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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N° 3.965/2.024
V I S T O:
El Dictamen por MAYORÍA de la COMISIÓN DE HACIENDA
Y PRESUPUESTO N° 29/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el Nº
9.990, sobre: “COMPENSACIÓN DE PARTIDAS PRESUPUESTARIAS”, y;
CONSIDERANDO:
Que, La Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.883/2.023, que
aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos para el Ejercicio
2.024, y la necesidad de compensar partidas con el objeto de dar cumplimiento a
los compromisos asumidos;
Que, debido a que el Poder Ejecutivo Municipal, debe tomar
las previsiones en las partidas presupuestarias para hacer frente a los compromisos
necesarios, y analizando las diferentes situaciones, que se van generando en la
ejecución de las mismas, es que se solicita la compensación de las partidas
detalladas en el considerando;
Que la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.01 SERVICIOS BÁSICOS, es esta partida en
la cual se imputan los consumos de agua, gastos bancarios, servicios de
internet, etc., y en la actualidad dicha partida cuenta con un saldo escaso
para hacer frente a las necesidades que se estiman hasta fin de año ya que
sus costos se fueron modificando y además se ha celebrado un contrato con
la empresa Telecom para que el Municipio tenga servicio de internet a
través de fibra óptica;
Que la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.02 ENERGÍA ELÉCTRICA, es esta partida en
la cual se imputan los consumos de energía eléctrica tanto del Municipio,
como de todas sus dependencias, alumbrado público, etc., y en la
actualidad dicha partida cuenta con un saldo escaso para hacer frente a las
necesidades que se estiman hasta fin de año ya que sus costos se fueron
modificando en alza;
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Que la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.07 HONORARIOS Y RETRIBUCIONES A
TERCEROS, es la partida en la cual se imputan todos los honorarios de los
diferentes profesionales y terceros, y haciendo una proyección de los gastos
futuros, la misma cuenta con un saldo escaso para hacer frente a los
compromisos asumidos ya que se fueron sumando diferentes proyectos;
Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE TFCIAS.
CTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y ORG. PROVINCIALES, se
quiere incrementar el saldo en esta partida presupuestaria para seguir
ejecutando diferentes proyectos de colaboración con los establecimientos
educativos y/o proveyendo ayuda al hospital con las necesidades que le van
surgiendo;
Que, de la Partida Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,
Sub Partida 1.3.3.1 ACCIÓN SOCIAL DIRECTA, y las Sub Partidas 1.3.3.1.1
MEDICAMENTOS, 1.3.3.1.2 PASAJES Y TRASLADOS y 1.3.3.1.5 OTROS son
partidas previstas para brindar ayuda a la población que se encuentra en
situación de vulnerabilidad, lo que hace que sea fundamental contar con
saldo en las mismas;
Que, de la Partida Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,
Sub Partida 1.3.3.25 ÁREA DE SANIDAD ANIMAL Y ZOONOSIS, el saldo de
ésta partida resulta insuficiente para solventar las castraciones y
vacunaciones que están proyectadas hasta finalizar el año;
Que, de la Partida Principal 2.1.1. BIENES DE CAPITAL,
Sub Partida 2.1.1.1 EQUIPOS Y MEDIOS DE TRANSPORTE, TRACCIÓN Y
ELEVACIÓN, se prevé la adquisición de una Mini Cargadora, proyecto por el
cual se ha presentado a éste concejo el pliego de condiciones para su
adquisición a través de Licitación Privada;
Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS,
Sub Partida 2.1.2.4 ILUMINACIÓN, se programaron nuevos trabajos de
iluminación para la ciudad de Charata, por lo que se prevé gastar por el
área de alumbrado público, la misma cuanta con un saldo escaso;
Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS,
Sub Partida 2.1.2.31 MEJORAS HABITACIONALES, se imputan todas las
obras que se realizan en hogares de situación vulnerable, para darle una
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mejor calidad de vida a los mismos, ya que muchas veces, a la situación
precaria en la que viven, se le suman enfermedades o incapacidades de
algunos de los miembros siendo muy difícil de sobrellevar sin una vivienda
digna;
Que, por todo lo expuesto resulta necesario de compensar
partidas anteriormente mencionadas con el objeto de dar cumplimiento a los
compromisos asumidos;
Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso del saldo
disponible de la Sub Partida 1.4.1. Crédito Adicional siendo esta suficiente para
afrontar lo solicitado.
