ORD Nº 3945.2024 Escriturar Sra. Norma Beatriz Loto.pdf



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Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.945/2.024






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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°: 3.945/2.024




V I S T O:


El Dictamen por unanimidad de la COMISIÓN DE TIERRAS,


ORDENAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE N° 18/2.024, ingresado al


Concejo Municipal bajo el N° 9.756, sobre: DECLARAR cumplidas las


obligaciones contractuales y reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P


(Antes Ley 269), por parte de la Señora: NORMA BEATRIZ LOTO y en


consecuencia ESCRITURAR el predio identificado catastralmente como:


Parcela: 19 - Manzana: 22 - Chacra: 69/6 - Sección: E - Circunscripción: I


de la ciudad de Charata, y;




CONSIDERANDO:


Que, se analizó el Expediente de la Dirección de Tierras y


Catastro de la Municipalidad de Charata, Nº 7.189/21;


Que, a foja 01, obra solicitud de tierra fiscal del inmueble


identificado como: Manzana: 22, Parcela: 19, Chacra: 69/6, Sección: E,


presentada por el Señor: Rubén Omar Rodríguez, D.N.I. N° 29.306.178;


Que, a foja 02, obra Certificado de Domicilio del Señor


Rubén Omar Rodríguez, D.N.I. N° 29.306.178, emitido por la Policía de la


Provincia del Chaco;


Que, a foja 03, obra Declaración Jurada de Convivencia,


por la cual el Señor: Rubén Omar Rodríguez D.N.I. N° 29.306.178, declara


bajo Juramento de Ley, que mantiene relación conyugal de hecho con la


Señora: Giménez, Silvana Emilce, D.N.I. N° 31.748.933;


Que, a fojas 04/06, obra copia simple de D.N.I. del Señor:


Rubén Omar Rodríguez y de su grupo familiar;






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Que, a foja 07, obra Acta de posesión del inmueble fiscal


identificado como: Chacra: 69/6, Nomenclatura catastral: Manzana: 22,


Parcela: 19, Sección: E, Circunscripción: I, con una superficie de 160,00 m2,


otorgado al Señor: Rubén Omar Rodríguez por el Agente Municipal de la


Dirección de Tierras y Catastro;


Que, a fojas 08/10, obra Acta de inspección y croquis de


ubicación, del predio fiscal identificado como: Parcela: 19, Manzana: 22, de


la ciudad de Charata;


Que, a foja 11, obra denuncia policial, realizada por el


Señor: Rubén Omar Rodríguez, D.N.I. N° 29.306.178, ante la comisaria de


Charata, Departamento Chacabuco, de la Provincia del Chaco;


Que, a foja 12, obra exposición policial, realizada por el


Señor: Rubén Omar Rodríguez, D.N.I. N° 29.306.178, ante la Comisaria de


Charata, Departamento Chacabuco, de la Provincia del Chaco;


Que, a foja 13, obra nota ingresada al Concejo Municipal,


bajo el N° 5456, dirigida a la Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y


Medio Ambiente, por la cual el Señor: Rubén Omar Rodríguez, D.N.I. N°


29.307.178, solicita permiso para CEDER las mejoras existentes en el


inmueble fiscal identificado como: Manzana: 22, Parcela: 19, Chacra: 69/6,


a favor de la Señora: Loto, Norma Beatriz, D.N.I. N° 17.652.962;


Que, a foja 14, obra solicitud de tierra fiscal N° 0561,


presentada por la Señora: Norma Beatriz Loto D.N.I. N° 17.652.962, del


inmueble fiscal identificado como: Manzana: 22, Parcela: 19, Chacra: 69/6,


Sección: E, Circunscripción: I, de la ciudad de Charata;


Que, a foja 15, obra Certificado de Domicilio de la Señora:


Norma Beatriz Loto, D.N.I. N° 17.652.962, emitido por la policía de la


Provincia del Chaco;


Que, a foja 16, obra copia simple del recibo de haberes de


la Señora: Norma Beatriz Loto D.N.I. N° 17.652.962;






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Que, a fojas 17/18, obra copia simple del Boleto de


Compraventa, celebrado entre el Señor: Rubén Omar Rodríguez, D.N.I N°


29.306.178, y la Señora: Norma Beatriz Loto, D.N.I. N° 17.652.962;


Que, a foja 19, obra Declaración Jurada de ingresos de la


Señora: Norma Beatriz Loto D.N.I. N° 17.652.952, realizada ante el Juzgado


de Paz de la ciudad de Charata;


