ORD Nº 3917.2024 Escriturar a Delsner Rodolfo Gustavo.pdf



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Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.917/2.024






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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°: 3.917/2.024




V I S T O:


El Dictamen por “UNANIMIDAD”, de la Comisión de


TIERRAS ORDENAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE Nº09/2.024,


ingresado al Concejo Municipal bajo el N°9.525, sobre: ESCRITURAR a favor


del Sr. Rodolfo Gustavo Delsner, el inmueble identificado catastralmente


como Pc. 42- Mz. 18- Sección B- Circunscripción I., y;


CONSIDERANDO:


Que, a foja 01, obra solicitud de tierra fiscal realizada


por el Señor: Marcelo Anriquez D.N.I. N°7.425.049, en fecha 24 de


noviembre de 1.975;


Que, a foja 02, obra boleto de compraventa celebrado


entre el Señor: Fernando Anriquez y Marcelo Anriquez, por las mejoras


introducidas en el predio fiscal identificado como: Fracción Nord - Oeste


Solar I, Manzana: 158, de la ciudad de Charata;


Que, a foja 03, obra comprobante de pago de los


Impuestos Inmobiliarios Tasas y Servicios;


Que, a foja 04, obra renuncia del Señor: Marcelo


Anriquez, a los Derechos y Acciones que le pudieran corresponder sobre las


mejoras existente en el predio fiscal identificado catastralmente como:


Frac. N. E. – Solar: I, Manzana: 158, a favor del Señor: Rodolfo Gustavo


Delsner, D.N.I. N° 13.345.778;


Que, a foja 05, obra solicitud del predio fiscal


identificado como: Fracción: N. E. – Solar: I, Manzana: 158, realizada por el


Señor: Rodolfo Gustavo Delsner, D.N.I. N°13.345.778, realizada en fecha 16


de junio de 1.980;






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Que, a foja 06, obra Certificado emitido por el Jefe de la


Oficina de Tierras de la Municipalidad de Charata, en donde consta que el


Señor: Rodolfo Gustavo Delsner, es solicitante del predio fiscal identificado


como: Fracción: N. E. – Solar: I Manzana: 158;


Que, a foja 07, obra nota ingresada al Concejo Municipal


bajo el N° 6.043, tratada en la Sesión Ordinaria N° 90, Reunión N° 102, de


fecha 03 de Septiembre del año 2.018, presentada por el Señor: Rodolfo


Gustavo Delsner, solicitando la adjudicación del predio fiscal identificado


catastralmente como: Fracción N. E. – Solar I, Manzana: 158/18;


Que, a foja, 08, obra nota ingresada al Concejo Municipal


bajo el N° 8.062, tratada en la Sesión Ordinaria N° 76, Reunión N° 106, de


fecha 01 de agosto del año 2.022, presentada por el Señor: Rodolfo Gustavo


Delsner, solicitando la adjudicación del predio fiscal identificado


catastralmente como: Parcela: 12 – Manzana: 18 – Sección: B –


Circunscripción: I, de la ciudad de Charata;


Que, a foja 09, obra nota dirigida al Jefe del


Departamento de Tierras y Catastro de la Municipalidad de Charata


autorizando a recibir la solicitud de tierra fiscal al Señor: Rodolfo Gustavo


Delsner, D.N.I. N° 13.345.778;


Que, a foja 10, obra solicitud de Tierra Fiscal N° 1.161,


realizada por el Señor: Rodolfo Gustavo Delsner D.N.I N° 13.345.778, sobre


el predio fiscal identificado como: Parcela: 12 C – Manzana: 18- Sección: B -


Circunscripción: I, de la ciudad de Charata;


Que, a fojas 11/15, obran copias simples de D.N.I. del


Señor: Rodolfo Gustavo Delsner D.N.I. N°13.345.778, y de su grupo familiar


Mansilla Reyna Arminda D.N.I. N° 12.539.100 (esposa), y de sus hijos:


Delsner, María José D.N.I. N° 28.630.138, Delsner Paulina Milagros D.N.I.


