Declaracion de Concejo Nº 11- 2024 DECLARACION DE INTERES- 25° ANIVERSARIO DE LA E.E.P. N°173 MALVINAS ARGENTINAS.pdf

“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-




“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Declaración de Concejo Municipal Nº11/2024.-




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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO.




DECLARACIÓN CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


Nº11/2.024.-




V I S T O:


Proyecto de Declaración ingresado al Concejo Municipal


bajo el N°9.728, presentado por el BLOQUE “JUNTOS POR EL CAMBIO”:


sobre: DECLARAR DE INTERES LEGISLATIVO, COMUNITARIO, EDUCATIVO Y


CULTURAL EL 25° Aniversario de la E.E.P. N°173 “MALVINAS


ARGENTINAS”, y;




CONSIDERANDO:


Que, la mencionada institución educativa merece un


justo reconocimiento debido a su brillante trayectoria en estos sus primeros


25 años, educando a gran parte de niños y niñas charatenses;




Que, el establecimiento educativo E.E.P. N° 173


"Malvinas Argentinas”, se encuentra ubicado en la esquina de Liniers y


Caseros, donde históricamente existía una laguna Ilamada:"Laguna de


Castellano" la cual recibía el caudal de agua de la planta urbana en épocas


de lluvias, asimismo, a su derecha, existía un pozo público, de donde se


suministraba a los camiones municipales para el riego de las calles;




Que, debido a la necesidad de la creación de una escuela


en la ciudad de Charata, y a propuesta del entonces Gobernador, Ángel


Rozas, donde propone la creación de un nuevo establecimiento escolar, por


Resolución del Concejo Municipal N°107/92, se aprueba el relleno de la


represa publica ubicada en la Mz. 134 de nuestra ciudad, con el objetivo de


recuperar ese espacio, y, al mismo tiempo que se declara de interés y de


utilidad pública el predio recuperado;





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Que, por Resolución del Concejo Municipal N° 189/92,


declara de Reserva Municipal, la totalidad de la Mz. 134 y se afecta el


predio a emprendimientos de infraestructura escolar;




Que, mediante Ordenanza del Concejo Municipal N°


643/96, del 20 de Junio de 1996, se cedió, por parte de la Municipalidad de


Charata, al Ministerio de Educación, Cultura Ciencia y Tecnología (en


adelante M.E.C.C.y T.), el predio identificado como Manzana 134- Solar A-B-


C y D- Nomenclatura catastral Manzana 4- Sección C- Circunscripción I de


Charata, para la construcción de una Escuela Primaria y un Jardin de


linfantes;




Que, por Ordenanza del Concejo Municipal N° 831/97, se


rectifican los términos de las actuaciones anteriores, como así también la


donación de la Manzana 134, al Ministerio de Educación, Cultura, Ciencia y


Tecnología para los fines previstos;




Que, el terreno donado por el Municipio no reunía las


dimensiones necesarias para la construcción de la Escuela y el Jardín de


Infantes, por ello a través de la Ordenanza de Concejo Municipal N° 839/97,


también se dona al MECC y T., el predio identificado como Fracción Angulo


Sud de la Parcela 1, Quinta 28 s/c, Sección D. Circunscripción I de la Ciudad


de Charata, donde se construyó el jardín de infantes Anexo, proyecto del


ejecutivo, Intendente Rubén Ramiro Laola;




Que, el día sábado 14 de Agosto del año 1999, en la Perla


del Oeste, en una tarde fría y nublada se inauguraba el establecimiento


E.E.P. N° 173 "Malvinas Argentinas", contando con la presencia del Sr.


Gobernador Ángel Rosas, junto a otros funcionarios provinciales, de nuestro


intendente Rubén R. Laola, concejales locales y distintos funcionarios de


nuestra ciudad y localidades vecinas, participando también del acto


inaugural autoridades y alumnado de otros centros educativos locales;




Que, el nombre de "Malvinas Argentinas" quedo impuesto


a solicitud de los Ex Combatientes, ante el señor Gobernador de la




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Provincia, Ángel Rosa, en el acto de colocación de la piedra fundamental de


la obra;


Que, el día 3 de marzo del año 2000, se dieron a conocer


los cargos vacantes a través de la Resolución N° 2052/97 del M.E.C.C y T. y


se realizó la designación de los primeros maestros de acuerdo al orden de


mérito;




Que, los Docentes que cubrieron cargos interinos y


suplentes de ambos tumos en el inicio de la institución, fueron los


siguientes, Directora: Sandra Marisa Avila, Vicedirectora: Mariel Adriana


Ledesma; Maestras de Grados: Mirta Isabel Kerling, Graciela Cáceres,


Valentina Zajak, Avelina Beatriz Montenegro, Clara Ramona Gimenez, Maria


Cristina Dorado, Norma Sadlovsky, Mónica Patricia Konrradi, Ramona


Montenegro, Lilian Bajtek, Karina Carísimo, Angélica Soler, Marina


Rodriguez, Nora Viedner, M.E.A.PL. Susana Cristof, M.E.E.F: Graciela Mabel


Ferruchi: M.E.A.PL. Nora Bamionuevo, M.E.E.M.: Guillermo Kalbernatter;




Que, es necesario distinguir la trayectoria y el legado de


esta institución educativa en la sociedad Charatense;




Que, en dicho establecimiento durante todos estos años,


han transitado una numerosa cantidad de niños y niñas, cumpliendo su rol


con creces de Institución Educativa;




Que, la Escuela N° 173 "Malvinas Argentinas” cumplirá el


próximo 14 de Agosto, sus "BODAS DE PLATA", por lo que este


acontecimiento merece un justo reconocimiento;




Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 4.1°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°21 - Reunión N°27,


del día Lunes 12 de Agosto del año 2.024, siendo APROBADO POR SIGNOS,


“SOBRE TABLAS”, por unanimidad de los miembros presentes, con nueve


(09) votos POSITIVOS.




POR ELLO:




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EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA DECLARA:




ARTÍCULO 1°): DECLARAR de interés Legislativo, Comunitario, Educativo y


Cultural, el 25° Aniversario de la E.E.P. N° 173 "Malvinas Argentinas", a


celebrarse el próximo 14 de agosto de 2.024.




ARTÍCULO 2°): ORDENAR al Presidente de Concejo Municipal, contemple y


arbitre los medios para realizar entrega de una copia de la presente


Declaración, a la actual Directora de la Institución Emma Gabutti.




ARTICULO 3°): COMUNICAR al Ejecutivo Municipal a sus efectos, a las


dependencias correspondientes, regístrese, publíquese y cumplido,


archívese.




ARTÍCULO 4º): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata, Partido Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los doce


(12) días del mes de Agosto del año Dos Mil Veinticuatro.




Charata, 13 de Agosto de


2.024.-