ORD Nº 3948.2024 Ampliacion Presupuesto 2.024.pdf



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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N° 3.948/2.024




V I S T O:


El DICTAMEN POR UNANIMIDAD DE LA COMISIÓN DE


HACIENDA Y PRESUPUESTO, N°19/2.024, ingresado al Concejo Municipal


bajo el N°9.790, sobre: APROBAR LA AMPLIACIÓN DEL PRESUPUESTO


GENERAL DE CÁLCULOS DE RECURSOS Y GASTOS PARA EL EJERCICIO


2.024, y;




CONSIDERANDO:


Que, la Ordenanza del Concejo Municipal N°3.883/2023,


aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos para el


Ejercicio 2.024, y;


Que, resulta necesario ampliar partidas con el objeto de


ajustar el saldo recaudado a la fecha, tomando en consideración, además,


los futuros ingresos, tanto en dichas partidas, como en otras que se


encuentran con un remanente menor a la proyección estimada hasta fin de


año;


Que, teniendo en cuenta las proyecciones anuales por


ingresos coparticipables para el año 2.024, se tomaron como referencias


aquellas informadas por la Secretaría de Municipios y Ciudades a finales del


año 2023, y que debido a la fluctuación económica, fueron modificadas


durante el trascurso del presente ejercicio, detectándose un ingreso por


coparticipación mayor a lo proyectado, por ello se considera necesario


ampliar el Presupuesto General de Cálculo de Recursos y Gastos del año


2023, para el presente ejercicio;


Que, en este sentido el Poder Ejecutivo Municipal, ha


realizado cálculos estimativos sobre partidas parciales del Presupuesto de


Recursos en vigencia; se han producido cambios no previstos en el mismo,






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se puede observar en la planilla del Estado de Ejecución del Cálculo de


Recursos, en la Partida Principal 1.1.1.2 Derechos, Partida Parcial 1.1.1.2.5


Registro De Conducir, que lo “Proyectado” para el presente ejercicio tenía


como saldo inicial $24.000.000,00 (PESOS VEINTICUATRO MILLONES


C/00/100), y que lo recaudado acumulado realmente a la fecha es de


$25.247.600,00 (PESOS VEINTICINCO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y


SIETE MIL SEISCIENTOS C/00/100), vislumbrándose claramente que lo


recaudado acumulado anual, al 14 de Agosto del año 2.024, supera en


$1.247.600,00 (PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL


SEISCIENTOS C/00/100) a lo inicialmente proyectado, debiendo en


consecuencia, realizar la correspondiente adecuación a las partidas


iniciales;


Que, asimismo, se puede observar en la planilla del Estado


de Ejecución del Cálculo de Recursos, en la Partida Principal 1.1.1.3


Patentes, Partida Parcial 1.1.1.3.1 De Vehículos En General, donde se


puede apreciar que lo “Proyectado” para el presente ejercicio tenía como


saldo inicial la suma de $131.600.000,00 (PESOS CIENTO TREINTA Y UN


MILLONES SEISCIENTOS MIL C/00/100), y que lo recaudado acumulado real


a la fecha es $141.048.069,14 (PESOS CIENTO CUARENTA Y UN MILLONES


CUARENTA Y OCHO MIL SESENTA Y NUEVE C/14/100), vislumbrándose


claramente que lo recaudado acumulado anual, al 14 de Agosto del año


2.024, supera en $9.448.069,14 (PESOS NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS


CUARENTA Y OCHO MIL SESENTA Y NUEVE C/14/100) a lo inicialmente


proyectado, debiendo en consecuencia, realizar la correspondiente


adecuación a las partidas iniciales;