N° 45.044.037, Delsner María Belén D.N.I. N° 30.730.593, Delsner Gustavo


Marcelo D.N.I. N° 29.306.282;


Que, a foja 16, obra copia simple del Acta de Matrimonio


N° 128, del año 1.978, entre el Señor: Rodolfo Gustavo Delsner






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N°13.345.778, y la Señora: Reina Arminda Mansilla D.N.I. N° 12.539.100,


realizada por ante el registro Civil de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 17, obra copia certificada del Acta de


Nacimiento de Delsner María Belén N° 280, del año 1.986, realiza por ante


el Registro Civil de la ciudad de Charata;


Que, a foja 18, obra copia simple del Certificado de


Nacimiento N° 434, de la Srta. Paulina Milagros Delsner, emitido por el


Registro Civil de la ciudad de Charata;


Que, a foja 19, obra copia simple del Acta de Nacimiento


N° 357, del año 1.982, del Sr. Gustavo Marcelo Delsner, realizada por ante


el Registro Civil de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 20, obra copia simple del Acta de Nacimiento


N° 21, del año 1.958, de la Sra. Reina Arminda Mancilla, realizada por ante


el Registro Civil de la cuidad de Charata;


Que, a foja 21, obra copia simple del Acta de Matrimonio


N° 128, del año 1.978, entre el Señor: Rodolfo Gustavo Delsner


N°13.345.778, y la Señora: Reina Arminda Mansilla D.N.I. N° 12.539.100,


realzada por ante el registro Civil de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 22, obra copia simple del Certificado de


Nacimiento N° 125, del año 1.981, de la Sra. María José Delsner, realizado


por ante el Registro Civil de la ciudad de Charata;


Que, a fojas 23/24, obra Certificado de Domicilio del


Señor: Rodolfo Gustavo Delsner, D.N.I. N° 13.345.778, emitido por la Policía


de la Provincia del Chaco;


Que, a foja 25, obra Declaración Jurada de Propiedad de


Mejoras Realizada por el Señor: Rodolfo Gustavo Delsner, por ante el


Juzgado de Paz Letrado de la ciudad de Charata;


Que, a foja 26, obra Acta de inspección, y croquis de


ubicación, realizada en el predio fiscal solicitado, en fecha 28 de noviembre


de 2.022;






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Que, a fojas 27/31, obra nota dirigida al Registro de la


Propiedad de Inmueble de la Provincia del Chaco solicitando informe. En


donde consta que el Señor: Rodolfo Gustavo Delsner, NO POSEE, bienes


inmuebles registrados a su nombre dentro del Departamento Chacabuco;


Que, a foja 32, obra copia simple del Documento


Nacional de Identidad del Sr. Rodolfo Gustavo Delsner N° 13.345.778;


Que, a foja 33, obra comprobante de pago de los


Impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios, emitido por la oficina de ingreso


de la Municipalidad de Charata;


Que, a foja 34, obra Dictamen de la Asesora Legal del


Concejo Municipal en cumplimiento a lo establecido en la Resolución de


Concejo Municipal N° 28/2.022, mediante el cual recomendó la


adjudicación del predio fiscal solicitado por el Sr. Rodolfo Gustavo Delsner


N° 13.345.778;


Que, a fojas 35/37, obra copia simple Ordenanza del


Concejo Municipal N° 3.816/2.023, mediante la cual: ADJUDICAN en venta


al Señor: RODOLFO GUSTAVO DELSNER D.N.I. N° 13.345.778, el predio


fiscal identificado catastralmente como: Parcela: 12 C – Manzana: 18 –


Sección: B – Circunscripción: I, de la ciudad de Charata, con medidas de


DOCE CON CINCUENTA metros de frente (12,50 m), por VEINTE metros de


fondo (20,00 m), lo que hacen a una superficie total de DOSCIENTOS


CINCUENTA metros cuadrados (250,00 m2), ubicado sobre calle Sarmiento


634, de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del


Chaco;