Que dicho método es técnicamente correcto desde el punto de
vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos presupuestarios sin alterar
el tope originario de este instrumento legal;
Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios no existe
impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones requeridas;
Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a la
fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento 14/96
del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida antelación la
previsión de las erogaciones a realizar;
Que, en razón de lo expuesto, y atendiendo a las prerrogativas
establecidas en los artículos 61 inc. O y 76 inc. “D” y “T” de la Ley Nº 854-P (Ex
4.233) Orgánica de Municipios; Artículo 28 inc. “A” y el Artículo 60 de la
ORDENANZA 994/98 –redacción actual- Reglamento Interno del Concejo Municipal
de la ciudad de Charata, se eleva el presente proyecto;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°36 – Reunión: N°43,
del día lunes 02 (dos) de diciembre del año 2.024, siendo APROBADO, por
signos, por mayoría simple, con 5 (cinco) votos POSITIVOS, (Barcala,
Guilaña, Carabajal, Farias, Spahn) y 4 (cuatro) votos NEGATIVOS, (Gauna,
Lorenzin, Oger, Fedorchuck). Corresponde al Acta 1.831.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
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ARTÍCULO 1°) AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.1
SERVICIOS BÁSICOS, p o r la suma de $1 5 .000.000,00 (PESOS
QUINCE MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial
fue de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100),
hab iéndose compensado ante r io rmente por una suma de
$7.000.000,00 ( PESOS S IETE M I LLONES CON 00/100) ,
comprometido al 13 de noviembre del 2.024 la suma de
$13.546.332,70 (PESOS TRECE MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y
SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y DOS CON 70/100 CENTAVOS)
quedando un saldo disponible de $3.453.667,30 (PESOS TRES
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA
Y SIETE CON 30/100), habiendo realizado la presente compensación c o
n la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de
$15.000.000,00 (PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100 CENTAVOS),
quedando en la misma un saldo disponible de $237.950.000,00 (PESOS
DOSCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL
CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$32.000.000,00 (PESOS TREINTA Y DOS MILLONES CON 00/100), con un
saldo disponible de 18.453.667,30 (PESOS DIECIOCHO MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE
CON 30/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de
la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.2
ENERGÍA ELÉCTRICA, p o r la suma de $1 5 .000.000,00 (PESOS
QUINCE MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de
$19.000.000,00 (PESOS DIECINUEVE MILLONES CON 00/100),
hab iéndose compensado ante r io rmente por una suma de
$30.000.000,00 (PESOS TRE INTA M ILLONES CON 00/100) ,
comprometido al 13 de noviembre del 2.024 la suma de
$41.570.530,97 (PESOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS
SETENTA MIL QUINIENTOS TREINTA CON 97/100) quedando un saldo
disponible de $7.429.469,03 (PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 03/100),
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habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida
1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, por un monto de $15.000.000,00 (PESOS
QUINCE MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo
disponible de $222.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS VEINTIDÓS MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará
un presupuesto compensado de $34.000.000,00 (PESOS TREINTA Y
CUATRO MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de
$ 22.429.469,03 (PESOS VEINTIDÓS MILLONES CUATROCIENTOS
VEINTINUEVE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 03/100), según
detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.07
H O N O R A R I O S Y R E T R I B U C I O N E S A T E R C E R O S , p o r la
suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100),
cuyo presupuesto inicial fue de $84.000.000,00 (PESOS OCHENTA Y
CUATRO MILLONES 00/100), e l c ua l fue compensado
ante r io rmente por $110.000.000 ,00 (PESOS CIENTO DIEZ
MILLONES CON 00/100) comprometido al 13 de noviembre del 2.024 la
suma de $146.904.656,98 (PESOS CIENTO CUARENTA Y SEIS
MILLONES NOVECIENTOS CUATRO MIL SEISCIENTOS CINCUENTA Y
SEIS CON 98/100 CENTAVOS) quedando un saldo disponible de
$47.095.343,02 (PESOS CUARENTA Y SIETE MILLONES NOVENTA Y
CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 02/100) habiendo
realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO
ADICIONAL, por un monto de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES
CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$202.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS DOS MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $214.000.000,00 (PESOS DOSCIENTOS CATORCE MIL CON
00/100), con un saldo disponible de $ 67.095.343,02 (PESOS SESENTA Y
SIETE MILLONES NOVENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y TRES
CON 02/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de
la presente como Anexo I.-
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ARTÍCULO 4°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CTES., Sub Partida 1.3.2
APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS PROVINCIALES, p o r la suma
de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), cuyo
presupuesto inicial fue de $9.300.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES
