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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N°: 3.932/2.024
V I S T O:
El DICTAMEN POR UNANIMIDAD DE LA COMISIÓN DE
HACIENDA Y PRESUPUESTO, N°10/2.024, ingresado al Concejo Municipal
bajo el N°:9.661, sobre: Autorizar la compensación de partidas, y;
CONSIDERANDO:
Que, debido a que el Poder Ejecutivo Municipal, debe
tomar las previsiones en las partidas presupuestarias para hacer frente a los
compromisos necesarios, y analizando las diferentes situaciones, que se van
generando en la ejecución de las mismas, es que se solicita la
compensación de las partidas detalladas;
Que, la Partida Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO, Sub
Partida 1.1.2.11 OTROS BIENES DE CONSUMO, es una de las partidas en
donde se concentra gran parte del funcionamiento administrativo del
municipio (limpieza, útiles de escritorio, utensilios de cocina y comedores
entre otras cosas), y en la actualidad la misma cuenta con un saldo escaso
para hacer frente a esas necesidades;
Que, en la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES Sub Partida 1.1.3.02 ENERGIA ELECTRICA, es en la cual se
imputa el consumo de energía eléctrica del Palacio Municipal como de las
distintas dependencias funcionan fuera del mismo (Desarrollo Comunitario,
Subsecretaria de Protocolo, Paraje Las Tolderías, Paraje Tres Estacas, etc.);
y que la misma cuenta con un saldo insuficiente, ya que ha aumentado el
servicio energético y también se ha presentado una deuda del ejercicio
anterior (Año 2.023) correspondiente a la Cooperativa de Provisión de Agua
Potable y otros Servicios Públicos y Vivienda de Charata Limitada, cuyo
pago se afrontó con recursos de esta partida presupuestaria;
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Que, con respecto a la Partida Principal 1.3 GASTOS DE
TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS
Y ORGANISMOS PROVINCIALES, habiéndose el Municipio comprometido
fuertemente a apoyar la salud de los vecinos de Charata, asistiendo al
Hospital de Charata, y habiendo asumido el compromiso de arreglar una
ambulancia, y a aportar recursos para el mejoramiento de la oficina de
Medicina Legal, dependiente de la Policía del Chaco, es que resulta
necesario pedir una nueva compensación;
Que, con respecto a la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE
CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.03 EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES,
habiéndonos encontrado con la necesidad de renovar sillas, escritorios,
muebles, etc. de diferentes áreas y frente a la necesidad de seguir
invirtiendo para que los empleados puedan trabajar de manera confortable
y así también mejorar la calidad de servicio;
Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS,
Sub Partida 2.1.2.15 EDIFICIO MUNICIPAL, debido a que se realizarán las
reparaciones necesarias en diferentes oficinas de la Municipalidad, siendo
esto totalmente necesario por el estado en que se encuentran algunos
sectores (humedad, problemas de techo, aberturas, filtraciones, etc.) es
que se solicita crédito nuevamente para esta partida;
Que, por todo lo expuesto resulta necesario de compensar
partidas anteriormente mencionadas con el objeto de dar cumplimiento a
los compromisos asumidos;
Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso de
parte del saldo disponible de la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, a
fin de que ésta cuente con los recursos pecuniarios necesarios para hacer
frente a los compromisos contraídos;
Que dicho método es técnicamente correcto desde el
punto de vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos
presupuestarios sin alterar el tope originario de este instrumento legal;
Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios no
existe impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones
requeridas;
Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a
la fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento
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14/96 del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida
antelación la previsión de las erogaciones a realizar;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.5°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°17 - Reunión N°23,
del día Lunes 01 de Julio del año 2.024, siendo APROBADO, SOBRE
TABLAS, por signos, por unanimidad de los miembros presentes, con 9
(nueve) votos POSITIVOS. Corresponde al Acta 1.811.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO, Sub Partida 1.1.2.11 OTROS BIENES
DE CONSUMO, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES
C/00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $50.000.000,00 (PESOS
CINCUENTA MILLONES C/00/100), comprometido al 18 de junio del 2.024 la
suma de $49.989.584,99 (PESOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES
NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MIL QUINIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON
99/100), quedando un saldo disponible de $10.415,01 (PESOS DIEZ MIL
CUATROCIENTOS QUINCE CON 01/100), habiendo realizado la presente
compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por un monto
de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), quedando en
la misma un saldo disponible de $309.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS
NUEVE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y
NUEVE CON 00/100) En consecuencia, quedará un presupuesto compensado
de $70.000.000,00 (PESOS SETENTA MILLONES CON 00/100), con un saldo
disponible de $20.010.415,00 (PESOS VEINTE MILLONES DIEZ MIL
CUATROCIENTOS QUINCE CON 00/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.02 ENERGIA
ELECTRICA, por la suma de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES
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C/00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $19.000.000,00 (PESOS
DIECINUEVE MILLONES CON 00/100), comprometido al 24 de abril del 2.024
la suma de $14.755.058,31 (PESOS CATORCE MILLONES SETECIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MIL CINCUENTA Y OCHO CON 31/100), quedando un
saldo disponible de $4.244.941,69 (PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON 69/100),
habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1.
