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MUNICIPALIDAD DE CHARATA
PROVINCIA DEL CHACO
ORDENANZA DEL CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE
CHARATA N° 3.963/2.024
V I S T O:
El Dictamen por UNANIMIDAD DE LA COMISIÓN DE TIERRA
ORDENAMIENTO URBANO Y MEDIO AMBIENTE N° 25/2.024, ingresado al
Concejo Municipal bajo el N°9.977, sobre: OTORGAR ESCRITURA
TRASLATIVA DE DOMINIO a favor de la Señora Marina Analía BLASCO del predio
identificado catastralmente como: Chacra 31 – Parc. 16 – Manz. 03 – Seccion E -
Circ. I de la ciudad de Charata, y;
CONSIDERANDO:
Que, a foja 01, obra encuesta socioeconómica, realizada
por la Secretaria de Gestión y Desarrollo Comunitario de la Municipalidad de
Charata;
Que, a foja 02, obra solicitud de Tierra Fiscal N° 0187,
realizada por la Sra. Spiess, Valeria Rosana;
Que, a foja 03, obra Certificado de Domicilio de la Sra.
Spiess, Valeria Rosana, emitido por la Policía de la Provincia del Chaco;
Que, a fojas 04/05, obra copia simple del Documento
Nacional de Identidad de la Sra. Spiess Valeria Rosana, y de su grupo
familiar;
Que, a foja 05, obra copia simple de recibo de haberes de
la Sra. Spiess, Valeria Rosana;
Que, a foja 07, obra Declaración Jurada de Ingreso
realizada por la Sra. Spiess, Valeria Rosana, por ante el Juzgado de Paz de
la ciudad de Charata;
Que, a fojas 08, obra informe de la directora a/c de la
Dirección de Tierra y Catastro de la Municipalidad de Charata, en la cual
consta que la Sra. Spiess Valeria Rosana no se encuentra inscripta como
propietario de Tierra Fiscal;
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Que, a fojas 12/16, obra Ordenanza del Concejo
Municipal N° 2.493/11, mediante la cual se preadjudica en venta a la Sra.
Spiess, Valeria Rosana, D.N.I. N° 24.493.805, el predio fiscal identificado
como: Parcela 16 – Manzana 03 – Chacra 26 – Sección E – Circunscripción I,
del Barrio 4 de Octubre, de la ciudad de Charata;
Que, a foja 17, obra Resolución de Intendente Municipal N°
944/2.011, Promulgando la Ordenanza del Concejo Municipal N° 2.493/11,
mediante la cual se preadjudica en venta a la Sra. Spiess Valeria Rosana,
D.N.I. N° 24.493.805, el predio fiscal identificado como: Parcela 16 –
Manzana 03 – Chacra 26 – Sección E – Circunscripción I, del Barrio 4 de
Octubre, de la ciudad de Charata;
Que, a fojas 18/20, obra Proyecto de Subdivisión ch. 31,
secc. E, circ. I, Acta de Inspección y fotos ilustrativa realizada en el predio
fiscal identificado como: Parcela 16 – Manzana 03 – Chacra 26 – Sección E –
Circunscripción I, del Barrio 4 de Octubre, de la ciudad de Charata;
Que, a fojas 21/22, obra nota dirigida a la Sra. Spiess,
Valeria Rosana, emitida por la Directora de Tierra y Catastro de la
Municipalidad de Charata;
Que, a fojas 24, obra Declaración Jurada del Sr. Cardenas,
Exequiel Leonardo, D.N.I. N° 34.120.010, en el cual declara no ser
concesionario de otra tierra fiscal Municipal;
Que, a foja 25, obra Solicitud de Tierra Fiscal N° 1.4418,
del Sr. Cardenas, Exequiel Leonardo, D.N.I. N° 34.120.010;
Que, a foja 26, obra Certificado de Domicilio del Sr.
