ORD Nº 3897.2024 Autoriza alcantarillas de tubo.pdf



“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-




Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.897/2.024






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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO


ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE


CHARATA N°: 3.897/2.024




VISTO:


El Proyecto de Ordenanza, ingresado al Concejo Municipal bajo


el N° 9.319, tratado “SOBRE TABLAS” en el punto 2.5°) del Orden del Día


correspondiente a la Sesión Extraordinaria N°02 - Reunión N°06, del día


Lunes 29 de Enero del año 2.024 y;




CONSIDERANDO:


La urgente necesidad de construir alcantarillas en la zona


donde se encuentran los barrios denominados “Quinta Jelniski” y


“Autódromo Nuevo”.-


Que, la Ordenanza de Concejo Municipal N°184/1.986, obliga al


Municipio a la construcción de alcantarillas para lograr su ensanchamiento y


que las mismas sean de mayor profundidad.-


Que, debido a las condiciones climáticas y a la altura de las


napas de Agua, factores que actualmente no permiten dar cumplimiento a


lo establecido por la Ordenanza de Concejo mencionada ut supra.-


Que, por lo descripto, se hace necesario encontrar soluciones


rápidas para poder afrontar las contingencias y de esta forma evacuar más


eficaz y rápidamente el agua que se encuentra estancada en las zonas


mencionadas.-


Que, por lo expuesto se hace necesario poner en vigencia la


utilización de caños, tubos o sus equivalentes, de diferentes diámetros


según el fin de su uso, lo que permitirá rápidamente la evacuación de las


aguas por las alcantarillas y de esta manera, dándose respuestas inmediatas


a la comunidad.-


Que, esta construcción de alcantarillas con nuevos materiales


vendrá a solucionar diversos inconvenientes ocasionados por la cantidad de


milímetros de lluvia, que se han producido en los últimos meses en la


Ciudad de Charata.-


Que, esta cuestión fue sugerida por el técnico del APA asignado


por dicho organismo a nuestro departamento.-






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Que, será la Municipalidad de Charata, a través de la Secretaría


de Obras Públicas la encargada de evaluar y usar este tipo de materiales


para la construcción de alcantarillados. Asimismo, toda obra particular que


necesite usar este tipo de metodología, deberá solicitar autorización al área


correspondiente.-


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 2.5°) del Orden


del Día correspondiente a la Sesión Extraordinaria N°: 02 - Reunión N°: 06,


del día Lunes 29 de Enero del año 2.024, siendo APROBADO por signos,


“SOBRE TABLAS” con 8 (ocho) votos POSITIVOS, de los Concejales: Barcala,


Alejandro Juan José, Gauna, Paola Edit, Guilaña, Luciana Evelin, Carabajal,


Ángel René, Oger, Silvia Mabel, Farias, Analia Marisel, Fedorchuk, Carlos


Roberto, Spahn, Elbio Marcelo, 1 (una) Ausencia del Concejal: Lorenzin,


Nestor Javier, Corresponde al Acta 1.794.-




POR ELLO:




EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON


FUERZA D E O R D E N A N Z A:




ARTICULO 1°): AUTORIZAR EXCEPCIONALMENTE al Poder Ejecutivo


Municipal a utilizar para la construcción de las nuevas alcantarillas: caños,


tubos o equivalentes, los que se ajustarán a los proyectados y calculados


por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Charata, lo cual


se adjunta a la presente como ANEXO I.-


ARTICULO 2°): ESTABLECER que para los casos de construcción de obras


particulares, que pretendan utilizar caños, tubos o equivalentes para la


construcción de alcantarillas, deberán previamente, solicitar autorización


debida a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Charata.-


ARTICULO 3°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las


dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y


cumplido archívese.-


ARTÍCULO 4°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los


Veintinueve días del mes de Enero del año Dos Mil Veinticuatro.






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Charata, 29 de Enero de 2.024.-


ANEXO I















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