ORD Nº 3952.2024 Compensacion de partidas presupuestarias.pdf

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ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N° 3.952/2.024




V I S T O:


El Dictamen por la mayoría de la COMISIÓN DE HACIENDA Y


PRESUPUESTO N° 21/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°


9.850, sobre: “Compensación de Partidas presupuestarias”, tratado en el


Punto 3.1°) del Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°28 –


Reunión: N°34, del día lunes 30 de septiembre del año 2.024, y;




CONSIDERANDO:


Que, la Ordenanza de Concejo Municipal Nº3.883/2023,


que aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos para el


Ejercicio 2.024, y la necesidad de compensar partidas con el objeto de dar


cumplimiento a los compromisos asumidos, y;


Que, de la Partida Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO


Sub Partida 1.1.2.1 INSUMOS DE COMPUTACIÓN, en esta partida se


imputan todo lo necesario para el uso de los equipos de computación e


impresoras, por lo que se solicita un mayor monto para tener saldo


disponible hasta el final del ejercicio 2024;


Que, de la Partida Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO


las Sub Partida 1.1.2.7 PRODUCTOS DE CUERO, PLÁSTICO Y CAUCHO, Sub


Partida 1.1.2.10 METÁLICOS y Sub Partida 1.1.2.11 OTROS BIENES DE


CONSUMO son partidas con amplio criterio de imputación, las cuales son


utilizadas por todas las áreas del municipio, por lo que el monto que se


solicita es teniendo en cuenta las características particulares de dichas


partidas presupuestarias;


Que, se han recepcionado distintos informes y se ha


recibido al Secretario de Servicios Sr. Daniel Katz y al Sub Secretario del


Área Sr. Esteban Alejandro Albarenga, quienes presentaron un informe por


escrito respecto de los vehículos a los cuales se les cambiaron y se les hizo


el trabajo de recapado, desde el 10 de Diciembre del año 2.023 hasta el


mes de Septiembre del año 2.024, y otros informes correspondientes al mes




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de mayo de 2.024. De allí, que resolvemos autorizar la compensación de las


partida mencionados;


Que, de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES Sub Partida 1.1.3.1 SERVICIOS BÁSICOS, en esta partida se


imputa principalmente la adquisición de agua para consumo, al hacer una


proyección de la erogación necesaria hasta finalizar el año;


Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.5 CONSERVACIONES Y REPARACIONES,


como lo indica su nombre aquí se imputan las erogaciones en reparaciones y


mantenimiento del patrimonio del municipio, por lo que si bien se pueden


proyectar algunas erogaciones, la naturaleza de la partida hace que resulte


incierto el monto total a utilizar, por dicho motivo se solicita la ampliación


de la misma teniendo en cuenta estas características de la partida, siempre


quedando a disposición el detalle de su liquidación de quien lo solicite;


Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES, Sub Partida 1.1.3.7 HONORARIOS Y RETRIBUCIONES A


TERCEROS, en esta partida se imputa todos los honorarios de los diferentes


profesionales y terceros solicitados por el ejecutivo municipal, al haber


ampliado el monto de recursos en el presente año, surgieron nuevos


proyectos de capacitaciones, talleres para los cuales vamos a tener que


ampliar dicha partida, para poder abonar a los profesionales intervinientes;


Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES Sub Partida 1.1.3.19 CORTESÍA Y HOMENAJES, en razón de


los diferentes trabajos realizados por el gobierno provincial para nuestra


comunidad, se les ofrece a cambio hospedaje y los alimentos al personal


enviado a realizar los mismos; en esta partida también se imputan aquellos


agasajos que se le hacen a diferentes miembros de la comunidad que se


deben destacar por diferentes motivos; como así también se imputan las


erogaciones que se realizan en la fiesta del “Día del Empleado Municipal”


en donde se los agasaja por su labor al servicio de la comunidad;


Que, de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES Sub Partida 1.1.3.20 OTROS SERVICIOS, frente al aumento


de las Gastos Bancarios y otros servicios que se imputan en dicha partida




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recientemente, y para cumplir en tiempo y forma la rendición de


conciliaciones bancarias al tribunal de cuentas, es que resolvemos autorizar


su compensación;


Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES Sub Partida 1.1.3.25 GASTOS A EVENTOS PÚBLICOS, gracias


a la ampliación del presupuesto aprobada recientemente, podemos destinar


más fondos a dicha partida para la realización de diferentes eventos para


beneficio de la comunidad de Charata; es que resolvemos autorizar la


compensación de la partida;


Que, respecto de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES Sub Partida 1.1.3.28 GASTOS ANIVERSARIO, en vísperas del


festejo de aniversario de nuestra querida ciudad de Charata, en donde se


prevé la realización de varios eventos durante el mes de octubre “Nuestro


Mes Aniversario” con el fin de que la población pueda disfrutar y participar


de las diferentes actividades propuestas, teniendo un criterio de erogación


razonable para dicho acontecimiento sin restar la importancia que se


merece el festejo de nuestro aniversario; es que resolvemos autorizar la


compensación de la partida;


Que, de la Partida Principal 1.1.3 SERVICIOS NO


PERSONALES Sub Partida 1.1.3.33 ESTUDIANTINA, habiendo recibido un


informe de los gastos efectuados por los festejos del Día del Estudiante y la


organización de la Estudiantina, se constata que existe una necesidad de


compensar dicha partida, por lo que resolvemos autorizar la compensación


de la misma;


Que, en la Partida Principal 1.3 GASTOS DE


TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.1 APORTES A EMPRESAS Y


ORGANISMOS NACIONALES, actualmente sólo se imputan los gastos por el


pago del alquiler de la oficina destinada al funcionamiento de ANSES y que


habiendo calculado el pago por los tres meses que restan del año la suma


peticionada es superior al monto necesario para cubrir este gasto, por lo


que resolvemos aprobarla por la suma de $3.000.000,00, considerando un


margen para cubrir eventuales gastos de instalación de airea


acondicionados, bajada de internet y otros gastos operativos que puedan


surgir para la instalación definitiva de dicha oficina;




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Que, en la Partida Principal 1.3 GASTOS DE


TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y


ORGANISMOS PROVINCIALES, que gracias a la celebración de varios


convenios a realizar en forma conjunta con el gobierno provincial en obras


con fines educativos y de seguridad, y también para continuar con el apoyo


que el Municipio viene realizando al Hospital de Charata, aportando


insumos, arreglos de ambulancias, etc; y a otros organismos, como el


Registro Civil y de Capacidad de las Personas, Escuelas, etc.; es que


autorizamos la compensación de dicha partida presupuestaria;


Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE


TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,


Sub Partida 1.3.3.14 P.A.M. – Programa de Ayuda Municipal – Ley


Provincial, en virtud de habernos adherido a la actualización de montos


sugeridos por el gobierno provincial, y previendo tener fondos en dicha


partida presupuestaria a los fines de poder cumplir con el pago de todas


aquellas personas que se encuentran en dicho programa y considerando que


se prevén aumentos dependiendo del rol y la función que cumple cada


beneficiario, es que resolvemos autorizar la compensación de la presente


partida;


Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE


TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,


1.3.3.17 BECAS ESTUDIANTILES, se proyectó realizar una ayuda aquellos


empleados municipales que tengan hijos que cumplan con los requisitos


para acceder a dicha beca y se encuentren cursando en el Ciclo de


Educación Terciaria y Universitaria y considerando que se prevé que el


beneficio llegará a 40 empleados, y por el término de 3 meses, por ello


nuestro Bloque autoriza la compensación de la presente por la suma de


$7.000.000,00;


Que, de la Partida Principal 1.3 GASTOS DE


TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO,


Sub Partida 1.3.3.22 COMEDORES COMUNITARIOS, debido a la apertura de


un comedor nuevo en el Barrio Itati donde se le dará asistencia a 70 chicos


aproximadamente, y para seguir manteniendo los trabajo realizado en los


comedores, de los Barrios San Antonio, 4 de Octubre, Municipal, Aipo,




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Libertad y Juventud en donde se ofrecen a los más carenciados la


posibilidad de acceder a un menú alimentario cuidadosamente elaborado


teniendo en cuenta el aporte de todos los nutrientes necesarios para una


calidad de vida óptima y habiendo recibido informe detallado por parte de


la Secretaria de Desarrollo Comunitario, Sra. Patricia Laché, el cual


especifica que existen 7 comedores funcionando actualmente, con


alrededor de 600 beneficiarios entre niños y adultos mayores, estimando un


gasto por persona de $760,00 por día, y un gasto mensual aproximado de


$9.166.000,00, es que resolvemos autorizar su compensación por el monto


peticionado;