Que, a foja 20, obra nota ingresada al Concejo Municipal


bajo el N° 7.368, dirigida a la Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y


Medio Ambiente, por la cual la Señora: Norma Beatriz Loto D.N.I. N°


17.652.962, solicita tratamiento del Expediente N° 7.189/2.021, para la


adjudicación en venta del predio fiscal identificado catastralmente como:


Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra: 69/6, de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 21, obra solicitud de terreno fiscal N°0561, del


predio fiscal identificado como: Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra: 69/6, de


la Ciudad de Charata, presentada por la Señora: Norma Beatriz Loto;


Que, a fojas 22/23, obra Acta de inspección, croquis de


ubicación y fotos ilustrativas realizadas en el inmueble identificado como:


Manzana: 22, Parcela: 19, Sección: E, Circunscripción: I, de la ciudad de


Charata;


Que, a foja 24, obra nota dirigida al Registro de la


Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, presentada por la Señora:


Norma Beatriz Loto, D.N.I. N° 17.652.962, por la cual solicita se informe si


se encuentra registrada como titular de bienes inmuebles dentro del


Departamento Chacabuco;


Que, a foja 25, obra informe del Registro de la Propiedad


Inmueble de la Provincia del Chaco, donde consta que la Señora: Norma


Beatriz Loto, D.N.I. N° 17.652.962, NO POSEE bienes inmuebles registrados


a su nombre;


Que, a foja 26, obra copia simple de Acta de nacimiento


de la Señora: Norma Beatriz Loto, D.N.I. N° 17.652.962;






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Que, a foja 27, obra comprobante del pago de los


impuestos inmobiliarios, tasas y servicios, del predio fiscal solicitado;


Que, a foja 28, obra copia simple de D.N.I. de la Señora


Norma Beatriz Loto;


Que, a foja 29, obra Dictamen de la Asesora Legal del


Concejo Municipal de la Ciudad de Charata, Dra. María Cristina Loto,


mediante el cual dictamina Adjudicar en venta a la Señora: Loto, Norma


Beatriz, D.N.I. N° 17.652.962, ya que ha cumplido con la normativa legal


vigente;


Que, a fojas 30/32, obra Ordenanza de Concejo Municipal


N° 3.803/2.023, mediante la cual se adjudica a la Señora Norma Beatriz


Loto, D.N.I. N° 17.652.962, el predio fiscal identificado catastralmente


como: Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra: 69/6, Sección: E, Circunscripción:


I, de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 33, obra Planilla de Liquidación por el valor del


predio fiscal identificado catastralmente como Parcela: 19, Manzana: 22,


Chacra: 69/6, Sección: E, Circunscripción: I, de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 34, obra Contrato de Compra – Venta,


celebrado entre la Intendente Municipal María Alejandra Campos y la Señora


Norma Beatriz Loto, por el predio fiscal identificado catastralmente como


Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra: 69/6, Sección: E, Circunscripción: I, de la


Ciudad de Charata;


Que, a foja 35, obra recibo por pago total por la tierra


fiscal identificada catastralmente como Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra:


69/6, Sección: E, Circunscripción: I, de la Ciudad de Charata;


Que, a fojas 36, obra Plano de Mensura y Subdivisión 4-92-


06, aprobado por la Dirección de Catastro y Cartografía del Chaco, en fecha


20 de julio del año 2.007;


Que, a foja 37, obra Resolución de Intendente Municipal


N° 691/2.023, mediante la cual se promulga la Ordenanza de Concejo


Municipal N° 3.803/2.023;






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Que, a foja 41, obra Nota de la Directora de Tierra y


Catastro de la Municipalidad de Charata, mediante la cual solicita se


considere escriturar a nombre de la Señora Norma Beatriz Loto, el predio


identificado catastralmente como: Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra: 69/6,


Sección: E, Circunscripción: I, de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 42, obra recibo pago de pago total del año


2.024 de impuestos inmobiliarios y tasas por servicios, por el predio


identificado catastralmente como Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra: 69/6,


Sección: E, Circunscripción: I, de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 44, obra Nota del jefe de Tierra y Catastro de


la Municipalidad de Charata, mediante la cual solicita se considere


escriturar a nombre de la Señora Norma Beatriz Loto, el predio identificado


catastralmente como: Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra: 69/6, Sección: E,


Circunscripción: I, de la Ciudad de Charata;


