
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
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ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N° 3.952/2.024
V I S T O:
El Dictamen por la mayoría de la COMISIÓN DE HACIENDA Y
PRESUPUESTO N° 21/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°
9.850, sobre: “Compensación de Partidas presupuestarias”, tratado en el
Punto 3.1°) del Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°28 –
Reunión: N°34, del día lunes 30 de septiembre del año 2.024, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Ordenanza de Concejo Municipal Nº3.883/2023,
que aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos para el
Ejercicio 2.024, y la necesidad de compensar partidas con el objeto de dar
cumplimiento a los compromisos asumidos, y;
Que, de la Partida Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO
Sub Partida 1.1.2.1 INSUMOS DE COMPUTACIÓN, en esta partida se
imputan todo lo necesario para el uso de los equipos de computación e
impresoras, por lo que se solicita un mayor monto para tener saldo
disponible hasta el final del ejercicio 2024;
Que, de la Partida Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO
las Sub Partida 1.1.2.7 PRODUCTOS DE CUERO, PLÁSTICO Y CAUCHO, Sub
Partida 1.1.2.10 METÁLICOS y Sub Partida 1.1.2.11 OTROS BIENES DE
CONSUMO son partidas con amplio criterio de imputación, las cuales son
utilizadas por todas las áreas del municipio, por lo que el monto que se
solicita es teniendo en cuenta las características particulares de dichas
partidas presupuestarias;
Que, se han recepcionado distintos informes y se ha
recibido al Secretario de Servicios Sr. Daniel Katz y al Sub Secretario del
Área Sr. Esteban Alejandro Albarenga, quienes presentaron un informe por
escrito respecto de los vehículos a los cuales se les cambiaron y se les hizo
el trabajo de recapado, desde el 10 de Diciembre del año 2.023 hasta el
mes de Septiembre del año 2.024, y otros informes correspondientes al mes
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de mayo de 2.024. De allí, que resolvemos autorizar la compensación de las
partida mencionados;
Que, de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES Sub Partida 1.1.3.1 SERVICIOS BÁSICOS, en esta partida se
imputa principalmente la adquisición de agua para consumo, al hacer una
proyección de la erogación necesaria hasta finalizar el año;
Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.5 CONSERVACIONES Y REPARACIONES,
como lo indica su nombre aquí se imputan las erogaciones en reparaciones y
mantenimiento del patrimonio del municipio, por lo que si bien se pueden
proyectar algunas erogaciones, la naturaleza de la partida hace que resulte
incierto el monto total a utilizar, por dicho motivo se solicita la ampliación
de la misma teniendo en cuenta estas características de la partida, siempre
quedando a disposición el detalle de su liquidación de quien lo solicite;
Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.7 HONORARIOS Y RETRIBUCIONES A
TERCEROS, en esta partida se imputa todos los honorarios de los diferentes
profesionales y terceros solicitados por el ejecutivo municipal, al haber
ampliado el monto de recursos en el presente año, surgieron nuevos
proyectos de capacitaciones, talleres para los cuales vamos a tener que
ampliar dicha partida, para poder abonar a los profesionales intervinientes;
Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES Sub Partida 1.1.3.19 CORTESÍA Y HOMENAJES, en razón de
los diferentes trabajos realizados por el gobierno provincial para nuestra
comunidad, se les ofrece a cambio hospedaje y los alimentos al personal
enviado a realizar los mismos; en esta partida también se imputan aquellos
agasajos que se le hacen a diferentes miembros de la comunidad que se
deben destacar por diferentes motivos; como así también se imputan las
erogaciones que se realizan en la fiesta del “Día del Empleado Municipal”
en donde se los agasaja por su labor al servicio de la comunidad;
Que, de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES Sub Partida 1.1.3.20 OTROS SERVICIOS, frente al aumento
de las Gastos Bancarios y otros servicios que se imputan en dicha partida
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recientemente, y para cumplir en tiempo y forma la rendición de
conciliaciones bancarias al tribunal de cuentas, es que resolvemos autorizar
su compensación;
Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES Sub Partida 1.1.3.25 GASTOS A EVENTOS PÚBLICOS, gracias
a la ampliación del presupuesto aprobada recientemente, podemos destinar
más fondos a dicha partida para la realización de diferentes eventos para
beneficio de la comunidad de Charata; es que resolvemos autorizar la
compensación de la partida;
Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES Sub Partida 1.1.3.28 GASTOS ANIVERSARIO, en vísperas del
festejo de aniversario de nuestra querida ciudad de Charata, en donde se
prevé la realización de varios eventos durante el mes de octubre “Nuestro
Mes Aniversario” con el fin de que la población pueda disfrutar y participar
de las diferentes actividades propuestas, teniendo un criterio de erogación
