
“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares.”
“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera.”
Resolución de Concejo N° 25/2.025
Página 1 de 2
MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
RESOLUCIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
Nº 25/2.025
V I S T O:
La nota ingresada al Concejo Municipal bajo el N° 10.733,
presentada por el Presidente de Concejo Municipal: Barcala, Alejandro Juan
José, sobre: propone al Dr. Tevez Cristian Alberto, para ocupar el cargo
de Prosecretario del Concejo Municipal, tratada “SOBRE TABLAS” en el
Punto 4.5°) del Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº: 70 –
Reunión N°: 83, del día Lunes 15 de Diciembre del año 2.025, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Orgánica Municipal 854-P, la Constitución
Provincial, el Reglamento Interno del Concejo y demás normas municipales,
facultan al Presidente del Concejo a efectuar la proposición de los
funcionarios que estarán bajo las órdenes del Concejo.
Que, el Presidente de Concejo propone para cumplir estas
funciones, al abogado: Cristian Alberto Tevez, quien cuenta con la
experiencia, idoneidad y capacidad necesarias para cumplir las funciones
inherentes al cargo.
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 4.5°) del
Orden del Día de la Sesión Ordinaria N°: 70 – Reunión N°: 83, del día Lunes
01 de Diciembre del año 2.025, siendo APROBADO por signos “SOBRE
TABLAS” y por unanimidad de los miembros presentes, 8 (ocho) votos
POSITIVOS. Una ausencia con aviso del Cjal. Néstor Javier Lorenzin.
Corresponde al Acta 1.870.
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
R E S U E L V E
ARTÍCULO N°1): DESIGNAR como PRO – SECRETARIO DEL CONCEJO
MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA, al Abogado Cristian Alberto Tevez,
“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares.”
“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera.”
Resolución de Concejo N° 25/2.025
Página 2 de 2
DNI Nº 32.277.750, a partir del día 01 de Diciembre de 2.025 hasta la
finalización de la actual gestión Municipal, salvo disposiciones contrarias.-
ARTÍCULO N°2): Fijar su remuneración básica en lo legislado para la función
que corresponda. Gozará de las bonificaciones, beneficios y asignaciones
familiares que de acuerdo a la reglamentación vigente le correspondan.-
ARTÍCULO N°3): Imputar los gastos en concepto de haberes, bonificaciones
y asignaciones familiares a la Partida correspondiente del Presupuesto en
vigencia.-
ARTÍCULO N°4): Publíquese, comuníquese a los departamentos que
correspondan, Regístrese y cumplido Archívese.-
ARTÍCULO N°5): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los 15
(quince) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Veinticinco.-
Charata, 16 de Diciembre del año 2.025.-