
“2.025 – Año del 40º Aniversario del Juicio a las Juntas Militares” Ley N° 41533-A
Resolución de Concejo N° 06/2.025
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
RESOLUCIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
Nº06/2.025
V I S T O:
El Proyecto de Ordenanza ingresado al Concejo Municipal
bajo el N° 10.122, presentado por el EJECUTIVO MUNICIPAL, sobre:
“AUTORIZAR AL INTENDENTE A SUSCRIBIR PODER ESPECIAL A FAVOR DEL
I.P.D.U.V. para firmar escrituras traslativas de dominio”, y;
CONSIDERANDO
Que, el Proyecto de Ordenanza referenciado en el Visto,
sobre: “AUTORIZAR AL INTENDENTE A SUSCRIBIR PODER ESPECIAL A FAVOR
DEL I.P.D.U.V. para firmar escrituras traslativas de dominio” requiere de un
tratamiento profundo por parte de todos los miembros del Concejo;
Que, atento a ello, los ediles en pleno consenso consideran
oportuno derivar al Concejo en Comisión el Proyecto ingresado al Concejo
Municipal bajo el N° 10.122, para su tratamiento;
Que, mediante la moción de orden de la concejal Guilaña,
Luciana, la mismoa propone que este tema sea tratado por todos los
miembros del Concejo Municipal;
Que, en consecuencia, solicita que se faculte al Presidente
de Concejo, a convocar al Concejo en Comisión, moción que aprueban por
UNANIMIDAD los Concejales Presentes;
Que, de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica Municipal
Nº854-P, y el Artículo Nº92, del Reglamento Interno de Concejo Municipal,
(Ordenanza Nº994/98 Modificada por Ordenanza Nº2.229/2.009),
corresponde dictar el presente instrumento legal.
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
RESUELVE:
“2.025 – Año del 40º Aniversario del Juicio a las Juntas Militares” Ley N° 41533-A
Resolución de Concejo N° 06/2.025
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ARTÍCULO 1°): FACULTAR al Presidente de Concejo Municipal de la ciudad
de Charata, Alejandro Juan José Barcala, a CONVOCAR EL CONCEJO en
COMISIÓN, al solo efecto de tratar el Proyecto de Ordenanza ingresado al
Concejo Municipal bajo el N° 10.122, tratado en el punto 3.2°),
correspondiente a la Sesión Ordinaria Nº:41 – Reunión N°:52, de fecha 07 de
Abril del año 2.025. -
ARTÍCULO 2°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal a sus efectos,
regístrese y cumplido, archívese. –
ARTÍCULO 3°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los 7
(siete) días del mes de Abril del año Dos Mil Veinticinco.-
Charata, 08 de Abril del año 2.025.-