Que, asimismo, se puede observar en la planilla del Estado


de Ejecución del Cálculo de Recursos, en la Partida Principal 1.1.1.4 Tasas,


Partida Parcial 1.1.1.4.7 Otros Servicios, donde se puede apreciar que lo


“Proyectado” para el presente ejercicio tenía como saldo inicial


$7.200.000,00 (PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS MIL C/00/100), y lo


recaudado acumulado real a la fecha es $8.390.995,68 (PESOS OCHO


MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO


C/68/100), vislumbrándose claramente que lo recaudado acumulado anual,


al 14 de Agosto del año 2.024, supera en $1.190.995,58 (PESOS UN MILLÓN






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CIENTO NOVENTA MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO C/58/100) a lo


inicialmente proyectado; por lo que resulta necesario realizar la adecuación


de la partida inicial;


Que, asimismo, se puede observar en la planilla del Estado


de Ejecución del Cálculo de Recursos, en la Partida Principal 1.1.2 No


Tributarios, Partida Parcial 1.1.2.3 Intereses A Plazo Fijo, donde se puede


apreciar que lo “Proyectado” para el presente ejercicio tenía como saldo


inicial $10.500.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS MIL C/00/100), y


lo recaudado acumulado real a la fecha es $94.895.858,63 (PESOS NOVENTA


Y CUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS


CINCUENTA Y OCHO C/63/100), vislumbrándose claramente que lo


recaudado acumulado anual, al 14 de Agosto del año 2.024, supera en


$84.395.858,63 (PESOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS


NOVENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO C/63/100) a lo


inicialmente proyectado;


Que, respecto de los Fondos de Participación, comúnmente


conocidos como “Coparticipación” se han producido reajustes, los cuales se


han ido incrementando a lo largo del año, modificando lo percibido


mensualmente, como se puede observar en la Partida Principal 1.2 Recursos


Municipales Asignados por Órgano Estatal, que lo “Proyectado” para el


presente ejercicio tenía previsto como saldo inicial $4.922.391.975,00


(PESOS CUATRO MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS MILLONES TRESCIENTOS


NOVENTA Y UN MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO C/00/100), y que lo


recaudado acumulado real a fecha de presentación del proyecto es de


$3.889.539.368,68 (PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE


MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SESENTA Y OCHO


C/68/100), y tomando en cuenta lo ingresado mensualmente según las


circulares brindados por la Secretaría de Asuntos Estratégicos, Dirección de


Administración de Recursos Municipales, de enero a julio de 2.024, es que


se estima superar el monto presupuestado para el presente ejercicio,


debiendo realizar la correspondiente ampliación de partidas;


Que, según las estimaciones realizadas por la Secretaría de


Control y Gestión de Recursos de la Municipalidad de Charata, el ingreso de


los Fondos de Participación, comúnmente conocidos como






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“Coparticipación”, serán aproximadamente de $2.252.000.000,00 (PESOS


DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES CON 00/100) en lo que


resta del año en curso;


Que, asimismo se han originado aumentos en los insumos


necesarios para el normal funcionamiento operativo de la Municipalidad y,


en consecuencia, para el cumplimiento de sus funciones sociales,


asistenciales, entre otras;


Que, tal como lo hemos descripto ut supra, dichos cambios


son consecuencia de las variaciones económicas a nivel nacional, que


repercuten en el proceso económico-financiero municipal (aumento de


salarios, incremento del nivel productivo, inflación mayor a la prevista,


contingencias varias, etc.);


Que, en función de ello, atendiendo a que no existen


impedimentos legales, es que solicitamos al Honorable Concejo Municipal


modificar la Ordenanza de Concejo Municipal N°3.883/2.023, ampliando las


Partidas del Presupuesto General de Cálculos de Recursos y Gastos para el


Ejercicio 2.024;


Que, parte de la ampliación de las partidas mencionadas


tendrán como destino específico las siguientes Partidas Presupuestarios


1.1.1.1.1 Retribuciones del Cargo,


1.1.1.1.3 Retribuciones que no hacen al Cargo,


1.1.1.1.5 S.A.C.,


1.1.1.1.7 Contribuciones Patronales,


1.1.1.1.10 Aportes Personales,


1.1.1.2.1 Retribuciones al Cargo (PT),


1.1.1.2.2 Retribuciones que no hacen al Cargo (PT),


1.1.1.2.3 Sueldo Anual Complementario (PT),


1.1.1.3.2 Bonificaciones,


1.1.1.3.6 Servicios Extraordinarios,






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1.1.1.3.8 Gastos de Representación,


