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Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.921/2.024
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N°: 3.921/2.024
V I S T O:
El DICTAMEN POR UNANIMIDAD DE LA COMISIÓN DE
TIERRAS, ORDENAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE N°10/2.024,
ingresado al Concejo Municipal bajo el N°:9.587, sobre: DECLARAR
cumplidas las obligaciones contractuales y reunidos los requisitos de la Ley
Provincial 46-P (Antes Ley 269), por parte de la Señora: DELIA ROMINA
BRAHIM D.N.I. N°30.795.619, y en consecuencia ESCRITURAR el predio
identificado catastralmente como: Parcela: 09, Manzana: 04, Quinta: 55,
Sección: D, Circunscripción: I, de la ciudad de Charata, y;
CONSIDERANDO:
Que, a foja 01, obra Solicitud de Tierra presentada por la
Señora Dora Ester Aguirre, D.N.I. N°11.290.744;
Que, a foja 02, obra comprobante de pago total de los
Impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios correspondiente a la Parcela 9,
Manzana 4, Quinta 34;
Que, a foja 03, la señora Dora Esther Aguirre, D.N.I
N°11.290.744, renuncia a todos los derechos y acciones que le pudieran
corresponder sobre las mejoras existentes en el predio fiscal identificado
como: Parcela 9, Manzana 4, de la Quinta 55, de la ciudad de Charata, a
favor del señor Juan Álvarez, D.N.I. N°10.604.608;
Que, a foja 04, obra Solicitud de Tierra presentada por el
Señor Juan Álvarez, D.N.I. N°10.604.608, sobre el inmueble identificado
como: Parcela 9, Manzana 4, Quinta 55, de la ciudad de Charata;
Que, a foja 05, obra nota ingresada al Concejo Municipal
de la Ciudad de Charata, bajo el N°5.850, presentada por la Señora Delia
Romina Brahim, D.N.I. N°30.795.619, solicitando la ADJUDICACION del
predio fiscal identificado como: Parcela 09, Manzana 04, Sección D,
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Circunscripción I, de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco
Provincia del Chaco;
Que, a fojas 06/07, obra Contrato de Cesión y
Reconocimiento de Derechos celebrado entre el Señor Juan Álvarez, D.N.I.
N°10.604.608 y la señora Delia Romina Braihm D.N.I. N°30.795.619, a favor
de ésta última mencionada;
Que, a fojas 08/09, obra Acta de Inspección, Croquis de
ubicación y fotos Ilustrativas realizadas en el predio fiscal solicitado;
Que, a foja 10, obra nota dirigida al Director de Tierras y
Catastro, autorizando a recibir la solicitud de tierra, a la Señora Delia
Romina Brahim D.N.I. N° 30.795.619;
Que, a foja 11, obra Solicitud de Tierra N° 0907, de fecha
07 de Febrero de 2.020, presentada por la Señora Delia Romina Braihm
D.N.I. N°30.795.619;
Que, a foja 12, obra Acta de Tenencia precaria otorgada
a la Señora Delia Romina Braihm D.N.I. N°30.795.619;
Que, a fojas 13, obra Acta de Inspección, realizada en el
predio fiscal identificado catastralmente como: Parcela: 9, Manzana: 4,
Quinta: 55, Sección D, Circunscripción I, de la Ciudad de Charata;
Que, a foja 14, obra Certificado de Domicilio de la Señora
Delia Romina Brahim, D.N.I. N° 30.795.619, por el cual acredita que su
domicilio es Av. 9 de Julio N° 1.342 de la Ciudad de Charata, emitido por la
Policía de la Provincia del Chaco;
Que, a fojas 15/19, obra copia simple del Documento de
Identidad de la señora Delia Romina Brahim y su grupo familiar;
Que, a fojas 20/24 obra, copia simple del Acta de
Nacimiento de la Señora Delia Romina Brahim y de su grupo familiar;
Que, a foja 25, obra Declaración Jurada de Estado Civil
de la Señora Delia Romina Brahim, en la cual consta que mantiene una
relación conyugal con el Señor Sergio Gustavo Alvarez, D.N.I N° 25.208.080
y que viven bajo el mismo techo;
Que, a foja 26, obra Declaración Jurada de percepción de
haberes de la Señora Delia Romina Brahim, D.N.I. N° 30.795.619, expedido
ante Juez de Paz;
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Que, a foja 27, obra Recibo Digital de Haberes de la
Señora Delia Romina Brahim, D.N.I. N°30.795.619;
Que, a fojas 28/29, obra nota dirigida al Registro de la
Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco solicitando informe, donde
consta que la señora Delia Romina Brahim D.N.I. N°30.795.619, NO POSEE
bienes inmuebles registrados a su nombre;
Que, a fojas 30/31, obra comprobante de pago total de
Impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios correspondiente al pago total
anual del año 2.022;
Que, a foja 32, obra Dictamen de la Asesora Legal del
Concejo Municipal de la Ciudad de Charata, Dra. María Cristina Loto,
mediante el cual considera factible la adjudicación del predio fiscal
identificado como: Manzana: 04, Parcela: 09, Quinta: 55, Sección: D,
Circunscripción I, a favor de la solicitante Señora Delia Romina Brahim,
D.N.I. N°: 30.795.619;
Que, a fojas 33/34, obra Ordenanza del Concejo
Municipal N° 3.770/2.022, por la cual se Adjudica a la Señora Delia Romina
Brahim, D.N.I. N°: 30.795.619, el predio fiscal identificado catastralmente
como: Parcela: 09, Manzana: 04, Quinta: 55, Sección: D, Circunscripción: I,
de la Ciudad de Charata, con medidas aproximadas de DIEZ metros de
frente (10,00 m.), por VEINTE metros de fondo (20,00 m.), lo que hace una
superficie total de DOSCIENTOS metros cuadrados (200,00 m.2);
Que, a foja 35 obra Cédula de Notificación dirigida a la
Señora Delia Romina Brahim, D.N.I. N°: 30.795.619, por la cual se solicita
su comparecencia ante la Dirección de Tierras y Catastro de la
Municipalidad de Charata;
Que, a foja 36, obra Resolución de la Intendente
Municipal de Charata N° 1.738/2.022, por la cual promulga y pone en
vigencia la Ordenanza del Concejo Municipal N° 3.770/2.022;
Que, a fojas 39/40, obra Contrato de Compra Venta
celebrado, entre la Intendente de la Ciudad de Charata y la Señora Delia
Romina Brahim, por el predio fiscal identificado catastralmente como:
Parcela: 09, Manzana: 04, Quinta: 55, Sección: D, Circunscripción: I, de la
Ciudad de Charata;
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Que, a foja 41, obra recibo de pago por el valor de tierras
fiscales, realizado por la Señora Delia Romina Brahim;
Que, a foja 42, obra Plano de Mensura y Subdivisión 4-65-
78, aprobado por la Dirección de Catastro en fecha 19 de Marzo 1.979;
Que, a foja 43, obra nota ingresada al Concejo Municipal
bajo el N° 9.330, por la cual la Señora Delia Romina Brahim, solicita
escrituración del predio identificado catastralmente como: Parcela: 09,
Manzana: 04, Quinta: 55, Sección: D, Circunscripción: I, de la Ciudad de
Charata;
Que, a fojas 44/47, obra recibo de pago por el valor de la
tierra fiscal e impuestos inmobiliarios y tasa por servicios por el pago total
2.024;
Que, a foja 48, obra nota dirigida a la Asesora Legal del
Concejo Municipal, por la cual se solicita dar cumplimiento a la Resolución
de Concejo Municipal N°28/2.022;
Que, a foja 49, obra dictamen de la Asesora legal del
Concejo Municipal, Dra. Marisel Edith Schneider, del dictamen mencionado
surge el pedido de informe por impresión de pantalla del R.P.I., si poseen
bienes inmuebles, certificado por el Director del departamento de tierras,
del Señor Sergio Gustavo Álvarez, concubino de la Señora Brahim y de su
hija mayor Camila Álvarez;
Que, a fojas 50/51, obran impresiones de pantalla del
R.P.I. certificados por la Directora del departamento de tierras, por el cual
consta que el Señor Sergio Gustavo Álvarez D.N.I. N° 25.208.080 y la
Señora Camila Álvarez D.N.I. N° 42.483.787, no poseen bienes inmuebles a
su nombre;
Que, se encuentran reunidos los requisitos de la Ley
Provincial N° 46-P (Antes Ley 269) y normas aplicables por parte del señora
Delia Romina Brahim, D.N.I. N°: 30.795.619, y;
Por lo expuesto, los ediles miembros de la Comisión de
Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente, resolvieron emitir el
presente dictamen por UNANIMIDAD, y;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°14 - Reunión N°20,
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del día Lunes 03 de Junio del año 2.024, siendo APROBADO, por signos, por
unanimidad de los miembros presentes, con 9 (nueve) votos POSITIVOS.
