ORD Nº 3956.2024 Autoriza proyecto de mensura.pdf

2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


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Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.956/2.024






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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N° 3.956/2.024




V I S T O:


El Dictamen por unanimidad de la COMISIÓN DE ASUNTOS


GENERALES N° 30/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el Nº 9.908,


sobre: AUTORIZAR proyecto de mensura y subdivisión N° 4 – 25 – 24, el


cual modifica el estado parcelario del inmueble identificado catastralmente


como: Parc. 11- Quinta 22 – Sección D – Circ. I de la ciudad de Charata, y;




CONSIDERANDO:


Que, mediante la nota ingresada al Concejo Municipal bajo


el N° 9.636, presentada por la Agrimensora Nacional: MARISEL TERESITA


FERRER, M.P. N° 361, se solicita la aprobación del plano de mensura y


subdivisión 4 - 25 - 24, el cual modifica el estado parcelario del inmueble


identificado catastralmente como: Parcela 11, Quinta: 22, Sección D,


Circunscripción I, ubicado sobre calle Mariano Castex, de la ciudad de


Charata, de propiedad del Señor Samuel Cynzer inscripto al Folio Real


Matricula N°5.360;


Que, el Proyecto de Plano de Mensura y Subdivisión


mencionado modifica el estado parcelario de la Parcela: 11 y de la cual


surgen 2 (dos), una de las parcelas con superficie menor a 150 m², todas


con salidas independientes a calle pública, por lo tanto no encuadran


dentro del Art. 1.887, Inc. C) del Código Civil y Comercial de la Nación;


Que, del proyecto de Plano de Mensura y Subdivisión


presentado Surgen dos parcelas (2), la Parcela: 22, con medidas de DIEZ


metros de frentes (10,00 m), por QUINCE metros de fondo (15,00 m), más


la ampliación de TRES metros (3,00 m), por VEINTE metros de fondo


(20,00 m); lo que hacen una superficie total de DOSCIENTOS DIEZ metros


cuadrados (210,00 m²), y la Parcela: 23 con medidas de SIETE metros de




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frentes (7,00 m), por VEINTE metros de fondo (20,00 m), lo que hacen una


superficie total de CIENTO CUARENTA metros cuadrados (140,00 m²);


Que, se proyecta esta Subdivisión atento a que hay que


lograr dos (2) Escrituras independientes, para separar una edificación de la


otras proyectadas;


Que, el Decreto Provincial Nº 1.148/2.019, que regula la


cuestión planteada, establece en su Artículo 79°: “En las subdivisiones de


parcelas con hechos existentes, se permitirá su fraccionamiento hasta un


mínimo de ciento cincuenta (150 m2), siempre que sean funcionalmente


independientes y con infraestructura de servicios, aunque no cumplan con


los puntos 1, 2, 3 del Art. 78° inc. n)-…”;


Que, el Artículo 78° inc. n)- dispone: “Las parcelas


deberán cumplir con las siguientes exigencias: 1)- tendrán un frente


mínimo de 10 metros, medidas normalmente a las líneas de los costados.


2)- tendrán una superficie mínima de 200 m2, zonas afectadas por cloacas y


250 m2 en zonas sin dichas mejoras. 3)- en los frentes curvos las divisorias


de parcelas deberán ser normales a las curvas de frente”;


Que, el Señor: Samuel Cynzer, no posee deuda en


concepto de Impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios; según comprobante


emitido por la oficina de ingreso de la Municipalidad de Charata;


Que, lo ediles miembros de la Comisión de Asuntos


Generales debatieron el tema y han resuelto emitir el presente dictamen,


y;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N° N°33 – Reunión:


N°40, del día lunes 04 de noviembre del año 2.024, siendo APROBADO, por


signos, por UNANIMIDAD DE LOS MIEMBROS, 9 (nueve) votos POSITIVOS.


Corresponde al Acta 1.828.-




POR ELLO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE


ORDENANZA:




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ARTICULO 1°: AUTORIZAR el Proyecto de Mensura y Subdivisión N° 4 – 25 –


24, realizado por la Agrimensora Marisel Teresita Ferrer M.P. N° 361, el cual


modifica el estado parcelario del inmueble identificado catastralmente


como: Parcela: 11, Quinta: 22, Sección: D, Circunscripción: I, del cual


surgen Dos Parcelas: la Parcela 22: con medidas de DIEZ metros de frentes


(10,00 m), por QUINCE metros de fondo (15,00 m), más la ampliación de


TRES metros (3,00 m), por VEINTE metros de fondo (20,00 m); lo que


hacen una superficie total de DOSCIENTOS DIEZ metros cuadrados (210,00


m²), y la Parcela 23: con medidas de SIETE metros de frentes (7,00 m),


por VEINTE metros de fondo (20,00 m), lo que hacen una superficie total


de CIENTO CUARENTA metros cuadrados (140,00 m²). Ambas con salidas


independientes a calle pública y no encuadran dentro del Art. 1.887, Inc. C)


del Código Civil y Comercial de la Nación.


ARTÍCULO 2º): INCORPORAR a la presente como ANEXO I copia del


Proyecto de Mensura y Subdivisión Nº 4 – 25 – 24.-


ARTÍCULO 3°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y


cumplido archívese.


ARTÍCULO 4°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los


cuatro (04) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro.-




Charata, 12 de Noviembre de 2.024.-




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ANEXO I






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