Cardenas Exequiel Leonardo, emitido por la Policía de la Provincia del
Chaco;
Que, a foja 27, obra copia simple del Documento Nacional
de Identidad del Sr. Cardenas Exequiel Leonardo;
Que, a foja 28, obra copia simple de Acta de Nacimiento
del Sr. Cardenas Exequiel Leonardo;
Que, a foja 29, obra constancia de solicitud de nuevo
ejemplar del Documento Nacional de Identidad de la Sra. Blasco Marina
Analía;
Que, a foja 30, obra copia simple de Acta de Nacimiento
de la Sra. Blasco Marina Analía;
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Que, a foja 31, obra copia simple de la constancia de
solicitud de Documento Nacional de Identidad de la Srta. Yanela Malvina
Cardenas;
Que, a foja 32, obra copia simple del Acta de Nacimiento
de la Srta. Yanela Malvina Cardenas;
Que, a foja 33, obra Declaración Jurada de Estado Civil
del Sr. Cardenas Exequiel Leonardo, realizada por ante el Juzgado de Paz
de la ciudad de Charata;
Que, a foja 34, obra Certificado de que el Sr. Cardenas,
Exequiel Leonardo no se encuentra registrado como propietario del
inmueble y/o concesionario de tierra fiscal municipal, emitido por la
Directora a/c de la Dirección de Tierra y Catastro de la Municipalidad de
Charata;
Que, a foja 35, obra Acta de Tenencia Precaria otorgada
al Sra. Cardenas, Exequiel Leonardo sobre el predio fiscal identificado
como: Parcela 16 – Manzana 03 – Chacra 26 – Sección E – Circunscripción I,
del barrio 4 de Octubre, de la ciudad de Charata;
Que, a foja 36, obra nota ingresada bajo el N° 6.590,
presentada por la Sra. Blasco, Marina Analía, solicitando se suspenda todo
trámite administrativo correspondiente al inmueble fiscal requerido;
Que, a fojas 37/38, obra copia simple del Documento
Nacional de identidad de la Sra. Blasco, Marina Analía y de su grupo
familiar;
Que, a foja 39, obra copia simple de la Solicitud de Tierra
Fiscal N° 0875, realizada por la Sra. Blasco, Marina Analía D.N.I. N°
34.902.675;
Que, a fojas 40/41, obra Acta de Inspección, Croquis de
Ubicación y fotos ilustrativas realizada en el predio fiscal identificado
como: Chacra 31 – Parcela 16 – Manzana 03 – Secc. E – Circ. I, del barrio 4
de Octubre, de la ciudad de Charata;
Que, a fojas 42/43, obra Solicitud de Tierra Fiscal N°
0875, con su correspondiente nota de autorización, realizada por la Sra.
Blasco, Marina Analía D.N.I. N° 34.902.675;
Que, a foja 44, obra Certificado de Domicilio de la Sra.
Blasco Marina Analía D.N.I. N° 34.902.675, emitido por la Policía de la
Provincia del Chaco;
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Que, a fojas 45/47, obra copia simple del Documento
Nacional de identidad de la Sra. Blasco, Marina Analía y de su grupo
familiar;
Que, a fojas 48/50, obra copia simple del Acta de
Nacimiento de la Sra. Blasco, Marina Analía D.N.I. N° 34.902.675, y de su
grupo familiar;
Que, a foja 51, obra Declaración Jurada de propiedad de
Mejoras realizada por la Sra. Blasco Marina Analía D.N.I. N° 34.902.675, por
ante el Juzgado de Paz de la ciudad de Charata;
Que, a foja 52, obra fotocopia simple de la boleta de
servicio energético SECHEEP, a nombre de la Sra. Blasco, Marina Analía
D.N.I. N° 34.902.675;
Que, a foja 53/54, obra Acta de Inspección, Croquis de
Ubicación y fotos ilustrativas realizada en el predio fiscal identificado
como: Chacra 31 – Parcela 16 – Manzana 03 – Secc. E – Circ. I, del barrio 4
de Octubre, de la ciudad de Charata;
Que, a fojas 55/59, obra nota Dirigida al Registro de la
Propiedad Inmueble de la Provincia del Chaco, en donde consta que la Sra.