1.1.1.1.2 Retribuciones del Cargo – Item II


1.1.1.1.4 Retribuciones que no hacen al cargo - Item II


1.1.1.1.6 S.A.C. Item II


1.1.1.1.8 Contribuciones Personales – Item II


1.1.1.1.9 Dietas – Item II


1.1.1.1.11 Aportes Personales – Item II


1.1.1.3.5 Bonificaciones – Item II


1.1.2.7 Productos Químicos, Combustibles y Lubricantes,


1.4.1 Crédito Adicional


2.1.2.17 Plazas y Paseos




Que, en razón de lo expuesto, y atendiendo a las


prerrogativas establecidas en los artículos 61 inc. O y 76 inc. “D” y “T” de


la Ley Nº 854-P (Ex 4.233) Ley Orgánica de Municipios; Artículo 28 inc. “A”


y el Artículo 60 de la ORDENANZA Nº994/98 –redacción actual- Reglamento


Interno del Concejo Municipal, de la Ciudad De Charata, se elevó el


presente proyecto para su tratamiento;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.3°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°24 - Reunión N°30,


del día Lunes 02 de septiembre del año 2.024, siendo APROBADO, SOBRE


TABLAS, por signos, por unanimidad de los miembros presentes, con 7


(siete) votos POSITIVOS, 2 (dos) ausencias con aviso (CONCEJALES: Carlos


Fedorchuk y Analía Marisel Farias) Corresponde al Acta 1.818.-




POR ELLO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE


ORDENANZA:






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ARTÍCULO 1°): APROBAR LA AMPLIACIÓN del Presupuesto General de


Cálculos de Recursos y Gastos para el Ejercicio 2.024, por un monto de


$2.500.000.000,00 (PESOS DOS MIL QUINIENTOS MILLONES CON 00/100),


quedando un total de $9.417.253.975,00 (PESOS NUEVE MIL CUATROCIENTOS


DIECISIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS


SETENTA Y CINCO C/00/100), cuya planilla se adjunta a la presente como


ANEXO I.-


ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la ampliación de la Partida Principal 1.1.1.2


Derechos, Partida Parcial 1.1.1.2.5 Registro De Conducir, por la suma de


$17.000.000,00 (PESOS DIECISIETE MILLONES CON 00/100), según planilla


adjunta como ANEXO I.-


ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la ampliación de la Partida Principal 1.1.1.3


Patentes, Partida Parcial 1.1.1.3.1 De Vehículos En General, por la suma de


$94.000.000,00 (PESOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CON 00/100), según


planilla adjunta como ANEXO I.-


ARTÍCULO 4°): AUTORIZAR la ampliación de la Partida Principal 1.1.1.4


Tasas, Partida Parcial 1.1.1.4.7 Otros Servicios, por la suma de


$6.000.000,00 (PESOS SEIS MILLONES CON 00/100), según planilla adjunta


como ANEXO I.-


ARTÍCULO 5°): AUTORIZAR la ampliación de la Partida Principal 1.1.2 No


Tributarios, Partida Parcial 1.1.2.3 Intereses A Plazo Fijo, por la suma de


$131.000.000,00 (PESOS CIENTO TREINTA Y UN MILLONES CON 00/100),


según planilla adjunta como ANEXO I.-


ARTÍCULO 6°): AUTORIZAR la ampliación de la Partida Principal 1.2


Recursos Municipales Asignados por Órgano Estatal, por la suma de


$2.252.000.000,00 (PESOS DOS MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES


CON 00/100), según planilla adjunta como ANEXO I.-


ARTÍCULO 7°): DETERMINAR que la suma de $17.000.000,00 (PESOS


DIECISIETE MILLONES CON 00/100) aprobada en el Artículo 2°, la suma de


$94.000.000,00 (PESOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES CON 00/100)


aprobada en el Artículo 3, la suma de $6.000.000,00 (PESOS SEIS MILLONES


CON 00/100) aprobada en el Artículo 4, la suma de $131.000.000,00 (PESOS






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CIENTO TREINTA Y UN MILLONES CON 00/100) aprobada en el Artículo 5 y


parte de la suma de aprobada en el Artículo 6 correspondiente a


$58.000.000,00 (PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CON 00/100),


ascendiendo a un total de $306.000.000,00 (PESOS TRESCIENTOS SEIS


MILLONES CON 00/100) serán destinadas a la Partida Principal 1.1.1


PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida


1.1.1.1.01 RETRIBUCIONES DEL CARGO, cuyo presupuesto inicial fue de


$959.644.845,90 (PESOS NOVECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES


SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO


C/90/100), y en consecuencia, realizada la ampliación correspondiente,


quedará un presupuesto ampliado de $1.265.644.845,90 (PESOS MIL


DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y CUATRO


MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 90/100) y un saldo disponible de


$700.994.793,28 (PESOS SETECIENTOS MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y


CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y TRES CON 28/100), según planilla


adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 8°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $135.500.000,00 (PESOS CIENTO TREINTA Y


CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la


Partida Principal 1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA


PERMANENTE, Sub Partida 1.1.1.1.3 RETRIBUCIONES QUE NO HACEN AL


CARGO, cuyo presupuesto inicial fue de $414.334.446,84 (PESOS


CUATROCIENTOS CATORCE MILLONES TRECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL


CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS C/84/100), y en consecuencia, realizada


la ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado de


$549.834.446,84 (PESOS QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES


OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y SEIS


CON 84/100) y un saldo disponible de $307.203.055,13 (PESOS TRESCIENTOS


SIETE MILLONES DOSCIENTOS TRES MIL CINCUENTA Y CINCO CON 13/100),


según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 9°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $70.000.000,00 (PESOS SETENTA MILLONES


CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal 1.1.1 PERSONAL, Sub


Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida 1.1.1.1.5 SAC, cuyo


presupuesto inicial fue de $141.217.162,92 (PESOS CIENTO CUARENTA Y UN






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MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y DOS CON 00/100)


y en consecuencia, realizada la ampliación correspondiente, quedará un


presupuesto ampliado de $211.217.162,92 (PESOS DOSCIENTOS ONCE


MILLONES DOSCIENTOS DIECISIETE MIL CIENTO SESENTA Y DOS CON 92/100)


y un saldo disponible de $130.269.412,47 (PESOS CIENTO TREINTA MILLONES


DOSCIENTOS SESENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DOCE CON 47/100),


según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 10°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $144.000.000,00 (PESOS CIENTO CUARENTA


Y CUATRO MILLONES CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal


1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida


1.1.1.1.7 CONTRIBUCIONES PATRONALES, cuyo presupuesto inicial fue de


$511.513.076,59 (PESOS QUINIENTOS ONCE MILLONES QUINIENTOS TRECE


MIL SETENTA SEIS C 59/100), y en consecuencia, realizada la ampliación


correspondiente, quedará un presupuesto ampliado de $655.513.076,59


(PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS TRECE MIL


SETENTA Y SEIS CON 59/100) y un saldo disponible de $353.209.063,69


(PESOS TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS NUEVE MIL


SESENTA Y TRES CON 69/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 11°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $115.000.000,00 (PESOS CIENTO QUINCE


MILLONES CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal 1.1.1


PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida


1.1.1.1.10 APORTES PERSONALES, cuyo presupuesto inicial fue de


$399.332.470,16 (PESOS TRECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES


TRECIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON 16/100), y


en consecuencia, realizada la ampliación correspondiente, quedará un


presupuesto ampliado de $514.332.470,16 (PESOS QUINIENTOS CATORCE


MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA CON


16/100) y un saldo disponible de $278.321.403,37 (PESOS DOSCIENTOS


SETENTA Y OCHO MILLONES TRESCIENTOS VEINTIÚN MIL CUATROCIENTOS


TRES CON 37/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 12°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $23.500.000,00 (PESOS VEINTITRÉS