CRÉDITO ADICIONAL, por un monto de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA
MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$279.676.939,00 (PESOS DOSCIENTOS SETENTA Y NUEVE MILLONES
SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON
00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$40.000.000,00 (PESOS CUARENTA MILLONES CON 00/100), con un saldo
disponible de $34.244.941,69 (PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES
DOSCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y UNO CON
00/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.12 GASTOS
AGRONEA, por la suma de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON
00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $5.000.000,00 (PESOS CINCO
MILLONES CON 00/100), comprometido al 18 de junio del 2.024 la suma de
$0,00 (PESOS CERO CON 00/100), quedando un saldo disponible de
$10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), habiendo realizado la
presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por
un monto de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES), quedando en la
misma un saldo disponible de $274.676.939,00 (PESOS DOSCIENTOS SETENTA
Y CUATRO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
TREINTA Y NUEVE CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), con un
saldo disponible de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100),
según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
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ARTÍCULO 4°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2
APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS PROVINCIALES, por la suma de
$5.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES C/00/100), cuyo presupuesto
inicial fue de $9.300.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES CON 00/100),
habiendo sido compensada la partida por la suma de $5.000.000,00 (PESOS
CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto compensado fue de
$14.300.000,00 (PESOS CATORCE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100),
comprometido al 18 de junio del 2.024 la suma de $12.577.383,13 (PESOS
DOCE MILLONES QUINIENTOS SETENTA Y SIETE MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y
TRES CON 13/100), quedando un saldo disponible de $1.722.616,87 (PESOS
UN MILLON SETECIENTOS VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON
87/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida
1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $5.000.000,00 (PESOS CINCO
MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$269.676.939,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES
SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON
00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$19.300.000,00 (PESOS DIECINUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON
00/100), con un saldo disponible de $6.722.616,87 (PESOS SEIS MILLONES
VEINTIDOS MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 87/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 5°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.25 AREA DE
SANIDAD ANIMAL Y ZOONOSIS, por la suma de $3.800.000,00 (PESOS
TRES MILLONES OCHOCIENTOS C/00/100), cuyo presupuesto inicial fue de
$4.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES CON 00/100), comprometido al 18
de junio del 2.024 la suma de $3.385.140,48 (PESOS TRES MILLONES
TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CIENTO CUARENTA CON 48/100),
quedando un saldo disponible de $614.859,52 (PESOS SEISCIENTOS CATORCE
MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 52/100), habiendo realizado la
presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por
un monto de $3.800.000,00 (PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS MIL
CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de
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$265.676.939,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES
SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON
00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$7.800.000,00 (PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100), con
un saldo disponible de $4.414.859,52 (PESOS CUATRO MILLONES
CUATROCIENTOS CATORCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON
52/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte
de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 6°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la Partida
Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.03 EQUIPOS DE
OFICINA Y MUEBLES, por la suma de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ
MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00
(PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), comprometido al 18 de junio del 2.024
la suma de $9.815.932,84 (PESOS NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS QUINCE
MIL NOVECIENTOS TREINTA Y DOS CON 84/100), quedando un saldo
disponible de $ 184.067,16 (PESOS CIENTO OCHENTA Y CUATRO MIL SESENTA
Y SIETE CON 16/100), habiendo realizado la presente compensación con la
Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $10.000.000,00
(PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo
disponible de $255.876.939,00 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO
MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE
CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), con un saldo
disponible de $10.184.067,16 (PESOS DIEZ MILLONES CIENTO OCHENTA Y
CUATRO MIL SESENTA Y SIETE CON 16/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 7°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 2.1.2 TRABAJOS PUBLICOS, Sub Partida 2.1.2.15 EDIFICIO
MUNICIPAL, por la suma de $25.000.000,00 (PESOS VEINTICINCO
MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $30.000.000,00
(PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100), habiendo sido compensada la
partida por la suma de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100),
cuyo presupuesto compensado fue de $35.000.000,00 (PESOS TREINTA
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CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100), comprometido al 18 de
junio del 2.024 la suma de $34.972.470,45 (PESOS TREINTA Y CUATRO
MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON
45/100), quedando un saldo disponible de $27.529,55 (PESOS VEINTISIETE
MIL QUINIENTOS VEINTI NUEVE CON 55/100), habiendo realizado la presente
compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de
$25.000.000,00 (PESOS VEINTICINCO MILLONES CON 00/100), quedando
en la misma un saldo disponible de $230.876.939,00 (PESOS DOSCIENTOS
TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS
TREINTA Y NUEVE CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $60.000.000,00 (PESOS SESENTA MILLONES CON 00/100),
con un saldo disponible de $25.027.529,55 (PESOS VEINTICINCO MILLONES
VEINTISIETE MIL QUINIENTOS VEINTINUEVE CON 55/100), según detalle de
planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 8°): DETERMINAR que habiendo realizado la compensación
correspondiente a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida 1.4.1
CREDITO ADICIONAL, con un presupuesto inicial de $530.676.939,00 (PESOS
QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100), con un saldo disponible a la
fecha de $329.676.939,00 (PESOS TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES
SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON
00/100), realizando una compensación de $98.800.000,00 (PESOS NOCENTA
Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS MIL CON 00/100), quedará un saldo
disponible de $230.876.939,00 (PESOS DOSCIENTOS TREINTA MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON
00/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 9°): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla de
Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al Ejercicio
2.024.-
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ARTÍCULO 10°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos, regístrese, publíquese y
cumplido, archívese.-
ARTÍCULO 11°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los un
(01) días del mes de Julio del año Dos Mil Veinticuatro. -
Charata, 02 de Julio del año 2.024.
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