
“2.025 – Año del 40º Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”
Ordenanza de Concejo Municipal N° 3.972/2.025
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N° 3.972/2.025
V I S T O:
El Dictamen por MAYORÍA DEL CONCEJO EN COMISIÓN N°
09/2.025, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°9.978, sobre:
Reconocimiento de facturas Ejercicio 2024, y;
CONSIDERANDO:
Que, las Facturas, Remitos, Órdenes Internas de
Suministros, Resoluciones de Intendente Municipal y demás comprobantes
presentados junto con este proyecto de ordenanza, se refieren a
Erogaciones realizadas en el Ejercicio vencido del año 2.024 que no se
pudieron pagar por falta de partida presupuestaria o por tener fecha del
presente año y corresponder a una erogación realizada en el ejercicio
anterior;
Que, por lo tanto se le requiere al Concejo Municipal de la
ciudad de Charata que, luego de analizar nuevamente todas y cada una de
las Facturas, Remitos y Órdenes Internas correspondientes presentadas,
autorice al Poder Ejecutivo Municipal realizar los pagos correspondientes
con las partidas presupuestarias del ejercicio 2025;
Que, con respecto de la Factura emitida por la Bioquímica
Leiva, Flavia Lorena, este Concejo ha tenido a la vista el detalle de
prescripciones médicas, ordenes internas y nóminas de beneficiarios
correspondientes a 31 distintos análisis clínicos de mediana y alta
complejidad, los cuales si bien no se encuentran detallados en la factura, si
cuentan con su respaldo en el legajo correspondiente.
Que, idéntica circunstancia ocurre con la factura emitida
por el Bioquímico Boglietti, Jorge Oscar, la cual no cuenta con el detalle de
los estudios realizados, pero si con respaldo detallado de prescripción
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médica, ordenes internas y nómina de beneficiarios, correspondientes a 34
análisis clínicos de diversa índole, que este Concejo ha tenido a la vista;
Que, en el mismo sentido con respecto a la factura emitida
por ALCEC (Asociación Lucha Contra el Cáncer), la misma cuenta con
Resolución del Intendente de la Municipalidad e Charata N° 2.467/2.024,
mediante la cual se autoriza a la Secretaria de Hacienda y Finanza que
efectuar el reconocimiento y liquidación de la Factura N° 02-06758
correspondiente estudio de ecografías y mamografías solicitadas por la
Secretaría de Desarrollo Comunitario, durante el mes de Noviembre de
2.024. Que si bien la factura no detalla la cantidad de estudios realizados,
este Concejo ha recepcionado el informe detallado de la Señora Patricia
Gisela Laché, Secretaria de Desarrollo Comunitario, con la correspondiente
nómina de beneficiarios, correspondiente a 69 estudios realizado por
ALCEC,
Que, en virtud de ello, este concejo resuelve autorizar el
pago de las facturas precedentemente mencionadas, y disponer el anexo de
la planilla de beneficiarios a fin de dar completitud a las tres facturas
referidas.
Que, con respecto a las facturas emitidas por Bois,
Mariana; Corredera, Ángel Marcelo; Belardez, Claudio David; Camaño,
Christian Roberto; Charata Electricidad S.A.S.; Mathieu, Norberto; Domingo
Carlisi y Cia. S.R.L.; Carabajal, Javier Luis; Zaragoza, Franco Darío y
Schneider Bárbara Yanina, luego de un análisis detallado, este Concejo ha
constatado que dichas erogaciones fueron realizadas en el año 2.024, aun
cuando en alguno de los casos la factura fuera emitida en el año 2.025 y por
ello es que resolvemos autorizar el pago de las mismas;
Que, en el caso de la factura emitida por Reyes, Ernesto
Omar, este Concejo ha advertido una notable diferencia de precios con los
demás proveedores, en virtud de haber tenido a la vista las ordenes internas
de compra y el detalle brindado por la Secretaria de desarrollo Comunitario
sobre la mercadería adquirida, amén de que se autorizara su pago por
tratarse de erogaciones correspondiente al mes de Octubre y Noviembre de
2.024;
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Que, en consecuencia este Concejo en pleno sugiere
buscar otras alternativas que resulten económicamente más convenientes al
Municipio y respetar la alternancia entre los distintos proveedores;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 2.1°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Extraordinaria N°06 – Reunión:
N°47, del día Jueves 09 de Enero del año 2.025, siendo APROBADO “SOBRE
TABLAS”, por signos, por unanimidad de los miembros presentes, con 8
(ocho) votos POSITIVOS. Una ausencia con aviso del Concejal Lorenzin,
Nestor Javier. Corresponde al Acta 1.835.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
