
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
Resolución de Concejo N°10/2.024
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
RESOLUCIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
Nº10/2.024
V I S T O:
EL DICTAMEN POR UNANIMIDAD DE LA COMISIÓN DE
ASUNTOS GENERALES N°15/2.024, ingresado al Concejo Municipal bajo el
N°: 9.587, sobre: MODIFICAR parcialmente la Resolución de Concejo
Municipal N°28/2.022, y;
CONSIDERANDO:
Que el presente encuentra su aval en el Art. 60 del
R.I.C.M. y atento a que las Comisiones de: Asuntos Generales; Hacienda y
Presupuesto; Obras y servicios Públicos; Inventario; Desarrollo local,
Promoción y Asistencia a la producción, Investigadora; Tierras,
Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente y Parque Industrial, emiten actos
administrativos de relevancia jurídica que comprometen la responsabilidad
individual y del cuerpo colegiado que representa este Concejo Deliberante,
y la circunstancia de que la Resolución del Concejo N°28/2022 contempla
únicamente que la Asesoría Legal del Concejo deberá expedirse mediante
dictamen por cada uno de los expedientes administrativos de la Dirección
de Tierras y Catastro de la Municipalidad de Charata, resulta necesario
hacer extensivo el dictamen de la Asesoría Legal a las cuestiones tratadas
en la Comisión de Asuntos Generales, Hacienda y Presupuesto; Obras y
Servicios Públicos; Inventario; Desarrollo local, Promoción y Asistencia a la
producción, Investigadora y Parque Industrial y;
Que actualmente la Resolución del Concejo N°28/2022
contempla que la Asesoría Legal del Concejo deberá expedirse mediante
dictamen por cada uno de los expedientes administrativos de la Dirección
de Tierras y Catastro de la Municipalidad de Charata;
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Que asimismo la Ley 179-A (antes Ley 1140) en su art. 114
establece: “... el contenido de los actos se ajustara a lo dispuesto en el
ordenamiento jurídico... inc. a) ... todos los órganos y agentes
administrativos en asuntos de la Administración Pública, deben proceder y
decidir conforme a la ley y a las deposiciones fundada sobre ella...”
Que el Concejo Deliberante mediante las diversas
Comisiones emite actos administrativos, cuyo contenido deberá ajustarse a
lo dispuesto en el ordenamiento jurídico ajustándose a los principios básicos
esenciales del derecho administrativo, dentro del cual el cumplimiento de
las formas resulta de fundamental importancia para la validez del acto.
Que resulta Imperiosa la necesidad de los ediles de contar
con asesoramiento y respaldo legal teniendo en cuenta la Importancia de
los temas tratados, como asimismo la responsabilidad que representa
legislar, por ello resulta indispensable que los dictámenes de las Comisiones
de: Asuntos Generales; Hacienda y Presupuesto; Obras y servicios Públicos;
Inventario; Desarrollo, Producción y Asistencia a la producción,
Investigadora; Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente y Parque
Industrial cuenten con un dictamen, favorable o no, de la Asesoría legal del
Concejo Municipal de Charata.
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica
Municipal N° 854-P (Ex. 4.233) Artículo N° 47 inc.b) y el Artículo N° 62°) del
Reglamento Interno de Concejo Municipal, Ordenanza N° 994/98 Modificada
por Ordenanza N° 2.229/2.009, corresponde dictar el presente instrumento
legal.-
Que, lo ediles miembros de la Comisión de Asuntos
Generales, han resuelto emitir el presente dictamen por unanimidad, y;
Que, este tema tuvo tratamiento, en el Punto 3.1°), del
Orden del Día de la Sesión Ordinaria N°:15 – Reunión N°:21, del día Lunes
10 de Junio del año 2.024, siendo APROBADO por signos y por UNANIMIDAD
de los Concejales presentes, con 9 (nueve) votos POSITIVOS. Corresponde al
Acta 1.809.-
POR ELLO:
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EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1°): MODIFICAR parcialmente la Resolución de Concejo
Municipal N° 28/2.022, en su Artículo 1) el cual quedará redactado de la
siguiente manera:
ARTÍCULO 1°) DETERMINAR: que la Asesoría Legal del Concejo Municipal de
Charata, deberá expedirse en un plazo de 30 días hábiles desde su
notificación mediante dictamen por cada uno de los Expedientes
administrativos de la Dirección de Tierras y Catastro de la Municipalidad de
Charata, y que sean tratados en la Comisión de Tierras, Ordenamiento
Urbano y Medio Ambiente, de acuerdo al análisis de los mismos, sobre el
estado del trámite, sugerencias, y si es factible la adjudicación y/o
escrituración como cualquier otro dato de interés, en cumplimiento a las
normativas vigentes. Los Dictámenes emitidos por la Asesoría Legal del
Concejo Municipal no serán de carácter vinculante.
ARTÍCULO 2°): MODIFICAR parcialmente la Resolución de Concejo
Municipal N°28/2.022, en su Artículo 2) el cual quedara redactado de la
siguiente manera:
ARTÍCULO 2°) DETERMINAR: que la Asesoría Legal del Concejo Municipal de
Charata, deberá expedirse en un plazo de treinta (30) días hábiles mediante
dictamen, cuando así sea requerido por unanimidad, por la mayoría y/o la
minoría de cada una de las Comisiones, sean de: Asuntos Generales;
Hacienda y Presupuesto; Obras y Servicios Públicos; Inventario; Desarrollo
local, Promoción y Asistencia a la producción, Investigadora; y Parque
Industrial, sobre el asunto en tratamiento, sugerencias y/o cualquier
cuestión que requiera asesoría legal a criterio de las Comisiones
mencionadas. Los Dictámenes emitidos por la Asesoría Legal del Concejo
Municipal no serán de carácter vinculante.
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ARTÍCULO 3°): ESTABLECER que los Artículos subsiguientes de la
Resolución de Concejo Municipal Nº28/2.022, originalmente establecidos
como Artículos 2º y 3º, quedarán automáticamente ordenados de manera
correlativa, conforme a lo establecido en la presente.-
ARTÍCULO 4°): COMUNICAR a la Asesoría Legal del Concejo Municipal de
Charata y al Poder Ejecutivo Municipal, a sus efectos, regístrese y cumplido,
archívese.
ARTÍCULO 5°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los diez
(10) días del mes de Junio del año Dos Mil Veinticuatro.-
Charata, 25 de Junio del año 2.024.-