razonable para dicho acontecimiento sin restar la importancia que se
merece el festejo de nuestro aniversario; es que resolvemos autorizar la
compensación de la partida;
Que, de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO
PERSONALES Sub Partida 1.1.3.33 ESTUDIANTINA, habiendo recibido un
informe de los gastos efectuados por los festejos del Día del Estudiante y la
organización de la Estudiantina, se constata que existe una necesidad de
compensar dicha partida, por lo que resolvemos autorizar la compensación
de la misma;
Que, en la Partida Principal 1.3 GASTOS DE
TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.1 APORTES A EMPRESAS Y
ORGANISMOS NACIONALES, actualmente sólo se imputan los gastos por el
pago del alquiler de la oficina destinada al funcionamiento de ANSES y que
habiendo calculado el pago por los tres meses que restan del año la suma
peticionada es superior al monto necesario para cubrir este gasto, por lo
que resolvemos aprobarla por la suma de $3.000.000,00, considerando un
margen para cubrir eventuales gastos de instalación de airea
acondicionados, bajada de internet y otros gastos operativos que puedan
surgir para la instalación definitiva de dicha oficina;
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Que, en la Partida Principal 1.3 GASTOS DE
TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y
ORGANISMOS PROVINCIALES, que gracias a la celebración de varios
convenios a realizar en forma conjunta con el gobierno provincial en obras
con fines educativos y de seguridad, y también para continuar con el apoyo
que el Municipio viene realizando al Hospital de Charata, aportando
insumos, arreglos de ambulancias, etc; y a otros organismos, como el
Registro Civil y de Capacidad de las Personas, Escuelas, etc.; es que
autorizamos la compensación de dicha partida presupuestaria;
Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE
TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,
Sub Partida 1.3.3.14 P.A.M. – Programa de Ayuda Municipal – Ley
Provincial, en virtud de habernos adherido a la actualización de montos
sugeridos por el gobierno provincial, y previendo tener fondos en dicha
partida presupuestaria a los fines de poder cumplir con el pago de todas
aquellas personas que se encuentran en dicho programa y considerando que
se prevén aumentos dependiendo del rol y la función que cumple cada
beneficiario, es que resolvemos autorizar la compensación de la presente
partida;
Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE
TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,
1.3.3.17 BECAS ESTUDIANTILES, se proyectó realizar una ayuda aquellos
empleados municipales que tengan hijos que cumplan con los requisitos
para acceder a dicha beca y se encuentren cursando en el Ciclo de
Educación Terciaria y Universitaria y considerando que se prevé que el
beneficio llegará a 40 empleados, y por el término de 3 meses, por ello
nuestro Bloque autoriza la compensación de la presente por la suma de
$7.000.000,00;
Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE
TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,
Sub Partida 1.3.3.22 COMEDORES COMUNITARIOS, debido a la apertura de
un comedor nuevo en el Barrio Itati donde se le dará asistencia a 70 chicos
aproximadamente, y para seguir manteniendo los trabajo realizado en los
comedores, de los Barrios San Antonio, 4 de Octubre, Municipal, Aipo,
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Libertad y Juventud en donde se ofrecen a los más carenciados la
posibilidad de acceder a un menú alimentario cuidadosamente elaborado
teniendo en cuenta el aporte de todos los nutrientes necesarios para una
calidad de vida óptima y habiendo recibido informe detallado por parte de
la Secretaria de Desarrollo Comunitario, Sra. Patricia Laché, el cual
especifica que existen 7 comedores funcionando actualmente, con
alrededor de 600 beneficiarios entre niños y adultos mayores, estimando un
gasto por persona de $760,00 por día, y un gasto mensual aproximado de
$9.166.000,00, es que resolvemos autorizar su compensación por el monto
peticionado;
Que, respecto de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE
CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.2 EQUIPOS VARIOS y Sub Partida 2.1.1.3
EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES, en ambas partidas presupuestarias se
imputan equipos necesarios para seguir mejorando la calidad del servicio de
la Municipalidad a la comunidad, como así también aquellos que tienen
como fin mejorar la estructura del Municipio dándole óptimas condiciones
para la prestación del servicio, al haber ampliado las partidas de recursos
consideramos que es oportuno solicitar la compensación de dichas partidas;
Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS,
Sub Partida 2.1.2.1 RIPIO; para seguir con la política de mejoramiento de
nuestras calles y habiendo recibido informes por parte del responsable de
compras del Municipio, el Sr. Miguel Alegre, se no ha informado que se
prevé la compra de 1.000 toneladas de piedra tipo 0,38 estabilizada, y
considerando fundamental el mejoramiento de las calles de nuestra ciudad,