Que, respecto de la Partida Principal 2.1.1 BIENES DE


CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.2 EQUIPOS VARIOS y Sub Partida 2.1.1.3


EQUIPOS DE OFICINA Y MUEBLES, en ambas partidas presupuestarias se


imputan equipos necesarios para seguir mejorando la calidad del servicio de


la Municipalidad a la comunidad, como así también aquellos que tienen


como fin mejorar la estructura del Municipio dándole óptimas condiciones


para la prestación del servicio, al haber ampliado las partidas de recursos


consideramos que es oportuno solicitar la compensación de dichas partidas;


Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS,


Sub Partida 2.1.2.1 RIPIO; para seguir con la política de mejoramiento de


nuestras calles y habiendo recibido informes por parte del responsable de


compras del Municipio, el Sr. Miguel Alegre, se no ha informado que se


prevé la compra de 1.000 toneladas de piedra tipo 0,38 estabilizada, y


considerando fundamental el mejoramiento de las calles de nuestra ciudad,


es que decidimos autorizar la compensación de la presente partida;


Que, de la Partida Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS,


Sub Partida 2.1.2.33 DELEGACIÓN TRES ESTACAS; habiéndose tomado un


fuerte compromiso con Tres Estacas, en donde se está trabajando para


mejorar la calidad de vida de sus habitantes y habiendo recibido informes


respecto de las obras que se prevén para la zona basadas principalmente en


el inicio de la construcción del edificio de la Delegación y obras destinadas


automatizar la Planta Potabilizadora de Agua, es que resolvemos autorizar


la compensación de esta partida;




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Que, por todo lo expuesto resulta necesario compensar las


partidas anteriormente mencionadas con el objeto de dar cumplimiento a


los compromisos asumidos;


Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso del


saldo disponible de la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, ya que esta


partida sí cuenta con fondos suficientes para afrontar lo proyectado;


Que, dicho método es técnicamente correcto desde el


punto de vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos


presupuestarios sin alterar el tope originario de este instrumento legal;


Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios no


existe impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones


requeridas;


Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a


la fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento


14/96 del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida


antelación la previsión de las erogaciones a realizar;


Que, en razón de lo expuesto, y atendiendo a las


prerrogativas establecidas en los artículos 61 inc. O y 76 inc. D y T de la Ley


Nº 854-P (Ex 4.233) Orgánica de Municipios; Artículo 28 inc. A y el Artículo


60 de la ORDENANZA 994/98 –redacción actual- Reglamento Interno del


Concejo Municipal de la ciudad de Charata, se eleva el presente proyecto;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N° N°28 – Reunión:


N°34, del día lunes 30 de septiembre del año 2.024, siendo APROBADO, por


signos, con 5 (cinco) votos POSITIVOS, (Barcala, Guilaña, Carabajal, Farias,


Spahn), y 4 (cuatro) votos NEGATIVOS (Gauna, Lorenzin, Oger, Fedorchuk)


Corresponde al Acta 1.822.-




POR ELLO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE


ORDENANZA:




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ARTÍCULO 1°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO Sub Partida 1.1.2.1 INSUMOS DE


COMPUTACIÓN, por la suma de $9.000.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES


CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $24.000.000,00 (PESOS


VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre


del 2.024 la suma de $20.460.766,47 (PESOS VEINTE MILLONES


CUATROCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON 47/100),


quedando un saldo disponible de $3.539.233,53 (PESOS TRES MILLONES


QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y TRES CON


53/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $9.000.000,00 (PESOS NUEVE


MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de


$939.450.000,00 (PESOS NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE MILLONES


CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un


presupuesto compensado de $33.000.000,00 (PESOS TREINTA Y TRES


MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $12.539.233,53 (PESOS


DOCE MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS TREINTA Y


TRES CON 53/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte


de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 2°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO Sub Partida 1.1.2.7 PRODUCTOS DE


