
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
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Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.962/2.024
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N° 3.962/2.024
V I S T O:
El Dictamen por UNANIMIDAD de los presentes de la
COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO N° 28/2.024, ingresado al Concejo
Municipal bajo el N° 9.975, sobre: FACULTAR al poder ejecutivo a
formalizar el proceso de Licitación Privada para la compra de una
minicargadora, y;
CONSIDERANDO:
Que, existe la necesidad de contar con una nueva Mini
Cargadora para poder afrontar y agilizar los requerimientos del área de Obras
Públicas, y con ello, brindar una mejor atención a la comunidad, y;
Que, a fin de llevar adelante el proceso, los proponentes
deberán presentar un presupuesto y oferta para la compra de una Mini Cargadora
nueva, con cabina cerrada y aire acondicionado, con motor de 4 (CUATRO)
cilindros, de 60 a 66 hp, y balde de carga con capacidad de 0.5 m³, y;
Que, esta Comisión ha citado y se ha reunido con la
Secretaria de Obras Públicas del Municipio, a fin de que brinde detalles de las
necesidades de contar con este tipo de maquinaria, la cual manifestó que si bien
el área contaba con una Minicargadora, y el Municipio en total poseía 3, una de
ellas se encuentra en el área de Servicios, y las otras dos no se encuentran en
condiciones óptimas de funcionamiento, y debido a que las mismas se deben
enviar constantemente a reparación, demanda más gastos de mantenimiento y
en definitiva, durante todo ese tiempo, el área de Obras Públicas no cuenta con
una máquina esencial para el desarrollo de sus tareas, y;
Que, la Secretaria de Obras Públicas del Municipio, explicó
asimismo, que la mini cargadora es necesaria para llevar adelante tareas de
limpieza de alcantarillas que poseen una dimensión pequeña, y en razón de ello
se requiere que la misma cuente con un balde de carga con capacidad de 0.5 m³,
y asimismo, en caso de poder adquirir otro tipo de accesorios, como el martillo,
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con la misma maquinaria se podrían realizar los rompimientos de concreto
necesarios para llevar adelante el plan de bacheo, entre otras utilidades que sin
dudas este tipo de maquinaria podría ofrecer, y;
Que, en este contexto y conforme a las normativas vigentes,
se deberá facultar al Poder Ejecutivo Municipal, a formalizar el llamado a
Licitación Privada a los efectos de poder realizar la compra de la maquinaria
mencionada, y;
Que, todo el proceso de Licitación Privada se llevará a cabo
conforme lo establecido por los Art. 27, 28, 29, ss. y cc. de la Ordenanza
Municipal Nº3.277/2.017 que establece el Régimen de Contratación y su
modificatoria la Ordenanza Municipal Nº3.901/2.024, y;
Que, conforme lo establecido por el Art. 42, apartado 3º,
3.1º de la Ordenanza Municipal Nº3.277/2.017, no será necesaria la inscripción
en los Registros Municipales para ofertar, debiendo aportar la documentación
que el Municipio requiera y considere pertinente, previa adjudicación, y;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.4°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N° N°35 – Reunión:
N°42, del día lunes 25 de Noviembre del año 2.024, siendo APROBADO, por
signos, por UNANIMIDAD de los miembros, 9 (nueve) votos POSITIVOS.
Corresponde al Acta 1.830.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°): FACULTAR al Poder Ejecutivo Municipal a formalizar un
proceso de Licitación Privada para la compra de una Mini Cargadora que
será destinada a la Secretaría de Obras Públicas.-
ARTICULO 2º): APROBAR el pliego de Bases y Condiciones a los efectos de
llevar adelanta el llamado a Licitación Privada, el que se adjunta al
presente como Anexo I.-
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ARTÍCULO 3°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.
ARTICULO 4°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los
veinticinco (25) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro. -
Charata, 03 de Diciembre del año.024.-
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ANEXO I
LICITACIÓN PRIVADA
S/ ORDENANZA DEL CONCEJO
MUNICIPAL Nº …………../2.024 y
RESOLUCIÓN DE INTENDENTE
MUNICIPAL Nº: …../2.024.-
APERTURA: …./…./…..-
HORA: …. : …. hs.-
LUGAR: SECRETARIA DE HACIENDA Y FINANZAS.-
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CHARATA – CHACO
…. de …………….. de 2024.-
OBJETO
PRESUPUESTAR PARA LA COMPRA DE UNA MINI CARGADORA,
NUEVA, CON CABINA CERRADA Y AIRE ACONDICIONADO, MOTOR
CUATRO (4) CILINDROS, DE 60 HP A 70 HP, Y BALDE DE CARGA
CON CAPACIDAD DE 0.5 m³.
