ORD Nº 3961.2024 Compensacion de Partidas presupuestarias ITEM II.pdf

2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-



Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.961/2.024



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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N° 3.961/2.024




V I S T O:


El Dictamen por UNANIMIDAD de los presentes de la


COMISIÓN DE HACIENDA Y PRESUPUESTO N° 27/2.024, ingresado al Concejo


Municipal bajo el N° 9.974, sobre: “Compensación de Partidas


presupuestarias” ITEM II, y;




CONSIDERANDO:


Que, debido a un error involuntario de administración a la


hora de dar ingreso al presente proyecto, el solicitante de esta compensación es


Poder Ejecutivo Municipal.


Que, es deber del Presidente del Concejo Municipal tomar


las previsiones en las partidas presupuestarias del ÍTEM II, para hacer frente a los


compromisos necesarios, y analizando las diferentes situaciones, que se van


generando en la ejecución de las mismas.


Que, la Partida Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO, Sub


Partida 1.1.2.03 PRODUCTOS ALIMENTICIOS, AGROPEC. y FORESTALES


ÍTEM II, es un de las partidas en donde se imputan principalmente los


alimentos del personal del Concejo Municipal como de ambos Bloques, y


que en la actualidad la misma cuenta con un saldo escaso para hacer frente


a esas necesidades hasta fin de año;


Que la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES,


Sub Partida 1.1.3.22 SERVICIOS BÁSICOS, ÍTEM II, es esta partida en la


cual se imputan los servicios de energía, servicios de internet y


mantenimiento del sistema del Concejo Municipal, etc., y en la actualidad


dicha partida cuenta con un saldo escaso para hacer frente a las


necesidades que se estiman hasta fin de año;







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Que la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.24 HONORARIOS Y RETRIBUCIONES ÍTEM


II, es la partida en la cual se imputan todos los honorarios de los diferentes


profesionales y terceros solicitados por el Concejo municipal, y haciendo


una proyección de los gastos futuros, la misma cuenta con un saldo escaso


para hacer frente a los compromisos asumidos por el Concejo Municipal;


Que, por todo lo expuesto resulta necesario de compensar


partidas anteriormente mencionadas con el objeto de dar cumplimiento a los


compromisos asumidos;


Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso del saldo


disponible de la Sub Partida 1.4.1. Crédito Adicional siendo esta suficiente para


afrontar lo solicitado.


Que dicho método es técnicamente correcto desde el punto


de vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos presupuestarios sin


alterar el tope originario de este instrumento legal;


Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios no


existe impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones requeridas;


Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a la


fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento 14/96


del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida antelación la


previsión de las erogaciones a realizar;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.3°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N° N°35 – Reunión:


N°42, del día lunes 25 de Noviembre del año 2.024, siendo APROBADO, por


signos, por UNANIMIDAD de los miembros, 9 (nueve) votos POSITIVOS.


Corresponde al Acta 1.830.-








POR ELLO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE


ORDENANZA:





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ARTÍCULO 1°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO, Sub Partida 1.1.2.03 PRODUCTOS


ALIMENTICIOS, AGROPEC. y FORESTALES ÍTEM II, por la suma de


$1.000.000,00 (PESOS UN MILLÓN CON 00/100), cuyo presupuesto


inicial fue de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100) el cual


fue compensado de menos por un monto de $2.500.000,00 (PESOS DOS


MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), comprometido al 7 de


noviembre del 2.024 la suma de $2.396.814.10 (PESOS DOS MILLONES


TRESCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS CATORCE CON 10/100),


quedando un saldo disponible de $103.185,90 (PESOS CIENTO TRES MIL


CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 90/100), habiendo realizado la presente


compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por un


monto de $1.000.000,00 (PESOS UN MILLÓN CON 00/100), quedando en la


misma un saldo disponible de $255.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS


CINCUENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON


00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$3.500.000,00 (PESOS TRES MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), con


un saldo disponible de $1.103.185,90 (PESOS UN MILLÓN CIENTO TRES


MIL CIENTO OCHENTA Y CINCO CON 90/100 CENTAVOS), según detalle de


planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la


Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida


1.1.3.22 SERVICIOS BÁSICOS ÍTEM II, p o r la suma de


$1 .000.000,00 (PESOS UN MILLÓN CON 00/100), cuyo presupuesto


inicial fue de $838.074,00 (PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL


SETENTA Y CUATRO CON 00/100 ), comprometido al 7 de noviembre del


2.024 la suma de $835.861,82 (PESOS OCHOCIENTOS TREINTA Y


CINCO MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y UNO CON 82/100) quedando


un saldo disponible de $2.212,18 (PESOS DOS MIL DOSCIENTOS DOCE


CON 18/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub


Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por un monto de $1.000.000,00


(PESOS UN MILLÓN CON 00/100), quedando en la misma un saldo


disponible de $254.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y


CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En




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consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $1.838.074,00


(PESOS UN MILLÓN OCHOCIENTOS TREINTA Y OCHO MIL SETENTA Y


CUATRO CON 00/100), con un saldo disponible de $1.002.212,18 (PESOS


UN MILLÓN DOS MIL DOSCIENTOS DOCE CON 18/100), según detalle de


planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente de la


Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES, Sub Partida


1.1.3.24 HONORARIOS Y RETRIBUCIONES ÍTEM II, p o r la suma de


$2.000.000,00 (PESOS DOS MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto


inicial fue de $6.649.020,00 (PESOS SEIS MILLONES SEISCIENTOS


CUARENTA Y NUEVE MIL VEINTE CON 00/100), e l cua l fue


compensado ante r io rmente por $9 .000.000,00 (PESOS NUEVE


MILLONES CON 00/100) comprometido al 7 de noviembre del 2.024 la


suma de $13.851.077,00 (PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS


CINCUENTA Y UN MIL SETENTA Y SIETE CON 00/100) quedando un


saldo disponible de $1.797.942,50 (PESOS UN MILLÓN SETECIENTOS


NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS CON 50/100)


habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por un monto de $2.000.000,00 (PESOS DOS


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo


disponible de $252.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS


MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $18.349.020,00 (PESOS


DIECIOCHO TRESCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CON 20/100), con un


saldo disponible de 4.497.942,50 (PESOS CUATRO MILLONES


CUATROCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS


CON 50/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de


la presente como Anexo I.-




ARTÍCULO 4°): DETERMINAR que habiendo realizado la compensación


correspondiente a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida


1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, con un presupuesto inicial de $530.676.939,00


(PESOS QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL




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NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100), con un saldo disponible a


la fecha de 7 de noviembre del 2024 de $256.950.000,00 (PESOS


DOSCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL


CON 00/100), realizando una compensación de $4.000.000,00 (PESOS


CUATRO MILLONES CON 00/100), quedará un saldo disponible de


$252.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES


NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 5°): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla de


Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al Ejercicio


2.024.-


ARTÍCULO 6°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y


cumplido archívese.


ARTICULO 7°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los


veinticinco (25) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro. -


Charata, 03 de Diciembre del año 2.024.-

























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