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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N°: 3.916/2.024
V I S T O:
El Dictamen por “UNANIMIDAD”, de la Comisión de
TIERRAS ORDENAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE Nº08/2.024,
ingresado al Concejo Municipal bajo el N°9.524, sobre: MODIFICAR
PARCIALMENTE la Ordenanza Municipal N°3.831/2.023, referido al Expte.
N°2.728/1.974, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Nota ingresada al Concejo Municipal
bajo el N°9.383, presentada por el Jefe del Departamento de Tierras de la
Municipalidad de Charata: JOSE CHAVEZ mediante la cual solicita se
considere ESCRITURAR a favor del Señor: CONRADO RISTOFF, el predio
identificado catastralmente como: Parcela: 40, Manzana: 00, Sección: A,
Circunscripción: I, de la Ciudad de Charata. Expte Nº2.728/1.974. Tratada
en el Punto 5.11) del Orden del día de la Sesión Ordinaria N°05 – Reunión 11
– de fecha lunes 18 de marzo de 2.024, derivada a la Comisión de Tierras,
Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente, esta Comisión ha profundizado el
análisis del expediente mencionado;
Que, a foja 01, obra solicitud de compra sobre la
Fracción: S-E, Solar: “H”, de la Manzana: 90, realizada por la Sra. María
Leonor Arévalo;
Que, a foja 02, obra Declaración Jurada realizada por la
Sra. María Leonor Arévalo, en la que manifiesta NO poseer ningún otro
inmueble y que el destino de la solicitud es exclusivamente a vivienda
familiar;
Que, a foja 03, obra acta de inspección, croquis y fotos
ilustrativas realizadas en el predio fiscal mencionado, realizado por Manuel
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Eduardo Mari a cargo del Departamento de Tierras de la Municipalidad de
Charata;
Que, a foja 03 vuelta, obra Dictamen de la Comisión
Regularizadora de Tierras Fiscales en la cual se establece NO dar lugar a la
solicitud de la Sra. María Leonor Arévalo, y en consecuencia Adjudicar al Sr.
Juan Pedro Bustamante la fracción de terreno que se trata, previa
formalizada la solicitud;
Que, a foja 04, obra solicitud de compra sobre la
Fracción: Fracción: Centro Nord-Oeste, del Solar: “H”, de la Manzana: 90,
Sección: A, realizada por el Sr. Juan Pedro Bustamante;
Que, a fojas 05/06, obra Resolución del Concejo
Municipal Nº 86/87 de fecha 8 de Mayo 1987, en la cual se resuelve NO
hacer lugar a la solicitud presentada por la Sra. María Leonor Arévalo,
Derogar la Resolución del Concejo Municipal Nº 221 de fecha 02 de octubre
del año 1.986, y Conceder en venta al Sr. Juan Pedro Bustamante L.E.
Nº5.079.029, el inmueble constituido como: Fracción: Centro Nord-Oeste,
del Solar: “H”, de la Manzana: 90, Sección: A, de 10,00 por 25,00 metros,
con una superficie total de doscientos cincuenta metros cuadrados;
Que, a foja 07, obra nota realizada por el Sr. Juan Pedro
Bustamante, solicitando se deje sin efecto la deuda de impuestos anterior a
la adjudicación realizada a su favor;
Que, a foja 07 vuelta, obra Dictamen de la Comisión
Regularizadora de Tierras Fiscales en el cual dictaminan que se derive la
nota presentada por el Sr. Juan Pedro Bustamante a la Oficina de Ingresos a
efectos que determinen en forma discriminada los impuestos adeudados
hasta la fecha de adjudicación;
Que, a foja 08, obra nota de la Secretaria del Concejo
Municipal dirigida a la Sra. Jefa de Ingresos a fin de solicitar un informe
discriminado los impuestos adeudados hasta la fecha de adjudicación,
referente al inmueble identificado como: Solar “H”, Manzana: 90, Sección:
“A”, Circunscripción: I, de la ciudad de Charata;
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Que, a foja 09, obra nota de la Sra. Blanca L. de Godoy,
Jefa de Ingresos informando la deuda del mencionado inmueble;
Que, a foja 09 vuelta, obra Dictamen del Asesor Legal Dr.