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MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida


Principal 1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.2 PERSONAL TEMPORARIO,


Sub Partida 1.1.1.2.1 RETRIBUCIONES DEL CARGO, cuyo presupuesto


inicial fue de $85.852.863,36 (PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES


OCHOCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y TRES CON


36/100), y en consecuencia, realizada la ampliación correspondiente,


quedará un presupuesto ampliado de $109.352.863,36 (PESOS CIENTO


NUEVE MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS


SESENTA Y TRES CON 36/100) y un saldo disponible de $53.714.596,70


(PESOS CINCUENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS CATORCE MIL


QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 70/100), según planilla adjunta como


ANEXO II.-


ARTÍCULO 13°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $4.100.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES


CIEN MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal 1.1.1


PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.2 PERSONAL TEMPORARIO, Sub Partida


1.1.1.2.2 RETRIBUCIONES QUE NO HACEN AL CARGO, cuyo presupuesto


inicial fue de $21.227.120,73 (PESOS VEINTIÚN MILLONES DOSCIENTOS


VEINTE SIETE MIL CIENTO VEINTE CON 73/100), y en consecuencia, realizada


la ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado de


$25.327.120,73 (PESOS VEINTICINCO MILLONES TRESCIENTOS VEINTISIETE


MIL CIENTO VEINTE CON 73/100) y un saldo disponible de $12.385.856,87


(PESOS DOCE MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS


CINCUENTA Y SEIS CON 87/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 14°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $650.000,00 (PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA


MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal 1.1.1.


PERSONAL, Sub Partida PERSONAL TEMPORARIO 1.1.1.2., Sub Partida


1.1.1.2.3 SUELDO ANUAL COMPLEMENTARIO, cuyo presupuesto inicial fue


de $10.982.562,47 (PESOS DIEZ MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y DOS MIL


QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 47/100) y en consecuencia, realizada la


ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado de


$11.632.562,47 (PESOS ONCE MILLONES SEISCIENTOS TREINTA Y DOS MIL


QUINIENTOS SESENTA Y DOS CON 47/100) y un saldo disponible de






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$6.570.185,76 (PESOS SEIS MILLONES QUINIENTOS SETENTA MIL CIENTO


OCHENTA Y CINCO CON 76/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 15°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $72.000.000,00 (PESOS SETENTA Y DOS


MILLONES CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal 1.1.1


PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y SUPLEMENTOS, Sub


Partida 1.1.1.3.2 BONIFICACIONES, cuyo presupuesto inicial fue de


$210.398.996,68 (PESOS DOSCIENTOS DIEZ MIL TRESCIENTOS NOVENTA Y


OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON 00/100), y en consecuencia,


realizada la ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado


de $282.398.996,68 (PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES


TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS CON


68/100) y un saldo disponible de $155.041.889,04 (PESOS CIENTO


CINCUENTA Y CINCO MILLONES CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA


Y NUEVE CON 04/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 16°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $92.500.000,00 (PESOS NOVENTA Y DOS


MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida


Principal 1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y


SUPLEMENTOS, Sub Partida 1.1.1.3.6 SERVICIO EXTRAORDINARIO, cuyo


presupuesto inicial fue de $107.747.870,67 (PESOS CIENTO SIETE MILLONES


SETECIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 67/100),


y en consecuencia, realizada la ampliación correspondiente, quedará un


presupuesto ampliado de $200.247.870,67 (PESOS DOSCIENTOS MILLONES


DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 67/100) y


un saldo disponible de $120.074.281,41 (PESOS CIENTO VEINTE MILLONES


SETENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y UNO CON 41/100), según


planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 17°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES CON


00/100), serán destinadas a la Partida Principal 1.1.1 PERSONAL, Sub


Partida 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y SUPLEMENTOS, Sub Partida 1.1.1.3.8


