ORD Nº 4006.2025 AUTORIZAR la compensacion de partidas presupuestarias.pdf


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Ordenanza de Concejo Municipal N° 4.006/2.025




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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


Nº 4.006/2.025




V I S T O:


El Dictamen por mayoría de la COMISIÓN DE HACIENDA Y


PRESUPUESTO N° 49/2.025, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°


10.460, sobre: AUTORIZAR la compensación de partidas presupuestarias, y;




CONSIDERANDO:


La Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.969/2024, que


aprueba el Cálculo de Recursos y Presupuesto General de Gastos para el


Ejercicio 2.025, y la necesidad de compensar partidas con el objeto de dar


cumplimiento a los compromisos asumidos, y;


Que, debido a que el Poder Ejecutivo Municipal debe tomar


las previsiones necesarias en las partidas presupuestarias para hacer frente


a los compromisos adquiridos, y analizando las diferentes situaciones que se


van generando en la ejecución del mismo, es que se solicita la compensación


de las partidas detalladas en el presente considerando;


Que, respecto a la liquidación de los sueldos de los


empleados municipales, se requiere garantizar la correcta asignación de


recursos para el pago de uno de los eslabones más importantes del


municipio, sus empleados, por lo cual se solicita la compensación de las


siguientes partidas de Planta Permanente, Bonificaciones y Suplementos:


1.1.1.1.1 Retribuciones Del Cargo, 1.1.1.1.2 Retribuciones Del Cargo II,


1.1.1.1.3 Retribuciones Que No Hacen Al Cargo, 1.1.1.1.4 Retribuciones Que


No Hacen Al Cargo II, 1.1.1.1.5 S.A.C. (Sueldo Anual Complementario),


1.1.1.1.6 S.A.C. II, 1.1.1.1.7 Contribuciones Patronales, 1.1.1.1.10 Aportes


Personales, 1.1.1.3.1 Asignaciones Familiares, 1.1.1.3.2 Bonificaciones,


1.1.1.3.5 Bonificaciones II, 1.1.1.3.7 Diferencias Por Escalafón, 1.1.1.3.8


Gastos De Representación, y;


Que, a los fines de garantizar el cumplimiento de contratos


de obra y de asesoramiento técnico que resultan esenciales para la





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continuidad y eficiencia de los servicios municipales; se solicita la


compensación en la partida: 1.1.3.7 Honorarios y Retribuciones a Terceros;


Que, con el objeto de fortalecer la difusión de acciones de


gobierno, campañas informativas, actividades culturales y sociales, obras


públicas, y capacitaciones, permitiendo que la comunidad esté debidamente


informada sobre la gestión municipal; se solicita la compensación de la


Partida 1.1.3.8 Publicidad y Propaganda; y


Que, debido a la obligación de mantener vigente la


cobertura de seguros sobre vehículos municipales, seguros de


responsabilidad civil y la ART correspondiente a los empleados,


resguardando el patrimonio del Municipio y la seguridad del personal; se


requiere compensar la partida: 1.1.3.10 Seguros y Alquileres, y;


Que, en razón de los gestos institucionales del Municipio


hacia personas destacadas, visitas oficiales, trabajadores que brindan


servicios relevantes para la ciudad, como así también para beneficios


destinados al personal municipal (ej. entrega de canastas navideñas),


fortaleciendo los vínculos comunitarios, se solicita la compensación de la


partida: 1.1.3.19 Cortesía y Homenajes, y;


Que, por la necesidad de afrontar gastos vinculados a


servicios bancarios relacionados con la operatividad financiera del Municipio,


fletes y otros servicios no contemplados específicamente en otras partidas;


se solicita la compensación en la partida: 1.1.3.20 Otros Servicios, y;


Que, para continuar el acompañamiento y apoyo que brinda


la gestión municipal a instituciones de la comunidad que desarrollan


actividades culturales, deportivas, educativas y sociales, esenciales para el


fortalecimiento del tejido social de la ciudad, se solicita la compensación en


la partida: 1.3.3.2 A Instituciones Sociales, Culturales y Otras, y;


