
“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.
“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.
Resolución de Concejo N° 08/2.025
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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
RESOLUCIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
Nº 08/2.025
V I S T O:
La nota ingresada al Concejo Municipal bajo el N°10.212,
presentada por los Concejales del Bloque “FRENTE CHAQUEÑO”, sobre: INFORMAR
que el cargo de Asesor de Bloque será cubierto por el Dr.: Santiago Fabricio
Gaczek, y el Cargo de Auxiliar de Bloque estará cubierto por la Dra.: Gisela Paola
Sánchez, a partir del 1 de Junio del corriente año, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme la Nota mencionada en el visto, los Concejales
del Bloque “FRENTE CHAQUEÑO”, INFORMA, que el Dr. Gaczek, Santiago Fabricio
DNI N°30.596.063, se desempeña como Asesor de Bloque y la Dra. Sánchez,
Gisela Paola , DNI Nº 30.271.364 se desempeña como Auxiliar de Bloque, desde
el día 1 (uno) de Junio de 2.025,
Que, mediante Ordenanza N°3.874/2.023, los miembros del
Concejo Municipal, RESTABLECIERON la vigencia de la Ordenanza de Concejo
Municipal N° 283/1.989, con excepción de los artículos 6°) y 7°) los que
expresamente han sido derogados;
Que, a través de dicha Ordenanza, ESTABLECIERON, que los
cargos creados por la Ordenanza de Concejo Municipal N° 283/1.989, corresponden
exclusivamente a cada partido político o frente de alianza electoral que obtuviera
representación parlamentaria;
Que, asimismo, ESTABLECIERON, la remuneración del Asesor y
Auxiliar de Bloque, en un 55% (cincuenta y cinco por ciento) menos que la dieta
establecida para el Intendente Municipal de la ciudad de Charata;
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Que, también ESTABLECIERON, que los porcentajes de las
Remuneraciones estipuladas en el Artículo 3°) de la presente, gozarán de los
beneficios, las bonificaciones y suplementos vigentes del Secretario de Bloque.
Que, los gastos que origine la presente, deberán IMPUTARSE a
la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto vigente.
Que, la Ordenanza mencionado, prevé, que los cargos de Asesor
y Auxiliar de Bloque serán comunicados por cada partido político o frente de
alianza electoral que obtuviera representación parlamentaria, mediante nota
dirigida al Presidente de Concejo, a efectos de que el nombramiento y la efectiva
ocupación de los cargos se instrumenten todo de acuerdo a lo estipulado para la
designación del Secretario de Bloque;
Que, este tema, tuvo tratamiento como Punto 5.1°) del Orden
del Día, de la Sesión Ordinaria N°47, Reunión N° 58, del día 26 de Mayo de 2.025,
habiendo resuelto, por UNANIMIDAD de los miembros presentes, TOMAR
CONOCIMIENTO;
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA
R E S U E L V E
ARTÍCULO 1º): DESIGNAR como Asesor del Bloque “Frente Chaqueño“al Dr.
Gaczek, Santiago Fabricio DNI N°30.596.063 y como Auxiliar del Bloque “Frente
Chaqueño “a la Dra. Sánchez, Gisela Paola , DNI Nº 30.271.364, a partir del 01
de Junio de 2.025, hasta la finalización de la actual gestión Municipal, salvo
disposiciones contrarias.
ARTÍCULO 2º): Fijar su remuneración básica en lo legislado para la función que
corresponda. Gozará de las bonificaciones y asignaciones familiares que de
acuerdo a la reglamentación vigente le correspondan.
ARTÍCULO 3º): Imputar los gastos en concepto de haberes, bonificaciones y
asignaciones familiares a la Partida correspondiente del Presupuesto en vigencia.
ARTÍCULO 4º): Comuníquese a los departamentos que corresponda, Regístrese y
cumplido Archívese. -
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ARTÍCULO 5º): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de
Charata, Dpto- Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los 26 días del mes de Mayo
del año Dos Mil Veinticinco. –
Charata, Chaco, 03 de Junio de 2.025.