ORD Nº 3908.2024 Modifica Parcialmente la Ordenanza Nro. 3.877-2.023.pdf



“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-


“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.908/2.024






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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°: 3.908/2.024




V I S T O:


El Dictamen en conjunto de la Comisión de ASUNTOS


GENERALES Nº07/2.024 y de la Comisión de TIERRAS, ORDENAMIENTO


URBANO Y MEDIO AMBIENTE N°04/2.024, ingresado al Concejo Municipal


bajo el N°9.453, sobre: MODIFICAR PARCIALMENTE LA ORDENANZA DEL


CONCEJO MUNICIPAL N°3.877/2.023, en su Artículo 01°) Referida a


escriturar a favor del Señor Ricardo José Núñez, incorporado en el punto


3.3°) del Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°07 -


Reunión N°13, del día Lunes 15 de Abril del año 2.024 y;


CONSIDERANDO:


Que, mediante la nota ingresada al Concejo Municipal bajo


el N°9.343, presentada por la Directora de Tierra y Catastro de la


Municipalidad de Charata, DRA. ADA FRANCO, por la cual solicita


MODIFICACIÓN parcial de la Ordenanza del Concejo Municipal


N°3.877/2.023.-


Que, la Ordenanza del Concejo Municipal N°3.877/2.023,


establece, en su ARTÍCULO 1º): DECLARAR cumplidas las obligaciones


contractuales y reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley


269), por parte del Señor: NUÑEZ RICARDO JOSÉ, D.N.I. Nº25.827.770, y


en consecuencia ESCRITURAR a su nombre, el predio fiscal identificado


catastralmente como: F.N.E. Parcela: 18, Manzana: 12, Sección: B,


Circunscripción I, de la ciudad de Charata, con medidas aproximadas en su


lado S.E. de SIETE CON OCHENTA metros de frente (07,80 m), en su lado


S.O. con medidas de DIEZ CON OCHENTA (10,80 m), de allí con un ángulo


interno de 90° con rumbo al vértice E con medidas de CERO CON SESENTA


CENTÍMETROS (0,60 m), de allí con ángulo externo de 90° con rumbo al


vértice F con medidas de SEIS CON TREINTA (06,30 m), en su lado N.O. con


medidas de SIETE CON VEINTE (07,20 m) y en su lado N.E. con medidas de






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DIECISIETE CON DIEZ (17,10 m), lo que hacen a una superficie total de


CIENTO VEINTINUEVE CON SESENTA metros cuadrados (129,60 m2) de la


ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, Plano de


Mensura y Subdivisión Nº 4–45–20, realizado por el Ingeniero Agrimensor


Jorge Oscar Clauter – M.P. N° 341, aprobado por la Dirección Provincial de


Catastro y Cartografía del Chaco, en fecha 05 de Marzo del año 2.021, el


cual se adjunta al presente como ANEXO I.-


Que, debido a la subdivisión prevista en el plano de


mensura y subdivisión N° 4-45-20, se ha modificado el estado parcelario, y


en razón de ello existe un error involuntario al consignar la nomenclatura


catastral, en la mencionada normativa la que dice: F.N.E. Parcela: 18,


Manzana: 12, Sección: B, Circunscripción I, y debe decir: “Parcela: 34,


Manzana: 12, Sección: B, Circunscripción I” motivo por el cual no se


puede dar continuidad al trámite administrativo.-


Que, lo ediles miembros de la Comisión de Asuntos


Generales y de la Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio


Ambiente debatieron ampliamente el tema, y han resuelto emitir en


conjunto el presente dictamen.-


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.3°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°07 - Reunión N°13,


del día Lunes 15 de Abril del año 2.024, siendo APROBADO, por signos, por


unanimidad de los miembros presentes, 8 (ocho) votos POSITIVOS, una


ausencia con aviso de la Concejal Silvia Mabel Oger.-




POR ELLO;


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON


FUERZA D E O R D E N A N Z A:




ARTÍCULO 1°): MODIFICAR PARCIALMENTE LA ORDENANZA DEL CONCEJO


MUNICIPAL N°3.877/2.023, en su ARTÍCULO 1º) el que quedara redactado


de la Siguiente manera: “ARTÍCULO 1º): DECLARAR cumplidas las


obligaciones contractuales y reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P


(Antes Ley 269), por parte del Señor: NUÑEZ RICARDO JOSÉ, D.N.I.






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Nº25.827.770, y en consecuencia ESCRITURAR a su nombre, el predio


fiscal identificado catastralmente como: Parcela: 34, Manzana: 12,


Sección: B, Circunscripción I, de la ciudad de Charata, con medidas


aproximadas en su lado S.E. de SIETE CON OCHENTA metros de frente


(07,80 m), en su lado S.O. con medidas de DIEZ CON OCHENTA (10,80 m),


de allí con un ángulo interno de 90° con rumbo al vértice E con medidas de


CERO CON SESENTA CENTÍMETROS (0,60 m), de allí con ángulo externo de


90° con rumbo al vértice F con medidas de SEIS CON TREINTA (06,30 m),


en su lado N.O. con medidas de SIETE CON VEINTE (07,20 m) y en su lado


N.E. con medidas de DIECISIETE CON DIEZ (17,10 m), lo que hace a una


superficie total de CIENTO VEINTINUEVE CON SESENTA metros cuadrados


(129,60 m2) de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia


del Chaco, Plano de Mensura y Subdivisión Nº 4–45–20, realizado por el


Ingeniero Agrimensor Jorge Oscar Clauter – M.P. N° 341, aprobado por la


Dirección Provincial de Catastro y Cartografía del Chaco, en fecha 05 de


Marzo del año 2.021, el cual se adjunta al presente como ANEXO I”.-




ARTÍCULO 2°): Comunicar al Poder Ejecutivo Municipal y a las Secretarías,


departamento/s y/o área/s que correspondan, proceder a su registro y


posterior archivo.-


ARTÍCULO 3°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los


veintidós (22) días del mes de Abril del año Dos Mil Veinticuatro.




Charata, 22 de Abril de 2.024.-





















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ANEXO I