Que, estas compensaciones permitirán actualizar el


presupuesto y saldos disponibles conforme a las necesidades de cada partida


y sub partida, ajustando la asignación financiera para la continuación a las


actividades previstas para el resto del año 2025, y;


Que, en consecuencia, resulta necesario hacer uso del saldo


disponible de la Sub Partida 1.4.1. Crédito Adicional siendo esta suficiente


para afrontar lo solicitado, y;





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Que, dicho método es técnicamente correcto desde el punto


de vista contable y posibilita ajustar los distintos créditos presupuestarios sin


alterar el tope originario de este instrumento legal, y;


Que, conforme al Reglamento Contable de Municipios, no


existe impedimento legal alguno para autorizar las compensaciones


requeridas, y;


Que, analizada la progresión de las partidas a compensar a


la fecha y teniendo en cuenta las previsiones establecidas en el Reglamento


14/96 del Tribunal de Cuentas, resulta necesario formalizar con la debida


antelación la previsión de las erogaciones a realizar, y;


Que, la Comisión de Hacienda y Presupuesto ha


recepcionado los informes por parte de la Secretaría de Hacienda,


correspondientes al estado de ejecución de las diferentes partidas, como así


también los compromisos de liquidación y pago de cada una de ellas, por lo


que analizados los mismos, la Mayoría resuelve aprobar el pedido de


compensación solicitado, y;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.5°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°61 – Reunión: N°74,


del día Lunes, 29 de Septiembre del año 2.025, siendo APROBADO por signos,


con 5 (cinco) votos POSITIVOS, (Barcala, Guilaña, Carabajal, Farías y Sphan)


y 4 votos NEGATIVOS, (Gauna, Lorenzin, Oger y Fedorchuck). Corresponde al


Acta 1.861.-




POR ELLO:




EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA


CON FUERZA DE ORDENANZA:




ARTÍCULO N°1): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE Sub Partida 1.1.1.1.1


RETRIBUCIONES DEL CARGO, por la suma de $700.000.000,00 (PESOS


SETECIENTOS MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial


fue de $1.771.000.000,26 (PESOS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN MILLONES


CON 26/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al 08/09/2025 de





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$289.119.390,17 (PESOS DOSCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO


DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS NOVENTA CON 17/100 CENTAVOS), habiendo


realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO


ADICIONAL, por un monto de $700.000.000,00 (PESOS SETECIENTOS MILLONES


CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de


$1.372.317.014,03 (PESOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y DOS MILLONES


TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CATORCE CON 03/100 CENTAVOS). En


consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $2.471.000.000,26


(PESOS DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES CON 26/100


CENTAVOS), con un saldo disponible de $989.119.390,17 (PESOS


NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES CIENTO DIECINUEVE MIL


TRESCIENTOS NOVENTA CON 17/100 CENTAVOS), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°2): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE Sub Partida 1.1.1.1.2


RETRIBUCIONES DEL CARGO II, por la suma de $7.000.000,00 (PESOS SIETE


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de


$87.211.212,40 (PESOS OCHENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL


DOSCIENTOS DOCE CON 40/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al


08/09/2025 de $29.690.235,79 (PESOS VEINTINUEVE MILLONES SEISCIENTOS


NOVENTA MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CINCO CON 79/100 CENTAVOS),


habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1


CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $7.000.000,00 (PESOS SIETE MILLONES CON


00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de


$1.365.317.014,03 (PESOS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES


TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CATORCE CON 03/100 CENTAVOS). En


consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $94.211.212,40


(PESOS NOVENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL DOSCIENTOS


DOCE CON 40/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $36.690.235,79


(PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS NOVENTA MIL DOSCIENTOS


TREINTA Y CINCO CON 79/100 CENTAVOS), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°3): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE Sub Partida 1.1.1.1.3