es que decidimos autorizar la compensación de la presente partida;
Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS,
Sub Partida 2.1.2.33 DELEGACIÓN TRES ESTACAS; habiéndose tomado un
fuerte compromiso con Tres Estacas, en donde se está trabajando para
mejorar la calidad de vida de sus habitantes y habiendo recibido informes
respecto de las obras que se prevén para la zona basadas principalmente en
el inicio de la construcción del edificio de la Delegación y obras destinadas
automatizar la Planta Potabilizadora de Agua, es que resolvemos autorizar
la compensación de esta partida;
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Que, por todo lo expuesto resulta necesario compensar las
partidas anteriormente mencionadas con el objeto de dar cumplimiento a
los compromisos asumidos;
Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso del
saldo disponible de la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, ya que esta
partida sí cuenta con fondos suficientes para afrontar lo proyectado;
Que, dicho método es técnicamente correcto desde el
punto de vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos
presupuestarios sin alterar el tope originario de este instrumento legal;
Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios no
existe impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones
requeridas;
Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a
la fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento
14/96 del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida
antelación la previsión de las erogaciones a realizar;
Que, en razón de lo expuesto, y atendiendo a las
prerrogativas establecidas en los artículos 61 inc. O y 76 inc. D y T de la Ley
Nº 854-P (Ex 4.233) Orgánica de Municipios; Artículo 28 inc. A y el Artículo
60 de la ORDENANZA 994/98 –redacción actual- Reglamento Interno del
Concejo Municipal de la ciudad de Charata, se eleva el presente proyecto;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N° N°28 – Reunión:
N°34, del día lunes 30 de septiembre del año 2.024, siendo APROBADO, por
signos, con 5 (cinco) votos POSITIVOS, (Barcala, Guilaña, Carabajal, Farias,
Spahn), y 4 (cuatro) votos NEGATIVOS (Gauna, Lorenzin, Oger, Fedorchuk)
Corresponde al Acta 1.822.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
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ARTÍCULO 1°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO Sub Partida 1.1.2.1 INSUMOS DE
COMPUTACIÓN, por la suma de $9.000.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES
CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $24.000.000,00 (PESOS
VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre
del 2.024 la suma de $20.460.766,47 (PESOS VEINTE MILLONES
CUATROCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 47/100),
quedando un saldo disponible de $3.539.233,53 (PESOS TRES MILLONES
QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON
53/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida
1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $9.000.000,00 (PESOS NUEVE
MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$939.450.000,00 (PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un
presupuesto compensado de $33.000.000,00 (PESOS TREINTA Y TRES
MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $12.539.233,53 (PESOS
DOCE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y
TRES CON 53/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte
de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO Sub Partida 1.1.2.7 PRODUCTOS DE
CUERO PLÁSTICO Y CAUCHO, por la suma de $45.000.000,00 (PESOS
CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue
de $90.000.000,00 (PESOS NOVENTA MILLONES CON 00/100), habiéndose
compensado anteriormente por un monto de $48.900.000,00 (PESOS
CUARENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100) comprometido
al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $126.077.893,53 (PESOS CIENTO
VEINTISÉIS MILLONES SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES
CON 53/100), quedando un saldo disponible de $12.822.106,47 (PESOS DOCE
MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL CIENTO SEIS CON 47/100), habiendo
realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO
ADICIONAL, un monto de $45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO
MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$894.450.000,00 (PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un
presupuesto compensado de $138.900.000,00 (PESOS CIENTO TREINTA Y
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OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100), con un saldo disponible de
$57.822.106,47 (PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS
VEINTIDÓS MIL CIENTO SEIS CON 47/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO Sub Partida 1.1.2.10 METÁLICOS,
por la suma de $70.000.000,00 (PESOS SETENTA MILLONES CON 00/100),
cuyo presupuesto inicial fue de $80.000.000,00 (PESOS OCHENTA MILLONES
CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente por un monto de
$30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100) comprometido al 17
