ORD Nº 3978.2025 ESCRITURAR A FAVOR DE LA SRA. GLADYS ROSSANA LUQUE.pdf

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Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.978/2.025




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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


Nº 3.978/2.025




VISTO:


El Dictamen por unanimidad DE LOS MIEMBROS PRESENTES DE


LA COMISIÓN DE TIERRAS, ORDENAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE N°


28/2.025, ingresado al Concejo Municipal bajo el N° 10.116, sobre:


“ESCRITURAR A FAVOR DE LA SRA. GLADYS ROSSANA LUQUE, EL INMUEBLE


IDENTIFICADO CATASTRALMENTE COMO: MITAD SUD-ESTE, DEL SOLAR C, PC.


12- MZ- 15- SECCIÓN B, CIRCUNSCRIPCIÓN I., y;




CONSIDERANDO:


Que, a foja 01, obra solicitud del predio fiscal identificado


como: Mitad Sud Este del solar “C” manzana 170, realizado por la Sra. Juana


Almirón D.N.I. Nº6.593.441 en fecha 25 de enero de 1.962.


Que, a foja 02, obra recibo de pago de las mejoras existente


en el predio.


Que, a foja 03, obra solicitud del predio fiscal identificado


como: Mitad Sud Este del solar “C” manzana 170, realizado por la Sra.


Vallejos Juana de Jesús L.C. Nº4.326.301 de fecha 14 de agosto de 1.969.


Que, a foja 04, obra Certificado de Conducta de la Sra.


Vallejos Juana de Jesús L.C. Nº4.326.301, emitido por la Policía de la


Provincia del Chaco.


Que, a fojas 05, obra Certificado de domicilio de la Sra.


Vallejos Juana de Jesús L.C. Nº4.326.301, emitido por la Policía de la


Provincia del Chaco.


Que, a fojas 06/07, obra copia de contrato de cesión de


derechos y mejores y copia de certificación ante Escribanía, mediante la cual


la Sra. Vallejos Juana de Jesús, L.C. N°4.326.30, cede todos los Derechos y


Acciones que le pudieran corresponder sobre las mejoras existente en el




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predio identificado como: Mitad Sud Este del solar “C” manzana 170, a favor


de su hija Luque Rossana Gladys D.N.I. Nº17.187.878.


Que, a fojas 08, obra Nota Ingresada al Concejo Municipal


bajo el Nº4.957, tratada en la Sesión Ordinaria Nº37, Reunión 45, pasada a la


Comisión Regularizadora de Tierras Fiscales para ser tratada, en donde el Sr.


Luis Rodolfo Diedrich, DNI Nº11.389.175, solicita el tratamiento del Expte. de


Tierras y Catastro identificado con el Nº1.311/69.


Que, a fojas 09/10, obra Acta de Inspección, Croquis de


Ubicación, y foto ilustrativa realizada en el inmueble solicitado, por el


Inspector de la Comisión Regularizadora de Tierras Fiscales en la cual se


constata que la Sra. Luque Rossana vive en el inmueble.


Que, a foja 11, obra Nota remitida por el Concejal Rubén


Alberto Vasallo, dirigida al Departamento de Tierras y Catastro, solicitando


reciba la solicitud de tierra fiscal a la Sra. Luque Rossana Gladys D.N.I.


Nº17.187.878.


Que, a foja 12, obra Certificado de Domicilio de la Sra.


Luque Rossana Gladys D.N.I. Nº17.187.878, emitido por la Policía de la


Provincia del Chaco.


Que, a foja 13, obra solicitud de tierra fiscal Nº587, de fecha


05 de diciembre de 2.017, realizado por la Sra. Luque Rossana Gladys D.N.I.


Nº17.187.878.


Que, a fojas 14/16, obra fotocopia de D.N.I. de la Sra. Luque


Rossana Gladys y de su grupo familiar.


Que, a fojas 17/19, obra Acta de Nacimiento de la Sra.


Luque Rossana Gladys y de su grupo familiar.


Que, a foja 20, obra Declaración Jurada de Estado Civil y de


Ingresos de la Sra. Luque Rossana Gladys D.N.I. Nº17.187.878, realizada por


ante el Juzgado de Paz de la Ciudad de Charata.


Que, a fojas 21/23, obra nota dirigida al Registro de la


Propiedad Inmueble de la provincia del Chaco, en donde se solicita si a


nombre de la Sra. Luque Rossana Gladys D.N.I. Nº17.187.878, se encuentran


Bienes Inmuebles Registrado a su nombre. En donde consta que la misma no


pose Bienes Inmuebles Registrados.