RETRIBUCIONES QUE NO HACEN AL CARGO, por la suma de





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


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$262.000.000,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CON


00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $769.768.225,58 (PESOS


SETECIENTOS SESENTA Y NUEVE MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL


DOSCIENTOS VEINTICINCO CON 58/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al


08/09/2025 de $129.301.487,39 (PESOS CIENTO VEINTINUEVE MILLONES


TRESCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 39/100


CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, por un monto de $262.000.000,00 (PESOS


DOSCIENTOS SESENTA Y DOS MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en


la misma un saldo disponible de $1.103.317.014,03 (PESOS MIL CIENTO TRES


MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CATORCE CON 03/100 CENTAVOS). En


consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $1.031.768.225,58


(PESOS MIL TREINTA Y UN MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y OCHO MIL


DOSCIENTOS VEINTICINCO CON 58/100 CENTAVOS), con un saldo disponible


de $391.301.487,39 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES


TRESCIENTOS UN MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 39/100


CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°4): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE Sub Partida 1.1.1.1.4


RETRIBUCIONES QUE NO HACEN AL CARGO II, por la suma de


$20.000.000,00 (PESOS VEINTE MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo


presupuesto inicial fue de $72.901.259,60 (PESOS SETENTA Y DOS MILLONES


NOVECIENTOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 60/100


CENTAVOS), con un saldo disponible al 08/09/2025 de $16.374.008,43 (PESOS


DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHO CON 43/100


CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $20.000.000,00 (PESOS VEINTE


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible


de $1.083.317.014,03 (PESOS MIL OCHENTA Y TRES MILLONES TRESCIENTOS


DIECISIETE MIL CATORCE CON 03/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará


un presupuesto compensado de $92.901.259,60 (PESOS NOVENTA Y DOS


MILLONES NOVECIENTOS UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON


60/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $36.374.008,43 (PESOS


TREINTA Y SEIS MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL OCHO CON





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43/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte


de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°5): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE Sub Partida 1.1.1.1.5 S.A.C., por


la suma de $60.000.000,00 (PESOS SESENTA MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $295.704.028,09 (PESOS


DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL


VEINTIOCHO CON 09/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al 08/09/2025


de $111.935.827,24 (PESOS CIENTO ONCE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y


CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 24/100 CENTAVOS), habiendo


realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO


ADICIONAL, un monto de $60.000.000,00 (PESOS SESENTA MILLONES CON


00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de


$1.023.317.014,03 (PESOS MIL VEINTITRÉS MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE


MIL CATORCE CON 03/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un


presupuesto compensado de $355.704.028,09 (PESOS TRESCIENTOS


CINCUENTA Y CINCO MILLONES SETECIENTOS CUATRO MIL VEINTIOCHO CON


09/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $171.935.827,24 (PESOS


CIENTO SETENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CINCO MIL


OCHOCIENTOS VEINTISIETE CON 24/100 CENTAVOS), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°6): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE Sub Partida 1.1.1.1.6 S.A.C. II, por


la suma de $3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES CON 00/100 CENTAVOS),


cuyo presupuesto inicial fue de $25.753.010,40 (PESOS VEINTICINCO


MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DIEZ CON 40/100 CENTAVOS),


con un saldo disponible al 08/09/2025 de $13.312.856,55 (PESOS TRECE


MILLONES TRESCIENTOS DOCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON


55/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación con la Sub


Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $3.000.000,00 (PESOS TRES


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible


de $1.020.317.014,03 (PESOS MIL VEINTE MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE


MIL CATORCE CON 03/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un


presupuesto compensado de $28.753.010,40 (PESOS VEINTIOCHO MILLONES


SETECIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL DIEZ CON 40/100 CENTAVOS), con un





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saldo disponible de $16.312.856,55 (PESOS DIECISÉIS MILLONES TRESCIENTOS


DOCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS CON 55/100 CENTAVOS), según


detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo


I.-


ARTÍCULO N°7): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE Sub Partida 1.1.1.1.7