CUERO PLÁSTICO Y CAUCHO, por la suma de $45.000.000,00 (PESOS


CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue


de $90.000.000,00 (PESOS NOVENTA MILLONES CON 00/100), habiéndose


compensado anteriormente por un monto de $48.900.000,00 (PESOS


CUARENTA Y OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100) comprometido


al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $126.077.893,53 (PESOS CIENTO


VEINTISÉIS MILLONES SETENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES


CON 53/100), quedando un saldo disponible de $12.822.106,47 (PESOS DOCE


MILLONES OCHOCIENTOS VEINTIDÓS MIL CIENTO SEIS CON 47/100), habiendo


realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO


ADICIONAL, un monto de $45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO


MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de


$894.450.000,00 (PESOS OCHOCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES


CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un


presupuesto compensado de $138.900.000,00 (PESOS CIENTO TREINTA Y




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OCHO MILLONES NOVECIENTOS MIL CON 00/100), con un saldo disponible de


$57.822.106,47 (PESOS CINCUENTA Y SIETE MILLONES OCHOCIENTOS


VEINTIDÓS MIL CIENTO SEIS CON 47/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 3°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO Sub Partida 1.1.2.10 METÁLICOS,


por la suma de $70.000.000,00 (PESOS SETENTA MILLONES CON 00/100),


cuyo presupuesto inicial fue de $80.000.000,00 (PESOS OCHENTA MILLONES


CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente por un monto de


$30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100) comprometido al 17


de septiembre del 2.024 la suma de $108.980.197,24 (PESOS CIENTO OCHO


MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON


24/100), quedando un saldo disponible de $1.019.802,26 (PESOS UN MILLÓN


DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS CON 26/100), habiendo realizado la


presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un


monto de $70.000.000,00 (PESOS SETENTA MILLONES CON 00/100),


quedando en la misma un saldo disponible de $824.450.000,00 (PESOS


SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL


CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$180.000.000,00 (PESOS CIENTO OCHENTA MILLONES CON 00/100), con un


saldo disponible de $71.019.802,26 (PESOS SETENTA Y UN MILLONES


DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS DOS CON 26/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 4°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.2 BIENES DE CONSUMO Sub Partida 1.1.2.11 OTROS BIENES


DE CONSUMOS, por la suma de $55.000.000,00 (PESOS CINCUENTA Y


CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de


$50.000.000,00 (PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100), habiéndose ya


compensado anteriormente por una suma de $40.000.000,00 (PESOS


CUARENTA MILLONES CON 00/100); comprometido al 17 de septiembre del


2.024 la suma de $85.500.622,18 (PESOS OCHENTA Y CINCO MILLONES


QUINIENTOS MIL SEISCIENTOS VEINTIDÓS CON 18/100), quedando un saldo


disponible de $4.499.377,82 (PESOS CUATRO MILLONES CUATROCIENTOS


NOVENTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 82/100),


habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1.




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CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $55.000.000,00 (PESOS CINCUENTA Y


CINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible


de $769.450.000,00 (PESOS SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES


CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un


presupuesto compensado de $145.000.000,00 (PESOS CIENTO CUARENTA Y


CINCO MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $59.499.377,82


(PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES CUATROCIENTOS NOVENTA Y NUEVE


MIL TRESCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 82/100 CENTAVOS), según detalle


de planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 5°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.1 SERVICIOS


BÁSICOS, por la suma de $7.000.000,00 (PESOS SIETE MILLONES CON


00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ


MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la


suma de $8.826.879,56 (PESOS OCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISÉIS


MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y NUEVE CON 56/100), quedando un saldo


disponible de $1.173.120,44 (PESOS UN MILLÓN CIENTO SETENTA Y TRES MIL


CIENTO VEINTE CON 44/100), habiendo realizado la presente compensación


con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $7.000.000,00


(PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo


disponible de $762.450.000,00 (PESOS SETECIENTOS SESENTA Y DOS


MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $17.000.000,00 (PESOS DIECISIETE


MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $8.173.120,44 (PESOS


OCHO MILLONES CIENTO SETENTA Y TRES MIL CIENTO VEINTE CON 44/100),


según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como


Anexo I.-


ARTÍCULO 6°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.5


CONSERVACIONES Y REPARACIONES, por la suma de $50.000.000,00


(PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue


de $120.000.000,00 (PESOS CIENTO VEINTE MILLONES CON 00/100),


habiéndose compensado anteriormente $30.000.000,00 (PESOS TREINTA


MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la


suma de $136.593.331,44 (PESOS CIENTO TREINTA Y SEIS MILLONES




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QUINIENTOS NOVENTA Y TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON


44/100), quedando un saldo disponible de $13.406.668,56 (PESOS TRECE


MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON


56/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $50.000.000,00 (PESOS CINCUENTA


MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de


$712.450.000,00 (PESOS SETECIENTOS DOCE MILLONES CUATROCIENTOS


CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $200.000.000,00 (PESOS DOSCIENTOS MILLONES CON


00/100), con un saldo disponible de $63.406.668,56 (PESOS SESENTA Y TRES


MILLONES CUATROCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y OCHO CON


56/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 7°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.7


HONORARIOS Y RETRIBUCIONES A TERCEROS, por la suma de


$30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON 00/100), cuyo


presupuesto inicial fue de $84.000.000,00 (PESOS OCHENTA Y CUATRO


MILLONES CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente por un


monto de $80.000.000,00 (PESOS OCHENTA MILLONES CON 00/100)


comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $107.227.156,98


(PESOS CIENTO SIETE MILLONES DOSCIENTOS VEINTISIETE MIL CIENTO


CINCUENTA Y SEIS MIL CON 98/100), quedando un saldo disponible de


$56.772.843,02 (PESOS CINCUENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA


Y DOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES MIL CON 02/100), habiendo


realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO


ADICIONAL, un monto de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON


00/100), quedando en la misma un saldo disponible de $682.450.000,00


(PESOS SEISCIENTOS OCHENTA Y DOS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA


MIL CON 00/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $194.000.000,00 (PESOS CIENTO NOVENTA Y CUATRO


MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $86.772.843,02 (PESOS


OCHENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SETENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS


CUARENTA Y TRES CON 02/100), según detalle de planilla demostrativa que


forma parte de la presente como Anexo I.-




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ARTÍCULO 8°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.19


CORTESÍA Y HOMENAJE, por la suma de $25.000.000,00 (PESOS


VEINTICINCO MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de


$20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), comprometido al 17


de septiembre del 2.024 la suma de $18.128.702,48 (PESOS DIECIOCHO


MILLONES CIENTO VEINTIOCHO MIL SETECIENTOS DOS CON 48/100),


quedando un saldo, disponible de $1.871.297,52 (PESOS UN MILLÓN


OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y SIETE CON


52/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $25.000.000,00 (PESOS


VEINTICINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo


disponible de $657.450.000,00 (PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SIETE


MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $45.000.000,00 (PESOS CUARENTA


Y CINCO MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $26.871.297,52


(PESOS VEINTISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MIL DOSCIENTOS


NOVENTA Y SIETE CON 52/100), según detalle de planilla demostrativa que


forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 9°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.20 OTROS


SERVICIOS, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON


00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $35.000.000,00 (PESOS TREINTA Y


CINCO MILLONES CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente por


la suma de $8.000.000,00 (PESOS OCHO MILLONES CON 00/100)


comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $34.992.097,01


(PESOS TREINTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y DOS MIL


NOVENTA Y SIETE CON 01/100), quedando un saldo disponible de


$8.007.902,99 (PESOS OCHO MILLONES SIETE MIL NOVECIENTOS DOS CON


99/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE


MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de


$637.450.000,00 (PESOS SEISCIENTOS TREINTA Y SIETE MILLONES


CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un


presupuesto compensado de $63.000.000,00 (PESOS SESENTA Y TRES


MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de $28.007.902,99 (PESOS




2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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VEINTIOCHO MILLONES SIETE MIL NOVECIENTOS DOS CON 99/100), según


detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como


Anexo I.-


ARTÍCULO 10°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.25 EVENTOS


PÚBLICOS, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON


00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $18.000.000,00 (PESOS DIECIOCHO


MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la


suma de $13.672.733,37 (PESOS TRECE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y