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Que, a fojas 24, obra Resolución de Intendente Municipal de


Charata N°828/2018, mediante la cual promulga y pone en vigencia la


Ordenanza N°3.289/2.018.


Que, a fojas 25/28, obra Ordenanza del Concejo Municipal


de la ciudad de Charata N°3.289/2.018, mediante la cual adjudica en venta


a la Sra. Luque Rossana Gladys D.N.I. N°17.187.878, el predio fiscal


identificado catastralmente como: Mitad Sud-Este del Solar C – Parcela 12,


Manzana 15, Sección “B”, Circunscripción I, de la ciudad de Charata.


Que, a fojas 29, obra Cédula de Notificación dirigida a la


Sra. Luque Rossana Gladys, mediante la cual informa que deberá comparecer


ante la Dirección de Tierras y Catastro de la Municipalidad de Charata a


efectos que se le comunicarán con respecto a la Adjudicación que le fue


otorgada.


Que, a fojas 30, obra Planilla de Liquidación de Pago Total


valor tierra más inspección y mensura del inmueble identificado Nomeclatura


Catastral: Parcela 12 – Manzana 15 – Sección B – Circunscripción I.


Que, a fojas 31, obra contrato de compra-venta por la cual


el Intendente concede en venta a la Sra. LUQUE ROSSANA GLADYS D.N.I.


N°17.187.878.


Que, a fojas 32, obra recibo por Pago Total de Tierras


Fiscales del 20% valor de tierra más inspección y mensura del inmueble


correspondiente al mes de diciembre de 2.021.


Que, a fojas 33/53, obra recibos de pagos del 20% del valor


más inspección y mensura y pago de 35 de 36 cuotas del plan de pagos de la


tierra fiscal del inmueble.


Que, a fojas 54, obra Cancelación de Pago total del 20% del


valor más inspección y mensura y pago de 36 de 36 cuotas del plan de pagos


de la tierra fiscal adjudicada.


Que, a fojas 55, obra croquis, Plano de Mensura y


Subdivisión 4-27-72, aprobado por la Dirección de Catastro y Cartografía del


Chaco, en fecha junio del año 1.973.


Que, a fojas 56, obra Nota Ingresada N°9857 dirigida a la


Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y Catastro mediante la cual la


Señora Luque, Rossana Gladys, solicita sea incorporado al expediente


fotocopia de Acta de Defunción del Señor. Diedrich, Luis Rodolfo y fotocopia




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del Pago Total de Impuestos Inmobiliarios; Tasas y Servicios correspondientes


al año 2.024.


Que, a fojas 57, obra Resumen de Cuenta del Pago Total de


Impuestos; Tasas y Servicios correspondientes a los años 2.019 hasta el año


2.025.


Que, a fojas 58, obra fotocopia de Acta de Defunción del Sr.


Diedrich, Luis Rodolfo D.N.I. Nº11.389.175.


Que, a fojas 59, obra Nota Ingresada N°9937 dirigida a la


Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y Catastro, mediante la cual la


Sra. Luque Rossana Gladys, solicita sea incorporado al expediente un Informe


del Registro de la Propiedad Inmueble de fecha septiembre del 2.024.


Que, a fojas 60/62, obra Informe del Registro de la


Propiedad Inmueble de la provincia del Chaco, donde consta que la Señora:


Luque, Rossana Gladys D.N.I. N°17.187.878, NO POSEE bienes inmuebles


registrados a su nombre.


Que, a fojas 63, obra Dictamen de la Asesora Legal del


Concejo Municipal de la Ciudad de Charata, dando cumplimiento a la


Resolución de Concejo Municipal N°10/2.024, mediante la cual considera que


se encuentran cumplidos los requisitos para el otorgamiento de tierras y por


lo tanto estaría en condiciones de ESCRITURAR a favor de la Sra. Luque,


Rossana Gladys D.N.I. N°17.187.878.


Que, a fojas 64, obra Nota dirigida a la Dirección de Tierra


y Catastro de la Municipalidad de Charata, mediante la cual se solicita


informe respecto de la Sra. Luque Rossana Gladys, es concesionaria y/o


adjudicataria de otra u otras tierras fiscales municipales.


Que, a fojas 65, obra Nota de Ingreso N°10.095 dirigida a la


Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente mediante la


cual la Sra. Luque Rossana solicita sea incorporado al expediente fotocopia


de comprobante de Pago de Impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios


correspondientes al año 2.025.