CONTRIBUCIONES PATRONALES, por la suma de $193.739.345,02 (PESOS


CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL


TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON 02/100 CENTAVOS), cuyo


presupuesto inicial fue de $917.718.307,23 (PESOS NOVECIENTOS DIECISIETE


MILLONES SETECIENTOS DIECIOCHO MIL TRESCIENTOS SIETE CON 23/100


CENTAVOS), con un saldo disponible al 08/09/2025 de $245.683.930,84


(PESOS DOSCIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS OCHENTA Y


TRES MIL NOVECIENTOS TREINTA CON 84/100 CENTAVOS), habiendo realizado


la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un


monto de $193.739.345,02 (PESOS CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES


SETECIENTOS TREINTA Y NUEVE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y CINCO CON


02/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de


$826.577.669,01 (PESOS OCHOCIENTOS VEINTISÉIS MILLONES QUINIENTOS


SETENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA Y NUEVE CON 01/100 CENTAVOS).


En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $1.111.457.652,25


(PESOS MIL CIENTO ONCE MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL


SEISCIENTOS CINCUENTA Y DOS CON 25/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible de $439.423.275,86 (PESOS CUATROCIENTOS TREINTA Y NUEVE


MILLONES CUATROCIENTOS VEINTITRÉS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO


CON 86/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma


parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°8): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.1 PLANTA PERMANENTE Sub Partida 1.1.1.1.10 APORTES


PERSONALES, por la suma de $147.642.870,64 (PESOS CIENTO CUARENTA


Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS


SETENTA CON 64/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de


$720.065.458,22 (PESOS SETECIENTOS VEINTE MILLONES SESENTA Y CINCO MIL


CUATROCIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 22/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible al 08/09/2025 de $195.413.497,65 (PESOS CIENTO NOVENTA Y





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


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CINCO MILLONES CUATROCIENTOS TRECE MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y


SIETE CON 65/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación


con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $147.642.870,64


(PESOS CIENTO CUARENTA Y SIETE MILLONES SEISCIENTOS CUARENTA Y DOS


MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 64/100 CENTAVOS), quedando en la misma


un saldo disponible de $678.934.798,37 (PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO


MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y


OCHO CON 37/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $867.708.328,86 (PESOS OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE


MILLONES SETECIENTOS OCHO MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO CON 86/100


CENTAVOS), con un saldo disponible de $343.056.368,29 (PESOS TRESCIENTOS


CUARENTA Y TRES MILLONES CINCUENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS SESENTA Y


OCHO CON 29/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que


forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°9): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y SUPLEMENTOS Sub Partida 1.1.1.3.1


ASIGNACIONES FAMILIARES, por la suma de $2.000.000,00 (PESOS DOS


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de


$64.344.000,00 (PESOS SESENTA Y CUATRO MILLONES TRESCIENTOS


CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al


08/09/2025 de $14.511.000,00 (PESOS CATORCE MILLONES QUINIENTOS ONCE


MIL CON 00/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación


con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $2.000.000,00


(PESOS DOS MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un


saldo disponible de $676.934.798,37 (PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y SEIS


MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y


OCHO CON 37/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $66.344.000,00 (PESOS SESENTA Y SEIS MILLONES


TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO MIL CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible de $16.511.000,00 (PESOS DIECISÉIS MILLONES QUINIENTOS ONCE


MIL CON 00/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que


forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°10): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y SUPLEMENTOS Sub Partida 1.1.1.3.2


BONIFICACIONES, por la suma de $140.000.000,00 (PESOS CIENTO





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


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CUARENTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue


de $395.358.595,35 (PESOS TRESCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES


TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON


35/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al 08/09/2025 de $54.242.443,51


