Resolucion de Concejo Nº 08.2025 Asesor de bloque Frente Chaqueño.pdf

“2.025- Año del 40° Aniversario del Juicio a las Juntas Militares”.


“2.025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N° 128 de Pampa Barrera”.



Resolución de Concejo N° 08/2.025


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MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO




RESOLUCIÓN DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


Nº 08/2.025




V I S T O:


La nota ingresada al Concejo Municipal bajo el N°10.212,


presentada por los Concejales del Bloque “FRENTE CHAQUEÑO”, sobre: INFORMAR


que el cargo de Asesor de Bloque será cubierto por el Dr.: Santiago Fabricio


Gaczek, y el Cargo de Auxiliar de Bloque estará cubierto por la Dra.: Gisela Paola


Sánchez, a partir del 1 de Junio del corriente año, y;




CONSIDERANDO:


Que, conforme la Nota mencionada en el visto, los Concejales


del Bloque “FRENTE CHAQUEÑO”, INFORMA, que el Dr. Gaczek, Santiago Fabricio


DNI N°30.596.063, se desempeña como Asesor de Bloque y la Dra. Sánchez,


Gisela Paola , DNI Nº 30.271.364 se desempeña como Auxiliar de Bloque, desde


el día 1 (uno) de Junio de 2.025,




Que, mediante Ordenanza N°3.874/2.023, los miembros del


Concejo Municipal, RESTABLECIERON la vigencia de la Ordenanza de Concejo


Municipal N° 283/1.989, con excepción de los artículos 6°) y 7°) los que


expresamente han sido derogados;




Que, a través de dicha Ordenanza, ESTABLECIERON, que los


cargos creados por la Ordenanza de Concejo Municipal N° 283/1.989, corresponden


exclusivamente a cada partido político o frente de alianza electoral que obtuviera


representación parlamentaria;


Que, asimismo, ESTABLECIERON, la remuneración del Asesor y


Auxiliar de Bloque, en un 55% (cincuenta y cinco por ciento) menos que la dieta


establecida para el Intendente Municipal de la ciudad de Charata;




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Que, también ESTABLECIERON, que los porcentajes de las


Remuneraciones estipuladas en el Artículo 3°) de la presente, gozarán de los


beneficios, las bonificaciones y suplementos vigentes del Secretario de Bloque.


Que, los gastos que origine la presente, deberán IMPUTARSE a


la partida presupuestaria correspondiente al Presupuesto vigente.


Que, la Ordenanza mencionado, prevé, que los cargos de Asesor


y Auxiliar de Bloque serán comunicados por cada partido político o frente de


alianza electoral que obtuviera representación parlamentaria, mediante nota


dirigida al Presidente de Concejo, a efectos de que el nombramiento y la efectiva


ocupación de los cargos se instrumenten todo de acuerdo a lo estipulado para la


designación del Secretario de Bloque;


Que, este tema, tuvo tratamiento como Punto 5.1°) del Orden


del Día, de la Sesión Ordinaria N°47, Reunión N° 58, del día 26 de Mayo de 2.025,


habiendo resuelto, por UNANIMIDAD de los miembros presentes, TOMAR


CONOCIMIENTO;


POR ELLO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


R E S U E L V E




ARTÍCULO 1º): DESIGNAR como Asesor del Bloque “Frente Chaqueño“al Dr.


Gaczek, Santiago Fabricio DNI N°30.596.063 y como Auxiliar del Bloque “Frente


Chaqueño “a la Dra. Sánchez, Gisela Paola , DNI Nº 30.271.364, a partir del 01


de Junio de 2.025, hasta la finalización de la actual gestión Municipal, salvo


disposiciones contrarias.


ARTÍCULO 2º): Fijar su remuneración básica en lo legislado para la función que


corresponda. Gozará de las bonificaciones y asignaciones familiares que de


acuerdo a la reglamentación vigente le correspondan.


ARTÍCULO 3º): Imputar los gastos en concepto de haberes, bonificaciones y


asignaciones familiares a la Partida correspondiente del Presupuesto en vigencia.


ARTÍCULO 4º): Comuníquese a los departamentos que corresponda, Regístrese y


cumplido Archívese. -




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ARTÍCULO 5º): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la Ciudad de


Charata, Dpto- Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los 26 días del mes de Mayo


del año Dos Mil Veinticinco. –


Charata, Chaco, 03 de Junio de 2.025.