GASTOS DE REPRESENTACIÓN, cuyo presupuesto inicial fue de


$4.245.693,43 (PESOS CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO






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“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.948/2.024






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MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES, y en consecuencia, realizada la


ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado de


$7.245.693,43 (PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MIL


SEISCIENTOS NOVENTA Y TRES CON 43/100) y un saldo disponible de


$3.997.101,84 (PESOS TRES MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL


CIENTO UNO CON 84/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 18°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $12.500.000,00 (PESOS DOCE MILLONES


QUINIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal


1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida


1.1.1.1.2 RETRIBUCIONES DEL CARGO – Ítem II, cuyo presupuesto inicial


fue de $33.542.774,00 (PESOS TREINTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS


CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100) y en


consecuencia, realizada la ampliación correspondiente, quedará un


presupuesto ampliado de $46.042.774,00 (PESOS CUARENTA Y SEIS MILLONES


CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100) y un


saldo disponible de $26.192.325,02 (PESOS VEINTISÉIS MILLONES CIENTO


NOVENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS VEINTICINCO CON 02/100), según planilla


adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 19°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $14.500.000,00 (PESOS CATORCE MILLONES


QUINIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal


1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida


1.1.1.1.4 RETRIBUCIONES QUE NO HACEN AL CARGO – Ítem II, cuyo


presupuesto inicial fue de $28.038.946,00 (PESOS VEINTIOCHO MILLONES


TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON 00/100) y en


consecuencia, realizada la ampliación correspondiente, quedará un


presupuesto ampliado de $42.538.946,00 (PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES


QUINIENTOS TREINTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y SEIS CON


00/100) y un saldo disponible de $23.268.797,60 (PESOS VEINTITRÉS


MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y SIETE


CON 60/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 20°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $2.500.000,00 (PESOS DOS MILLONES






“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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QUINIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal


1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida


1.1.1.6 S.A.C - Ítem II, cuyo presupuesto inicial fue de $9.905.004,00


(PESOS NUEVE MILLONES NOVECIENTOS CINCO MIL CUATRO CON 00/100) y


en consecuencia, realizada la ampliación correspondiente, quedará un


presupuesto ampliado de $12.405.004,00 (PESOS DOCE MILLONES


CUATROCIENTOS CINCO MIL CUATRO C 00/100) y un saldo disponible de


$7.247.415,27 (PESOS SIETE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL


CUATROCIENTOS QUINCE CON 27/100), según planilla adjunta como ANEXO


II.-


ARTÍCULO 21°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $14.000.000,00 (PESOS CATORCE MILLONES


CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal 1.1.1 PERSONAL, Sub


Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida 1.1.1.8


CONTRIBUCIONES PATRONALES - Ítem II, cuyo presupuesto inicial fue de


$34.429.772,00 (PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS


VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS CON 00/100) y en


consecuencia, realizada la ampliación correspondiente, quedará un


presupuesto ampliado de $48.429.772,00 (PESOS CUARENTA Y OCHO


MILLONES CUATROCIENTOS VEINTINUEVE MIL SETECIENTOS SETENTA Y DOS


CON 00/100) y un saldo disponible de $26.172.457,82 (PESOS VEINTISÉIS


MILLONES CIENTO SETENTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE


CON 82/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 22°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $15.200.000,00 (PESOS QUINCE MILLONES


DOSCIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal


1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida


1.1.1.9 DIETAS - Ítem II, cuyo presupuesto inicial fue de $43.226.262,00


(PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES DOSCIENTOS VEINTISÉIS MIL


DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100) y en consecuencia, realizada la


ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado de


$58.426.262,00 (PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS


VEINTISÉIS MIL DOSCIENTOS SESENTA Y DOS CON 00/100) y un saldo


disponible de $32.219.292,49 (PESOS TREINTA Y DOS MILLONES DOSCIENTOS






“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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DIECINUEVE MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y DOS CON 49/100), según planilla


adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 23°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $11.300.000,00 (PESOS ONCE MILLONES


TRESCIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal


1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE, Sub Partida


1.1.1.11 APORTES PERSONALES - Ítem II, cuyo presupuesto inicial fue de


$27.896.120,00 (PESOS VEINTISIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y


SEIS MIL CIENTO VEINTE CON 00/100) y en consecuencia, realizada la


ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado de


$39.196.120,00 (PESOS TREINTA Y NUEVE MILLONES CIENTO NOVENTA Y SEIS


MIL CIENTO VEINTE CON 00/100) y un saldo disponible de $21.095.642,18


(PESOS VEINTIÚN MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y


DOS CON 18/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 24°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $2.300.000,00 (PESOS DOS MILLONES


TRESCIENTOS MIL CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal


1.1.1 PERSONAL, Sub Partida 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y SUPLEMENTOS,


Sub Partida 1.1.1.3.5 BONIFICACIONES - Ítem II, cuyo presupuesto inicial


fue de $8.252.184,00 (PESOS OCHO MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y


DOS MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO CON 00/100) y en consecuencia,


realizada la ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado


de $10.552.184,00 (PESOS DIEZ MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y DOS


MIL CIENTO OCHENTA Y CUATRO CON 00/100) y un saldo disponible de


$6.026.407,08 (PESOS SEIS MILLONES VEINTISÉIS MIL CUATROCIENTOS SIETE


CON 08/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 25°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $250.000.000,00 (PESOS DOSCIENTOS


CINCUENTA MILLONES CON 00/100), serán destinadas a la Partida


Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO, 1.1.2.8 PROD. QUÍMICOS,


COMBUSTIBLES Y LUBRICANTES, cuyo presupuesto inicial fue de


$330.000.000,00 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA MILLONES, y en


consecuencia, realizada la ampliación correspondiente, quedará un


presupuesto ampliado de $580.000.000,00 (PESOS QUINIENTOS OCHENTA






“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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MILLONES CON 00/100) y un saldo disponible de $260.353.760,66 (PESOS


DOSCIENTOS SESENTA MILLONES TRESCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL


SETECIENTOS SESENTA CON 66/100), según planilla adjunta como ANEXO


II.-


ARTÍCULO 26°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $35.000.000,00 (PESOS TREINTA Y CINCO


MILLONES CON 00/100), serán destinadas a la Partida Principal 2.1.2


TRABAJOS PÚBLICOS, Sub Partida 2.1.2.17 PLAZAS Y PASEOS, cuyo


presupuesto inicial fue de $50.000.000,00 (PESOS CINCUENTA MILLONES


C/90/100), y en consecuencia, realizada la ampliación correspondiente,


quedará un presupuesto ampliado de $85.000.000,00 (PESOS OCHENTA Y


CINCO MILLONES CON 00/100) y un saldo disponible de $36.647.061,94


(PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y SIETE MIL


SESENTA Y UNO CON 94/100), según planilla adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 27°): DETERMINAR que parte de la suma de aprobada en el


Artículo 6 correspondiente a $1.176.450.000,00 (PESOS MIL CIENTO SETENTA


Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100), serán


destinadas a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida 1.4.1


CRÉDITO ADICIONAL, cuyo presupuesto inicial fue de $530.676.939,09


(PESOS QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 09/100), y en consecuencia, realizada


la ampliación correspondiente, quedará un presupuesto ampliado de


$1.707.126.939,09 (PESOS MIL SETECIENTOS SIETE MILLONES CIENTO


VEINTISÉIS MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 09/100) y un saldo


disponible de $1.176.450.000,00 (PESOS MIL CIENTO SETENTA Y SEIS


MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100), según planilla


adjunta como ANEXO II.-


ARTÍCULO 28°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos, regístrese, publíquese y


cumplido, archívese. -


ARTÍCULO 29°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los dos


(02) días del mes de septiembre del año Dos Mil Veinticuatro. -






“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.948/2.024






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Charata, 03 de Septiembre del año


2.024.




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