DOS MIL SETECIENTOS TREINTA Y TRES CON 37/100), quedando un saldo


disponible de $4.327.266,63 (PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS


VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 63/100), habiendo


realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO


ADICIONAL, un monto de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON


00/100), quedando en la misma un saldo disponible de $617.450.000,00


(PESOS SEISCIENTOS DIECISIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL


CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$38.000.000,00 (PESOS TREINTA Y OCHO MILLONES CON 00/100), con un


saldo disponible de $24.327.266,63 (PESOS VEINTICUATRO MILLONES


TRESCIENTOS VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS CON 63/100),


según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como


Anexo I.-


ARTÍCULO 11°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.28 GASTOS


ANIVERSARIOS, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES


CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $30.000.000,00 (PESOS


TREINTA MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del


2.024 la suma de $4.500.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL


CON 00/100), quedando un saldo disponible de $25.500.000 (PESOS


VEINTICINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), habiendo realizado la


presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un


monto de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), quedando


en la misma un saldo disponible de $597.450.000,00 (PESOS QUINIENTOS


NOVENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100).


En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $50.000.000,00




2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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(PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de


$45.500.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES QUINIENTOS MIL CON


00/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 12°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.19


ESTUDIANTINA, por la suma de $3.500.000,00 (PESOS TRES MILLONES


QUINIENTOS MIL CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de


$4.000.000,00 (PESOS CUATRO MILLONES CON 00/100), comprometido al 17


de septiembre del 2.024 la suma de $1.299.000,00 (PESOS UN MILLÓN


DOSCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CON 00/100), quedando un saldo


disponible de $2.701.000,00 (PESOS DOS MILLONES SETECIENTOS UN MIL


CON 00/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub


Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $3.500.000,00 (PESOS TRES


MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), quedando en la misma un saldo


disponible de $593.450.000,00 (PESOS QUINIENTOS NOVENTA Y TRES


MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $7.500.000,00 (PESOS SIETE


MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), con un saldo disponible de


$6.201.000,00 (PESOS SEIS MILLONES DOSCIENTOS UN MIL CON 00/100),


según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como


Anexo I.-


ARTÍCULO 13°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida


1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS NACIONALES, por la suma de


$3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto


inicial fue de $1.000.000,00 (PESOS UN MILLÓN CON 00/100) habiéndose


compensado anteriormente por un monto de $2.000.000,00 (PESOS DOS


MILLONES CON 00/100) comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la


suma de $2.146.400,00 (PESOS DOS MILLONES CIENTO CUARENTA Y SEIS MIL


CUATROCIENTOS CON 00/100), quedando un saldo disponible de


$853.600,00 (PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CON


00/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación con la


Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $3.000.000,00 (PESOS


TRES MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de




2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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$590.590.000,00 (PESOS QUINIENTOS NOVENTA MILLONES QUINIENTOS


NOVENTA MIL 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $6.000.000,00 (PESOS SEIS MILLONES CON 00/100), con un


saldo disponible de $3.853.600,00 (PESOS TRES MILLONES OCHOCIENTOS


CINCUENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS CON 00/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 14°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3 GASTOS DE TRANSFERENCIAS CORRIENTES, Sub Partida


1.3.2 APORTES A EMPRESAS Y ORGANISMOS PROVINCIALES, por la suma de


$45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), cuyo


presupuesto inicial fue de $9.300.000,00 (PESOS NUEVE MILLONES


TRESCIENTOS MIL CON 00/100) habiéndose compensado anteriormente por


un monto de $50.000.000,00 (PESOS CINCUENTA MILLONES CON 00/100)


comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $44.050.843,48


(PESOS CUARENTA Y CUATRO MILLONES CINCUENTA MIL OCHOCIENTOS


CUARENTA Y TRES CON 48/100), quedando un saldo disponible de


$15.249.156,52 (PESOS QUINCE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE


MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS CON 52/100), habiendo realizado la presente


compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de


$45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100),


quedando en la misma un saldo disponible de $545.950.000,00 (PESOS


QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL


CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$104.300.000,00 (PESOS CIENTO CUATRO MILLONES TRESCIENTOS MIL CON


00/100), con un saldo disponible de $60.249.156,52 (PESOS SESENTA


MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL CIENTO CINCUENTA Y SEIS


CON 52/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 15°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.14 P.A.M


