ORD Nº 3932.2024 COMPENSACION PARTIDAS EJECUTIVO.pdf



“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


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Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.932/2.024






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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°: 3.932/2.024




V I S T O:


El DICTAMEN POR UNANIMIDAD DE LA COMISIÓN DE


HACIENDA Y PRESUPUESTO, N°10/2.024, ingresado al Concejo Municipal


bajo el N°:9.661, sobre: Autorizar la compensación de partidas, y;


CONSIDERANDO:




Que, debido a que el Poder Ejecutivo Municipal, debe


tomar las previsiones en las partidas presupuestarias para hacer frente a los


compromisos necesarios, y analizando las diferentes situaciones, que se van


generando en la ejecución de las mismas, es que se solicita la


compensación de las partidas detalladas;


Que, la Partida Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO, Sub


Partida 1.1.2.11 OTROS BIENES DE CONSUMO, es una de las partidas en


donde se concentra gran parte del funcionamiento administrativo del


municipio (limpieza, útiles de escritorio, utensilios de cocina y comedores


entre otras cosas), y en la actualidad la misma cuenta con un saldo escaso


para hacer frente a esas necesidades;


Que, en la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES Sub Partida 1.1.3.02 ENERGIA ELECTRICA, es en la cual se


imputa el consumo de energía eléctrica del Palacio Municipal como de las


distintas dependencias funcionan fuera del mismo (Desarrollo Comunitario,


Subsecretaria de Protocolo, Paraje Las Tolderías, Paraje Tres Estacas, etc.);


y que la misma cuenta con un saldo insuficiente, ya que ha aumentado el


servicio energético y también se ha presentado una deuda del ejercicio


anterior (Año 2.023) correspondiente a la Cooperativa de Provisión de Agua


Potable y otros Servicios Públicos y Vivienda de Charata Limitada, cuyo


pago se afrontó con recursos de esta partida presupuestaria;






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Que, con respecto a la Partida Principal 1.3 GASTOS DE


TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS


Y ORGANISMOS PROVINCIALES, habiéndose el Municipio comprometido


fuertemente a apoyar la salud de los vecinos de Charata, asistiendo al


Hospital de Charata, y habiendo asumido el compromiso de arreglar una


ambulancia, y a aportar recursos para el mejoramiento de la oficina de


Medicina Legal, dependiente de la Policía del Chaco, es que resulta


necesario pedir una nueva compensación;


Que, con respecto a la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE


CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.03 EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES,


habiéndonos encontrado con la necesidad de renovar sillas, escritorios,


muebles, etc. de diferentes áreas y frente a la necesidad de seguir


invirtiendo para que los empleados puedan trabajar de manera confortable


y así también mejorar la calidad de servicio;


Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS,


Sub Partida 2.1.2.15 EDIFICIO MUNICIPAL, debido a que se realizarán las


reparaciones necesarias en diferentes oficinas de la Municipalidad, siendo


esto totalmente necesario por el estado en que se encuentran algunos


sectores (humedad, problemas de techo, aberturas, filtraciones, etc.) es


que se solicita crédito nuevamente para esta partida;


Que, por todo lo expuesto resulta necesario de compensar


partidas anteriormente mencionadas con el objeto de dar cumplimiento a


los compromisos asumidos;


Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso de


parte del saldo disponible de la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, a


fin de que ésta cuente con los recursos pecuniarios necesarios para hacer


frente a los compromisos contraídos;


Que dicho método es técnicamente correcto desde el


punto de vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos


presupuestarios sin alterar el tope originario de este instrumento legal;


Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios no


existe impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones


requeridas;


Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a


la fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento






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14/96 del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida


antelación la previsión de las erogaciones a realizar;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.5°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°17 - Reunión N°23,


del día Lunes 01 de Julio del año 2.024, siendo APROBADO, SOBRE


TABLAS, por signos, por unanimidad de los miembros presentes, con 9


(nueve) votos POSITIVOS. Corresponde al Acta 1.811.-




POR ELLO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE


ORDENANZA:




ARTÍCULO 1°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO, Sub Partida 1.1.2.11 OTROS BIENES


DE CONSUMO, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES


C/00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $50.000.000,00 (PESOS


CINCUENTA MILLONES C/00/100), comprometido al 18 de junio del 2.024 la


suma de $49.989.584,99 (PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES


NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON


99/100), quedando un saldo disponible de $10.415,01 (PESOS DIEZ MIL


CUATROCIENTOS QUINCE CON 01/100), habiendo realizado la presente


compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por un monto


de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), quedando en


la misma un saldo disponible de $309.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS


NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y


NUEVE CON 00/100) En consecuencia, quedará un presupuesto compensado


de $70.000.000,00 (PESOS SETENTA MILLONES CON 00/100), con un saldo


disponible de $20.010.415,00 (PESOS VEINTE MILLONES DIEZ MIL


CUATROCIENTOS QUINCE CON 00/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.02 ENERGIA


ELECTRICA, por la suma de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES






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C/00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $19.000.000,00 (PESOS


DIECINUEVE MILLONES CON 00/100), comprometido al 24 de abril del 2.024


la suma de $14.755.058,31 (PESOS CATORCE MILLONES SETECIENTOS


CINCUENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y OCHO CON 31/100), quedando un


saldo disponible de $4.244.941,69 (PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS


CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON 69/100),


habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1.