de septiembre del 2.024 la suma de $108.980.197,24 (PESOS CIENTO OCHO
MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON
24/100), quedando un saldo disponible de $1.019.802,26 (PESOS UN MILLÓN
DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS CON 26/100), habiendo realizado la
presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un
monto de $70.000.000,00 (PESOS SETENTA MILLONES CON 00/100),
quedando en la misma un saldo disponible de $824.450.000,00 (PESOS
SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL
CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$180.000.000,00 (PESOS CIENTO OCHENTA MILLONES CON 00/100), con un
saldo disponible de $71.019.802,26 (PESOS SETENTA Y UN MILLONES
DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS CON 26/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 4°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO Sub Partida 1.1.2.11 OTROS BIENES
DE CONSUMOS, por la suma de $55.000.000,00 (PESOS CINCUENTA Y
CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de
$50.000.000,00 (PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100), habiéndose ya
compensado anteriormente por una suma de $40.000.000,00 (PESOS
CUARENTA MILLONES CON 00/100); comprometido al 17 de septiembre del
2.024 la suma de $85.500.622,18 (PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES
QUINIENTOS MIL SEISCIENTOS VEINTIDÓS CON 18/100), quedando un saldo
disponible de $4.499.377,82 (PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS
NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 82/100),
habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1.
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CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $55.000.000,00 (PESOS CINCUENTA Y
CINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible
de $769.450.000,00 (PESOS SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un
presupuesto compensado de $145.000.000,00 (PESOS CIENTO CUARENTA Y
CINCO MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $59.499.377,82
(PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE
MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 82/100 CENTAVOS), según detalle
de planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 5°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.1 SERVICIOS
BÁSICOS, por la suma de $7.000.000,00 (PESOS SIETE MILLONES CON
00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ
MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la
suma de $8.826.879,56 (PESOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISÉIS
MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 56/100), quedando un saldo
disponible de $1.173.120,44 (PESOS UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y TRES MIL
CIENTO VEINTE CON 44/100), habiendo realizado la presente compensación
con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $7.000.000,00
(PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo
disponible de $762.450.000,00 (PESOS SETECIENTOS SESENTA Y DOS
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,
quedará un presupuesto compensado de $17.000.000,00 (PESOS DIECISIETE
MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $8.173.120,44 (PESOS
OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTE CON 44/100),
según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 6°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.5
CONSERVACIONES Y REPARACIONES, por la suma de $50.000.000,00
(PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue
de $120.000.000,00 (PESOS CIENTO VEINTE MILLONES CON 00/100),
habiéndose compensado anteriormente $30.000.000,00 (PESOS TREINTA
MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la
suma de $136.593.331,44 (PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
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QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON
44/100), quedando un saldo disponible de $13.406.668,56 (PESOS TRECE
MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON
56/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida
1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $50.000.000,00 (PESOS CINCUENTA
MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$712.450.000,00 (PESOS SETECIENTOS DOCE MILLONES CUATROCIENTOS
CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $200.000.000,00 (PESOS DOSCIENTOS MILLONES CON
00/100), con un saldo disponible de $63.406.668,56 (PESOS SESENTA Y TRES
MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON
56/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 7°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.7
HONORARIOS Y RETRIBUCIONES A TERCEROS, por la suma de
$30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100), cuyo
presupuesto inicial fue de $84.000.000,00 (PESOS OCHENTA Y CUATRO
MILLONES CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente por un
monto de $80.000.000,00 (PESOS OCHENTA MILLONES CON 00/100)
comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $107.227.156,98
(PESOS CIENTO SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO
CINCUENTA Y SEIS MIL CON 98/100), quedando un saldo disponible de
