
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
“2024 – Año del Cincuentenario de la Fundación de la Escuela de Educación Secundaria Nº23 José Chudnovsky”.-
Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.908/2.024
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N°: 3.908/2.024
V I S T O:
El Dictamen en conjunto de la Comisión de ASUNTOS
GENERALES Nº07/2.024 y de la Comisión de TIERRAS, ORDENAMIENTO
URBANO Y MEDIO AMBIENTE N°04/2.024, ingresado al Concejo Municipal
bajo el N°9.453, sobre: MODIFICAR PARCIALMENTE LA ORDENANZA DEL
CONCEJO MUNICIPAL N°3.877/2.023, en su Artículo 01°) Referida a
escriturar a favor del Señor Ricardo José Núñez, incorporado en el punto
3.3°) del Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°07 -
Reunión N°13, del día Lunes 15 de Abril del año 2.024 y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante la nota ingresada al Concejo Municipal bajo
el N°9.343, presentada por la Directora de Tierra y Catastro de la
Municipalidad de Charata, DRA. ADA FRANCO, por la cual solicita
MODIFICACIÓN parcial de la Ordenanza del Concejo Municipal
N°3.877/2.023.-
Que, la Ordenanza del Concejo Municipal N°3.877/2.023,
establece, en su ARTÍCULO 1º): DECLARAR cumplidas las obligaciones
contractuales y reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley
269), por parte del Señor: NUÑEZ RICARDO JOSÉ, D.N.I. Nº25.827.770, y
en consecuencia ESCRITURAR a su nombre, el predio fiscal identificado
catastralmente como: F.N.E. Parcela: 18, Manzana: 12, Sección: B,
Circunscripción I, de la ciudad de Charata, con medidas aproximadas en su
lado S.E. de SIETE CON OCHENTA metros de frente (07,80 m), en su lado
S.O. con medidas de DIEZ CON OCHENTA (10,80 m), de allí con un ángulo
interno de 90° con rumbo al vértice E con medidas de CERO CON SESENTA
CENTÍMETROS (0,60 m), de allí con ángulo externo de 90° con rumbo al
vértice F con medidas de SEIS CON TREINTA (06,30 m), en su lado N.O. con
medidas de SIETE CON VEINTE (07,20 m) y en su lado N.E. con medidas de
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DIECISIETE CON DIEZ (17,10 m), lo que hacen a una superficie total de
CIENTO VEINTINUEVE CON SESENTA metros cuadrados (129,60 m2) de la
ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del Chaco, Plano de
Mensura y Subdivisión Nº 4–45–20, realizado por el Ingeniero Agrimensor
Jorge Oscar Clauter – M.P. N° 341, aprobado por la Dirección Provincial de
Catastro y Cartografía del Chaco, en fecha 05 de Marzo del año 2.021, el
cual se adjunta al presente como ANEXO I.-
Que, debido a la subdivisión prevista en el plano de
mensura y subdivisión N° 4-45-20, se ha modificado el estado parcelario, y
en razón de ello existe un error involuntario al consignar la nomenclatura
catastral, en la mencionada normativa la que dice: F.N.E. Parcela: 18,
Manzana: 12, Sección: B, Circunscripción I, y debe decir: “Parcela: 34,
Manzana: 12, Sección: B, Circunscripción I” motivo por el cual no se
puede dar continuidad al trámite administrativo.-
Que, lo ediles miembros de la Comisión de Asuntos
Generales y de la Comisión de Tierras, Ordenamiento Urbano y Medio
Ambiente debatieron ampliamente el tema, y han resuelto emitir en
conjunto el presente dictamen.-
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.3°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°07 - Reunión N°13,
del día Lunes 15 de Abril del año 2.024, siendo APROBADO, por signos, por
unanimidad de los miembros presentes, 8 (ocho) votos POSITIVOS, una
ausencia con aviso de la Concejal Silvia Mabel Oger.-
POR ELLO;
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON
FUERZA D E O R D E N A N Z A:
ARTÍCULO 1°): MODIFICAR PARCIALMENTE LA ORDENANZA DEL CONCEJO
MUNICIPAL N°3.877/2.023, en su ARTÍCULO 1º) el que quedara redactado
de la Siguiente manera: “ARTÍCULO 1º): DECLARAR cumplidas las
obligaciones contractuales y reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P
(Antes Ley 269), por parte del Señor: NUÑEZ RICARDO JOSÉ, D.N.I.
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Nº25.827.770, y en consecuencia ESCRITURAR a su nombre, el predio
fiscal identificado catastralmente como: Parcela: 34, Manzana: 12,
Sección: B, Circunscripción I, de la ciudad de Charata, con medidas
aproximadas en su lado S.E. de SIETE CON OCHENTA metros de frente
(07,80 m), en su lado S.O. con medidas de DIEZ CON OCHENTA (10,80 m),
de allí con un ángulo interno de 90° con rumbo al vértice E con medidas de
CERO CON SESENTA CENTÍMETROS (0,60 m), de allí con ángulo externo de
90° con rumbo al vértice F con medidas de SEIS CON TREINTA (06,30 m),
en su lado N.O. con medidas de SIETE CON VEINTE (07,20 m) y en su lado
N.E. con medidas de DIECISIETE CON DIEZ (17,10 m), lo que hace a una
superficie total de CIENTO VEINTINUEVE CON SESENTA metros cuadrados
(129,60 m2) de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia
del Chaco, Plano de Mensura y Subdivisión Nº 4–45–20, realizado por el
Ingeniero Agrimensor Jorge Oscar Clauter – M.P. N° 341, aprobado por la
Dirección Provincial de Catastro y Cartografía del Chaco, en fecha 05 de
Marzo del año 2.021, el cual se adjunta al presente como ANEXO I”.-
ARTÍCULO 2°): Comunicar al Poder Ejecutivo Municipal y a las Secretarías,
departamento/s y/o área/s que correspondan, proceder a su registro y
posterior archivo.-
ARTÍCULO 3°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los
veintidós (22) días del mes de Abril del año Dos Mil Veinticuatro.
Charata, 22 de Abril de 2.024.-
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ANEXO I