
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
Resolución de Concejo N° 20/2.024
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
RESOLUCIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
Nº20/2.024
V I S T O:
Proyecto de Resolución, ingresado al Concejo Municipal bajo
el N°9.919, presentado por el Presidente del Concejo Municipal, sobre:
Presentación Proyecto de Resolución referida a las PARTIDAS
PRESUPUESTARIAS del concejo municipal correspondiente al ITEM II para el
Ejercicio 2.025”, tratado en el punto 4.1°) del Orden del Día, correspondiente a
la Sesión Ordinaria Nº:33, Reunión N°:40, del día lunes 04 de Noviembre del año
2.024 y;
CONSIDERANDO:
Que, se deben prever las Partidas Presupuestarias
correspondientes al Ítem II –Concejo- para el Ejercicio 2.025, conforme lo
establece la ley Orgánica Municipal, art. 61 inc. s)-, en relación a las
atribuciones y deberes del Concejo Municipal;
Que, a efectos de elaborar un presupuesto ajustado a la
realidad para el año 2.025, teniendo en cuenta la inflación cursada en el
presente año, y tomando la proyección de la misma a nivel Nacional, es que se
considera aplicar un incremento general de 116% (ciento dieciséis por ciento)
aproximadamente, no así en las Partidas principales 1.1.1.1 PLANTA
PERMANENTE, 1.1.1.2 PERSONAL TEMPORARIO, 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y
SUPLEMENTOS, que es de un incremento mayor;
Que, en virtud a la última actualización de los valores de los
viáticos, los cuales han sido actualizados por última vez en el año 2.023,
mediante Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.826/2.023, siendo la misma
insuficiente para su imputación, debido a la elevada inflación sufrida en el
corriente año, es necesaria la creación de la Partidas: 1.1.3.35 Otros Servicios
ITEM II, (donde se imputaran todos los servicios que no comprendan a las
Partidas: 1.1.3.22 Servicios Básicos y 1.1.3.25 Prestaciones de Servicios),
presupuestada en PESOS CUATRO MILLONES C/00/100 ($ 4.000.000,00),
correspondientes a la Partida Principal 1.1.3 Servicios no Personales;
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Que, resultando de gran utilidad, que la ciudadanía tome
conocimiento y participe de la actividad legislativa del Concejo Municipal es
necesaria la creación de la Partida 1.1.3.36 Concejo en tu barrio ITEM II ( donde
impactaran todos los gastos relacionados a la organización de las Sesiones fuera
del Recinto, según Ordenanza del Concejo Municipal Nº 3.950/2.024),
presupuestada en la suma de PESOS CUATRO MILLONES C/00/100 ($
4.000.000,00), correspondientes a la Partida Principal 1.1.3 Servicios no
Personales;
Que, a fin de poder brindar asistencia a las demandas
sociales, relacionadas al consumo problemático de diferente índole, resulta
imprescindible para poder ofrecer la ayuda necesaria, la creación de la Partida:
1.3.3.28 Consumos Problemáticos ITEM II que corresponde a la Partida Principal
1.3.3 Al Sector Privado, Sub Partida 1.3.3.01 Acción Social Directa, la que
comprenderá todos los gastos relacionados a la asistencia y tratamiento de
aquellas personas que padezcan problemas de consumo, presupuestada en la
suma de PESOS CUARENTA MILLONES C/00/100 ($ 40.000.000,00).-
Que, en razón de lo expuesto, y atendiendo a las
prerrogativas establecidas en el art. 62 inc. “k” de la Ley 854 P (Antes 4.233)
Orgánica de Municipios, Artículo 34 de la ORDENANZA 994/98 –redacción actual-
REGLAMENTO INTERNO DEL CONCEJO MUNICIPAL, DE LA CIUDAD DE CHARATA, se
eleva el presente proyecto al Concejo para su tratamiento;
Que, este tema fue tratado en el punto 4.1°) del Orden del
Día de la Sesión Ordinaria N°:30– Reunión N°:40, del día lunes 04 de Noviembre
del año 2.024, siendo APROBADO, SOBRE TABLAS, por signos por unanimidad de
los miembros, con 9 (nueve) votos POSITIVOS, Corresponde al Acta 1.828.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º): FACULTAR al Presidente de Concejo Municipal de la ciudad de
Charata, Alejandro Juan José Barcala, a CONVOCAR EL CONCEJO en COMISIÓN,
al solo efecto de tratar el Proyecto de Resolución, ingresado al Concejo
Municipal bajo el N°9.919, sobre: PARTIDAS PRESUPUESTARIAS del concejo
municipal correspondiente al ITEM II para el Ejercicio 2.025”, tratado en el punto
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
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4.1°) del Orden del Día, correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº:33, Reunión
N°:40, del día lunes 04 de Noviembre del año 2.024.
ARTÍCULO 2º): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal a sus efectos, regístrese
y cumplido, archívese. -
ARTÍCULO 3°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad
de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los cutro (04) días del
mes de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro.-
Charata, 06 de Noviembre del año 2.024.-