ORD Nº 3929.2024 MODIFICAR PARCIALMENTE LA ORDENANZA 3.875.2.023..pdf



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Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.929/2.024






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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°:3.929/2.024




V I S T O:


DICTAMEN POR UNANIMIDAD DE LOS MIEMBROS PRESENTES


DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS GENERALES, N°16/2.024, ingresado al


Concejo Municipal bajo el N°:9.632, sobre: MODIFICAR parcialmente la


Ordenanza de Concejo Municipal N°3.875/2.023, y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante nota ingresada al Concejo Municipal bajo


el N°9.419, presentada por la Sra. Cristina del Valle Maldonado, D.N.I.


Nº16.295.759, en carácter de heredera (hija) del Sr. Agapito Delpidio


Maldonado, L.E. Nº3.567.717 (fallecido), solicita se modifique parcialmente


la Ordenanza de Concejo Nº3.875/2.023; que modificó parcialmente la


Ordenanza de Concejo Municipal Nº717/1.996;


Que, la Ordenanza de Concejo Municipal Nº717/1.996;


declaraba cumplidas las obligaciones legales y contractuales por parte del


Sr. AGAPITO DELPIDIO MALDONADO L.E. Nº3.567.717, y en consecuencia se


ordena escriturar a su nombre el predio fiscal identificado catastralmente


como Parcela 07, Manzana 02, Quinta 10, Sección D, Circunscripción I, de la


ciudad de Charata;


Que, debido a un error, se consignó en la Ordenanza de


Concejo Nº717/1.996 la Parcela 07, cuando en realidad la Parcela correcta


era 04, por lo que dicha Ordenanza fue modificada parcialmente por la


Ordenanza de Concejo Municipal Nº3.875/2.023;


Que, sin embargo, no se estableció la autorización al Sr.


Intendente Municipal y/o sus sustitutos legales para firmar la Escritura


Rectificatoria del Título de Propiedad Nº0338 de fecha 23 de octubre de


1.996;






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Que, a fs. 10/12 del Expediente del Departamento de


Tierra y Catastro de la Municipalidad de Charata Nº6.727/2.007, se constata


el Título de Propiedad Nº0338 de fecha 23 de octubre de 1.996, el cual


otorga la propiedad de la Parcela 07, Manzana 02, Quinta 10, Sección D,


Circunscripción I de la ciudad de Charata;


Que, a fs. 17/18 obra copia de la Ordenanza de Concejo


Municipal Nº717/1.996,


Que a fs. 19/20 obra acta de Inspección de la Dirección


de Tierras y Catastro de fecha 30 de octubre de 2.023, del inmueble


identificado como Parcela 04, Manzana 02, Quinta 10, Sección D,


Circunscripción I de la ciudad de Charata, habitado por la Sra. Cristina del


Valle Maldonado y su hermano, el Sr. Orlando Maldonado;


Que, a fs. 20/21, obra Ordenanza de Concejo Municipal


Nº3.875/2.023, mediante la cual se rectifica el Número de Parcela


erróneamente consignado, establecido que el inmueble es el identificado


como Parcela 04, Manzana 02, Quinta 10, Sección D, Circunscripción I de la


ciudad de Charata;


Que, luego de analizar lo solicitado por el Sra. Cristina


del Valle Maldonado, se constata que el Intendente Municipal y/o sus


sustitutos legales no se encuentran expresamente autorizados a firmar la


Escritura Rectificativa del Título de Propiedad Nº0338;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°16 - Reunión N°22,


del día Lunes 24 de Junio del año 2.024, siendo APROBADO, por signos, por


unanimidad de los miembros presentes, con 9 (nueve) votos POSITIVOS.


Corresponde al Acta 1.810.-




POR ELLO;


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON


FUERZA D E O R D E N A N Z A:




ARTICULO 1°) MODIFICAR parcialmente la Ordenanza del Concejo


Municipal N°3.875/2.023, la que en su ARTÍCULO 1º) quedará redactada de






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la siguiente manera: “ARTÍCULO 1°): “…DECLARAR Cumplidas la


Obligaciones Legales y Contractuales por parte del Sr. AGAPITO DELPIDIO


MALDONADO L.E. 3.567.717, y en consecuencia se ordena escriturar a su


nombre el predio fiscal identificado catastralmente como Parcela: 04,


Manzana: 02, Quinta: 25/10, Sección: D, Circunscripción: I, de la ciudad de


Charata, según Plano de Mensura y Subdivisión Nº4-17-77, el cual se


adjunta a la presente como Anexo I y FACULTAR al Sr. Intendente


Municipal, Sr. RACH RUBÉN DNI N°21.859.413 y/o sus respectivos sustitutos


legales, a suscribir Escritura Rectificatoria del Título de Propiedad Nº0338,


y/o a realizar cualquier otro trámite necesario a esos efectos.


ARTICULO 2°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y


cumplido archívese.-




ARTICULO 3°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los


veinticuatro (24) días del mes de Junio del año Dos Mil Veinticuatro.-


Charata, 02 de Julio del año 2.024.-





































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ANEXO I






Charata, 02 de Julio del año 2.024.-























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