Blasco, Marina Analía D.N.I. N° 34.902.675, NO, posee Bienes Inmuebles
registrado a su nombre;
Que, a foja 60/61, obra fotocopia de comprobante de pago
de los impuestos Inmobiliarios, Tasas y Servicios;
Que, a fojas 62/67, obra Ordenanza de Concejo Municipal
N°3.745/2.022, mediante la cual se le Adjudica en venta a la Sra.: Blasco,
Marina Rosana D.N.I. N° 34.902.675, el predio fiscal identificado
catastralmente como: Chacra: 31 – Parcela: 16 – Manzana: 03 – Sección: E –
Circunscripción: I, del Barrio 4 de Octubre de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 68, obra Resolución de Intendente Municipal N°
1.725/2.022, mediante la cual se promulga la Ordenanza de Concejo
Municipal N° 3.745/2.022.
Que, a foja 72, obra Planilla de Liquidación por el valor
total de la tierra fiscal identificada catastralmente como: Chacra: 31 –
Parcela: 16 – Manzana: 03 – Sección: E – Circunscripción: I, del Barrio 4 de
Octubre de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 73, obra Contrato de Compraventa celebrado
entre la Sra. Blasco, Marina Rosana D.N.I. N° 34.902.675 y la intendente de
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la Municipalidad de Charata, sobre el predio fiscal identificada
catastralmente como: Chacra: 31 – Parcela: 16 – Manzana: 03 – Sección: E –
Circunscripción: I, del Barrio 4 de Octubre de la Ciudad de Charata.
Que, a foja 74, obra recibo de pago por el valor total de la
tierra fiscal identificada catastralmente como: Chacra: 31 – Parcela: 16 –
Manzana: 03 – Sección: E – Circunscripción: I, del Barrio 4 de Octubre de la
Ciudad de Charata.
Que, a foja 75, obra recibo de pago de Impuestos
Inmobiliarios y Tasa por Servicios.
Que, a foja 76, obra Plano de Mensura y Subdivisión 4-
100-11, realizada por el Ingeniero Agrimensor Jorge Daniel Clauter M.P.
341, aprobado por la Dirección de Catastro y Cartografía del Chaco, en
fecha 06 de Agosto de 2.012.
Que, a foja 77, obra Nota emitida por el Jefe de Tierra y
Catastro de la Municipalidad de Charata, por medio de la cual solicita se
considere la escrituración a favor de la Sra. BLASCO MARINA ANALÍA D.N.I.
N° 34.902.675;
Que, a foja 78, obra Dictamen de la Asesora Legal del
Concejo Municipal, dando Cumplimiento a la Resolución de Concejo
Municipal N° 10/2.024.
Que, se encuentran reunidos los requisitos de la Ley
Provincial N° 46-P (Antes Ley 269) y normas aplicables por parte de la
Señora BLASCO MARINA ANALÍA D.N.I. N° 34.902.675;
Que, este tema tuvo tratamiento en el Punto 3.6°) del
Orden del Día correspondiente a la Sesión Ordinaria N° N°35 – Reunión:
N°42, del día lunes 25 de Noviembre del año 2.024, siendo APROBADO, por
signos, por UNANIMIDAD de los miembros, 9 (nueve) votos POSITIVOS.
Corresponde al Acta 1.830.-
POR ELLO:
EL CONCEJO MUNICIPAL DE CHARATA SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA:
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ARTÍCULO 1°): CADUCAR la Preadjudicación y Tenencia Precaria del
inmueble fiscal identificado catastralmente como: Chacra: 31 – Parcela: 16
– Manzana: 03 – Sección: E – Circunscripción: I, del Barrio 4 de Octubre de la
ciudad de Charata, otorgada a la Sra. SPIESS, VALERIA ROSANA, D.N.I. N°
24.493.805., mediante Ordenanza de Concejo Municipal N° 2.493/2.011.
