
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.897/2.024
Página 1 de 4
MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N°: 3.897/2.024
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza, ingresado al Concejo Municipal bajo
el N° 9.319, tratado “SOBRE TABLAS” en el punto 2.5°) del Orden del Día
correspondiente a la Sesión Extraordinaria N°02 - Reunión N°06, del día
Lunes 29 de Enero del año 2.024 y;
CONSIDERANDO:
La urgente necesidad de construir alcantarillas en la zona
donde se encuentran los barrios denominados “Quinta Jelniski” y
“Autódromo Nuevo”.-
Que, la Ordenanza de Concejo Municipal N°184/1.986, obliga al
Municipio a la construcción de alcantarillas para lograr su ensanchamiento y
que las mismas sean de mayor profundidad.-
Que, debido a las condiciones climáticas y a la altura de las
napas de Agua, factores que actualmente no permiten dar cumplimiento a
lo establecido por la Ordenanza de Concejo mencionada ut supra.-
Que, por lo descripto, se hace necesario encontrar soluciones
rápidas para poder afrontar las contingencias y de esta forma evacuar más
eficaz y rápidamente el agua que se encuentra estancada en las zonas
mencionadas.-
Que, por lo expuesto se hace necesario poner en vigencia la
utilización de caños, tubos o sus equivalentes, de diferentes diámetros
según el fin de su uso, lo que permitirá rápidamente la evacuación de las
aguas por las alcantarillas y de esta manera, dándose respuestas inmediatas
a la comunidad.-
Que, esta construcción de alcantarillas con nuevos materiales
vendrá a solucionar diversos inconvenientes ocasionados por la cantidad de
milímetros de lluvia, que se han producido en los últimos meses en la
Ciudad de Charata.-
Que, esta cuestión fue sugerida por el técnico del APA asignado
por dicho organismo a nuestro departamento.-
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.897/2.024
Página 2 de 4
Que, será la Municipalidad de Charata, a través de la Secretaría
de Obras Públicas la encargada de evaluar y usar este tipo de materiales
para la construcción de alcantarillados. Asimismo, toda obra particular que
necesite usar este tipo de metodología, deberá solicitar autorización al área
correspondiente.-
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 2.5°) del Orden
del Día correspondiente a la Sesión Extraordinaria N°: 02 - Reunión N°: 06,
del día Lunes 29 de Enero del año 2.024, siendo APROBADO por signos,
“SOBRE TABLAS” con 8 (ocho) votos POSITIVOS, de los Concejales: Barcala,
Alejandro Juan José, Gauna, Paola Edit, Guilaña, Luciana Evelin, Carabajal,
Ángel René, Oger, Silvia Mabel, Farias, Analia Marisel, Fedorchuk, Carlos
Roberto, Spahn, Elbio Marcelo, 1 (una) Ausencia del Concejal: Lorenzin,
Nestor Javier, Corresponde al Acta 1.794.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA CON
FUERZA D E O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1°): AUTORIZAR EXCEPCIONALMENTE al Poder Ejecutivo
Municipal a utilizar para la construcción de las nuevas alcantarillas: caños,
tubos o equivalentes, los que se ajustarán a los proyectados y calculados
por la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Charata, lo cual
se adjunta a la presente como ANEXO I.-
ARTICULO 2°): ESTABLECER que para los casos de construcción de obras
particulares, que pretendan utilizar caños, tubos o equivalentes para la
construcción de alcantarillas, deberán previamente, solicitar autorización
debida a la Secretaría de Obras Públicas de la Municipalidad de Charata.-
ARTICULO 3°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.-
ARTÍCULO 4°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco de la Provincia del Chaco a los
Veintinueve días del mes de Enero del año Dos Mil Veinticuatro.
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.897/2.024
Página 3 de 4
Charata, 29 de Enero de 2.024.-
ANEXO I
“2024 - Año del 30° Aniversario de la Reforma de la Constitución Nacional y Provincial".-
Ordenanza de Concejo Municipal Nº 3.897/2.024
Página 4 de 4