Remigio Ramiro, aconsejando poner en posesión efectiva y real al nuevo
adjudicatario;
Que, a fojas 10/11, obra Resolución del Concejo
Municipal Nº 260/87 de fecha 26 de Noviembre 1.987, en la cual se resuelve
dar de baja los tributos cargados en la ficha contributiva hasta el día 08 de
Mayo 1987 sobre el inmueble identificado como: Fracción: Centro Nord-
Oeste, Solar: “H”, Manzana: 90, Sección: “A”, Circunscripción I, de la
ciudad de Charata;
Que, a foja 12, obra Cédula de Notificación de fecha 30
Enero del año 1.989 dirigida al Sr. Juan Pablo Bustamante;
Que, a foja 13, obra Contrato de Compraventa entre el
Sr. Juan Pedro Bustamante y la Municipalidad de Charata;
Que, a foja 14, obra Planilla de liquidación y forma de
pago del valor del predio fiscal;
Que, a fojas 15/26, obran recibos de pagos por el valor
de la tierra fiscal adjudicada, más inspección del Sr. Juan Pablo
Bustamante;
Que, a fojas 27/28, obran recibos de pagos de los
Impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios realizados por el Sr. Juan Pablo
Bustamante;
Que, a foja 29, obra nota por el Sr. Conrado José
Humberto Ristoff, dirigida al Presidente de la Comisión de Tierras,
Ordenamiento Urbano y Ambiente, solicitando la adjudicación en venta del
predio fiscal identificado como: Parcela: 32C, Manzana: 10 , Sección: A,
Circunscripción: I, de la ciudad de Charata;
Que, a fojas 30/32, obra copia simple de cesión onerosa
de derechos sobre tierra fiscal municipal entre el Sr. Juan Pedro
Bustamante y el Sr. Enzo Abel Ferronato;
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Que, a fojas 33/35, obra copia simple de Cesión de
derechos sobre tierra fiscal municipal entre el Sr. Enzo Abel Ferronato y el
Sr. Ristoff, Conrado José Humberto;
Que, a foja 36, obra nota de la Presidenta de la Comisión
de Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente, Concejal Andrea
Soledad Carrocino, autorizando a recibir la solicitud efectuada por el Sr.
Conrado José Humberto Ristoff sobre el inmueble identificado como:
Parcela: 32C, Manzana: 10, Sección: A, Circunscripción: I, de la ciudad de
Charata;
Que, a foja 37, obra solicitud de adjudicación de terreno
fiscal Nº 1.148, realizada en fecha 20 Septiembre del año 2.022, realizada
por el Sr. Conrado José Humberto Ristoff;
Que, a fojas 38/43, obran copias simples de Certificado
de Domicilio emitido por la Policía de la provincia del Chaco, D.N.I. y Actas
de Nacimiento del Sr. Conrado José Humberto Ristoff, D.N.I. Nº26.163.259 y
de sus hijos Mateo Ristoff, D.N.I. Nº 49.200.302 y Marco Ristoff, D.N.I. Nº
52.245.11;
Que, a foja 44, obra copia simple de recibo de
remuneraciones del Sr. Conrado José Humberto Ristoff;
Que, a fojas 45/47, obra nota dirigida al Registro de la
Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, solicitando informe, y su
correspondiente contestación, en donde consta que la solicitante NO posee
Bienes Inmuebles Registrado a su nombre, dentro del Departamento
Chacabuco;
Que, a foja 48, obra nota ingresada al Concejo de la
Municipalidad bajo el Nº 8.246 de fecha 13 de Octubre del año 2.022,
presentada por el Sr. Conrado José Humberto Ristoff, solicitando la
adjudicación en venta del predio fiscal identificado como: Fracción: C.N.O.,
Parcela: 32C, Manzana: 10, Sección: A, Circunscripción: I, de la ciudad de
Charata;
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Que, a fojas 49/50, obra Acta de Inspección, croquis de
ubicación y fotos ilustrativas realizadas en el predio fiscal, realizada por la
inspectora de la dirección tierra y catastro de la Municipalidad de Charata;
Que, a foja 51, obra recibo pago de Impuesto
Inmobiliarios, Tasas y Servicios;
Que, foja 52, obra Dictamen de la Asesora Legal del
Concejo Municipal;
Que, a foja 53, obra copia simple de Acta de Matrimonio
entre el Sr. Conrado José Humberto Ristoff y su esposa Sra. Silvana Noelia
Sgariglia;
Que, a foja 54, obra nota ingresada al Concejo Municipal,
bajo el Nº 8.927, de fecha 12 de Julio 2.023, presentada por el Sr. Conrado
José Humberto Ristoff, mediante la cual manifiesta que si bien su esposa es
propietaria de un bien inmueble, él solicita el predio fiscal identificado
como: Parcela: 32, Manzana: 10, Sección: A, Circunscripción I, de la ciudad
de Charata, para desarrollar una actividad comercial de venta de artículos y
repuestos electrónicos, como excepción a lo establecido en el Artículo 15
de la Ley Provincial 46-P;
Que, a foja 55, obra Dictamen de la Prosecretaria de
Concejo Municipal N° 03/2.023 de la ciudad de Charata, en cumplimiento
de lo establecido por la Resolución del Concejo Municipal Nº18/2.023, por
el cual el Prosecretario de Concejo recomienda ADJUDICAR a favor del Sr.