TRESCIENTOS MIL 00/100), e l cua l fue compensado
ante r io rmente por $95.000.000,00 (PESOS NOVENTA Y CINCO
MILLONES CON 00/100) comprometido al 13 de noviembre del 2.024 la
suma de $96.421.105,26 (PESOS NOVENTA Y SEIS MILLONES
CUATROCIENTOS VEINTIÚN MIL CIENTO CINCO CON 26/100)
quedando un saldo disponible de $7.878.894,74 (PESOS SIETE
MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y
CUATRO CON 74/100) habiendo realizado la presente compensación con
la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $20.000.000,00
(PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo
disponible de $182.950.000,00 (PESOS CIENTO OCHENTA Y DOS MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará
un presupuesto compensado de $124.300.000,00 (PESOS CIENTO
VEINTICUATRO MILLONES CON TRESCIENTOS MIL 00/100), con un saldo
disponible de $27.878.894,74 (PESOS VEINTISIETE MILLONES
OCHOCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO
74/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 5°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.1 ACCIÓN
SOCIAL DIRECTA, Sub Partida 1.3.3.1.1 MEDICAMENTOS p o r la suma
de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo
presupuesto inicial fue de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES
00/100), comprometido al 13 de noviembre del 2.024 la suma de
$12.103.177,67 (PESOS DOCE MILLONES CIENTO TRES MIL CIENTO
SETENTA Y SIETE CON 67/100) quedando un saldo disponible de
$7.896.822,33 (PESOS SIETE MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS
MIL OCHOCIENTOS VEINTIDÓS CON 33/100) habiendo realizado la
presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL,
por un monto de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100),
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quedando en la misma un saldo disponible de $177.950.000,00 (PESOS
CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON
00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$25.000.000,00 (PESOS VEINTICINCO MILLONES CON 00/100), con un
saldo disponible de $12.896.822,33 (PESOS DOCE MILLONES
OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTIDÓS CON
33/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 6°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.1 ACCIÓN
SOCIAL DIRECTA, Sub Partida 1.3.3.1.2 PASAJES Y TRASLADOS p o r
la suma de $1 5.000.000,00 (PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100),
cuyo presupuesto inicial fue de $26.000.000,00 (PESOS VEINTISÉIS
MILLONES 00/100), comprometido al 13 de noviembre del 2.024 la
suma de $24.885.040,00 (PESOS VEINTICUATRO MILLONES
OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUARENTA CON 00/100)
quedando un saldo disponible de $1.114.960,00 (PESOS UN MILLÓN
CIENTO CATORCE MIL NOVECIENTOS SESENTA CON 00/100) habiendo
realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO
ADICIONAL, por un monto de $15.000.000,00 (PESOS QUINCE MILLONES
CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$162.950.000,00 (PESOS CIENTO SESENTA Y DOS MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $41.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y UN MILLONES CON
00/100), con un saldo disponible de $16.114.960,00 (PESOS DIECISÉIS
MILLONES CIENTO CATORCE MIL NOVECIENTOS SESENTA CON 00/100),
según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente
como Anexo I.-
ARTÍCULO 7°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.1 ACCIÓN
SOCIAL DIRECTA, Sub Partida 1.3.3.1.5 OTROS la suma de
$5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo
presupuesto inicial fue de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES
00/100), comprometido al 13 de noviembre del 2.024 la suma de
$8.057.205,00 (PESOS OCHO MILLONES CINCUENTA Y SIETE MIL
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
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DOSCIENTOS CINCO CON 00/100) quedando un saldo disponible de
$1.942.795,00 (PESOS UN MILLÓN NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL
SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100) habiendo realizado la
presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL,
un monto de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100),
quedando en la misma un saldo disponible de $157.950.000,00 (PESOS
CIENTO CINCUENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON
00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$15.000.000,00 (PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100), con un saldo
disponible de $6.942.795,00 (PESOS SEIS MILLONES NOVECIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL SETECIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 00/100),
según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente
como Anexo I.-
ARTÍCULO 8°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.1 ACCIÓN
SOCIAL DIRECTA, 1.3.3.25 ÁREA DE SANIDAD ANIMAL Y ZOONOSIS
p o r la suma de $1.500.000,00 (PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL
CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $4.000.000,00 (PESOS
CUATRO MILLONES 00/100), e l cua l fue compensado
ante r io rmente por $3. 800.000,00 (PESOS TRES MILLONES
OCHOCIENTOS MIL CON 00/100) comprometido al 13 de noviembre del
2.024 la suma de $7.799.261,16 (PESOS SIETE MILLONES
SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y UNO
CON 16/100) quedando un saldo disponible de $788,84 (SETECIENTOS
OCHENTA Y OCHO CON 84/100) habiendo realizado la presente
compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto
de $1.500.000,00 (PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL CON 00/100),
quedando en la misma un saldo disponible de $156.450.000,00 (PESOS
