ORD Nº 4009.2025 LICENCIAS MEDICAS.pdf


“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.




Ordenanza de Concejo Municipal N° 4.009/2.025




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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


Nº 4.009/2.025




V I S T O:


Dictamen por unanimidad de la COMISIÓN ASUNTOS


GENERALES Nº63/2.025, ingresado al Concejo Municipal bajo el N°10.653,


sobre: Licencia médica, y;




CONSIDERANDO:


Ley N° 647-E (Antes Ley 3529) Estatuto del Docente que


otorga para el personal docente femenino un (1) día de licencia al año para


realizarse exámenes de papanicolau, colposcopía y mamografía (Art. 318 g,


333 c y 342 c); y para el personal docente masculino de la provincia del


Chaco, un día de licencia al año (Art. 320 g, 334 h y 343 g) para exámenes


preventivos de PSA (Antígeno Prostático Específico); y;


Que, teniendo la Municipalidad de Charata una gestión


municipal autónoma, podría adoptar el espíritu de la citada Ley para


establecer el beneficio de un día de licencia para el personal femenino y


masculino que se desempeña en la Municipalidad de Charata, y;


Que, es sumamente necesario que el personal municipal,


femenino y masculino, se realicen determinados estudios médicos, los cuales


detectarían y/o evitarían enfermedades con su diagnóstico temprano,


considerando siempre que “es mejor prevenir que curar”, y;


Que, los estudios en la mujer, como: “La Mamografía”, la


cual es un instrumento para detectar patologías malignas que podrían derivar


en cáncer de mamas, revela signos de cáncer de mamas en sus etapas


iniciales, permite vivir más tiempo y llevar una vida saludable; “El


Papanicolaou y La Colposcopía” detectan las enfermedades benignas y


malignas del cuello del útero, aparte de determinar la presencia de


infecciones, inflamaciones, detecta además, la presencia del Papiloma


Humano el cual puede derivar en cáncer, y;


Que, los estudios de control del Antígeno Prostático


Específico (PSA) son también muy importantes y necesarios en el hombre,





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especialmente mayores de 50 años, para detectar y controlar afecciones


como el cáncer de próstata, la hiperplasia prostática benigna y la prostatitis,


y;


Que, teniendo en cuenta la trascendencia de estos


estudios, los que forman parte importante del cuidado rutinario de la salud


del personal municipal, es preciso otorgar un (1) día al año de licencia


especial, con goce de haberes al personal femenino y masculino municipal,


cualquiera sea su situación laboral y antigüedad. El agente deberá acreditar


la realización del examen con certificado del médico actuante, que deberá


ser presentado a las autoridades competentes de la Municipalidad de


Charata, dentro de las cuarenta y ocho (48) horas posteriores de realizado el


mismo, y;


Que, ingresado el proyecto a tratamiento en la Comisión


de Asuntos Generales, los ediles miembros han citado a la persona encargada


de la oficina de Personal Municipal, a fin de que informe cuáles son las


necesidades específicas de los empleados respecto a las situaciones en


tratamiento, informando que, para el personal municipal, lo que resultaría


útil, es que cuando deban realizarse este tipo de estudios médicos, la licencia


no afecte su presentismo, y;


Que, asimismo, dada la importancia de que los empleados


cuenten con la posibilidad de realizarse estudios de prevención sin que se


vean afectados sus haberes o los pagos en concepto de presentismo, los


miembros del Bloque “Juntos por el Cambio” han propuesto y los demás ediles


miembros de la Comisión han considerado que también corresponde y es


justo, otorgar los mismos beneficios a quienes ya deben realizarse


tratamientos de carácter más complejos, como la quimioterapia, por lo que


deciden ampliar el proyecto en este sentido;


Que, luego de analizar lo establecido por el Estatuto del


Empleado Municipal, los ediles resuelven por unanimidad modificar el


proyecto en este punto esencial, ya que coinciden en que quizás otorgar un


día de licencia a estos fines no resulte suficiente, sino que en caso de que


requieran uno o más días, puedan realizarse los estudios médicos necesarios


sin que ello afecte la liquidación de sueldo perdiendo el concepto de


presentismo, y;


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°64 – Reunión: N°77,





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del día Lunes, 20 de Octubre del año 2.025, siendo APROBADO por signos,


por UNANIMIDAD, 9 (nueve) votos POSITIVOS. Corresponde al Acta 1.864.-




POR ELLO:




EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA SANCIONA


CON FUERZA DE ORDENANZA:




ARTÍCULO N°1): ESTABLECER que el personal municipal que justifique


dentro de las 48 hs. su inasistencia con certificado emitido por el médico


especialista, la realización de los estudios médicos correspondientes a


colposcopia, papanicolau, mamografía, PSA o sus derivados en caso que


corresponda y/o tratamientos de quimioterapia de pacientes oncológicos, no


se verá afectada su remuneración, presentismo y/o cualquier otro beneficio


del que pueda gozar el personal municipal.-


ARTÍCULO N°2): REMITIR y COMUNICAR la presente al Ejecutivo Municipal,


y a las dependencias que correspondan, a los fines de su Promulgación e


Instrumentación correspondiente.-


ARTÍCULO N°3): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata, Partido Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los 20


(veinte) días del mes de Octubre del año Dos Mil Veinticinco.


Charata, 28 de Octubre del año 2.025.-