(PESOS CINCUENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL


CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 51/100 CENTAVOS), habiendo


realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO


ADICIONAL, un monto de $140.000.000,00 (PESOS CIENTO CUARENTA


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible


de $536.934.798,37 (PESOS QUINIENTOS TREINTA Y SEIS MILLONES


NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON


37/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado


de $535.358.595,35 (PESOS QUINIENTOS TREINTA Y CINCO MILLONES


TRESCIENTOS CINCUENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO CON


35/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $194.242.443,51 (PESOS


CIENTO NOVENTA Y CUATRO MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL


CUATROCIENTOS CUARENTA Y TRES CON 51/100 CENTAVOS), según detalle de


planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°11): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y SUPLEMENTOS Sub Partida 1.1.1.3.5


BONIFICACIONES II, por la suma de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES


CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $17.824.717,44


(PESOS DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS


DIECISIETE CON 44/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al 08/09/2025 de


$4.399.440,06 (PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE


MIL CUATROCIENTOS CUARENTA CON 06/100 CENTAVOS), habiendo realizado


la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un


monto de $5.000.000,00 (PESOS CINCO MILLONES CON 00/100 CENTAVOS),


quedando en la misma un saldo disponible de $531.934.798,37 (PESOS


QUINIENTOS TREINTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL


SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 37/100 CENTAVOS). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $22.824.717,44 (PESOS VEINTIDÓS


MILLONES OCHOCIENTOS VEINTICUATRO MIL SETECIENTOS DIECISIETE CON


44/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $9.399.440,06 (PESOS NUEVE


MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA





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CON 06/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma


parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°12): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y SUPLEMENTOS Sub Partida 1.1.1.3.7


DIFERENCIAS POR ESCALAFÓN, por la suma de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de


$32.604.675,70 (PESOS TREINTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL


SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 70/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible al 08/09/2025 de $4.472.310,86 (PESOS CUATRO MILLONES


CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIEZ CON 86/100


CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $10.000.000,00 (PESOS DIEZ


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible


de $521.934.798,37 (PESOS QUINIENTOS VEINTIÚN MILLONES NOVECIENTOS


TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 37/100


CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$42.604.675,70 (PESOS CUARENTA Y DOS MILLONES SEISCIENTOS CUATRO MIL


SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO CON 70/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible de $14.472.310,86 (PESOS CATORCE MILLONES CUATROCIENTOS


SETENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS DIEZ CON 86/100 CENTAVOS), según detalle


de planilla demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°13): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.1.3 BONIFICACIONES Y SUPLEMENTOS Sub Partida 1.1.1.3.8


GASTOS DE REPRESENTACIÓN, por la suma de $3.000.000,00 (PESOS TRES


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de


$10.143.970,80 (PESOS DIEZ MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL


NOVECIENTOS SETENTA CON 80/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al


08/09/2025 de $2.171.758,53 (PESOS DOS MILLONES CIENTO SETENTA Y UN


MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y OCHO CON 53/100 CENTAVOS), habiendo


realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO


ADICIONAL, un monto de $3.000.000,00 (PESOS TRES MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de $518.934.798,37


(PESOS QUINIENTOS DIECIOCHO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO


MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 37/100 CENTAVOS). En


consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $13.143.970,80





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 4.006/2.025




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(PESOS TRECE MILLONES CIENTO CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS


SETENTA CON 80/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $5.171.758,53


(PESOS CINCO MILLONES CIENTO SETENTA Y UN MIL SETECIENTOS CINCUENTA


Y OCHO CON 53/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que


forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°14): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.7


HONORARIOS Y RETRIBUCIONES A TERCEROS, por la suma de


$180.000.000,00 (PESOS CIENTO OCHENTA MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $291.000.000,00 (PESOS


DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible al 08/09/2025 de $15.656.563,00 (PESOS QUINCE MILLONES


SEISCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON 00/100


CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida


1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $180.000.000,00 (PESOS CIENTO


OCHENTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo


disponible de $338.934.798,37 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO


MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y


OCHO CON 37/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto


compensado de $471.000.000,00 (PESOS CUATROCIENTOS SETENTA Y UN


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de


$195.656.563,00 (PESOS CIENTO NOVENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS


CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS SESENTA Y TRES CON 00/100 CENTAVOS),


según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la presente como


Anexo I.-


ARTÍCULO N°15): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.8 PUBLICIDAD


Y PROPAGANDA, por la suma de $24.000.000,00 (PESOS VEINTICUATRO


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de


$36.000.000,00 (PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES CON 00/100 CENTAVOS),


con un saldo disponible al 08/09/2025 de $902.000,00 (PESOS NOVECIENTOS


DOS MIL CON 00/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente


compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de


$24.000.000,00 (PESOS VEINTICUATRO MILLONES CON 00/100 CENTAVOS),


quedando en la misma un saldo disponible de $314.934.798,37 (PESOS





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 4.006/2.025




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TRESCIENTOS CATORCE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL


SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 37/100 CENTAVOS). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $60.000.000,00 (PESOS SESENTA


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $24.902.000,00


(PESOS VEINTICUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOS MIL CON 00/100


CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°16): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.10 SEGUROS


Y ALQUILERES, por la suma de $100.000.000,00 (PESOS CIEN MILLONES


CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $165.000.000,00


(PESOS CIENTO SESENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), con un


saldo disponible al 08/09/2025 de $2.036.877,35 (PESOS DOS MILLONES


TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 35/100 CENTAVOS),


habiendo realizado la presente compensación con la Sub Partida 1.4.1


CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $100.000.000,00 (PESOS CIEN MILLONES


CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de


$214.934.798,37 (PESOS DOSCIENTOS CATORCE MILLONES NOVECIENTOS


TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 37/100


CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado de


$265.000.000,00 (PESOS DOSCIENTOS SESENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100


CENTAVOS), con un saldo disponible de $102.036.877,35 (PESOS CIEN


MILLONES TREINTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE CON 35/100


CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°17): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.19 CORTESÍA


Y HOMENAJES, por la suma de $45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO


MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de


$67.500.000,00 (PESOS SESENTA Y SIETE MILLONES QUINIENTOS MIL CON


00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al 08/09/2025 de $9.556.554,28


(PESOS NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS


CINCUENTA Y CUATRO CON 28/100 CENTAVOS), habiendo realizado la


presente compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un


monto de $45.000.000,00 (PESOS CUARENTA Y CINCO MILLONES CON 00/100





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 4.006/2.025




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CENTAVOS), quedando en la misma un saldo disponible de $169.934.798,37


(PESOS CIENTO SESENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO


MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 37/100 CENTAVOS). En


consecuencia, quedará un presupuesto compensado de $112.500.000,00


(PESOS CIENTO DOCE MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 CENTAVOS), con


un saldo disponible de $54.556.554,28 (PESOS CINCUENTA Y CUATRO


MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y


CUATRO CON 28/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que


forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°18): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.1.3 SERVICIOS NO PERSONALES Sub Partida 1.1.3.20 OTROS


SERVICIOS, por la suma de $30.000.000,00 (PESOS TREINTA MILLONES CON


00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $94.500.000,00 (PESOS


NOVENTA Y CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 CENTAVOS), con


un saldo disponible al 08/09/2025 de $25.166.766,90 (PESOS VEINTICINCO


MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS CON


90/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación con la Sub


Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de $30.000.000,00 (PESOS


TREINTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), quedando en la misma un saldo


disponible de $139.934.798,37 (PESOS CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES


NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON


37/100 CENTAVOS). En consecuencia, quedará un presupuesto compensado


de $124.500.000,00 (PESOS CIENTO VEINTICUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL


CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible de $55.166.766,90 (PESOS


CINCUENTA Y CINCO MILLONES CIENTO SESENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS


SESENTA Y SEIS CON 90/100 CENTAVOS), según detalle de planilla


demostrativa que forma parte de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°19): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.3.3 AL SECTOR PRIVADO Sub Partida 1.3.3.2 A INSTITUCIONES