CONDICIONES GENERALES:
DE LA PROPUESTA:
a) El proponente deberá presupuestar para la compra de una Mini
Cargadora, nueva, con cabina cerrada y aire acondicionado, con
motor de cuatro (4) cilindros, de 60 hp a 70 hp, y balde de carga con
capacidad de 0.5 m³.
b) La oferta especificará, precio unitario, en moneda nacional, fijo y
cierto, expresado en números y el total general en letras y números,
libre de todo gravamen, incluidos los gastos de inscripción y/o todo
otro gasto posible.
c) Mantenimiento de oferta, la cual se contara desde la fecha de
apertura.
d) Plazo o fecha de entrega de la maquinaria.
e) Formas de pago (al contado, en moneda nacional).
PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA:
a) Las propuestas se presentarán en original y duplicado en un sobre
cerrado, de forma que no pueda abrirse sin violarse, y se consignará
sello cruzado y firma en el cierre del sobre. Serán admitidas hasta la
fecha y la hora antes fijada para la apertura de los mismos, las que
deberán contener los siguientes requisitos:
1) Recibo de haber adquirido el pliego, la que indicará conocer
y aceptar en totalidad las condiciones (el recibo lo podrá
adquirir pagándolo en la oficina de ingresos).-
2) No deberán contener inscripción alguna salvo la que indique
a qué concurso se refiere, detallando el día y la hora de
apertura.-
3) Las propuestas ofertadas deberán ser firmadas por los
proponentes en todas sus fojas y no deberán tener
tachaduras y/o enmiendas, las que serán debidamente
salvadas por el proponente.-
4) Deberá contener la clave Única de Identificación Tributaria.-
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5) Constancia Actualizada de la Agencia de Recaudación y
Control Aduanero (ARCA) y de la Administración Tributaria
Provincial (ATP) o Convenio Multilateral.-
6) Cada oferta será acompañada por un documento equivalente
al 5% (CINCO POR CIENTO) del valor total de la oferta
principal, el que deberá ser firmado por el proponente y
sellado por ATP.-
RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS:
a) Las propuestas serán recepcionadas en la fecha y hora que
oportunamente fije el Poder Ejecutivo Municipal, en la oficina de
Mesa de Entradas. De todo cuanto se actúe se dejará constancia en
acta, la que será firmada por el funcionario que presida el acto de
apertura y adjudicación, junto a todas las autoridades que asistan y
personas que deseen hacerlo.-
ADJUDICACIÓN:
a) La adjudicación se realizará previo estudio de la ofertas y se
notificará al adjudicatario fehacientemente, todo conforme lo
establecido la Ordenanza Municipal Nº3.277/2.017 y su modificatoria
Nº3.901/2.024.-
GARANTÍA DE OFERTA:
a) Cada oferta será acompañada por un documento equivalente al 5%
(CINCO POR CIENTO) del valor total de la oferta principal, el que
deberá ser firmado por el proponente y sellado por ATP.-
GARANTÍA DE ADJUDICACIÓN:
a) Documento por el equivalente al 10% (DIEZ POR CIENTO) del valor
total de la adjudicación el que deberá ser firmado por el
proponente y sellado por ATP, y presentado dentro de los 8 (OCHO)
días corridos de la recepción de la notificación de Adjudicación.-
DE LA APERTURA:
a) La apertura de sobres se realizará el día …/…./…. a las ….:…. horas
en la Secretaría de Hacienda y Finanzas de la Municipalidad de
Charata.-
LA MUNICIPALIDAD DE CHARATA SE RESERVA EL DERECHO DE DECLARAR
DESIERTO LA PRESENTE LICITACIÓN PRIVADA POR INCONVENIENCIA DE
PRECIOS Y/O COSTOS.-
Charata, 03 de Diciembre 2.024.-