ARTÍCULO 2°): DESESTIMAR la Solicitud de Tierra Fiscal N° 1.418, realizada
por el Sr. CARDENAS, EXEQUIEL LEONARDO D.N.I. N° 34.120.010, sobre el
predio fiscal identificado catastralmente como: Chacra: 31 – Parcela: 16 –
Manzana: 03 – Sección: E – Circunscripción: I, del Barrio 4 de Octubre de la
ciudad de Charata.
ARTÍCULO 3°): DECLARAR cumplidas las obligaciones contractuales y
reunidos los requisitos de la Ley Provincial 46-P (Antes Ley 269), por parte
de la Señora: BLASCO, MARINA ANALIA, D.N.I. N°34.902.675, y en
consecuencia ESCRITURAR el predio identificado catastralmente como:
Chacra: 31 – Parcela: 16 – Manzana: 03 – Sección: E – Circunscripción: I,
con medidas aproximadas de DIEZ metros de frente (10,00 m.), por
VEINTIDÓS metros de fondo (22,00 m.), lo que hacen una superficie total
de DOSCIENTOS VEINTE metros cuadrados (220.00 m.²), del Barrio 4 de
Octubre de la ciudad de Charata, Departamento Chacabuco, Provincia del
Chaco, Plano de Mensura y Subdivisión 4-100-11, aprobado por la Dirección
Provincial de Catastro y Cartografía del Chaco, en fecha 06 de Agosto del
año 2.012, se cual se adjunta al presente ANEXO I.
ARTÍCULO 4°): NOTIFICAR a la Señora BLASCO, MARINA ANALIA, D.N.I.
N°34.902.675, sobre los términos de la Ordenanza de Concejo Municipal
Nº3.527/2.020, que NO podrá enajenar el inmueble ESCRITURADO
identificado como: Chacra: 31 – Parcela: 16 – Manzana: 03 – Sección: E –
Circunscripción: I, de la ciudad de Charata, por el término de diez (10)
años luego de formalizada la Escritura Traslativa de Dominio, salvo las
siguientes EXCEPCIONES:
a)- Exceptúese de lo dispuesto, en los supuestos donde fallecido el
propietario del inmueble, el bien deba inscribirse a nombre de sus
herederos y/o sucesores conforme el orden dispuesto por el Código Civil y
Comercial de la Nación y/o el testamento respectivo, y sea presentada la
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sentencia o resolución judicial pertinente, declarada firme, dictada por el
juez del juicio sucesorio. En este supuesto, el nuevo propietario deberá
completar el término de diez (10) años.
b)- Exceptúese, también, los supuestos donde el adjudicatario demuestre,
mediante prueba documental y/o instrumental, la necesidad de que no se
incorpore dicha cláusula, lo que quedará a criterio de los concejales en
base a los fundamentos dados y la prueba ofrecida, debiendo el
adjudicatario, además, abonar un recargo equivalente al 50% del valor fiscal
de la tierra. En caso de que los inmuebles ya se encuentren escriturados,
los propietarios deberán cumplimentar los requisitos del inciso b)- de este
artículo.-
ARTÍCULO 5°): ORDENAR a la Dirección de Tierras y Catastro de la
Municipalidad de Charata a que proceda a realizar los trámites que
correspondan a fin de confeccionar la correspondiente Escritura Traslativa
de Dominio según los términos de la presente Ordenanza.-
ARTÍCULO 6°): COMUNICAR al Poder Ejecutivo Municipal, a las
dependencias correspondientes, a sus efectos regístrese, publíquese y
cumplido archívese.
ARTICULO 7°): Dado en el Sala de Sesiones del Concejo Municipal de la
Ciudad de Charata – Dpto. Chacabuco, de la Provincia del Chaco, a los
veinticinco (25) días del mes de Noviembre del año Dos Mil Veinticuatro. -
Charata, 03 de Diciembre del año.024.-
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ANEXO I
Charata, 03 de Diciembre 2.024.-