ARTÍCULO 1°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, LEIVA FLAVIA LORENA, FACT. Nº 01-
0037, por un importe de $842.517,00 (PESOS OCHOCIENTOS CUARENTA Y
DOS MIL QUINIENTOS DIECISIETE CON 00/100) correspondiente a 31 análisis
clínicos de mediana y alta complejidad, con su respectiva documentación
respaldatoria, la cual se agrega a la presente como ANEXO I;
ARTÍCULO 2°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, BOIS MARIANA MARIEL, FACT. Nº 02-
07480, por un importe de $1.164.600,00 (PESOS UN MILLÓN CIENTO SESENTA
Y CUATRO MIL SEISCIENTOS CON 00/100) con sus órdenes de suministro
internas;
ARTÍCULO 3°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, BOGLIETTI JORGE OSCAR, FACT. Nº 02-
0315, por un importe de $900.500,00 (PESOS NOVECIENTOS MIL QUINIENTOS
CON 00/100) correspondiente a 34 análisis clínicos de diversa índole, con su
respectiva documentación respaldatoria, la cual se agrega a la presente
como ANEXO II;
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ARTÍCULO 4°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, CORREDERA ÁNGEL MARCELO, FACT 04-
1378 por un importe de $2.871.000,00 (PESOS DOS MILLONES OCHOCIENTOS
SETENTA Y UN MIL CON 00/100);
ARTÍCULO 5°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, BELARDEZ CLAUDIO DAVID, RES. 2462-
2024 – FACT. Nº 02-050 por un importe de $150.000,00 (PESOS CIENTO
CINCUENTA MIL CON 00/100) con nota de solicitud Asociación Española de
Charata;
ARTÍCULO 6°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, CAMAÑO CHRISTIAN ROBERTO, RES. Nº
2318/2024 – FACT Nº 01-015 por un importe de $240.000,00 (PESOS
DOSCIENTOS CUARENTA MIL CON 00/100);
ARTÍCULO 7°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, CHARATA ELECTRICIDAD S.A.S, RES.Nº
2359/2024 – FACT. Nº 04-3921 por un importe de $79.210,00 (PESOS
SETENTA Y NUEVE MIL DOSCIENTOS DIEZ CON 00/100) con nota de solicitud
de la Fundación Dislexia - CHARATA ELECTRICIDAD S.A.S, RES.Nº
2359/2024 – FACT. Nº 04-3923 por un importe de $350.510,00 (PESOS
TRESCIENTOS CINCUENTA MIL QUINIENTOS DIEZ CON 00/100) con nota de
solicitud de la Parroquia Sagrado Corazón de Jesús;
ARTÍCULO 8°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, MATHIEU NOROBERTO RES. Nº
2339/2024 – FACT Nº 06-347 por un importe de $784.000,00 (PESOS
SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL CON 00/100);
ARTÍCULO 9°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, DOMINGO CARLISI Y CIA S.R.L. FACT Nº
05-4138 por un importe de $238.197,30 (PESOS DOSCIENTOS TREINTA Y
OCHO MIL CIENTO NOVENTA Y SIETE CON 30/100) con nota de solicitud de
Sala de Teatro “El Galpón”;
ARTÍCULO 10°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, ALCEC RES. Nº 2467/2024 - FACT Nº 02-
6758 por un importe de $1.575.000,00 (PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS
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SETENTA Y CINCO MIL CON 00/100), correspondiente a 69 estudios
realizados de PAP, ecografías y mamografías, realizados en el mes de
noviembre de 2.024, la cual se agrega a la presente como ANEXO III;
ARTÍCULO 11°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, REYES ERNESTO OMAR FACT Nº 03-083
por un importe de $4.942.300,00 (PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS
CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS CON 00/100);
ARTÍCULO 12°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, CARABAJAL JAVIER LUIS FACT Nº 03-558
por un importe de $903.351,48 (PESOS NOVECIENTOS TRES MIL TRESCIENTOS
CINCUENTA Y UNO CON 48/100) y RES Nº 2397/2024 - FACT. Nº 03-519 por
un importe de $3.179.963,00 (PESOS TRES MILLONES CIENTO SETENTA Y
NUEVE MIL NOVECIENTOS SESENTA Y TRES CON 00/100);
ARTÍCULO 13°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, ZARAGOZA FRANCO DARÍO FACT Nº 02-
136 por un importe de $989.750,00 (PESOS NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE
MIL SETECIENTOS CINCUENTA CON 00/100);
ARTÍCULO 14°): RECONOCER y AUTORIZAR al Poder Ejecutivo Municipal a
abonar la deuda con el Proveedor, SCHNEIDER BÁRBARA YANINA, FACT Nº
01-021, por un importe de $876.700,00 (PESOS OCHOCIENTOS SETENTA Y
SEIS MIL SETECIENTOS CON 00/100).
ARTÍCULO 15°): IMPUTAR a la partida correspondiente del Presupuesto
vigente.
ARTÍCULO 16°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.
ARTICULO 17°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los
Nueve (09) días del mes de Enero del año Dos Mil Veinticinco. -
Charata, 09 (nueve) de Enero del año 2.025.-
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