Que, a foja 38, Obra Resolución del Intendente Municipal


N°969/2.023, Promulgando la Ordenanza del Concejo Municipal


N°3.816/2.023;


Que, a foja 39/41, obra Ordenanza del Concejo Municipal


N°3.816/2.023, mediante la cual: ADJUDICAN en venta al Señor: RODOLFO


GUSTAVO DELSNER D.N.I. N°13.345.778, el predio fiscal identificado


catastralmente como: Parcela: 12 C – Manzana: 18 – Sección: B –


Circunscripción: I, de la ciudad de Charata, con medidas de DOCE CON






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CINCUENTA metros de frente (12,50 m), por VEINTE metros de fondo


(20,00 m), lo que hacen a una superficie total de DOSCIENTOS CINCUENTA


metros cuadrados (250,00 m2), ubicado sobre calle Sarmiento 634, de la


ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco;


Que, a foja 42, obra Planilla de Liquidación por el valor


de la Tierra Fiscal Adjudicada;


Que, a foja 43, obra Contrato de Compraventa celebrado


entre el Intendente de la Municipalidad de Charata y el Sr. Rodolfo Gustavo


Delsner, D.N.I. N°13.345.778, en fecha 25 de septiembre de 2.023;


Que, a foja 44, obra comprobante de pago por el valor


total de la tierra fiscal adjudicada, más inspección según Ordenanza del


Concejo Municipal N°3.013/2.018, emitido por la oficina de ingreso de la


Municipalidad de Charata, en fecha 26 de noviembre de 2.023;


Que, a fojas 45/46, obra comprobante de pago de los


Impuestos Inmobiliarios Tasas y Servicios, emitido por la oficina de ingreso


de la Municipalidad de Charata, en fecha 15 de febrero de 2.024;


Que, a foja 47, obra Plano de Mensura y Subdivisión N° 4-


70-23, realizado por el Ingeniero Agrimensor Jorge Oscar Clauter M.P. N°


341, aprobado por la Dirección de Catastro y Cartografía de la Provincia del


Chaco, en fecha 31 de enero de 2.024;


Que, a foja 48, obra nota ingresada al Concejo Municipal


bajo el N°9.375, presentada por el Jefe del Departamento de Tierras de la


Municipalidad de Charata Sr. José Chávez, elevando Expte. Nº3.142/1.976,


y solicita se considere ESCRITURAR el inmueble a favor del Señor: RODOLFO


GUSTAVO DELSNER, teniendo en cuenta que se declararon cumplidas las


Obligaciones Contractuales y se abonó la totalidad del precio de Tierras;


Que, a foja 49, obra nota dirigida a la Asesora Legal del


Concejo Municipal, elevando las presentes actuaciones a efecto de dar


Cumplimiento a lo establecido en la Resolución del Concejo Municipal N°


28/2022;


Que, a foja 50, obra Vista de la Asesora Legal en


cumplimiento a la Resolución del Concejo Municipal N°28/2.022, mediante


el cual recomienda: solicitar Informe al Registro de la Propiedad Inmueble


de la provincia del Chaco, para corroborar que la Sra. Mansilla Reina






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Arminda esposa del adjudicatario no posea bienes inmuebles registrados a


su nombre;


Que, a foja 51, obra nota dirigida a la Dirección de Tierra


y Catastro de la Municipalidad de Charata, elevando las presentes


actuaciones;


Que, a foja 52, obra Plano de Mensura y Subdivisión N°4-


70-23, realizado por el Ingeniero Agrimensor Jorge Oscar Clauter M.P.


