
“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.
“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.
Resolución de Concejo N° 13/2.025.-
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
RESOLUCIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
Nº: 13/2.025
VISTO:
La Nota ingresada al Concejo Municipal, bajo el N°10.405,
presentada por: la Sra. ANDREA COICHEFF, sobre: PRESENTA FORMAL
RENUNCIA al cargo de auxiliar de bloque juntos por el cambio, y;
CONSIDERANDO:
Que, en la nota referenciada en el Visto, la Sra. ANDREA
COICHEFF, manifiesta que Renuncia de manera indeclinable a partir del 31
de Julio del corriente año, al cargo de Auxiliar del Bloque “Juntos por el
Cambio”, designada mediante Resolución de Concejo Municipal N° 05/2.025.
Que, en base a lo expuesto, los ediles presentes resuelven
en pleno consenso y por unanimidad de los miembros del Cuerpo, aceptar la
renuncia presentada, la que tiene efecto retroactivo al día 31 de Julio de
2025.
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 5.18°) del
Orden del Día de la Sesión Ordinaria N°: 58 – Reunión N°: 71, del día Lunes
01 de Septiembre del año 2.025, siendo APROBADO por signos “SOBRE
TABLAS” y por unanimidad de los miembros del Cuerpo, con 9 (nueve) votos
POSITIVOS. Corresponde al Acta 1.858.
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
RESUELVE:
ARTÍCULO Nº1): ACEPTAR la RENUNCIA de Sra. ANDREA COICHEFF, D.N.I. N°
39.938.795, al cargo de AUXILIAR DEL BLOQUE “JUNTOS POR EL CAMBIO”, a
partir del 31 de Julio del año 2.025.-
“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.
“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.
Resolución de Concejo N° 13/2.025.-
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ARTÍCULO Nº2): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal a sus efectos, a la
Dirección de Personal, de Administración y a las Dependencias y/o
funcionarios que corresponda, debiendo liquidar los haberes
correspondientes hasta el día de la fecha registrada en el Art 1º. Regístrese
y cumplido, archívese.
ARTÍCULO Nº3): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata, Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los un (01)
días del mes de Septiembre del año Dos Mil Veinticinco.
Charata, 02 de Septiembre del año 2.025.-