CIENTO CINCUENTA Y SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL
CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$9.300.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL CON 00/100),
con un saldo disponible de $1.500.738,84 (PESOS UN MILLÓN
QUINIENTOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO CON 84/100), según
detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
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ARTÍCULO 9°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL Sub Partida EQUIPOS Y MEDIOS DE
TRANSPORTE , TRACCIÓN Y ELEVACIÓN por la suma de
$7 5.000.000,00 (PESOS SETENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100),
cuyo presupuesto inicial fue de $150.000.000,00 (PESOS CIENTO
CINCUENTA MILLONES 00/100), hab iéndose compensado
ante r io rmente por $130.000.000,00 (PESOS C IENTO
TRE INTA M ILLONES CON 00/100) comprometido al 13 de
noviembre del 2.024 la suma de $263.588.474,00 (PESOS
DOSCIENTOS SESENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS OCHENTA Y OCHO
MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO CON 00/100) quedando un
saldo disponible de $16.411.526,00 (PESOS DIECISÉIS MILLONES
CUATROCIENTOS ONCE MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100)
habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida
1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $75.000.000,00 (PESOS
SESENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un
saldo disponible de $81.450.000,00 (PESOS OCHENTA Y UN MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará
un presupuesto compensado de $355.000.000,00 (PESOS TRESCIENTOS
CINCUENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de
$91.411.526,00 (PESOS NOVENTA Y UN MILLONES CUATROCIENTOS ONCE
MIL QUINIENTOS VEINTISÉIS CON 00/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 10°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS Sub Partida 2.1.2.5 ILUMINACIÓN
por la suma de $2 5.000.000,00 (PESOS VEINTICINCO MILLONES CON
00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $80.000.000,00 (PESOS
OCHENTA MILLONES 00/100), hab iéndose compensado
ante r io rmente por $30.000.000 ,00 (PESOS TRE INTA
M ILLONES CON 00/100) comprometido al 13 de noviembre del
2.024 la suma de $87.858.939,10 (PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE
CON 10/100) quedando un saldo disponible de $22.141.060,90 (PESOS
VEINTIDÓS MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL SESENTA CON 90/100)
habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
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1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $25.000.000,00 (PESOS
VEINTICINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo
disponible de $56.450.000,00 (PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará
un presupuesto compensado de $135.000.000,00 (PESOS CIENTO TREINTA
Y CINCO TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), con
un saldo disponible de $47.141.060,90 (PESOS CUARENTA Y SIETE
MILLONES CIENTO CUARENTA Y UN MIL SESENTA CON 90/100), según
detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 11°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS Sub Partida 2.1.2.31 MEJORAS
HABITACIONALES por la suma de $2 0.000.000,00 (PESOS VEINTE
MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de
$40.000.000,00 (PESOS CUARENTA MILLONES 00/100), comprometido al
13 de noviembre del 2.024 la suma de $33.872.200,26 (PESOS
TREINTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y DOS MIL
DOSCIENTOS CON 26/100) quedando un saldo disponible de
$6.127.065,35 (PESOS SEIS MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL SESENTA
Y CINCO CON 35/100) habiendo realizado la presente compensación con
la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $20.000.000,00
(PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma
un saldo disponible de $36.450.000,00 (PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará
un presupuesto compensado de $60.000.000,00 (PESOS SESENTA
MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $26.127.065,35
(PESOS VEINTISÉIS MILLONES CIENTO VEINTISIETE MIL SESENTA Y CINCO
CON 35/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de
la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 12°): DETERMINAR que habiendo realizado la compensación
correspondiente a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida
1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, con un presupuesto inicial de $530.676.939,00
(PESOS QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100 CENTAVOS), la cual fuera
ampliada oportunamente mediante Ordenanza Municipal Nº3.948/2.024,
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.965/2.024
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con un saldo disponible a la fecha de 13 de noviembre del 2024 de
$252.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y DOS MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100), realizando una compensación
de $216.500.000,00 (PESOS DOSCIENTOS DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS
MIL CON 00/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte
de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 13°): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla
de Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al
Ejercicio 2.024.-
ARTÍCULO 14°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.-
ARTICULO 15°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los dos
(02) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Veinticuatro. -
Charata, 11 de Diciembre del año.024.-
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.965/2.024
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