PROGRAMA DE AYUDA MUNICIPAL – LEY PROV., la suma de $80.000.000


(PESOS OCHENTA MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de


$230.000.000,00 (PESOS DOSCIENTOS TREINTA MILLONES CON 00/100),


comprometido al 17 de septiembre del 2.024 la suma de $171.180.180,62


(PESOS CIENTO SETENTA Y UN MILLONES CIENTO OCHENTA MIL CIENTO




2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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OCHENTA CON 62/100 CENTAVOS), quedando un saldo disponible de


$58.819.819,38 (PESOS CINCUENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS


DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS DIECINUEVE 38/100), habiendo realizado la


presente compensación con la con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO


ADICIONAL, un monto de $80.000.000,00 (PESOS OCHENTA MILLONES CON


00/100), quedando en la misma un saldo disponible de $465.950.000,00


(PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES NOVECIENTOS


CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $310.000.000,00 (PESOS TRESCIENTOS DIEZ MILLONES CON


00/100), con un saldo disponible de $138.819.819.38 (PESOS CIENTO


TREINTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS DIECINUEVE MIL OCHOCIENTOS


DIECINUEVE CON 38/100), según detalle de planilla demostrativa que forma


parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 16°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.17 BECAS


ESTUDIANTILES, por la suma de $7.000.000 (PESOS SIETE MILLONES CON


00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $1.500.000,00 (PESOS UN MILLÓN


QUINIENTOS MIL CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del 2.024


la suma de $100.000,00 (PESOS CIEN MIL CON 00/100), quedando un saldo


disponible de $1.400.000,00 (PESOS UN MILLÓN CUATROCIENTOS CON


00/100), habiendo realizado la presente compensación con la con la Sub


Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $7.000.000,00 (PESOS


SIETE MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de


$458.950.000,00 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL


NOVECIENTOS CINCUENTA CON 00/100). En consecuencia, quedará un


presupuesto compensado de $.500.000,00 (PESOS OCHO MILLONES


QUINIENTOS MIL CON 00/100), con un saldo disponible de $8.400.000,00


(PESOS OCHO MILLONES CUATROCIENTOS MIL CON 00/100), según detalle de


planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 17°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO, Sub Partida 1.3.3.22 COMEDORES


COMUNITARIOS, por la suma de $45.000.000 (PESOS CUARENTA Y CINCO


MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $65.000.000,00


(PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de


septiembre del 2.024 la suma de $62.985.449,50 (PESOS SESENTA Y DOS




2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CUARENTA


Y NUEVE CON 50/100), quedando un saldo disponible de $2.014.550,50


(PESOS DOS MILLONES CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 50/100),


habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1.


CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y


CINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible


de $413.950.000,00 (PESOS CUATROCIENTOS TRECE MILLONES NOVECIENTOS


CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $110.000.000,00 (PESOS CIENTO DIEZ MILLONES CON


00/100), con un saldo disponible de $47.014.550,50 (PESOS CUARENTA Y


SIETE MILLONES CATORCE MIL QUINIENTOS CINCUENTA CON 50/100), según


detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como


Anexo I.-


ARTÍCULO 18°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.02 EQUIPOS


VARIOS, por la suma de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON


00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ


MILLONES CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente por la suma


de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES 00/100), comprometido 17 de


septiembre del 2.024 la suma de $27.859.217,81 (PESOS VEINTISIETE MIL


OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE DOSCIENTOS DIECISIETE CON 81/100),


quedando un saldo disponible de $2.140.782,19 (PESOS DOS MILLONES


CIENTO CUARENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON 00/100),


habiendo realizado la presente compensación con la con la Sub Partida


1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA


MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo disponible de


$383.950.000,00 (PESOS TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MILLONES


NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia, quedará un


presupuesto compensado de $60.000.000,00 (PESOS SESENTA MILLONES CON


00/100), con un saldo disponible de $32.140.782,19 (PESOS TREINTA Y DOS


MILLONES CIENTO CUARENTA MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS CON