$56.772.843,02 (PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA
Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CON 02/100), habiendo
realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO
ADICIONAL, un monto de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON
00/100), quedando en la misma un saldo disponible de $682.450.000,00
(PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA
MIL CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $194.000.000,00 (PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO
MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $86.772.843,02 (PESOS
OCHENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y TRES CON 02/100), según detalle de planilla demostrativa que
forma parte de la presente como Anexo I.-
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ARTÍCULO 8°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.19
CORTESÍA Y HOMENAJE, por la suma de $25.000.000,00 (PESOS
VEINTICINCO MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de
$20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), comprometido al 17
de septiembre del 2.024 la suma de $18.128.702,48 (PESOS DIECIOCHO
MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS DOS CON 48/100),
quedando un saldo, disponible de $1.871.297,52 (PESOS UN MILLÓN
OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON
52/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida
1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $25.000.000,00 (PESOS
VEINTICINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo
disponible de $657.450.000,00 (PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,
quedará un presupuesto compensado de $45.000.000,00 (PESOS CUARENTA
Y CINCO MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $26.871.297,52
(PESOS VEINTISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS
NOVENTA Y SIETE CON 52/100), según detalle de planilla demostrativa que
forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 9°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.20 OTROS
SERVICIOS, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON
00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $35.000.000,00 (PESOS TREINTA Y
CINCO MILLONES CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente por
la suma de $8.000.000,00 (PESOS OCHO MILLONES CON 00/100)
comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $34.992.097,01
(PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL
NOVENTA Y SIETE CON 01/100), quedando un saldo disponible de
$8.007.902,99 (PESOS OCHO MILLONES SIETE MIL NOVECIENTOS DOS CON
99/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida
1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE
MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$637.450.000,00 (PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un
presupuesto compensado de $63.000.000,00 (PESOS SESENTA Y TRES
MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $28.007.902,99 (PESOS
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
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VEINTIOCHO MILLONES SIETE MIL NOVECIENTOS DOS CON 99/100), según
detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 10°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.25 EVENTOS
PÚBLICOS, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON
00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $18.000.000,00 (PESOS DIECIOCHO
MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la
suma de $13.672.733,37 (PESOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y
DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 37/100), quedando un saldo
disponible de $4.327.266,63 (PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS
VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 63/100), habiendo
realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO
ADICIONAL, un monto de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON
00/100), quedando en la misma un saldo disponible de $617.450.000,00
(PESOS SEISCIENTOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL
CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$38.000.000,00 (PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES CON 00/100), con un
saldo disponible de $24.327.266,63 (PESOS VEINTICUATRO MILLONES
TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 63/100),
según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 11°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.28 GASTOS
ANIVERSARIOS, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES
CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $30.000.000,00 (PESOS
TREINTA MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del
2.024 la suma de $4.500.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL
CON 00/100), quedando un saldo disponible de $25.500.000 (PESOS
VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), habiendo realizado la
presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un
monto de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), quedando
en la misma un saldo disponible de $597.450.000,00 (PESOS QUINIENTOS
NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100).
