ORD Nº 3905.2024 Adhesion al Día Internacional de concientizacion sobre la Epilepsia.pdf



“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.905/2.024






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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°: 3.905/2.024




V I S T O:


El Proyecto de Ordenanza, ingresado al Concejo Municipal bajo el


N°9.364, tratado “SOBRE TABLAS” en el punto 4.2°) del Orden del Día


correspondiente a la Sesión Ordinaria N°05 - Reunión N°11, del día Lunes 25


de Marzo del año 2.024, sobre “ADHESION” al día Mundial de la


Concientización de La Epilepsia;




CONSIDERANDO:


Que, la Epilepsia es una condición cerebral crónica,


caracterizada por convulsiones a repetición, que puede aparecer en


cualquier momento de la vida y es provocada por un desequilibrio en la


actividad eléctrica de las neuronas.


Que, las crisis epilépticas por lo general empiezan entre los 5


y 20 años. También hay una mayor probabilidad de convulsiones en adultos


mayores de 60. Pero las convulsiones epilépticas pueden suceder a


cualquier edad. Puede haber un antecedente familiar de convulsiones o


epilepsia.


Que, el 70% de los pacientes puede tener una vida plena con


el tratamiento adecuado. El 30% de las personas que no responden a las


terapias con fármacos pueden recibir otros tratamientos, como la dieta


cetogénica, que no solo disminuye los episodios, sino que ayuda a mejorar


el sueño y la calidad de vida.


Que, cuando una persona sufre una convulsión tiene


contracción muscular involuntaria en todo el cuerpo, que pierde el


conocimiento, que puede perder el control de esfínteres, que tiene una


fuerte contractura en la mandíbula, que puede salirle espuma por la boca


y/o hasta un poco de sangre.






“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


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Que, Una convulsión no significa epilepsia (hasta el 10% de las


personas de todo el mundo tiene una convulsión a lo largo de la vida). La


epilepsia se define por dos o más convulsiones no provocadas.


Que, el miedo, los malentendidos, la discriminación y el


estigma social han rodeado a la epilepsia por cientos de años. Este estigma


sigue hoy presente y puede repercutir en la calidad de vida de las personas


que tienen la enfermedad y de sus familias y son a menudo más difíciles de


vencer que las propias convulsiones.


Que, oportunidades educativas y los seguros de vida y de


enfermedad, la denegación de la posibilidad de obtener el permiso de


conducir u obstáculos para desempeñar determinadas ocupaciones.


Que, en Argentina existe la Ley N°25.404 que garantiza que la


persona que tiene epilepsia pueda ejercer sus derechos sin ningún tipo de


discriminación y prohíbe cualquier acto que la discrimine, sobre todo en los


ámbitos educativos y laborales, como así también a la cobertura de las


diferentes prestadoras de salud.


Que, se hace necesario adherir a esta fecha para generar


campañas de Concientización desde el Municipio, a través del área que


corresponda para informar y sensibilizar a la población sobre la epilepsia y


que hacer en caso de encontrarse ante un caso repentino ya sea en un


ámbito laboral o en el público.


Que, además se prevea iluminar los espacios representativos del


Municipio o embanderar con color púrpura.


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 4.2°) del Orden del


Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°05 - Reunión N°11, del día


Lunes 25 de Marzo del año 2.024, siendo APROBADO “SOBRE TABLAS”, por


signos, por unanimidad de los miembros del Cuerpo con 9 (nueve) votos


POSITIVOS, Corresponde al Acta 1.799.-




POR ELLO;


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON


FUERZA D E O R D E N A N Z A:






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ARTÍCULO 1°): Adherir el 26 de Marzo al Día Internacional de


Concientización sobre la Epilepsia.


ARTÍCULO 2°): Declarar el 26 de Marzo como día Municipal sobre la


Concientización de la Epilepsia a fin de visibilizar y concientizar sobre esta


enfermedad.


ARTÍCULO 3°): Establecer la implementación de campañas obligatorias de


concientización desde el Municipio, para informar y concientizar a la


ciudadanía sobre la Epilepsia. La misma informará sobre prevención,


síntomas, tratamientos, como ayudar a una persona en crisis y cómo actuar


en torno a la situación junto a las diferentes instituciones que se vinculen a


esta enfermedad.


ARTÍCULO 4°): Arbitrar los medios que correspondan para que desde el


área que corresponda, competente al Ejecutivo se acompañe a los


pacientes en la realización de estudios, medicamentos, etc.


ARTÍCULO 5°): Autorizar al Ejecutivo y/o área que corresponda a asignar


las partidas presupuestarias correspondientes a fines de poder cubrir los


gastos de los estudios o medicamentos que demande el paciente.


ARTÍCULO 6°): Comunicar al Poder Ejecutivo Municipal y a las Secretarías,


departamento/s y/o área/s que correspondan, proceder a su registro y


posterior archivo.


ARTÍCULO 7°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los


veinticinco (25) días del mes de marzo del año Dos Mil Veinticuatro.




Charata, 25 de Marzo de 2.024.-