19/100), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 19°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 2.1.1 BIENES DE CAPITAL, Sub Partida 2.1.1.2 EQUIPOS DE




2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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OFICINA Y MUEBLES, por la suma de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE


MILLONES CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00


(PESOS DIEZ MILLONES CON 00/100), habiéndose compensado anteriormente


por la suma de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ MILLONES 00/100),


comprometido 17 de septiembre del 2.024 la suma de $16.326.372,65


(PESOS DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS


SETENTA Y DOS CON 65/100), quedando un saldo disponible de


$3.673.627,35 (PESOS TRES MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES MIL


SEISCIENTOS VEINTISIETE CON 35/100), habiendo realizado la presente


compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de


$20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100), quedando en la


misma un saldo disponible de $363.950.000,00 (PESOS TRESCIENTOS


SESENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En


consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $40.000.000,00


(PESOS CUARENTA MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de


$23.673.627,35 (PESOS VEINTITRÉS MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y TRES


MIL SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL CON 35/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 20°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS, Sub Partida 2.1.1.2 RIPIO, por la


suma de $65.000.000,00 (PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES CON


00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $130.000.000,00 (PESOS CIENTO


TREINTA MILLONES CON 00/100), comprometido al 17 de septiembre del


2.024 la suma de $128.855.457,42 (PESOS CIENTO VEINTIOCHO MILLONES


OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE


CON 42/100), quedando un saldo disponible de $1.144.542.58 (PESOS UN


MILLÓN CIENTO CUARENTA Y CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS


CON 58/100), habiendo realizado la presente compensación con la Sub


Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $65.000.000,00 (PESOS


SESENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), quedando en la misma un saldo


disponible de $298.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO


MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $195.000.000,00 (PESOS CIENTO


NOVENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de


$66.144.542,58 (PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CUARENTA Y




2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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CUATRO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y DOS CON 58/100), según detalle de


planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 21°): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 2.1.2 TRABAJOS PÚBLICOS, Sub Partida 2.1.1.03 DELEGACIÓN


TRES ESTACAS, por la suma de $7.000.000,00 (PESOS SIETE MILLONES


CON 00/100), cuyo presupuesto inicial fue de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ


MILLONES CON 00/100), comprometido 17 de septiembre del 2.024 la suma


de $7.733.044,46 (PESOS SIETE MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y TRES MIL


CUARENTA Y CUATRO CON 46/100), quedando un saldo disponible de


$2.266.955,54 (PESOS DOS MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 54/100), habiendo realizado la


presente compensación con la Sub Partida 1.4.1. CRÉDITO ADICIONAL, un


monto de $7.000.000,00 (PESOS SIETE MILLONES CON 00/100), quedando en


la misma un saldo disponible de $291.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS


NOVENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100). En


consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $17.000.000,00


(PESOS QUINCE MILLONES CON 00/100), con un saldo disponible de


$9.266.955,54 (PESOS NUEVE MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 54/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO 22°): DETERMINAR que habiendo realizado la compensación


correspondiente a la Partida Principal 1.4 A CLASIFICAR, Sub Partida


1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, con un presupuesto inicial de $530.676.939,00


(PESOS QUINIENTOS TREINTA MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL


NOVECIENTOS TREINTA Y NUEVE CON 00/100), habiéndose incrementado


por $417.773.061,00 (PESOS CUATROCIENTOS DIECISIETE MILLONES


SETECIENTOS SETENTA Y TRES MIL SESENTA Y UNO CON 00/100) con un


saldo disponible a la fecha de 17 de septiembre del 2024 de


$948.450.000,00 (PESOS NOVECIENTOS CUARENTA Y OCHO MILLONES


CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100), realizando una


compensación de $656.500.000,00 (PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS


MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100), quedará un saldo disponible de


$291.950.000,00 (PESOS DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES


NOVECIENTOS CINCUENTA MIL CON 00/100), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-




2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




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ARTÍCULO 23°): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla de


Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al Ejercicio


2.024.-


ARTÍCULO 24°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y


cumplido archívese.-


ARTÍCULO 25°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los


catorce (14) días del mes de Octubre del año Dos Mil Veinticuatro.-


Charata, 15 de Octubre de 2.024.-









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