SOCIALES, CULTURALES Y OTRAS, por la suma de $40.000.000,00 (PESOS


CUARENTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue


de $52.500.000,00 (PESOS CINCUENTA Y DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON


00/100 CENTAVOS), con un saldo disponible al 08/09/2025 de $3.291.290,79


(PESOS TRES MILLONES DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS


NOVENTA Y OCHO CON 79/100 CENTAVOS), habiendo realizado la presente





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 4.006/2.025




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compensación con la Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, un monto de


$40.000.000,00 (PESOS CUARENTA MILLONES CON 00/100 CENTAVOS),


quedando en la misma un saldo disponible de $99.934.798,37 (PESOS


NOVENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL


SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 37/100 CENTAVOS). En consecuencia,


quedará un presupuesto compensado de $92.500.000,00 (PESOS NOVENTA Y


DOS MILLONES QUINIENTOS MIL CON 00/100 CENTAVOS), con un saldo


disponible de $43.291.290,79 (PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES


DOSCIENTOS NOVENTA Y UN MIL DOSCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 79/100


CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte de la


presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°20): AUTORIZAR la compensación de la siguiente Partida


Principal 1.4 A CLASIFICAR Sub Partida 1.4.1 CRÉDITO ADICIONAL, por la


suma de $1.972.382.215,66 (PESOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y DOS


MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL DOSCIENTOS QUINCE CON


66/100 CENTAVOS), cuyo presupuesto inicial fue de $706.027.246,41 (PESOS


SETECIENTOS SEIS MILLONES VEINTISIETE MIL DOSCIENTOS CUARENTA Y SEIS


CON 41/100 CENTAVOS), cuyo monto inicial fue rectificado mediante la


Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.982/2.025 en la suma de


$1.412.289.767,62 (UN MIL CUATROCIENTOS DOCE MILLONES DOSCIENTOS


OCHENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SIETE CON 62/100 CENTAVOS)


con un saldo disponible al 08/09/2025 de $2.072.317.014,03 (PESOS DOS MIL


SETENTA Y DOS MILLONES TRESCIENTOS DIECISIETE MIL CATORCE CON 03/100


CENTAVOS), habiendo realizado la presente compensación, quedando un


saldo disponible de $99.934.798,37 (PESOS NOVENTA Y NUEVE MILLONES


NOVECIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO CON


37/100 CENTAVOS), según detalle de planilla demostrativa que forma parte


de la presente como Anexo I.-


ARTÍCULO N°21): INCORPORAR como ANEXO I de la presente, la planilla de


Compensaciones de Partidas Presupuestarias correspondientes al Ejercicio


2.025.-


ARTÍCULO N°22): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y


cumplido archívese. -





“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 4.006/2.025




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ARTÍCULO N°23): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata, Partido Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los 29


(veintinueve) días del mes de Septiembre del año Dos Mil Veinticinco.


Charata, 07 de Octubre del año 2.025.-


























“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 4.006/2.025




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ANEXO I.




Charata, 07 de Octubre del año 2.025.-


Principales y Parciales Presupuesto Compens. Pres. Comp. Saldo Disponible
Importe a Compensar


(-)


Importe a


Compensar (+)


Presupuesto


Compensado
Saldo Disponible


1.1.1.1 Planta Permanente


1.1.1.1.01 Retribuciones Del Cargo 1.771.000.000,26$ -$ 1.771.000.000,26$ 289.119.390,17$ 700.000.000,00$ 2.471.000.000,26$ 989.119.390,17$


1.1.1.1.02 Retribuciones Del Cargo Ii 87.211.212,40$ -$ 87.211.212,40$ 29.690.235,79$ 7.000.000,00$ 94.211.212,40$ 36.690.235,79$