CONRADO JOSÉ HUMBERTO RISTOFF, D.N.I. N° 26.163.259 el predio fiscal
identificado catastralmente como: Parcela: 32, Manzana: 10, Sección: A,
Circunscripción: I, de la ciudad de Charata;
Que a fojas 56/58 obra copia simple de la Ordenanza del
Concejo Municipal de la ciudad de Charata Nº3.831/2.023, la cual en su
parte resolutiva establece adjudicar en venta al Sr. RISTOFF CONRADO JOSÉ
HUMBERTO, D.N.I. Nº26.163.259, el predio fiscal identificado
catastralmente como: Parcela: 32, Manzana: 10, Sección: A,
Circunscripción: I, de la ciudad de Charata;
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Que a fs. 59 obra notificación dirigida al Sr. Conrado
Ristoff de fecha 04 de Diciembre de 2.023;
Que a fs. 60 obra plano de mensura y subdivisión N°4–57–
18, realizado por la Agrimensora Marisel Ferrer, M.P. N°361, aprobado por
la Dirección de Catastro y Cartografía de la Provincia del Chaco;
Que a fs. 61 obra planilla de liquidación por el valor de la
tierra adjudicada;
Que a fs. 62 obra contrato de compraventa celebrado
entre el Sr. Conrado Ristoff y la Sra. Intendente Municipal;
Que a fs. 63 obra comprobante pago total de la tierra
adjudicada;
Que a fs. 64 obra Resolución de la Intendente Municipal
de Charata Nº1.455/2.023 mediante la cual se promulga la Ordenanza de
Concejo Nº3.831/2.023;
Que a fs. 65/67 obra original de la Ordenanza de Concejo
Municipal Nº3.831/2.023;
Que a fs. 68/69 comprobante de pago de Impuestos
Inmobiliarios, Tasas y Servicios de la Municipalidad de Charata por el total
de la tierra adjudicada;
Que a fs. 70 obra la Nota ingresada al Concejo Municipal
bajo el Nº9.383, presentada por el Jefe del Departamento de Tierras de la
Municipalidad de Charata: JOSE CHAVEZ mediante la cual solicita se
considere ESCRITURAR a favor del Señor: CONRADO RISTOFF, el predio
identificado catastralmente como: Parcela: 40, Manzana: 10, Sección: A,
Circunscripción: I, de la Ciudad de Charata;
Que a fs. 71 obra nota enviada a la Sra. Asesora Legal del
Concejo Municipal a fin de que se expida para dar cumplimiento a lo
establecido por la Resolución de Concejo Nº28/2.0222;
Que a fs. 72 obra dictamen de la Sra Asesora Legal
mediante la cual aconseja escriturar a nombre del Sr. CONRADO RISTOFF,
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el predio identificado catastralmente como: Parcela: 40, Manzana: 00,
Sección: A, Circunscripción: I, de la Ciudad de Charata;
Que, lo ediles reunidos en Comisión de Tierras,
Ordenamiento Urbano y Medio Ambiente analizaron el expediente han
observado una irregularidad con respecto al mismo, pues al momento de
dictar la Ordenanza Municipal Nº3.831/2.023, se ha omitido dejar sin efecto
la primer adjudicación efectuada al Sr. Bustamante Juan Pedro, L.E.
Nº5.079.029, mediante Resolución de Concejo Municipal Nº86/87, obrante a
fs. 5, por lo que a fin de proceder conforme a derecho, corresponde
previamente, rectificar esa situación, y modificar parcialmente la
Ordenanza de Concejo Municipal Nº3.831/2.023;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.3°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°11 - Reunión N°17,
del día Lunes 13 de Mayo del año 2.024, siendo APROBADO, por signos, por
unanimidad de los miembros presentes, con 7 (ocho) votos POSITIVOS. Dos
ausencias con avisos de la Concejal Silvia Mabel Oger y el Concejal Spahn
Elbio Marcelo Corresponde al Acta 1.805.-
POR ELLO;
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON
FUERZA D E O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1º): MODIFICAR parcialmente la Ordenanza de Concejo Municipal
Nº3.831/2.023, incorporando una disposición que quedará establecida como
Artículo 1):el cual quedará redactado de la siguiente manera: ARTICULO
1°): CADUCAR la Adjudicación del inmueble fiscal identificado
catastralmente como: Fracción: Centro Nord-Oeste, del Solar: “H”, de la
Manzana: 90, de una superficie aproximada de: DIEZ metros de frente
(10,00 m), por VEINTICINCO metros de fondo (25,00 m), lo que hacen a
una superficie total de DOSCIENTOS CINCUENTA metros cuadrados (250,00
m2), de la ciudad de Charata, otorgada al Señor: JUAN PEDRO BUSTAMANTE,
L.E. N°5.079.029, mediante Resolución del Concejo Municipal de la ciudad
de Charata N°: 86/87.-
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ARTÍCULO 2°): ESTABLECER que los Artículos subsiguientes de la
Ordenanza de Concejo Municipal Nº3.831/2.023, originalmente establecidos
como Artículos 1º al 9º, quedarán automáticamente ordenados de manera
correlativa, conforme a lo establecido en la presente.-
ARTICULO 3°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.-
ARTICULO 4°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los trece
(13) días del mes de Mayo del año Dos Mil Veinticuatro.-
Charata, 21 de Mayo del año 2.024.-
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