Que, a foja 45, obra Declaración Jurada realizada por la


Señor Norma Beatriz Loto D.N.I. N° 17.652.962, por ante Juzgado de Paz de


la Ciudad de Charata;


Que, a fojas 46/47, obra Acta de Inspección y foto


ilustrativa realizadas en el predio identificado catastralmente como


Parcela: 19, Manzana: 22, Chacra: 69/6, Sección: E, Circunscripción: I, de la


Ciudad de Charata;


Que, a foja 48, obra Dictamen de la Asesora Legal del


Concejo Municipal, dando cumplimiento a la Resolución del Concejo


Municipal N° 10/2.024, mediante el cual y a criterio de la Asesora Legal, se


encuentran cumplidos los recaudos establecidos por la Ley N° 46-P (antes


Ley 269);


Que, se encuentran reunidos los requisitos de la Ley


Provincial N° 46-P (Antes Ley 269) y normas aplicables por parte del Señora:


NORMA BEATRIZ LOTO D.N.I. N° 17.652.962;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.7°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°22 - Reunión N°28,






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del día Lunes, 19 de Agosto del año 2.024, siendo APROBADO, por signos,


con 9 (nueve) votos POSITIVOS. Corresponde al Acta 1.816.-




POR ELLO;




EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON


FUERZA D E O R D E N A N Z A:




ARTÍCULO 1°): DECLARAR cumplidas las obligaciones contractuales y


reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley 269), por parte


de la Señora: NORMA BEATRIZ LOTO, D.N.I. N° 17.652.962, y en


consecuencia ESCRITURAR el predio identificado catastralmente como:


PARCELA: 19 – MANZANA: 22- CHACRA: 69-6 – SECCIÓN: E –


CIRCUNSCRIPCIÓN: I, de la ciudad de Charata, con medidas de OCHO


metros de frente (8,00 m.), por VEINTE metros de fondo (20,00 m.), lo que


hace una superficie total de CIENTO SESENTA metros cuadrados (160,00


m.2), ubicado sobre calle publica s/n del barrio municipal de la ciudad de


Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, Plano de Mensura


y Subdivisión 4-92-06, aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y


Cartografía del Chaco, en fecha 20 de julio del año 2.007, el cual se adjunta


al presente como ANEXO I.-




ARTÍCULO 2°): NOTIFICAR a la Señora NORMA BEATRIZ LOTO, D.N.I. N°


17.652.962, sobre los términos de la Ordenanza de Concejo Municipal Nº:


3.527/2.020, que NO podrá enajenar el inmueble ESCRITURADO identificado


como: PARCELA: 19 – MANZANA: 22- CHACRA: 69-6 – SECCIÓN: E –


CIRCUNSCRIPCIÓN: I, de la ciudad de Charata, por el término de diez (10)


años luego de formalizada la Escritura Traslativa de Dominio, salvo las


siguientes EXCEPCIONES:


a)- Exceptúese de lo dispuesto, en los supuestos donde fallecido el


propietario del inmueble, el bien deba inscribirse a nombre de sus


herederos y/o sucesores conforme el orden dispuesto por el Código Civil y


Comercial de la Nación y/o el testamento respectivo, y sea presentada la


sentencia o resolución judicial pertinente, declarada firme, dictada por el






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juez del juicio sucesorio. En este supuesto, el nuevo propietario deberá


completar el término de diez (10) años.


b)- Exceptúese, también, los supuestos donde el adjudicatario demuestre,


mediante prueba documental y/o instrumental, la necesidad de que no se


incorpore dicha cláusula, lo que quedará a criterio de los concejales en


base a los fundamentos dados y la prueba ofrecida, debiendo el


adjudicatario, además, abonar un recargo equivalente al 50% del valor fiscal


de la tierra. En caso de que los inmuebles ya se encuentren escriturados,


los propietarios deberán cumplimentar los requisitos del inciso b)- de este


artículo. -




ARTÍCULO 3°): ORDENAR a la Dirección de Tierras y Catastro de la


Municipalidad de Charata a que proceda a realizar los trámites que


correspondan a fin de confeccionar la correspondiente Escritura Traslativa


de Dominio según los términos de la presente Ordenanza. -




ARTICULO 4º): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal a sus efectos,


regístrese y cumplido, archívese. –




ARTÍCULO 5°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los


diecinueve (19) días del mes de agosto del año Dos Mil Veinticuatro.


Charata, 27 de Agosto de 2.024.-



















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ANEXO I.




Charata, 27 de agosto de 2.024.