N°341, aprobado por la Dirección de Catastro y Cartografía de la Provincia


del Chaco, en fecha 31 de enero de 2.024;


Que, a fojas 53/56, obra nota dirigida al Registro de la


Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, solicitando informe. En


donde consta que la Sra. Mansilla Reina Arminda D.N.I. N°12.539.100, NO


POSEE bienes inmuebles a su nombre;


Que, se encuentran reunidos los requisitos de la Ley


Provincial N°46-P (Antes Ley 269) y normas aplicables por parte del Señor:


Rodolfo Gustavo Delsner, D.N.I. N°13.345.778;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.4°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°11 - Reunión N°17,


del día Lunes 13 de Mayo del año 2.024, siendo APROBADO, por signos, por


unanimidad de los miembros presentes, con 7 (ocho) votos POSITIVOS. Dos


ausencias con avisos de la Concejal Silvia Mabel Oger y el Concejal Spahn


Elbio Marcelo Corresponde al Acta 1.805.-




POR ELLO;


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON


FUERZA D E O R D E N A N Z A:




ARTÍCULO 1º): DECLARAR cumplidas las obligaciones contractuales y


reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley 269), por parte


del Señor: RODOLFO GUSTAVO DELSNER, D.N.I. N°13.345.778. y en


consecuencia ESCRITURAR a su nombre, el predio identificado


catastralmente como: Parcela: 42, Manzana: 18, Sección: B,






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Circunscripción I, de la ciudad de Charata, con medidas aproximadas de


DOCE CON CINCUENTA metros de frente (12,50 m), por VEINTE metros de


fondo (20,00m), lo que hacen a una superficie total de DOSCIENTOS


CINCUENTA metros cuadrados (250,00 m2) ubicado sobre calle Sarmiento


634, de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del


Chaco, según Plano de Mensura y Subdivisión N°4-70-23, realizado por el


Ingeniero Agrimensor Jorge Oscar Clauter M.P. N°341, aprobado por la


Dirección de Catastro y Cartografía de la Provincia del Chaco, en fecha 31


de enero de 2.024, el cual se adjunta al presente como ANEXO I.-


ARTÍCULO 2°): NOTIFICAR al Señor: RODOLFO GUSTAVO DELSNER, D.N.I.


N°13.345.778, sobre los términos de la Ordenanza de Concejo Municipal


N°: 3.527/2.020, que NO podrá enajenar el inmueble ESCRITURADO


identificado como: Parcela: 42, Manzana: 18, Sección: B, Circunscripción


I, de la ciudad de Charata por el término de diez (10) años luego de


formalizada la Escritura Traslativa de Dominio, salvo las siguientes


EXCEPCIONES:


a)- Exceptúese de lo dispuesto, en los supuestos donde fallecido el


propietario del inmueble, el bien deba inscribirse a nombre de sus


herederos y/o sucesores conforme el orden dispuesto por el Código Civil y


Comercial de la Nación y/o el testamento respectivo, y sea presentada la


sentencia o resolución judicial pertinente, declarada firme, dictada por el


juez del juicio sucesorio. En este supuesto, el nuevo propietario deberá


completar el término de diez (10) años.-


b)- Exceptúese, también, los supuestos donde el adjudicatario demuestre,


mediante prueba documental y/o instrumental, la necesidad de que no se


incorpore dicha cláusula, lo que quedará a criterio de los concejales en


base a los fundamentos dados y la prueba ofrecida, debiendo el


adjudicatario, además, abonar un recargo equivalente al 50% del valor fiscal


de la tierra.


En caso de que los inmuebles ya se encuentren escriturados, los propietarios


deberán cumplimentar los requisitos del inciso b)- de este artículo.-







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ARTÍCULO 3°): ORDENAR a la Dirección de Tierras y Catastro de la


Municipalidad de Charata a que proceda a realizar los trámites que


correspondan a fin de confeccionar la correspondiente Escritura Traslativa


de Dominio según los términos de la presente Ordenanza.-




ARTICULO 4°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y


cumplido archívese.-


ARTICULO 5°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los trece


(13) días del mes de Mayo del año Dos Mil Veinticuatro.-


Charata, 21 de mayo de 2.024.-













































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ANEXO I.


Charata, 21 de mayo de 2.024.-