Que, a fojas 66, obra fotocopia de Resumen de Cuenta de


Pagos Total de Impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios correspondientes


desde los años 2.020 hasta la fecha 20 de marzo de 2.025.


Que, a fojas 67, obra Nota de la Dirección de Tierras y


Catastro, mediante la cual informa que la Sra. Luque, Rossana Gladys D.N.I.




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N°17.187.878 no se encuentra como solicitante y/o adjudicataria de otro


inmueble fiscal a su nombre, según los Registros y Sistemas Informáticos de


la presente Dirección.


Que, se encuentran reunidos los requisitos de la Ley


Provincial N° 46-P (Antes Ley 269)


y normas aplicables, por parte de la Señora LUQUE


ROSSANA GLADYS D.N.I. Nº 17.187.878.


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.6°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°40 – Reunión: N°51,


del día Lunes, 31 de Marzo del año 2.025, siendo APROBADO, por signos, por


unanimidad de los miembros presentes, con 9 (nueve) votos POSITIVOS.


Corresponde al Acta 1.838.-




POR ELLO:




EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA


CON FUERZA DE ORDENANZA:




ARTÍCULO 1°): DECLARAR cumplidas las obligaciones contractuales y


reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley 269), por parte de


la Señora: LUQUE ROSSANA GLADYS, D.N.I. N°17.187.878, y en


consecuencia ESCRITURAR el predio identificado catastralmente como: Mitad


Sud-Este del Solar C - PARCELA: 12 – MANZANA: 15 – SECCIÓN: B –


CIRCUNSCRIPCIÓN: I, de la ciudad de Charata, con medidas de DOCE CON


CINCUENTA metros de frente (12,50 m.), por CINCUENTA metros de fondo


(50,00 m.), lo que hace una superficie total de SEISCIENTOS VEINTICINCO


metros cuadrados (625,00 m.2), ubicado sobre calle Vieytes N°556 de la


ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, Plano de


Mensura y Subdivisión 4-76-22, aprobado por la Dirección Provincial de


Catastro y Cartografía del Chaco.




ARTÍCULO 2°): NOTIFICAR a la Señora LUQUE ROSSANA GLADYS, D.N.I.


N°17.187.878, sobre los términos de la Ordenanza de Concejo Municipal


Nº3.527/2.020, que NO podrá enajenar el inmueble ESCRITURADO


identificado como: Mitad Sud-Este del Solar C - PARCELA: 12 – MANZANA: 15




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– SECCIÓN: B – CIRCUNSCRIPCIÓN: I, de la ciudad de Charata, por el término


de diez (10) años luego de formalizada la Escritura Traslativa de Dominio,


salvo las siguientes EXCEPCIONES:


a)- Exceptúese de lo dispuesto, en los supuestos donde fallecido el


propietario del inmueble, el bien deba inscribirse a nombre de sus herederos


y/o sucesores conforme el orden dispuesto por el Código Civil y Comercial de


la Nación y/o el testamento respectivo, y sea presentada la sentencia o


resolución judicial pertinente, declarada firme, dictada por el juez del juicio


sucesorio. En este supuesto, el nuevo propietario deberá completar el


término de diez (10) años.


b)- Exceptúese, también, los supuestos donde el adjudicatario demuestre,


mediante prueba documental y/o instrumental, la necesidad de que no se


incorpore dicha cláusula, lo que quedará a criterio de los concejales en base


a los fundamentos dados y la prueba ofrecida, debiendo el adjudicatario,


además, abonar un recargo equivalente al 50% del valor fiscal de la tierra. En


caso de que los inmuebles ya se encuentren escriturados, los propietarios


deberán cumplimentar los requisitos del inciso b)- de este artículo.-




ARTÍCULO 3°): ORDENAR a la Dirección de Tierras y Catastro de la


Municipalidad de Charata a que proceda a realizar los trámites que


correspondan a fin de confeccionar la correspondiente Escritura Traslativa de


Dominio según los términos de la presente Ordenanza.-




ARTÍCULO 4º): COMUNÍQUESE, al Ejecutivo Municipal a sus efectos, a las


dependencias correspondientes, promúlguese, regístrese, y cumplido,


archívese.


ARTÍCULO 5°): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, a los 31


(treinta y uno) días del mes de Marzo del año dos mil veinticinco.-




Charata, 8 de Abril del año 2.025.-









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ANEXO I.






Charata, 8 de Abril del año 2.025.-