En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $50.000.000,00
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
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(PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de
$45.500.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON
00/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 12°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.19
ESTUDIANTINA, por la suma de $3.500.000,00 (PESOS TRES MILLONES
QUINIENTOS MIL CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de
$4.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES CON 00/100), comprometido al 17
de septiembre del 2.024 la suma de $1.299.000,00 (PESOS UN MILLÓN
DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CON 00/100), quedando un saldo
disponible de $2.701.000,00 (PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS UN MIL
CON 00/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub
Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $3.500.000,00 (PESOS TRES
MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), quedando en la misma un saldo
disponible de $593.450.000,00 (PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y TRES
MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,
quedará un presupuesto compensado de $7.500.000,00 (PESOS SIETE
MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), con un saldo disponible de
$6.201.000,00 (PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS UN MIL CON 00/100),
según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 13°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida
1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS NACIONALES, por la suma de
$3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto
inicial fue de $1.000.000,00 (PESOS UN MILLÓN CON 00/100) habiéndose
compensado anteriormente por un monto de $2.000.000,00 (PESOS DOS
MILLONES CON 00/100) comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la
suma de $2.146.400,00 (PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL
CUATROCIENTOS CON 00/100), quedando un saldo disponible de
$853.600,00 (PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CON
00/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación con la
Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $3.000.000,00 (PESOS
TRES MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
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$590.590.000,00 (PESOS QUINIENTOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS
NOVENTA MIL 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $6.000.000,00 (PESOS SEIS MILLONES CON 00/100), con un
saldo disponible de $3.853.600,00 (PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS
CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 14°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida
1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS PROVINCIALES, por la suma de
$45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo
presupuesto inicial fue de $9.300.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES
TRESCIENTOS MIL CON 00/100) habiéndose compensado anteriormente por
un monto de $50.000.000,00 (PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100)
comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $44.050.843,48
(PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS
CUARENTA Y TRES CON 48/100), quedando un saldo disponible de
$15.249.156,52 (PESOS QUINCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE
MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 52/100), habiendo realizado la presente
compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de
$45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100),
quedando en la misma un saldo disponible de $545.950.000,00 (PESOS
QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL
CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de
$104.300.000,00 (PESOS CIENTO CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL CON
00/100), con un saldo disponible de $60.249.156,52 (PESOS SESENTA
MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS
CON 52/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 15°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.14 P.A.M
PROGRAMA DE AYUDA MUNICIPAL – LEY PROV., la suma de $80.000.000
(PESOS OCHENTA MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de
$230.000.000,00 (PESOS DOSCIENTOS TREINTA MILLONES CON 00/100),
comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $171.180.180,62
(PESOS CIENTO SETENTA Y UN MILLONES CIENTO OCHENTA MIL CIENTO
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
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OCHENTA CON 62/100 CENTAVOS), quedando un saldo disponible de
$58.819.819,38 (PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS
DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE 38/100), habiendo realizado la
presente compensación con la con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO
ADICIONAL, un monto de $80.000.000,00 (PESOS OCHENTA MILLONES CON
00/100), quedando en la misma un saldo disponible de $465.950.000,00
(PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $310.000.000,00 (PESOS TRESCIENTOS DIEZ MILLONES CON
00/100), con un saldo disponible de $138.819.819.38 (PESOS CIENTO
TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS
DIECINUEVE CON 38/100), según detalle de planilla demostrativa que forma
parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 16°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.17 BECAS
ESTUDIANTILES, por la suma de $7.000.000 (PESOS SIETE MILLONES CON
00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $1.500.000,00 (PESOS UN MILLÓN
QUINIENTOS MIL CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del 2.024
la suma de $100.000,00 (PESOS CIEN MIL CON 00/100), quedando un saldo
disponible de $1.400.000,00 (PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CON
00/100), habiendo realizado la presente compensación con la con la Sub
Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $7.000.000,00 (PESOS
SIETE MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$458.950.000,00 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100). En consecuencia, quedará un
presupuesto compensado de $.500.000,00 (PESOS OCHO MILLONES
QUINIENTOS MIL CON 00/100), con un saldo disponible de $8.400.000,00
(PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100), según detalle de
planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 17°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.22 COMEDORES
COMUNITARIOS, por la suma de $45.000.000 (PESOS CUARENTA Y CINCO
MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $65.000.000,00
(PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de
septiembre del 2.024 la suma de $62.985.449,50 (PESOS SESENTA Y DOS
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
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MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA
Y NUEVE CON 50/100), quedando un saldo disponible de $2.014.550,50
(PESOS DOS MILLONES CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 50/100),
habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1.
CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y
CINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible
de $413.950.000,00 (PESOS CUATROCIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS
CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto
compensado de $110.000.000,00 (PESOS CIENTO DIEZ MILLONES CON
00/100), con un saldo disponible de $47.014.550,50 (PESOS CUARENTA Y
SIETE MILLONES CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 50/100), según
detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como
Anexo I.-
ARTÍCULO 18°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.02 EQUIPOS
VARIOS, por la suma de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON
00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ
MILLONES CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente por la suma
de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES 00/100), comprometido 17 de
septiembre del 2.024 la suma de $27.859.217,81 (PESOS VEINTISIETE MIL
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE DOSCIENTOS DIECISIETE CON 81/100),
quedando un saldo disponible de $2.140.782,19 (PESOS DOS MILLONES
CIENTO CUARENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100),
habiendo realizado la presente compensación con la con la Sub Partida
1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA
MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de
$383.950.000,00 (PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un
presupuesto compensado de $60.000.000,00 (PESOS SESENTA MILLONES CON
00/100), con un saldo disponible de $32.140.782,19 (PESOS TREINTA Y DOS
MILLONES CIENTO CUARENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON
19/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la
presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 19°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.2 EQUIPOS DE
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
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OFICINA Y MUEBLES, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE
MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00
(PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente
por la suma de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES 00/100),
comprometido 17 de septiembre del 2.024 la suma de $16.326.372,65
(PESOS DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS
SETENTA Y DOS CON 65/100), quedando un saldo disponible de
$3.673.627,35 (PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL
SEISCIENTOS VEINTISIETE CON 35/100), habiendo realizado la presente
compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de
$20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), quedando en la
misma un saldo disponible de $363.950.000,00 (PESOS TRESCIENTOS
SESENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En
consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $40.000.000,00
(PESOS CUARENTA MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de
$23.673.627,35 (PESOS VEINTITRÉS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES
MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL CON 35/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 20°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS, Sub Partida 2.1.1.2 RIPIO, por la
suma de $65.000.000,00 (PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES CON
00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $130.000.000,00 (PESOS CIENTO
TREINTA MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del
2.024 la suma de $128.855.457,42 (PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE
CON 42/100), quedando un saldo disponible de $1.144.542.58 (PESOS UN
MILLÓN CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS
CON 58/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub
Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $65.000.000,00 (PESOS
SESENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo
disponible de $298.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO
MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,
quedará un presupuesto compensado de $195.000.000,00 (PESOS CIENTO
NOVENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de
$66.144.542,58 (PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
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CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON 58/100), según detalle de
planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 21°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida
Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS, Sub Partida 2.1.1.03 DELEGACIÓN
TRES ESTACAS, por la suma de $7.000.000,00 (PESOS SIETE MILLONES
CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ
MILLONES CON 00/100), comprometido 17 de septiembre del 2.024 la suma
de $7.733.044,46 (PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL
CUARENTA Y CUATRO CON 46/100), quedando un saldo disponible de
$2.266.955,54 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 54/100), habiendo realizado la
presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un
monto de $7.000.000,00 (PESOS SIETE MILLONES CON 00/100), quedando en
la misma un saldo disponible de $291.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS
NOVENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En
consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $17.000.000,00
(PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de
$9.266.955,54 (PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 54/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
ARTÍCULO 22°): DETERMINAR que habiendo realizado la compensación
correspondiente a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida
1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, con un presupuesto inicial de $530.676.939,00
(PESOS QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL
NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100), habiéndose incrementado
por $417.773.061,00 (PESOS CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES
SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL SESENTA Y UNO CON 00/100) con un
saldo disponible a la fecha de 17 de septiembre del 2024 de
$948.450.000,00 (PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES
CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100), realizando una
compensación de $656.500.000,00 (PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS
MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), quedará un saldo disponible de
$291.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES
NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100), según detalle de planilla
demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-
2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.952/2.024
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ARTÍCULO 23°): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla de
Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al Ejercicio
2.024.-
ARTÍCULO 24°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.-
ARTÍCULO 25°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los
catorce (14) días del mes de Octubre del año Dos Mil Veinticuatro.-
Charata, 15 de Octubre de 2.024.-
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