
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.956/2.024
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N° 3.956/2.024
V I S T O:
El Dictamen por unanimidad de la COMISIÓN DE ASUNTOS
GENERALES N° 30/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el Nº 9.908,
sobre: AUTORIZAR proyecto de mensura y subdivisión N° 4 – 25 – 24, el
cual modifica el estado parcelario del inmueble identificado catastralmente
como: Parc. 11- Quinta 22 – Sección D – Circ. I de la ciudad de Charata, y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la nota ingresada al Concejo Municipal bajo
el N° 9.636, presentada por la Agrimensora Nacional: MARISEL TERESITA
FERRER, M.P. N° 361, se solicita la aprobación del plano de mensura y
subdivisión 4 - 25 - 24, el cual modifica el estado parcelario del inmueble
identificado catastralmente como: Parcela 11, Quinta: 22, Sección D,
Circunscripción I, ubicado sobre calle Mariano Castex, de la ciudad de
Charata, de propiedad del Señor Samuel Cynzer inscripto al Folio Real
Matricula N°5.360;
Que, el Proyecto de Plano de Mensura y Subdivisión
mencionado modifica el estado parcelario de la Parcela: 11 y de la cual
surgen 2 (dos), una de las parcelas con superficie menor a 150 m², todas
con salidas independientes a calle pública, por lo tanto no encuadran
dentro del Art. 1.887, Inc. C) del Código Civil y Comercial de la Nación;
Que, del proyecto de Plano de Mensura y Subdivisión
presentado Surgen dos parcelas (2), la Parcela: 22, con medidas de DIEZ
metros de frentes (10,00 m), por QUINCE metros de fondo (15,00 m), más
la ampliación de TRES metros (3,00 m), por VEINTE metros de fondo
(20,00 m); lo que hacen una superficie total de DOSCIENTOS DIEZ metros
cuadrados (210,00 m²), y la Parcela: 23 con medidas de SIETE metros de
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frentes (7,00 m), por VEINTE metros de fondo (20,00 m), lo que hacen una
superficie total de CIENTO CUARENTA metros cuadrados (140,00 m²);
Que, se proyecta esta Subdivisión atento a que hay que
lograr dos (2) Escrituras independientes, para separar una edificación de la
otras proyectadas;
Que, el Decreto Provincial Nº 1.148/2.019, que regula la
cuestión planteada, establece en su Artículo 79°: “En las subdivisiones de
parcelas con hechos existentes, se permitirá su fraccionamiento hasta un
mínimo de ciento cincuenta (150 m2), siempre que sean funcionalmente
independientes y con infraestructura de servicios, aunque no cumplan con
los puntos 1, 2, 3 del Art. 78° inc. n)-…”;
Que, el Artículo 78° inc. n)- dispone: “Las parcelas
deberán cumplir con las siguientes exigencias: 1)- tendrán un frente
mínimo de 10 metros, medidas normalmente a las líneas de los costados.
2)- tendrán una superficie mínima de 200 m2, zonas afectadas por cloacas y
250 m2 en zonas sin dichas mejoras. 3)- en los frentes curvos las divisorias
de parcelas deberán ser normales a las curvas de frente”;
Que, el Señor: Samuel Cynzer, no posee deuda en
concepto de Impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios; según comprobante
emitido por la oficina de ingreso de la Municipalidad de Charata;
Que, lo ediles miembros de la Comisión de Asuntos
Generales debatieron el tema y han resuelto emitir el presente dictamen,
y;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N° N°33 – Reunión:
N°40, del día lunes 04 de noviembre del año 2.024, siendo APROBADO, por
signos, por UNANIMIDAD DE LOS MIEMBROS, 9 (nueve) votos POSITIVOS.
Corresponde al Acta 1.828.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
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ARTICULO 1°: AUTORIZAR el Proyecto de Mensura y Subdivisión N° 4 – 25 –
24, realizado por la Agrimensora Marisel Teresita Ferrer M.P. N° 361, el cual
modifica el estado parcelario del inmueble identificado catastralmente
como: Parcela: 11, Quinta: 22, Sección: D, Circunscripción: I, del cual
surgen Dos Parcelas: la Parcela 22: con medidas de DIEZ metros de frentes
(10,00 m), por QUINCE metros de fondo (15,00 m), más la ampliación de
TRES metros (3,00 m), por VEINTE metros de fondo (20,00 m); lo que
hacen una superficie total de DOSCIENTOS DIEZ metros cuadrados (210,00
m²), y la Parcela 23: con medidas de SIETE metros de frentes (7,00 m),
por VEINTE metros de fondo (20,00 m), lo que hacen una superficie total
de CIENTO CUARENTA metros cuadrados (140,00 m²). Ambas con salidas
independientes a calle pública y no encuadran dentro del Art. 1.887, Inc. C)
del Código Civil y Comercial de la Nación.
ARTÍCULO 2º): INCORPORAR a la presente como ANEXO I copia del
Proyecto de Mensura y Subdivisión Nº 4 – 25 – 24.-
ARTÍCULO 3°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.
ARTÍCULO 4°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los
cuatro (04) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro.-
Charata, 12 de Noviembre de 2.024.-
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ANEXO I
Charata, 12 de Noviembre de 2.024.