
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.894/2.024
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N°: 3.894/2.024
V I S T O:
El Proyecto de Ordenanza, ingresado al Concejo Municipal bajo el
N° 9.316, tratado “SOBRE TABLAS” en el punto 2.2°) del Orden del Día
correspondiente a la Sesión Extraordinaria N°: 02 - Reunión N°: 06, del día
Lunes 29 de Enero del año 2.024 y;
CONSIDERANDO:
La necesidad de contar con vehículos en el área de Servicios de la
Municipalidad de Charata.-
Que habiéndose evaluado la necesidad de contar con un vehículo
más destinado al área de Servicios de este Municipio, resulta conveniente
que el vehículo se trate de una camioneta, en virtud de que es el vehículo
más útil para las tareas que se deben realizar.-
Que tanto Concejales como personal del Ejecutivo Municipal, han
realizado averiguaciones y solicitado presupuestos, respecto de un vehículo
que sea apto para transitar por caminos vecinales del departamento
Chacabuco, y sea apto para transitar en días de lluvias, aún en caminos de
difícil circulación.-
Que se han traído a consideración distintos presupuestos, tanto
de proveedores de la ciudad de Charata, como de otras localidades, con el
fin de obtener la mejor oferta posible, considerando que es factible
adquirir un vehículo usado que se encuentre en el mejor estado de
conservación posible.-
Que para el tratamiento de este tema se pasó a cuarto
intermedio, debido a que en el transcurso de los días se han incorporado
más presupuestos, y haciendo una evaluación exhaustiva, se decidió por
unanimidad de los presentes, que el presupuesto más adecuado es el de la
firma “Multimarcas” cuya oferta se trata de una camioneta Toyota Hilux
DX, 4x2, modelo 2013, Dominio MQN 040, con 245.000 kilómetros, por el
Precio de $16.800.000,00 (PESOS DIECISEIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL).-
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Que el presupuesto mencionado precedentemente, se
adjunta a la presente como Anexo I, que consta de 3 fojas.-
Que, asimismo, teniendo en consideración lo establecido
por las Ordenanzas Municipales Nº3.277/17 y su modificatoria Nº 3.766/22,
como así también lo establecido por las Ordenanzas Nº 1.274/01 y su
modificatoria Nº2322/10, es que se requiere la respectiva autorización por
parte del Concejo Municipal, para la compra directa de un vehículo usado,
que resulte ser el que esté en mejor estado de conservación, con relación a
su precio, modelo, estado, y cantidad de kilometraje acumulado.-
Que, el Municipio de Charata cuenta con los fondos
necesarios para realizar esta compra, siendo utilizados los fondos
correspondientes a la Partida Principal 2. EROGACIONES DE CAPITAL, Sub
Partida 2.1.1.01 Equipos y Medios de Transporte, Tracción y Elevación, cuyo
saldo actual es de $150.000.000,00 (PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES).-
Que, finalmente, la obtención de un vehículo de estas
características, a un precio de mercado justo, que se encuentre lista para
ser utilizada, y puesta a disposición de los servicios que resultan necesarios
para la comunidad de Charata, es un beneficio para toda la ciudadanía.-
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 2.2°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Extraordinaria N°: 01 - Reunión
N°: 06, del día Lunes 29 de Enero del año 2.024, siendo APROBADO por
signos, “SOBRE TABLAS” con 8 (ocho) votos POSITIVOS, de los Concejales:
Barcala, Alejandro Juan José, Gauna, Paola Edit, Guilaña, Luciana Evelin,
Carabajal, Ángel René, Oger, Silvia Mabel, Farias, Analia Marisel, Fedorchuk
Carlos Roberto, Spahn, Elbio Marcelo, y 1 (un) Ausencia con Aviso del
Concejal: Lorenzin Nestor Javier, Corresponde al Acta 1.794.-
POR ELLO;
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON
FUERZA D E O R D E N A N Z A:
ARTIICULO 1º): AUTORIZAR al Intendente Municipal de Charata y/o sus
sustitutos legales, a contratar en forma directa la compra de una camioneta
de la firma “Multimarcas” cuya oferta se trata de una camioneta Toyota
Hilux DX, 4x2, modelo 2.013, Dominio MQN 040, con 245.000 kilómetros, por
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el Precio de $16.800.000,00 (PESOS DIECISÉIS MILLONES OCHOCIENTOS MIL).
Se adjunta el presupuesto a la presente como Anexo I.-
ARTICULO 2º): EXCEPTUAR al régimen vigente establecido en Ordenanza
de Concejo Municipal Nº 3.277/17 y su modificatoria Nº 3.766/22, como así
también lo establecido por las Ordenanzas Nº 1.274/01 y su modificatoria
Nº2322/10.-
ARTICULO 3°): ESTABLECER que los fondos que se van a utilizar son los
correspondientes a la Partida Principal 2. EROGACIONES DE CAPITAL, Sub
Partida 2.1.1.01 Equipos y Medios de Transporte, Tracción y Elevación, y
que se encuentran disponibles en la cuenta bancaria Nº10011/00, CBU
3110013501000010011008, perteneciente a la Municipalidad de Charata,
CUIT Nº33-58657371-9, del Nuevo Banco del Chaco S.A, Sucursal Charata.-
ARTICULO 4°): AUTORIZAR al Intendente Municipal y/o a sus sustitutos
legales, a firmar toda documentación y/o realizar todo trámite necesario a
tales fines.-
ARTICULO 5°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.-
ARTÍCULO 6°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los
Veintinueve días del mes de Enero del año Dos Mil Veinticuatro.
Charata, 29 de Enero de 2.024.-
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ANEXO I
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