23 - Sección: B – Circunscripción:


I – de la Ciudad de Charata.


Que, a fojas 28/30, obra Recibos de pago de cuotas de fecha


05 de septiembre, 09 de octubre y 14 de noviembre del año 2023 del inmueble


identificado catastralmente como: Parcela 14 – Fracción N.E. – Manzana: 23


- Sección: B – Circunscripción: I – de la Ciudad de Charata.


Que, a foja 31, obra convenio de pagos Nº 51652 de


Impuestos Inmobiliarios Tasas por Servicios hasta el mes de enero del año


2025.





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 5 de 9




Que, a foja 32, obra Plano de Mensura y Subdivisión 4-84-


23, aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y Cartografía del Chaco,


en fecha 10 de abril del año 2.024.


Que, a foja 34, obra Informe de fecha 11 de abril de 2024


por parte del Registro de la Propiedad Inmueble, por medio del cual consta


que el Señor Oscar Alfredo Rupp, D.N.I. N° 12.262.843, no posee bienes


inmuebles a su nombre.


Que, a fojas 35/36, obra volantes de pago sobretasas R.P.I.


Que, a foja 37, obra comprobante de pago de impuesto de


sellos T.R.S.


Que, a foja 38, obra Recibo de pago total de Impuestos


Inmobiliarios y Servicios correspondiente al año 2024, de fecha 05 de abril de


2024, del inmueble identificado catastralmente como: Parcela 14 – Fracción


N.E. – Manzana: 23 - Sección: B – Circunscripción: I – de la Ciudad de Charata.


Que, a foja 39, obra Recibo de pago de Impuestos


Inmobiliarios y Servicios mes 09/2024 y convenio, de fecha 09 de octubre de


2023, del inmueble identificado catastralmente como: Parcela 14 – Fracción


N.E. – Manzana: 23 - Sección: B – Circunscripción: I – de la Ciudad de Charata.


Que, a foja 40, obra nota dirigida al Presidente del Concejo


Municipal, ingresada al Concejo Municipal bajo el Nº 9.480 de fecha 19 de


abril de 2024 por medio de la cual el Señor Oscar Alfredo Rupp, solicita


escrituración a su nombre por el inmueble identificado catastralmente como:


Parcela 14 – Fracción N.E. – Manzana: 23 - Sección: B – Circunscripción: I – de


la Ciudad de Charata.


Que, a foja 41, obra nota dirigida a la Comisión de Tierras,


Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente , ingresada al Concejo Municipal


bajo el N°10.144, de fecha 15 de abril de 2025 por medio de la cual el Señor


Bertorello Daniel Osvaldo, solicita se incorpore al Expte. 4490/88


comprobante de pago de Impuestos Inmobiliarios, tasas y Servicio del año


2025.





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 6 de 9




Que, a foja 42, obra Recibo de Pago de Impuestos


Inmobiliarios, tasas y Servicios correspondiente al año 2.025, de fecha 15 de


abril de 2025.


Que, a foja 43, obra nota a la Dirección de Tierra y Catastro,


mediante el cual solicita informe de adjudicación de otra u otras tierras


fiscales a nombre del señor Rupp Oscar Alfredo.


Que, a foja 44, obra informe de fecha 10 de Junio de 2.025


por parte del Coordinador de la Dirección de Tierra y Catastro de la


Municipalidad de Charata, por medio del cual se informa que el Señor Oscar


Alfredo Rupp, D.N.I. N° 12.262.843, no es solicitante y/o adjudicatario de


otra tierra fiscal.


Que, a foja 45, obra Dictamen de la Asesora Legal del


Concejo Municipal, dando cumplimiento a la Resolución de Concejo N°


10/2.024 de fecha 25 de Junio de 2.024.


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.2°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°51 – Reunión: N°62,


del día Lunes, 30 de Junio del año 2.025, siendo APROBADO por signos, por


unanimidad de los miembros presentes, con 9 (nueve) votos POSITIVOS .


Corresponde al Acta 1.849.-




POR ELLO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA


CON FUERZA DE ORDENANZA:




ARTÍCULO 1°): DECLARAR cumplidas las obligaciones contractuales y


reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley 269), por parte


del Señor: OSCAR ALFREDO RUPP, D.N.I. N°12.262.843, y en consecuencia


ESCRITURAR el predio identificado catastralmente como: PARCELA: 15 –


MANZANA: 29 – SECCIÓN: B – CIRCUNSCRIPCIÓN: I, de la ciudad de Charata,


con medidas de DOCE CON CINCUENTA metros de frente (12,50 m.), por


VEINTE metros de fondo (20,00 m.), lo que hace una superficie total de


DOSCIENTOS CINCUENTA metros cuadrados (250,00 m.2), ubicado sobre


calle Cabral N°783 de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco,





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 7 de 9




Provincia del Chaco, Plano de Mensura y Subdivisión 4-84-23, aprobado por la


Dirección Provincial de Catastro y Cartografía del Chaco.




ARTÍCULO 2°): NOTIFICAR al Señor OSCAR ALFREDO RUPP, D.N.I.


N°12.262.843, sobre los términos de la Ordenanza de Concejo Municipal


Nº3.527/2.020, que NO podrá enajenar el inmueble ESCRITURADO


identificado como: PARCELA: 15 – MANZANA: 29 – SECCIÓN: B –


CIRCUNSCRIPCIÓN: I, de la ciudad de Charata, por el término de diez (10)


años luego de formalizada la Escritura Traslativa de Dominio, salvo las


siguientes EXCEPCIONES:


a)- Exceptúese de lo dispuesto, en los supuestos donde fallecido el


propietario del inmueble, el bien deba inscribirse a nombre de sus herederos


y/o sucesores conforme el orden dispuesto por el Código Civil y Comercial de


la Nación y/o el testamento respectivo, y sea presentada la sentencia o


resolución judicial pertinente, declarada firme, dictada por el juez del juicio


sucesorio. En este supuesto, el nuevo propietario deberá completar el


término de diez (10) años.


b)- Exceptúese, también, los supuestos donde el adjudicatario demuestre,


mediante prueba documental y/o instrumental, la necesidad de que no se


incorpore dicha cláusula, lo que quedará a criterio de los concejales en base


a los fundamentos dados y la prueba ofrecida, debiendo el adjudicatario,


además, abonar un recargo equivalente al 50% del valor fiscal de la tierra. En


caso de que los inmuebles ya se encuentren escriturados, los propietarios


deberán cumplimentar los requisitos del inciso b)- de este artículo.-




ARTÍCULO 3°): ORDENAR a la Dirección de Tierras y Catastro de la


Municipalidad de Charata a que proceda a realizar los trámites que


correspondan a fin de confeccionar la correspondiente Escritura Traslativa de


Dominio según los términos de la presente Ordenanza.-




ARTÍCULO 4°): COMUNÍQUESE, al Ejecutivo Municipal a sus efectos, a las


dependencias correspondientes, promúlguese, regístrese, y cumplido,


archívese.






“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 8 de 9




ARTÍCULO 5°): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata, Partido Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los 30


(treinta) días del mes de Junio del año Dos Mil Veinticinco.


Charata, 08 de Julio del año 2.025.-






















































“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.992/2.025




Página 9 de 9




ANEXO I.








Charata, 08 de Julio del año 2.025.-