Corresponde al Acta 1.808.-
POR ELLO;
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON
FUERZA D E O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°): DECLARAR cumplidas las obligaciones contractuales y
reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley 269), por parte
de la Señora: DELIA ROMINA BRAHIM D.N.I. N° 30.795.619, y en
consecuencia ESCRITURAR el predio identificado catastralmente como:
Parcela: 09, Manzana: 04, Quinta: 55, Sección: D, Circunscripción: I, de la
ciudad de Charata, con medidas aproximadas de DIEZ metros de frente
(10,00 m.), por VEINTE metros de fondo (20,00 m.), lo que hace una
superficie total de DOSCIENTOS metros cuadrados (200,00 m.2), ubicado
sobre calle 9 de Julio N° 1.342, del Barrio Libertad, de la ciudad de
Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, Plano de Mensura
y Subdivisión 04-65-78, aprobado por la Dirección Provincial de Catastro y
Cartografía del Chaco, en fecha 19 de Marzo del año 1.979, el cual se
adjunta al presente como ANEXO I.-.
ARTÍCULO 2°): NOTIFICAR a la Señora: DELIA ROMINA BRAHIM D.N.I. N°
30.795.619, sobre los términos de la Ordenanza de Concejo Municipal Nº:
3.527/2.020, que NO podrá enajenar el inmueble ESCRITURADO identificado
como: Parcela: 09, Manzana: 04, Quinta: 55, Sección: D, Circunscripción:
I, de la ciudad de Charata por el término de diez (10) años luego de
formalizada la Escritura Traslativa de Dominio, salvo las siguientes
EXCEPCIONES:
a)- Exceptúese de lo dispuesto, en los supuestos donde fallecido el
propietario del inmueble, el bien deba inscribirse a nombre de sus
herederos y/o sucesores conforme el orden dispuesto por el Código Civil y
Comercial de la Nación y/o el testamento respectivo, y sea presentada la
sentencia o resolución judicial pertinente, declarada firme, dictada por el
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juez del juicio sucesorio. En este supuesto, el nuevo propietario deberá
completar el término de diez (10) años.
b)- Exceptúese, también, los supuestos donde el adjudicatario demuestre,
mediante prueba documental y/o instrumental, la necesidad de que no se
incorpore dicha cláusula, lo que quedará a criterio de los concejales en
base a los fundamentos dados y la prueba ofrecida, debiendo el
adjudicatario, además, abonar un recargo equivalente al 50% del valor fiscal
de la tierra.
En caso de que los inmuebles ya se encuentren escriturados, los propietarios
deberán cumplimentar los requisitos del inciso b)- de este artículo.-
ARTÍCULO 3°): ORDENAR a la Dirección de Tierras y Catastro de la
Municipalidad de Charata a que proceda a realizar los trámites que
correspondan a fin de confeccionar la correspondiente Escritura Traslativa
de Dominio según los términos de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 4°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.-
ARTICULO 5°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los tres
(03) días del mes de Junio del año Dos Mil Veinticuatro. -
Charata, 11 de junio de 2.024.-
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ANEXO I
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