Declaracion de Concejo Nº 03- 2025 DECLARACION DE INTERES EXPO AGRONEA PARA ENTREGAR.pdf

“2025 - Año del 40° Aniversario del juicio a las juntas militares" Ley N° 41533-A.


“2025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N°128 de Pampa Barrera”.







MUNICIPALIDAD DE CHARATA


PROVINCIA DEL CHACO.




DECLARACIÓN DE CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


Nº03/2.025.


VISTO:


El Dictamen por unanimidad DE LA COMISIÓN DE ASUNTOS


GENERALES N° 40/2.025, ingresado al Concejo Municipal bajo el N° 10.156,


sobre: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL, CULTURAL, SOCIAL Y


COMUNITARIO, la exposición nacional, “EXPO- AGRONEA 2025-


REVOLUCIÓN”, y;




CONSIDERANDO:


Que, se realizará la 22° Edición de la EXPO AGRONEA 2025


“REVOLUCIÓN” en nuestra ciudad.


Que, los días 04, 05, y 06 de julio de 2.025, se llevará a


cabo la 22° Edición de la Exposición Nacional: “EXPO- AGRONEA 2025


REVOLUCIÓN”, en nuestra Ciudad.


Que, AGRONEA, es la muestra agroindustrial y ganadera de


larga trayectoria en esos sectores, constituyendo el evento que acerca al


sector productivo, logrando que los productores puedan encontrar


herramientas técnicas, financieras, capacitaciones de todo tipo, siendo


asesorados para ser escuchados por el estado Nacional, Provincial y Municipal


en búsquedas mancomunadas de soluciones para el sector.


Que, la muestra se desarrollará este año bajo el slogan 22°


EXPO AGRONEA 2025 “REVOLUCIÓN”, y el eje central estará puesto en los


recambios generacionales, tecnológicos y de sustentabilidad, claves para


generar nuevas oportunidades, revolucionando nuestra región, como lo viene


realizando el sector productivo.




“2025 - Año del 40° Aniversario del juicio a las juntas militares" Ley N° 41533-A.


“2025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N°128 de Pampa Barrera”.







Que, propone a los distintos segmentos de producción


agrícola–ganadero, innovación, sustentabilidad y nuevos avances en prácticas


agronómicas y negocios.


Que, dentro de los nuevos espacios, este año continuará el


rediseño del predio, sumando a los tradicionales: ganadería y dinámicas a


campos, los siguientes sectores:


● Agricultura familiar, ganado menor y artesanía autóctona:


donde se podrá apreciar el trabajo en conjunto de pequeño productores, artesanos


e instituciones, con el objetivo de que la tecnología pueda llegar a ellos, así como


también asesoramiento de ventas de sus productos fabricados desde el nacimiento


al producto final.


● Jóvenes Profesionales: que estudian tanto en provincias de


todo el país, como limítrofes, e incluso en instituciones de la Provincia, son clave en


el proceso de recambio generacional y crecimiento de las empresas del rubro.


El mismo, estará enfocado en brindarles apoyo, orientación, a


través de asesoramiento especializado, charlas con expertos y networking.


● Drive Experience: los visitantes tendrán la oportunidad de


probar tractores equipados con sistemas alternativos y equipos autónomos, de


diferentes marcas.


● Sector AgTech: participaran aquellas empresas e instituciones


que proveen servicios basados en tecnologías DIGITALES para las diversas etapas de


las cadenas.


● Demostraciones a Campo: se llevarán adelante, junto a


especialistas y diferentes marcas, demostraciones sobre pulverización, siembra


funcionamiento de tractores, equipos especiales, agricultura de precisión, drones,


siembra aérea.


● Servicios: las empresas que trabajan con el productor


brindando sus servicios a campo –o bien en sus propias instalaciones-.


● Sector Capacitaciones y Conferencias: brindar experiencia


sobre los puntos claves de los cambios tecnológicos que ya están y que se avecinan


con expertos del sector.




“2025 - Año del 40° Aniversario del juicio a las juntas militares" Ley N° 41533-A.


“2025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N°128 de Pampa Barrera”.







● Sector ganadero: clasificación y remate de reproductores


bovinos.


● Gastronómico: variadas propuestas gastronómicas.


Que, esta demostración moviliza al sudoeste Chaqueño, la


región y al resto del escenario productivo del país, por lo que es considerada una de


las muestras más grandes y significativas del país y principalmente del Norte


Argentino.


Que, este hecho marca un punto de encuentro cultural, social y


recreativo generando distintos espectáculos que promueven el turismo local.


Que, moviliza la economía de nuestra ciudad no solo durante el


evento sino desde meses antes en hoteles, alquileres de casas, en la gastronomía,


otros.


Que, a tenor de lo expuesto, y dada la trascendencia e


importancia del evento a realizarse en nuestra ciudad, los ediles del Concejo


Municipal consideran importante; Declarar de Interés Municipal la EXPO - AGRONEA


2025 REVOLUCIÓN, a realizarse en la Ciudad de Charata, Chaco.


Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.1°) del


Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N°44 – Reunión: N°55,


del día Lunes, 28 (veintiocho) de Abril del año 2.025, siendo APROBADO, por


signos, por UNANIMIDAD, de los miembros presentes, con 9 (nueve) votos


POSITIVOS. Corresponde al Acta 1.842.-




POR ELLO:


EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE CHARATA


DECLARA:




ARTÍCULO 1°): DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL, CULTURAL, SOCIAL Y


COMUNITARIO, la exposición nacional, “EXPO- AGRONEA 2025 –




“2025 - Año del 40° Aniversario del juicio a las juntas militares" Ley N° 41533-A.


“2025, Año del Centenario de la Fundación de la Escuela de Educación Primaria N°128 de Pampa Barrera”.







REVOLUCIÓN”, a realizarse los días 04, 05, y 06, de Julio del año 2025, en la


ciudad de Charata - Chaco.




ARTICULO 2°): REALIZAR la entrega de la presente Declaración, a las


Autoridades de “EXPO- AGRONEA 2025 – REVOLUCIÓN”, a realizarse los días


04, 05, y 06, de Julio del año 2025, en la ciudad de Charata.




ARTÍCULO 3°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, Departamento de


Bienes Patrimoniales, a las dependencias correspondientes, a sus efectos,


regístrese, publíquese y cumplido, archívese.




ARTÍCULO 4°): Dado en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la


Ciudad de Charata, Partido Chacabuco de la Provincia del Chaco, a los 28


(veintiocho) días del mes de Abril del año Dos Mil Veinticinco. -


Charata, 13 de Mayo de 2.025.-