1.1.1.1.03 Retribuciones Que No Hacen


Al Cargo


769.768.225,58$ -$ 769.768.225,58$ 129.301.487,39$ 262.000.000,00$ 1.031.768.225,58$ 391.301.487,39$


1.1.1.1.04 Retribuciones Que No Hacen


Al Cargo Ii


72.901.259,60$ -$ 72.901.259,60$ 16.374.008,43$ 20.000.000,00$ 92.901.259,60$ 36.374.008,43$


1.1.1.1.05 S.a.c. 295.704.028,09$ -$ 295.704.028,09$ 111.935.827,24$ 60.000.000,00$ 355.704.028,09$ 171.935.827,24$


1.1.1.1.06 S.a.c. Ii 25.753.010,40$ -$ 25.753.010,40$ 13.312.856,55$ 3.000.000,00$ 28.753.010,40$ 16.312.856,55$


1.1.1.1.07 Contribuciones Patronales 917.718.307,23$ -$ 917.718.307,23$ 245.683.930,84$ 193.739.345,02$ 1.111.457.652,25$ 439.423.275,86$


1.1.1.1.10 Aportes Personales 720.065.458,22$ -$ 720.065.458,22$ 195.413.497,65$ 147.642.870,64$ 867.708.328,86$ 343.056.368,29$


1.1.1.3 Bonificaciones Y Suplementos -$


1.1.1.3.1 Asignaciones Familiares 64.344.000,00$ -$ 64.344.000,00$ 14.511.000,00$ 2.000.000,00$ 66.344.000,00$ 16.511.000,00$


1.1.1.3.2 Bonificaciones 395.358.595,35$ -$ 395.358.595,35$ 54.242.443,51$ 140.000.000,00$ 535.358.595,35$ 194.242.443,51$


1.1.1.3.5 Bonificaciones Ii 17.824.717,44$ -$ 17.824.717,44$ 4.399.440,06$ 5.000.000,00$ 22.824.717,44$ 9.399.440,06$


1.1.1.3.7 Diferencias Por Escalafón 32.604.675,70$ -$ 32.604.675,70$ 4.472.310,86$ 10.000.000,00$ 42.604.675,70$ 14.472.310,86$


1.1.1.3.8 Gastos De Represesntación 10.143.970,80$ -$ 10.143.970,80$ 2.171.758,53$ 3.000.000,00$ 13.143.970,80$ 5.171.758,53$


1.1.3 Servicios No Personales -$


1.1.3.07 Honorarios Y Retribuciones A


Terceros


291.000.000,00$ -$ 291.000.000,00$ 15.656.563,00$ 180.000.000,00$ 471.000.000,00$ 195.656.563,00$


1.1.3.08 Publicidad Y Propaganda 36.000.000,00$ -$ 36.000.000,00$ 902.000,00$ 24.000.000,00$ 60.000.000,00$ 24.902.000,00$


1.1.3.10 Seguros Y Alquileres 165.000.000,00$ -$ 165.000.000,00$ 2.036.877,35$ 100.000.000,00$ 265.000.000,00$ 102.036.877,35$


1.1.3.19 Cortesía Y Homenajes 67.500.000,00$ -$ 67.500.000,00$ 9.556.554,28$ 45.000.000,00$ 112.500.000,00$ 54.556.554,28$


1.1.3.20 Otros Servicios 94.500.000,00$ -$ 94.500.000,00$ 25.166.766,90$ 30.000.000,00$ 124.500.000,00$ 55.166.766,90$


1.3.3 Al Sector Privado -$


1.3.3.02 A Instituciones Sociales,


Culturales Y Otras


52.500.000,00$ -$ 52.500.000,00$ 3.291.290,79$ 40.000.000,00$ 92.500.000,00$ 43.291.290,79$


1.4 A Clasificar -$


1.4.1 Crédito Adicional 706.027.246,41$ 1.366.289.767,62$ 2.072.317.014,03$ 2.072.317.014,03$ 1.972.382.215,66-$ 99.934.798,37$ 99.934.798,37$