CRÉDITO ADICIONAL, por un monto de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA


MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de


$279.676.939,00 (PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES


SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON


00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$40.000.000,00 (PESOS CUARENTA MILLONES CON 00/100), con un saldo


disponible de $34.244.941,69 (PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES


DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON


00/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.12 GASTOS


AGRONEA, por la suma de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON


00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $5.000.000,00 (PESOS CINCO


MILLONES CON 00/100), comprometido al 18 de junio del 2.024 la suma de


$0,00 (PESOS CERO CON 00/100), quedando un saldo disponible de


$10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), habiendo realizado la


presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por


un monto de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES), quedando en la


misma un saldo disponible de $274.676.939,00 (PESOS DOSCIENTOS SETENTA


Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS


TREINTA Y NUEVE CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), con un


saldo disponible de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100),


según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como


Anexo I.-







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ARTÍCULO 4°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2


APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS PROVINCIALES, por la suma de


$5.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES C/00/100), cuyo presupuesto


inicial fue de $9.300.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES CON 00/100),


habiendo sido compensada la partida por la suma de $5.000.000,00 (PESOS


CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto compensado fue de


$14.300.000,00 (PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100),


comprometido al 18 de junio del 2.024 la suma de $12.577.383,13 (PESOS


DOCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y


TRES CON 13/100), quedando un saldo disponible de $1.722.616,87 (PESOS


UN MILLON SETECIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON


87/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $5.000.000,00 (PESOS CINCO


MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de


$269.676.939,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES


SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON


00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$19.300.000,00 (PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON


00/100), con un saldo disponible de $6.722.616,87 (PESOS SEIS MILLONES


VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 87/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 5°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.25 AREA DE


SANIDAD ANIMAL Y ZOONOSIS, por la suma de $3.800.000,00 (PESOS


TRES MILLONES OCHOCIENTOS C/00/100), cuyo presupuesto inicial fue de


$4.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES CON 00/100), comprometido al 18


de junio del 2.024 la suma de $3.385.140,48 (PESOS TRES MILLONES


TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA CON 48/100),


quedando un saldo disponible de $614.859,52 (PESOS SEISCIENTOS CATORCE


MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 52/100), habiendo realizado la


presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por


un monto de $3.800.000,00 (PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL


CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de






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$265.676.939,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES


SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON


00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$7.800.000,00 (PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100), con


un saldo disponible de $4.414.859,52 (PESOS CUATRO MILLONES


CUATROCIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON


52/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte


de la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 6°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida


Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.03 EQUIPOS DE


OFICINA Y MUEBLES, por la suma de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ


MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00


(PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), comprometido al 18 de junio del 2.024


la suma de $9.815.932,84 (PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE


MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON 84/100), quedando un saldo


disponible de $ 184.067,16 (PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL SESENTA


Y SIETE CON 16/100), habiendo realizado la presente compensación con la


Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $10.000.000,00


(PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo


disponible de $255.876.939,00 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO


MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE


CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), con un saldo


disponible de $10.184.067,16 (PESOS DIEZ MILLONES CIENTO OCHENTA Y


CUATRO MIL SESENTA Y SIETE CON 16/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 7°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS, Sub Partida 2.1.2.15 EDIFICIO


MUNICIPAL, por la suma de $25.000.000,00 (PESOS VEINTICINCO


MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $30.000.000,00


(PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100), habiendo sido compensada la


partida por la suma de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100),


cuyo presupuesto compensado fue de $35.000.000,00 (PESOS TREINTA






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CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100), comprometido al 18 de


junio del 2.024 la suma de $34.972.470,45 (PESOS TREINTA Y CUATRO


MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON


45/100), quedando un saldo disponible de $27.529,55 (PESOS VEINTISIETE


MIL QUINIENTOS VEINTI NUEVE CON 55/100), habiendo realizado la presente


compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de


$25.000.000,00 (PESOS VEINTICINCO MILLONES CON 00/100), quedando


en la misma un saldo disponible de $230.876.939,00 (PESOS DOSCIENTOS


TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS


TREINTA Y NUEVE CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $60.000.000,00 (PESOS SESENTA MILLONES CON 00/100),


con un saldo disponible de $25.027.529,55 (PESOS VEINTICINCO MILLONES


VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON 55/100), según detalle de


planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 8°): DETERMINAR que habiendo realizado la compensación


correspondiente a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida 1.4.1


CREDITO ADICIONAL, con un presupuesto inicial de $530.676.939,00 (PESOS


QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100), con un saldo disponible a la


fecha de $329.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES


SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON


00/100), realizando una compensación de $98.800.000,00 (PESOS NOCENTA


Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100), quedará un saldo


disponible de $230.876.939,00 (PESOS DOSCIENTOS TREINTA MILLONES


OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON


00/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 9°): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla de


Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al Ejercicio


2.024.-











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ARTÍCULO 10°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos, regístrese, publíquese y


cumplido, archívese.-


ARTÍCULO 11°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los un


(01) días del mes de Julio del año Dos Mil Veinticuatro. -


Charata, 02 de Julio del año 2.024.






















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